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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 244, miércoles 23 de diciembre de 2015


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3 DE GETXO
5396

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 251/2012 seguido sobre nulidad contractual.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Getxo.

Juicio: pro. ordinario 251/2012.

Demandante: Alexander Tkach.

Abogado: Jos Christiaan Veenstra.

Procurador: Rosa Alday Mendizabal.

Demandado: Lev Sadetsdky y Alexander Gurevich.

Sobre: nulidad contractual.

En el referido juicio se ha dictado 05-11-2015 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:

FALLO

Que desestimando la acción de nulidad ejercitada con carácter principal y estimando la acción rescisoria ejercitada con carácter subsidiario formuladas por la Procuradora Sra. Alday Mendizábal en nombre y representación de D. Alexander Tkach, contra D. Alexander Gurevich, declarado en rebeldía por su incomparecencia en la presente litis, y contra D. Lev Vladimir Sadetsky Smith, representado por el Procurador Sr. Legorburu Ortiz de Urbina, declaro rescindida la compraventa celebrada el 23 de marzo de 2012 ante el Notario de Las Arenas-Getxo Enrique Ruiz Santaflorentina, inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 11 de Bilbao el día 2 de mayo de 2012, al haber sido celebrada en fraude de acreedores, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración y todas las consecuencias inherentes a la misma, y declaro asimismo la nulidad de la inscripción registral causada en virtud de la meritada Escritura Pública, procediendo a su cancelación conforme a derecho, todo ello imponiendo a parte demandada las costas procesales devengadas en la presente litis.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Alexander Gurevich y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Getxo (Bizkaia), a 5 de noviembre de 2015.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental