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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 246, jueves 20 de diciembre de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
5742

RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2012, de la Viceconsejera de Vivienda, por la que se resuelven las ayudas convocadas mediante Orden de 20 de junio de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se establecen las bases para la concesión, en 2012, de subvenciones destinadas a la inclusión de la perspectiva de género en el urbanismo municipal.

Visto el expediente relativo a la convocatoria de ayudas de referencia.

HECHOS

Resultando que mediante Orden de 20 de junio de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco se establecen las bases para la concesión de subvenciones destinadas a la inclusión de la perspectiva de género en el urbanismo municipal.

Resultando que en la misma Orden se señala el plazo y el lugar de presentación de las solicitudes de las ayudas previstas, en su artículo 5.

Resultando que la Comisión de Valoración prevista en la citada Orden ha evaluado las solicitudes y documentación presentadas dentro del plazo abierto a tal fin, elevando la correspondiente propuesta de resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Considerando que el artículo 9 de la citada Orden de 20 de junio de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, señala que el órgano de resolución de dicha convocatoria de ayudas es esta Viceconsejería de Vivienda.

Vistas las disposiciones citadas y demás concordantes de general aplicación

RESUELVO:

Primero.– Denegar la concesión de subvención a los Ayuntamientos y/o sociedades urbanísticas municipales para la redacción de documentos que a continuación se explicitarán, por los motivos que también se exponen.

(Véase el .PDF)

Segundo.– Conceder las subvenciones a los Ayuntamientos y/o conjuntos de Ayuntamientos para las actuaciones subvencionables que a continuación se explicitarán, por las cantidades que se detallan, desglosadas por anualidades:

(Véase el .PDF)

Tercero.– Anexar a la presente Resolución la baremación completa en formato de tabla, con la puntuación detallada de cada solicitud.

Cuarto.– Las entidades beneficiarias quedan sometidas a las condiciones establecidas por la Orden reguladora y a cuantas otras que con carácter general rijan en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Quinto.– Una vez transcurrido un plazo de 15 días desde la notificación de esta adjudicación sin haber mediado renuncia, se entenderá que la subvención ha sido aceptada y se procederá al abono, a las entidades beneficiarias, de un primer libramiento equivalente al 20% de la cantidad concedida.

Sexto.– La entidad beneficiaria deberá comunicar, por escrito, cualquier variación o modificación que pretendan efectuar en las actividades subvencionadas, requiriéndose la expresa aprobación de la Dirección de Suelo y Urbanismo para su realización. Esto atañe a la modificación de la empresa o profesional que finalmente materialice la actuación subvencionable.

Séptimo.– El plazo de entrega de los trabajos será de 8 meses naturales desde la notificación de concesión de la ayuda. La Viceconsejera de Vivienda podrá conceder una ampliación del mismo mediante Resolución dictada al efecto, hasta 31 de diciembre de 2013 como máximo. Para ello, se deberá solicitar la prórroga por escrito, con anterioridad al vencimiento del plazo inicial de entrega y dicha solicitud incluirá la documentación detallada en el artículo 12 de la Orden de referencia.

Octavo.– Notificar la presente Resolución a las entidades interesadas, con la advertencia de que contra la misma podrá presentarse recurso de alzada ante el Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco en el plazo de un mes desde la notificación de la misma.

Noveno.– Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco a efectos de su general conocimiento.

En Vitoria-Gazteiz, a 19 de noviembre de 2012.

La Viceconsejera de Vivienda,

MARÍA PAZ LARRUMBIDE MORENO.

(Véase el .PDF)

Análisis documental