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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 233, lunes 3 de diciembre de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN
5335

ORDEN de 10 de octubre de 2012, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se autoriza la ampliación de unidades de 2.º Ciclo de Educación Infantil al centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «CEU Virgen Niña» de Vitoria-Gasteiz (Álava).

Examinado el expediente iniciado por el representante de la entidad titular del centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «CEU Virgen Niña» de Vitoria-Gasteiz (Álava), en solicitud de autorización para la ampliación de una unidad de 2.º Ciclo de Educación Infantil en dicho centro.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado por la Delegación Territorial de Educación de Álava, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, y demás legislación aplicable en la materia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se autoriza, a partir del curso escolar 2012-2013, la ampliación de una unidad de 2.º ciclo de Educación Infantil al centro docente que se describe a continuación:

N.º de código: 01001590.

Denominación específica: «CEU Virgen Niña».

Titular: Fundación Universitaria San Pablo-CEU.

Domicilio: Paseo del Batán, 60.

Municipio: Vitoria-Gasteiz.

Territorio Histórico: Álava.

Autorización: ampliación de 1 unidad de 2.º Ciclo de Educación Infantil.

Composición resultante:

– Educación Infantil 2.º Ciclo: 5 unidades con capacidad para 125 puestos escolares.

– Educación Primaria: 6 unidades con capacidad para 150 puestos escolares.

– Educación Secundaria Obligatoria: 4 unidades con capacidad para 120 puestos escolares.

– Educación Especial: 1 unidad.

Artículo 2.– El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos.

Segunda.– Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de octubre de 2012.

La Consejera de Educación, Universidades e Investigación,

MARÍA ISABEL CELAÁ DIÉGUEZ.


Análisis documental