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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 51, martes 15 de marzo de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
1131

ORDEN de 8 de marzo de 2015, del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se realiza una emisión de deuda pública de Euskadi por importe de quinientos millones de euros y se fijan las características de la misma.

El Decreto 246/2015, de 29 de diciembre, acuerda y autoriza la realización de operaciones de endeudamiento para el ejercicio 2016, por un importe máximo de 1.230.799.000 euros, con cargo a la autorización concedida al Consejo de Gobierno por la Ley 9/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2016, en su artículo 10, apartado 1.

La Disposición Adicional del mencionado Decreto establece que, de acuerdo con lo establecido en la Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, corresponde al Consejero de Hacienda y Finanzas, mediante Orden, publicada, en el caso de emisión de deuda pública en forma de valores, en el Boletín Oficial del País Vasco, determinar los instrumentos y modalidades concretas para realizar las operaciones de endeudamiento acordadas y autorizadas en virtud de esa disposición, así como concretar sus condiciones financieras y demás características no señaladas por la citada norma, dentro de las previsiones de la misma.

En virtud de todo lo cual,

RESUELVO:

Artículo 1.– Realizar una emisión de Deuda Pública de Euskadi por importe de quinientos millones de euros (500.000.000), en virtud de las autorizaciones contenidas en el Decreto 246/2015, de 29 de diciembre.

Artículo 2.– La emisión de Deuda Pública que se lleva a cabo tendrá las siguientes características:

a) Importe nominal: 500.000.000 euros.

b) Modalidad: bonos.

c) Procedimiento de emisión: emisión pública.

d) Fecha de emisión y desembolso: 16 de marzo de 2016.

e) Interés: fijo, 1,75% nominal anual, pagadero el 16 de marzo de cada año desde 2017 hasta 2026.

f) Precio de emisión: 99,194%.

g) Precio de amortización: a la par, por el valor nominal.

h) Fecha de amortización: 16 de marzo de 2026.

i) Representación de los valores: anotaciones en cuenta.

Artículo 3.– Suscripción.

El Departamento de Hacienda y Finanzas facilitará la suscripción de los valores de la emisión a través de la entidad o entidades mandatadas para la realización de la emisión, entidades habilitadas para tal fin según la normativa vigente de mercado de valores.

Artículo 4.– Habilitación.

Se autoriza al Viceconsejero de Hacienda y Política Financiera para la firma de los contratos y demás documentos anexos y complementarios que sean precisos para llevar a cabo la presente operación de endeudamiento.

Artículo 5.– El desembolso de la suscripción, el pago de intereses y amortización de la emisión se efectuará a través del Servicio de Anotaciones en Cuenta de la Sociedad Rectora de la Bolsa de Valores de Bilbao de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 del Decreto 211/1997, de 30 de septiembre, de la Tesorería General del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 8 de marzo de 2016.

El Consejero de Hacienda y Finanzas,

RICARDO GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA.


Análisis documental