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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 90, lunes 13 de mayo de 2013


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
2219

RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2013, de la Directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos, por la que se realiza la publicación conjunta de las convocatorias del concurso ordinario de 2013, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La Disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, EBEP), establece un nuevo régimen jurídico de los funcionarios con habilitación de carácter estatal, atribuyendo a las Comunidades Autónomas la regulación de las bases comunes del concurso ordinario, el porcentaje de puntuación correspondiente a los méritos generales, los de determinación autonómica, el conocimiento de la lengua oficial y los específicos directamente relacionados con las características del puesto de trabajo; asimismo, atribuye también a las Comunidades Autónomas la publicación de las convocatorias y la coordinación de las adjudicaciones.

Por su parte, la Disposición Adicional tercera del EBEP prevé que en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco las facultades previstas en la señalada Disposición Adicional segunda serán ostentadas por las Instituciones Forales de sus Territorios Históricos o por las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma, en los términos que establezca la normativa autonómica.

Asimismo, en la disposición transitoria séptima del EBEP se dispone que en tanto no se aprueben las normas de desarrollo de la Disposición Adicional segunda del Estatuto, sobre el régimen jurídico de los funcionarios con habilitación de carácter estatal, continuarán en vigor las disposiciones que en la actualidad regulan la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, que se entenderán referidas a la Escala de Funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Así, el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, determina en el artículo 13 que el Ministerio para las Administraciones Públicas (actualmente, Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas), en coordinación con las comunidades autónomas, aprobará el modelo de convocatoria conjunta, con la determinación de las bases comunes de los concursos. Éstas, junto con las específicas que establezcan las corporaciones locales constituyen las bases que deben regir estos concursos, que los presidentes de las corporaciones locales deben convocar y, simultáneamente, el órgano competente de las comunidades autónomas ha de publicar.

Por lo que se refiere a la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Disposición Adicional quinta del Real Decreto 1732/1994, establece que la aplicación del mismo se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional segunda de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. El párrafo séptimo de esta Disposición Adicional segunda prevé, por lo que respecta a los concursos para provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, que corresponde a las Instituciones Forales de los Territorios Históricos la facultad de convocar, exclusivamente para su territorios, dichos concursos; pudiéndose publicar la convocatoria, además de en el Boletín Oficial del Territorio Histórico respectivo, en el Boletín Oficial del País Vasco.

En base a lo anterior, los órganos correspondientes de las Diputaciones Forales de Bizkaia y Gipuzkoa han realizado y publicado las convocatorias del concurso ordinario de 2013, para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal vacantes en las Corporaciones Locales de cada uno de los Territorios Históricos. La Diputación Foral de Álava, por su parte, ha considerado que no va a convocar el concurso ordinario correspondiente al año 2013, ya que los Alcaldes-Presidentes de las Corporaciones Locales afectadas por la convocatoria han manifestado su voluntad de no efectuar la convocatoria de concurso ordinario para el presente año, para la provisión de puestos de trabajo vacantes reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Por todo ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 10 del Decreto 188/2013, de 9 de abrill, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia,

RESUELVO:

Primero.– Dar publicidad a las convocatorias realizadas por los órganos competentes de las Diputaciones Forales de Bizkaia y Gipuzkoa del concurso ordinario de 2013, para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal vacantes en las Corporaciones Locales de cada uno de los Territorios Históricos; en las que se establecen las bases comunes del concurso y las bases específicas aprobadas por las respectivas Corporaciones Locales, establecidas en las siguientes disposiciones:

a) Territorio Histórico de Bizkaia: Orden Foral 2176/2013, de 25 de marzo, del Diputado Foral de Presidencia, por la que se convoca el concurso ordinario de 2013, para la provisión de puestos de trabajo vacantes en las Corporaciones Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter estatal (BOB n.º 63, de 3 de abril de 2013).

b) Territorio Histórico de Gipuzkoa: Orden Foral de 14 de marzo de 2013, de la Diputada Foral del Departamento de Administración Foral y Función Pública, por la que se convocan concursos ordinarios para la provisión de los puestos de trabajo vacantes reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter estatal (BOG n.º 57, de 22 de marzo de 2013); corrección de errores en BOG n.º 61, de 2 de abril de 2013.

Segundo.– El plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en los concursos será de quince días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– Los requisitos exigidos, así como los méritos, deberán reunirse a la fecha de esta resolución.

Cuarto.– Los méritos generales a valorar en estas convocatorias serán los acreditados e inscritos en el registro de de funcionarios con habilitación de carácter estatal a la fecha de esta resolución, según la relación individualizada que se encuentra a disposición de las personas interesadas en la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos del Gobierno Vasco (c/ Donostia-San Sebastián, 1-01010 Vitoria-Gasteiz), sin que sea posible acreditación adicional alguna por parte de los concursantes ni valoración distinta por parte del Tribunal.

Dichos méritos también se podrán consultar en la siguiente dirección de internet: www.jusap.ejgv.euskadi.net, en el apartado correspondiente a ámbitos de actuación, subapartado Régimen Local.

Quinto.– Los puestos de trabajo vacantes reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal cuya provisión se convocan se hallan publicados en las correspondientes convocatorias de las Diputaciones Forales. Estos puestos son los relacionados en el anexo de esta resolución.

Sexto.– Las bases específicas aprobadas por las respectivas Entidades Locales en las que se concretan las características y méritos específicos se encuentran en cada una de las convocatorias realizadas por las Diputaciones Forales.

Séptimo.– El modelo de instancia de participación en los concursos, así como el modelo de orden de prelación de adjudicaciones se hallan publicados en los correspondientes anexos de las convocatorias de las Diputaciones Forales.

DISPOSICIÓN FINAL

En todo lo no previsto expresamente en esta resolución ni en las convocatorias de las Diputaciones Forales se estará a lo regulado por la normativa relativa a los funcionarios con habilitación de carácter estatal y demás disposiciones legales o reglamentarias que resulten de aplicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 8 de mayo de 2013.

La Directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos,

ELIXABETE ETXANOBE LANDAJUELA.

(Véase el .PDF)

Análisis documental