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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 62, lunes 4 de abril de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
1397

RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2016, del Viceconsejero de Industria, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas destinadas a Entidades sin Ánimo de Lucro para la realización de actividades de promoción exterior, «Programa Elkartzen», para el ejercicio 2016.

La Orden de 15 de marzo de 2005, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, modificada por la Orden de 13 de junio de 2012 del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, (BOPV n.º 74, de 20 de abril de 2005 y BOPV n.º 122, de 22 de junio de 2012) regula el «Programa Elkartzen» sobre ayudas destinadas a Entidades sin Ánimo de Lucro para la realización de actividades de promoción exterior.

Los recursos económicos destinados a la concesión de las citadas ayudas procederán de las correspondientes partidas presupuestarias establecidas en la Ley 9/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2016.

De conformidad a lo previsto en el artículo 7 de la Orden reguladora del «Programa Elkartzen», sobre ayudas destinadas a Entidades sin Ánimo de Lucro para la realización de actividades de promoción exterior, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen para el ejercicio 2016, por lo que, en virtud de las facultades establecidas en dicho artículo,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente Resolución la convocatoria para el ejercicio 2016 de las ayudas previstas en la Orden de 15 de marzo de 2005 de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, modificada por la Orden de 13 de junio de 2012 del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regula el «Programa Elkartzen », sobre ayudas destinadas a Entidades sin Ánimo de Lucro para la realización de actividades de promoción exterior.

Para este fin se destinará un total de 1.600.000,00 euros, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en la Ley 9/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2016.

Este importe podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad y con carácter previo a la resolución de las mismas. De dicha circunstancia se dará publicidad mediante Resolución del Viceconsejero de Industria. Asimismo, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) para el periodo 2014-2020 podrá contribuir a la financiación del presente Programa Elkartzen.

Artículo 2.– Requisitos.

Las entidades solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden por la que se regula el «Programa Elkartzen», sobre ayudas destinadas a Entidades sin Ánimo de Lucro para la realización de actividades de promoción exterior, deberán cumplir las condiciones previstas en el artículo 3 de la Orden de referencia.

Artículo 3.– Solicitudes y plazo.

1.– La solicitud se rellenará y grabará en la web: www.euskadi.eus/industria. Una vez grabados los datos, la solicitud se imprimirá y junto con la documentación soporte requerida deberá ser presentada en el Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, en las correspondientes Delegaciones Territoriales del Departamento de cada Territorio Histórico o en cualquiera de los lugares previstos especificados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.– El plazo de presentación de solicitudes será desde las 09:00 horas del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución de Convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco hasta las 12:00 horas del día 13 de mayo de 2016.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Resolución de convocatoria entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de marzo de 2016.

El Viceconsejero de Industria,

JAVIER ZARRAONANDIA ZULOAGA.


Análisis documental