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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 41, miércoles 27 de febrero de 2013


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DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
1123

EDICTO del Director de Política Familiar y Comunitaria, sobre el expediente que a continuación se señala (Z_2012-48_291).

José Luis Madrazo Juanes, Director de Política Familiar y Comunitaria del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, emite el siguiente

EDICTO

Tras dos intentos de entrega, no hemos notificar de forma expresa el requerimiento de documentación a Dña. Ana Salterain Altuna en la dirección aportada en el expediente Z-2012-48-291, por lo que se hace público el presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco. Todo ello en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común y demás disposiciones concordantes de pertinente aplicación, haciéndose saber a la interesada que en el recurso señalado se abre un periodo de prueba de quince días a fin de que pueda presentar la siguiente documentación:

– Certificado de Empresa del cónyuge o pareja actual cumplimentado por la entidad donde presta sus servicios o, en el supuesto de tener reconocida una incapacidad permanente absoluta, documento que lo acredite.

– Certificado de Empresa de la persona solicitante cumplimentado por la entidad donde presta sus servicios o, en el supuesto de tener reconocida una incapacidad permanente absoluta, documento que lo acredite (se adjunta a este requerimiento el modelo a cumplimentar).

A fin de determinar la concesión de la subvención solicitada al amparo del Decreto del Gobierno Vasco 118/2010, de 17 de julio, por el que se regulan las medidas de conciliación de la vida laboral y familiar se concede al solicitante o a la solicitante un plazo de 10 días para la presentación de dicha documentación ante la Dirección de Política Familiar y Comunitaria del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, c/ Donostia-San Sebastián, 1; 01010 Vitoria-Gasteiz, bien directamente o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se advierte al interesado o a la interesada que de no hacerlo se le tendrá por desistido/a de su petición.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de enero de 2013.

El Director de Política Familiar y Comunitaria,

JOSÉ LUIS MADRAZO JUANES.


Análisis documental