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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 21, martes 2 de febrero de 2016


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
475

RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2015, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se otorga a Repsol Butano, S.A. la autorización administrativa previa para la distribución de gas propano canalizado en el término municipal de Arrasate (Gipuzkoa), en el núcleo Udala Behekoa. N.º expediente: 20/12127 - CG-F-2015-14.

En la resolución del expediente, es preciso tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

1.- Con fecha 18 de septiembre de 2015, Repsol Butano, S.A. solicitó autorización administrativa previa para la instalación de distribución de gas propano canalizado en el núcleo Udala Behekoa, en el término municipal de Arrasate.

2.- El anuncio de concurrencia se publicó con fecha 27 de noviembre de 2015 en el BOPV número 227, con fecha 26 de noviembre de 2015 en el BOG número 227, sin que se haya presentado proyecto alguno en competencia.

La presente Resolución se basa en los siguientes:

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.- La Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial es el órgano competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 190/2013, de 24 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad (BOPV del 24-04-2013).

2.- La Ley 34/1998, de 7 de octubre (BOE del 08-10-1998), del Sector de Hidrocarburos, establece la exigencia de la autorización administrativa previa para la construcción de redes de distribución de gas.

3.- El Decreto 107/1998, de 9 de junio (BOPV del 26-06-1998) regula la autorización y puesta en servicio de instalaciones de servicio público de gas canalizado.

4.- No ha sido presentado ningún otro proyecto en la fase de concurrencia; y en la tramitación del expediente y en el contenido del mismo ha quedado acreditado el cumplimiento por Repsol Butano, S.A. de los requisitos y condiciones establecidas en la materia en cuestión.

Vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de general y concordante aplicación,

RESUELVO:

Primero.- Otorgar a Repsol Butano, S.A. la autorización administrativa previa para la realización de las instalaciones para el suministro y distribución de gas propano canalizado en el núcleo de Udala Behekoa en el término municipal de Arrasate.

Las características principales se describen en la memoria y planos del proyecto presentado, firmado por el ingeniero técnico industrial Javier Berasarte Apezteguia, y fundamentalmente son:

- Centro de almacenamiento de GLP de capacidad de 4 m3.

- Red de distribución en el núcleo de Udala Behekoa, en Arrasate, con las características:

(Véase el .PDF)

Segundo.- El otorgamiento de la presente autorización administrativa se ajustará a las siguientes condiciones:

- Repsol Butano, S.A. constituirá en el plazo de dos meses una fianza o fianzas por valor de 831 euros en garantía del cumplimiento de sus obligaciones de instalación de acuerdo a lo previsto en el artículo 73 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre. Dicha fianza se constituirá en la Caja General de Depósitos del País Vasco, en metálico o en valores del Estado, o mediante avales bancarios, según lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 11 del Decreto 1775/1967, de 21 de julio. La fianza será devuelta a Repsol Butano, S.A. una vez que autorizadas las instalaciones y construidas en los plazos que se establezcan en la autorización para el montaje de las mismas, la Delegación Territorial de Gipuzkoa formalice el acta o actas de puesta en marcha de las citadas instalaciones.

- Las instalaciones deberán cumplir lo establecido en el Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias (RD 919/2006, de 28 de julio), así como las disposiciones y normas técnicas correspondientes.

- Las instalaciones que se autorizan habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto denominado «Proyecto de Almacenamiento y Red de Distribución en Udala Behekoa, en el término municipal de Arrasate», de junio de 2015, y del que es autor el ingeniero técnico industrial Javier Berasarte Apezteguia.

- El plazo de ejecución será de dos años a partir de la fecha de la autorización, produciéndose la caducidad de la autorización en caso de incumplimiento.

- La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener los mismos.

- Los reconocimientos, ensayos y pruebas de carácter general o parcial que, según las disposiciones en vigor, hayan de realizarse en las instalaciones, deberán ser comunicados a la Delegación Territorial de Gipuzkoa con la debida antelación.

- Para la puesta en marcha deberá presentarse ante la Delegación Territorial de Gipuzkoa los correspondientes Certificados de Dirección de Obra, actas de pruebas con los registros gráficos y permisos de organismos afectados, así como los planos as-built donde se determinarán la situación de la red y los cruces con otros servicios.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Vitoria-Gasteiz, a 28 de diciembre de 2015.

El Director de Energía, Minas y Administración Industrial,

AITOR PATXI OREGI BAZTARRIKA.


Análisis documental