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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 52, lunes 17 de marzo de 2014


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
1279

RESOLUCIÓN 11/2014, de 11 de marzo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se deja sin efecto el Plan de Emergencia Exterior de las instalaciones de la empresa Ilarduya Productos de Fundición, S.L.U., de Amorebieta, (Bizkaia).

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día de 11 de marzo de 2014, el Acuerdo por el que se deja sin efecto el Plan de Emergencia Exterior de las instalaciones de la empresa Ilarduya Productos de Fundición, S.L.U., de Amorebieta, (Bizkaia), y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se deja sin efecto el Plan de Emergencia Exterior de las instalaciones de la empresa Ilarduya Productos de Fundición, S.L.U., de Amorebieta , (Bizkaia), que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de marzo de 2014.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

SANTIAGO LARRAZABAL BASAÑEZ.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 11/2014, DE 11 DE MARZO , DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO

Acuerdo por el que se deja sin efecto el Plan de Emergencia Exterior de las instalaciones de la empresa Ilarduya Productos de Fundición, S.L.U., sita en el barrio Boroa de Amorebieta, Bizkaia.

Las instalaciones de la empresa Ilarduya Productos de Fundición, S.L.U., sita en el barrio Boroa de Amorebieta, Bizkaia, cuentan con un Plan de Emergencia Exterior aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno en sesión de 18 de enero de 2011 por resultar afectada conforme a la normativa contenida en el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, y sus respectivas modificaciones, el Real Decreto 119/2005 y el Real Decreto 948/2005.

La disminución de la capacidad máxima de almacenamiento de fenol en sus instalaciones ha determinado que quede fuera de la obligatoriedad de disponer de Plan de Emergencia Exterior, como se desprende de las notificación del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, órgano competente según del Decreto 34/2001, de 20 de febrero, para recibir del industrial la notificación y el Informe de Seguridad para su posterior evaluación. Por ello, es preciso dejar sin efecto el Plan de Emergencia Exterior de dichas instalaciones.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Seguridad, previa deliberación el Consejo de Gobierno adopta el siguiente,

ACUERDO:

«Primero.– Dejar sin efecto el Plan de Emergencia Exterior de las instalaciones de la empresa Ilarduya Productos de Fundición, S.L.U., sita en el barrio Boroa de Amorebieta, Bizkaia, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno en sesión de 18 de enero de 2011 (BOPV n.º 28, de 10 de febrero de 2011), al quedar excluida, por los motivos expuestos, de la obligación de contar con un Plan de Emergencia.

Segundo.– Por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento se ordenará la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del País Vasco.»


Análisis documental