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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 43, jueves 3 de marzo de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
971

RESOLUCIÓN de fecha 22 de febrero de 2016 del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se autoriza la instalación, se aprueba el proyecto y se declara la utilidad pública de la modificación de la línea eléctrica aérea a 13,2 kV STR Ochandio-Rural entre Ubidea y Barazar, en los términos municipales de Ubidea y Zeánuri (Bizkaia).

Ref.: L-8131 GHI/TLE

Exp.: AT-H-2014-55

ANTECEDENTES DE HECHO

Uno.– Con fecha 21 de octubre de 2014 la empresa Iberdrola Distribución Electrica, S.A.U. con domicilio en Vitoria-Gasteiz, calle Urartea, n.º 2, solicita autorización administrativa, declaración, en concreto de su utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea a 13,2 kV STR Otxandio-Rural entre Ubidea y Barazar, en los términos municipales de Ubidea y Zeanuri, aportando instancia al respecto acompañada del proyecto técnico correspondiente firmado por el Ingeniero Industrial D. Hugo Gurendez Ochoa de Zuazola, según declaración de competencia de fecha 23 de septiembre de 2014.

Dos.– A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002 de 3 de diciembre del Gobierno Vasco y artículo 144 del Real Decreto 1955/2000 del 1 de diciembre, fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en el BOPV con fecha 6 de octubre de 2015, en el BOB con fecha 14 de octubre de 2015, y en el Diario El Correo con fecha 15 de octubre de 2015.

Tres.– Con fecha 7 de octubre de 2015 se remitieron oficios a los Ayuntamientos de Ubidea y Zeanuri, a fin de que se procediese a la exposición del anuncio citado en el Tablón de Edictos del mismo, así como petición de informe al Servicio de Montes de la Diputación Foral de Bizkaia, de la procedencia o no de la declaración de Utilidad Pública de la instalación, y en su caso el condicionado técnico que considerasen oportuno.

Cuatro.– Cumpliendo los trámites reglamentarios, no ha sido presentado informe ni condicionado alguno por parte de los organismos y ayuntamientos afectados en el expediente.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto 282/2002, de 3 de diciembre del Gobierno Vasco y demás legislación concordante.

2.– El artículo 54 de la citada Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, declara la utilidad pública de las instalaciones de distribución de energía eléctrica a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, llevando implícita tal declaración la necesidad de ocupación de los mismos e implicando la urgente ocupación a los efectos del artículo 56 de dicha Ley, así como del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

3.– El Director de Energía, Minas y Administración Industrial, en virtud de las atribuciones conferidas en el Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad (BOPV de 24-04-2013).

RESUELVE:

Autorizar, a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., y aprobar el Proyecto de modificación de la línea eléctrica aérea a 13,2 kV Otxandio-Rural entre Ubidea y Barazar, cuyas principales características son las siguientes.

– Modificación de la línea eléctrica aérea a 13,2 kV en simple circuito, con conductor de aluminio-acero de 54,6 mm2 de sección, tipo 47-AL 1/8-ST1A, cuyo origen se encuentra en el apoyo aéreo n.º 31 existente de la línea eléctria Otxandio-Rural en el término municipal de Ubidea.

– La línea discurrirá a través de siete alineaciones, efectuando varios cruzamientos en cada una de ellos, pasando en la segunda alineación a recorrer el término municipal de Zeánuri hasta el final de la modificación de la línea en el apoyo n.º 1135 de la misma línea.

– La línea tendrá una longitud de 5029 m. en aérea en los municipios de Ubidea y Zeánuri.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, de 26 de diciembre, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación de los mismos y determinando las consecuencias que para la declaración de Urgente Ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, con los efectos regístrales del artículo 53 de la misma.

Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, en el Decreto 282/2002 de 3 de diciembre y con las condiciones generales siguientes:

1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto mencionado, firmado por el Ingeniero Industrial D. Hugo Gurendez Ochoa de Zuazola, según declaración de 23 de septiembre de 2014.

2.– El plazo de puesta en marcha no será superior a un año, contando a partir de la resolución.

3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Bizkaia, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

4.– La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles de terceros y dejando a salvo el derecho en propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de febrero de 2016.

El Director de Energía, Minas y Administración Industrial,

AITOR PATXI OREGI BAZTARRIKA.


Análisis documental