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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 233, lunes 3 de diciembre de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
5339

RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2012, del Director de Infraestructura del Transporte, por la que se somete a Información Pública la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto Constructivo de la obra civil de la linea 3 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao. Tramo Etxebarri-Txurdinaga. Modificado II. Addenda I».

Mediante Resolución de 28 de febrero de 2005, de la Directora de Infraestructura del Transporte, se sometió a información pública el «Proyecto de trazado de la nueva línea ferroviaria Etxebarri-Casco Viejo del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao (línea 3)».

Mediante Resolución de 10 de septiembre de 2007, de la Directora de Infraestructura del Transporte, se sometió a información pública la modificación del «Proyecto de trazado de la nueva línea ferroviaria Etxebarri-Casco Viejo del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao (línea 3). Tramo Txurdinaga-Uribarri».

Mediante Resolución de 1 de diciembre de 2008, de la Directora de Infraestructura del Transporte, se aprobó definitivamente el «Proyecto constructivo de la obra civil de la línea 3 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao. Tramo Etxebarri-Txurdinaga».

El Proyecto Constructivo contempla la definición y valoración de las obras de infraestructuras, así como la arquitectura de las estaciones de Txurdinaga y Otxarkoaga, electrificación y ventilación del túnel, instalaciones durante la fase de construcción de las obras y las afecciones en áreas y/o servicios, de manera provisional o permanente que se producen durante su ejecución y explotación.

A efectos de obtención de los terrenos y de la gestión de los bienes y derechos afectados, el Proyecto contiene la identificación pormenorizada de los mismos mediante la relación y planos parcelarios del Anejo de expropiaciones.

Mediante Resolución de 29 de mayo de 2009, del Director de Infraestructura del Transporte, se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto constructivo de la obra civil de la línea 3 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao. Tramo Etxebarri-Txurdinaga».

Mediante Resolución de 22 de julio de 2009, del Director de Infraestructura del Transporte, se aprobó la relación de bienes y derechos afectados por el citado Proyecto y se convocó al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación, que tuvieron lugar los días 9 y 10 de septiembre de 2009.

Cumplimentadas las fases del procedimiento expropiatorio en cuanto a su ocupación, por el servicio responsable de la ejecución del proyecto se emite informe en el que se pone de manifiesto que durante la ejecución de las obras han surgido imprevistos que han hecho necesario acudir a nuevas soluciones técnicas no contempladas en el Proyecto mencionado, dando lugar al Proyecto modificado n.º 2. Addenda I.

En el Proyecto Modificado n.º 2 se definen y valoran todas las obras necesarias para la ejecución de una variante que afecta al tramo comprendido entre los PKs 2+242,000 y 3+187,887 del trazado proyectado inicialmente para el tronco de la Línea 3.

La razón de este trazado alternativo está en las características geotécnicas detectadas en el entorno de la estación de Txurdinaga durante la ejecución de las obras. La naturaleza y alcance de los problemas surgidos indicaron la conveniencia de modificar el trazado de la línea, así como el emplazamiento de las obras singulares previstas en el entorno de la Estación de Txurdinaga.

La variante de trazado propuesta discurre en planta ligeramente al Oeste de la contemplada en el Proyecto y supone además un descenso de la rasante, de forma que la cota de andén está 6 metros por debajo de la prevista anteriormente.

A esta modificación del trazado hay que añadir cambios en la organización de accesos a la estación (cañones, ascensores y ventilaciones) con el fin de paliar las afecciones que las características geotécnicas del terreno detectado, podrán generar en su ejecución.

Este órgano es competente para la adopción de los actos de tramitación y resolución del procedimiento de expropiación forzosa para la realización de las obras de infraestructura ferroviaria de competencia de la Comunidad Autónoma, según lo dispuesto en el artículo 15.h) del Decreto 607/2009, de 24 de noviembre, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, modificado por Decreto 328/2010, de 30 de noviembre, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento en relación al artículo 10.1.e) del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, modificado por Decreto 6/2011, de 18 de enero, de segunda modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, la aprobación de los proyectos de establecimiento de nuevas líneas o de ampliación y mejora de las existentes que contengan la determinación de los bienes que se considera preciso ocupar supone, a efectos de los requisitos y del procedimiento de expropiación forzosa, la declaración de utilidad pública o interés social del proyecto y de sus modificaciones, y la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados identificados en los mismos.

A mayor abundamiento, el artículo 15 de la Ley de Expropiación Forzosa y del Decreto 26 de abril de 1957, que aprueba su Reglamento disponen que «Declarada la utilidad pública o el interés social, la Administración resolverá sobre la necesidad concreta de ocupar los bienes o adquirir los derechos que sean estrictamente indispensable para el fin de la expropiación. A continuación dispone que»... podrán incluirse también entre los bienes de necesaria ocupación los que sean indispensables para previsibles ampliaciones de la obra o finalidad de que se trate.

No obstante, aunque se entienda que la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados se encuentra implícita en la aprobación del Proyecto, los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley de Expropiación Forzosa establecen la obligación de formular la relación descriptiva de dichos bienes y derechos y de someterla al trámite de información pública, a fin de que puedan formularse alegaciones y aportar datos en orden a la rectificación de los posibles errores de la misma y a la correcta determinación de los interesados.

Por lo cual, vistas las disposiciones citadas y demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Someter al trámite de información pública la adjunta relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto constructivo de la obra civil de la linea 3 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao. Tramo Etxebarri-Txurdinaga. Modificado II. Addenda I», al objeto de que durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de la presente Resolución, puedan presentarse alegaciones a los efectos de subsanar los posibles errores de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.2 y concordantes de la Ley de Expropiación Forzosa, dirigiéndose para ello a la Dirección de Infraestructura del Transporte, Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, calle Donostia-San Sebastián n.º 1, Vitoria-Gasteiz.

Durante el referido plazo, la relación de bienes y derechos quedará asimismo expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Bilbao.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de octubre de 2012.

El Director de Infraestructura del Transporte,

JESÚS MARÍA BENAITO VILLAGARCÍA.

Término Municipal de Bilbao

N.º de finca: MP-01, MT-01.

Ref. catastral: 02031412001001.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente: 377,71 m2.

Ocupación temporal: 120,33 m2.

Temporal con reserva de uso.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: plaza.

Observaciones: ventilación de emergencia de jardines de Garai.

N.º de finca: MP-02, MT-02.

Ref. catastral: SR.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente: 36,59 m2.

Ocupación temporal: 29,69 m2.

Temporal con reserva de uso.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: vial.

Observaciones: ventilación de emergencia de jardines de Garai.

N.º de finca: MP-03, MT-08, MT-16.

Ref. catastral: SR.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente: 164,35 m2.

Ocupación temporal: 22,04 m2.

Temporal con reserva de uso.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: vial.

Observaciones: ventilación de emergencia jardines de Garai y Ascensor de Txurdinaga.

N.º de finca: MP-04, MT-03.

Ref. catastral: 02031412001001.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente: 45,69 m2.

Ocupación temporal: 13,48 m2.

Temporal con reserva de uso.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: plaza.

Observaciones: ventilación de emergencia jardines de Garai y Ascensor de Txurdinaga.

N.º de finca: MP-05, MT-05, MT-06, MT-07.

Ref. catastral: SR.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente: 46,32 m2.

Ocupación temporal: 135,90 m2.

Temporal con reserva de uso.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: vial.

Observaciones: cañón de acceso en Avda. Gabriel Aresti.

N.º de finca: MT-04, MT-18, MTS-01.

Ref. catastral: 02031412001001.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente.

Ocupación temporal: 144,45 m2.

Temporal con reserva de uso: 32,56 m2.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: plaza.

Observaciones: cañón de acceso en Avda. Gabriel Aresti.

N.º de finca: MTS-02, MTS-03, MS-01.

Ref. catastral: SR.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente.

Ocupación temporal.

Temporal con reserva de uso: 281,03 m2.

Servidumbre permanente de uso: 5,71 m2.

Naturaleza: vial.

Observaciones: cañón de acceso en Avda. Gabriel Aresti.

N.º de finca: OP-01, OT-01, OTS-01.

Ref. catastral: 02031407001.

Propietario: Comunidad de Vecinos n.º 24 y 30, Avda. Gabriel Aresti.

Ocupación permanente: 397,55 m2.

Ocupación temporal: 11,87 m2.

Temporal con reserva de uso: 9,56 m2.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: jardín.

Observaciones: cañón de acceso en Avda. Gabriel Aresti.

N.º de finca: MP-06.

Ref. catastral: SR.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente: 86,98 m2.

Ocupación temporal.

Temporal con reserva de uso.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: vial.

Observaciones: cañón de acceso en calle peatonal.

N.º de finca: MP-08.

Ref. catastral: 02031305001001.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente: 269,88 m2.

Ocupación temporal.

Temporal con reserva de uso.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: terreno.

Observaciones: cañón de acceso en calle peatonal.

N.º de finca: MT-09, MT-10, MT-12.

Ref. catastral: SR.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente.

Ocupación temporal: 176,26 m2.

Temporal con reserva de uso.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: vial.

Observaciones: cañón de acceso en calle peatonal.

N.º de finca: MT-13.

Ref. catastral: 02031305001001.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente.

Ocupación temporal: 42,27 m2.

Temporal con reserva de uso.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: terreno.

Observaciones: cañón de acceso en calle peatonal.

N.º de finca: MTS-04, MS-02.

Ref. catastral: SR.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente.

Ocupación temporal.

Temporal con reserva de uso: 284,36 m2.

Servidumbre permanente de uso: 34,99 m2.

Naturaleza: vial.

Observaciones: cañón de acceso en calle peatonal.

N.º de finca: MP-07.

Ref. catastral: 02031305001001.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente: 66,31 m2.

Ocupación temporal.

Temporal con reserva de uso.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: solar.

Observaciones: ventilación de emergencia en calle peatonal.

N.º de finca: MP-09.

Ref. catastral: SR.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente: 39,24 m2.

Ocupación temporal.

Temporal con reserva de uso.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: vial.

Observaciones: ventilación de emergencia en calle peatonal.

N.º de finca: MT-11.

Ref. catastral: SR.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente.

Ocupación temporal: 15,90 m2.

Temporal con reserva de uso.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: vial.

Observaciones: ventilación de emergencia en calle peatonal.

N.º de finca: MT-14.

Ref. catastral: SR.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente.

Ocupación temporal: 55,18 m2.

Temporal con reserva de uso.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: vial.

Observaciones: desvío provisional y cañón de acceso en Avda. Gabriel Aresti.

N.º de finca: MT-15.

Ref. catastral: SR.

Propietario: Ayuntamiento de Bilbao.

Ocupación permanente.

Ocupación temporal: 851,51 m2.

Temporal con reserva de uso.

Servidumbre permanente de uso.

Naturaleza: vial.

Observaciones: camino de acceso a obra.


Análisis documental