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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 222, viernes 20 de noviembre de 2015


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 11 DE BILBAO
4987

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 141/2015 seguido sobre división de cosa común.

Juzgado de Primera Instancia n.º 11 de Bilbao.

Juicio: pro. ordinario 141/2015.

Demandante: Luisa Fernandez Yague, Maria Josefa Amuriza Inchaurraga, Ascension Cabanillas Cardenas, Maria Yolanda Aurteneche Ormaeche, Gaizka Ibarretxe Cerreda, Maria Angeles Diaz Toribio, Maria Angeles Escribano Hierro, Andrea Fernandez Muriel, Asier Eguiluz Gomez, Maria del Carmen Gonzalez Unanue, Aitor Olabarri Astondoa, Leyre Zabala Gonzalo, Asier Lorenzo Morales, Carmen Aldama Susu, Carlos Gonzalez Alonso y Maria Fernandez Barrueco.

Abogado: Idoia Longa Peña.

Procurador: Luis Pablo Lopez Abadia.

Demandado: Maria Juana Azcarate Bueno, desconocidos e ignorados herederos de don Anastasio Liceranzu Ortega, Irene Santamaria Palacio, desconocidos e ignorados herederos de doña Pilar Torres Yugueros y con Jesus Ibarrondo de Diego, Ana Maria Valiente Marcos, Marcelina Zubiaur Orueta, Teresa Lozano Oyaren, desconocidos e ignorados herederos de don Juan Ramon Gonzalez Sojo, desconocidos e ignorados herederos de doña Lorenza Ortiz Vivanco, desconocidos e ignorados herederos de doña Nieves Solaun Gorostizaga, desconocidos e ignorados herederos de don Ignacio Suso Sanz, desconocidos e ignorados herederos de don Jose Portillo Martinez, desconocidos e ignorados herederos de doña Elena Alonso Martinez, Roman Garcia Gonzalez y desconocidos e ignorados herederos de doña Encarnacion Fernandez Fernandez.

Sobre: división de cosa común.

En el referido juicio se ha dictado con fecha 17-09-2015 sentencia n.º 189/2015, en la que el fallo es la siguiente:

FALLO

Se estima la demanda presentada por el Procurador Sr. López Abadía, en nombre y representación de los demandantes que constan en el encabezamiento, contra los demandados que también figuran en dicha parte de esta resolución y, en consecuencia, se declara la extinción del estado de indivisión en que se encuentra la finca indicada en el Fundamento Jurídico Primero de esta Sentencia y, declarando asimismo que ésta no es susceptible de división, se acuerda que la extinción declarada se lleve a efecto mediante enajenación en pública subasta por el tipo de licitación que resulte señalado, y en la que podrán participar los comuneros y licitadores extraños, previa publicación a tal fin de los edictos correspondientes, y procediendo el reparto del precio obtenido entre los condueños en función de sus participaciones.

Todo ello sin que proceda hacer especial pronunciamiento sobre costas.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados Maria Juana Azcarate Bueno, Roman Garcia Gonzalez, desconocidos e ignorados herederos de don Anastasio Liceranzu Ortega, Irene Santamaria Palacio, Ana Maria Valiente Marcos, Marcelina Zubiaur Orueta, Teresa Lozano Oyaren, desconocidos e ignorados herederos de don Juan Ramon Gonzalez Sojo, desconocidos e ignorados herederos de don Jose Portillo Martinez, desconocidos e ignorados herederos de doña Elena Alonso Martinez y desconocidos e ignorados herederos de doña Encarnacion Fernandez Fernandez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución los demandados rebeldes pueden interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 28 de octubre de 2015.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.


Análisis documental