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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 91, martes 14 de mayo de 2013


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DEPARTAMENTO DE SALUD
2260

ANUNCIO por el que se notifica a Cárnicas Lezama, S.L., la resolución del procedimiento sancionador expediente n.º B-11/12-S, incoado por la Dirección de Salud Pública.

No siendo localizable, a efectos de la notificación de la resolución dictada dentro del expediente sancionador incoado a Cárnicas Lezama, S.L., con último domicilio conocido en Pablo Sorozabal, n.º 10, de Sestao (Bizkaia), desconociéndose domicilio alternativo, se procede a la publicación del presente anuncio.

En virtud del mismo se le hace saber que ha sido emitida resolución dentro de expediente sancionador por la comisión de varias infracciones sanitarias, imponiéndosele sendas sanciones de multa por importe global de 11.502 euros.

Advertencias legales:

La resolución sancionadora, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante el Viceconsejero de Salud. El recurso de alzada podrá interponerse ante el citado Viceconsejero o la Directora de Salud Pública y Adicciones, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se podrá examinar el expediente en la Delegación Territorial sita en Bilbao (Bizkaia), calle Alameda Rekalde, n.º 39 A-5.ª planta.

En el caso de que no se interponga recurso alguno, el pago de la sanción impuesta deberá hacerse efectivo, indistintamente, mediante:

1.– Ingreso en la cuenta n.º 2095/0631/5/1/32-3906803-0 de la BBK, indicando al efectuar el ingreso el número de expediente y nombre y apellidos o, en su caso, razón social.

2.– O bien mediante la entrega de dicha cantidad o de cheque conformado a favor de la Tesorería General del País Vasco, en la Delegación Territorial en Bizkaia del Departamento de Salud, sita en Alameda de Rekalde, 39 - A, de 48008 Bilbao.

El pago deberá hacerse dentro de los siguientes plazos:

– Si la Resolución le ha sido notificada entre los días 1 y 15 del mes, el pago voluntario se podrá realizar hasta el día 5 del mes siguiente, o si aquél fuera inhábil, el siguiente día hábil.

– Si la Resolución le ha sido notificada entre los días 16 y último de cada mes, el pago voluntario se podrá realizar hasta el día 20 del mes siguiente, o si aquél fuera inhábil, el siguiente día hábil.

La falta de pago de la multa en el referido periodo voluntario, una vez transcurrido el plazo para la interposición del recurso de alzada, dará lugar a su recaudación por vía de apremio, según lo establecido en las disposiciones vigentes, con los recargos correspondientes.

En el caso de que se interponga recurso, el pago de la sanción se realizará de conformidad con lo que se disponga en la notificación que acompañe a la Resolución del mismo.

Lo que se notifica mediante su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, conforme a lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Bilbao, a 23 de abril de 2013.

La secretaria del expediente,

LEIRE BERGARA SAUTUA.


Análisis documental