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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 206, martes 23 de octubre de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

PRESIDENCIA DEL GOBIERNO
4694

RESOLUCIÓN 49/2012, de 16 de octubre, de la Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno «por el que se encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la realización de determinadas actividades en relación con el programa tranviario de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el ejercicio 2012».

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 16 de octubre de 2012, el Acuerdo «por el que se encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la realización de determinadas actividades en relación con los proyectos y obras del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao, en el ejercicio 2012», y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo «por el que se encomienda a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la realización de determinadas actividades en relación con los proyectos y obras del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao, en el ejercicio 2012», que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de octubre de 2012.

La Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

M.ª JESÚS CARMEN SAN JOSÉ LÓPEZ.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 49/2012, DE 16 DE OCTUBRE, DE LA DIRECTORA DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
ACUERDO POR EL QUE SE ENCOMIENDA A RED FERROVIARIA VASCA-EUSKAL TRENBIDE SAREA LA REALIZACIÓN DE DETERMINADAS ACTIVIDADESEN RELACIÓN CON LOS PROYECTOS Y OBRAS DEL FERROCARRILMETROPOLITANO DE BILBAO, EN EL EJERCICIO 2012

El artículo 10 del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, atribuye al Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes las funciones correspondientes a ferrocarriles.

El artículo 15.1.g) del Decreto 607/2009, de 24 de noviembre, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes atribuye a la Dirección de Infraestructura del Transportes la realización de los proyectos, obras y demás actuaciones competencia de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco relacionadas con el Ferrocarril Metropolitano de Bilbao.

El artículo 5.4 de la Ley 6/2004, de 21 de mayo, de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea incluye dentro del objeto social del ente cualquier función que le encomiende el Gobierno y que directa o indirectamente esté relacionada con la construcción, la conservación y la administración de infraestructuras de transporte ferroviario, y de forma especial las relativas a la redacción de estudios y proyectos.

Por otra parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, «la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público podrá ser encomendada a otros órganos o entidades de la misma o de distinta Administración por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño».

El mencionado precepto establece que la encomienda de gestión entre órganos administrativos o entidades de derecho público pertenecientes a la misma Administración deberá formalizarse en los términos que establezca su normativa propia y, en su defecto por acuerdo expreso de los órganos o entidades intervinientes.

En relación con las actividades de carácter material, técnico o de servicios destinadas a ejecución, seguimiento y control de proyectos y seguimiento y control de obras del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao, concurren razones de orden técnico y material que aconsejan la encomienda de dichas actuaciones a Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea para una más eficaz consecución de los intereses públicos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, y previa la correspondiente deliberación, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente

ACUERDO

«Primero.– Encomendar a Red Ferroviaria Vasca-Eusko Trenbide Sarea la realización de cuantas actividades de carácter material, técnico jurídico y de servicios que correspondientes a las competencias propias del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes sean precisas para la ejecución, seguimiento y control de los proyectos y seguimiento y control de las Obras del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao, en el ejercicio 2012, sin que ello suponga cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Segundo.– Las condiciones concretas en que se llevará a cabo la citada encomienda son las que figuran como anexo al citado Acuerdo.

Tercero.– Publicar la presente encomienda de gestión en el Boletín Oficial del País Vasco».

BASES REGULADORAS DEL ACUERDO POR EL QUE SE ENCOMIENDA A RED FERROVIARIA VASCA-EUSKAL TRENBIDE SAREA LA REALIZACIÓNDEDETERMINADAS ACTIVIDADES EN RELACIÓN CON LOS PROYECTOS YOBRAS DEL FERROCARRIL METROPOLITANO DE BILBAO, EN EL EJERCICIO 2012

1.– Objeto de la encomienda.

El objeto de la presente encomienda es el de establecer las condiciones técnicas que han de regir la realización de los trabajos de ejecución, seguimiento y control de proyectos y obras del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao, en el ejercicio 2012, en cumplimiento del artículo 15.2 del Decreto 607/2009, de 24 de noviembre, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes.

2.– Relaciones entre la Administración y Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea. Definiciones.

A los efectos de fijar las relaciones entre la Administración y Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea se definen las siguientes figuras jurídicas:

Administración:

Gobierno Vasco. Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. Dirección de Infraestructura del Transporte.

Director o Directora del encargo:

La Administración designará un Director o Directora del encargo, bajo la supervisión de la Dirección de Infraestructura del Transporte. En función de la complejidad de los trabajos el Director o Directora del encargo podrá rodearse del equipo técnico necesario que le asesorará y, en su caso, podrá actuar por delegación suya.

Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea (en adelante ETS):

Ente Público de Derecho Privado dependiente del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes que realizará los trabajos relacionados.

Delegado o Delegada de ETS:

Técnico Superior designado por ETS para hacerse cargo de la coordinación técnica de los trabajos y representar a éste frente a la Administración. Todo el equipo de ETS dependerá del Delegado o Delegada quien informará directamente y cuantas veces sea requerido al Director o Directora del encargo.

3.– Desarrollo general de los trabajos.

Al menos una vez por mes, ETS informará por escrito al Director o Directora del encargo sobre el estado de los trabajos hasta entonces realizados, y solicitará las instrucciones pertinentes para la continuación de aquéllos.

Siempre que ETS solicite alguna instrucción o decisión, deberá proponer a su vez aquélla que a su entender considere como más apropiada.

En cualquier momento, el Equipo Técnico de la Dirección del encargo podrá inspeccionar la marcha de los trabajos en los locales de ETS.

Las observaciones o prescripciones que se deriven de la inspección serán comunicadas al adjudicatario a través del Director o Directora del encargo.

4.– Antecedentes, documentos de referencia y planteamiento general.

Los trabajos objeto del presente Contrato comprenderán todas las labores necesarias para la ejecución, seguimiento y control de proyectos y obras del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao de las Líneas 1 y 2, a partir de los estudios y proyectos que sobre el particular se disponen, y que son básicamente:

– Plan de construcción del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao, en adelante F.M.B.

– Proyecto funcional del F.M.B.

– Criterios de diseño arquitectónico.

– Proyectos constructivos de ingeniería y de trazado.

– Proyectos de arquitectura de las estaciones.

– Proyectos de equipos electromecánicos.

5.– Trabajos a realizar por ETS.

Los trabajos a realizar por ETS se agrupan en las siguientes áreas:

A) Planificación y control global del proyecto Metro.

Esta actividad comprende el seguimiento y coordinación general de todos los contratos suscritos por el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco en relación con el Ferrocarril Metropolitano de Bilbao, tanto a nivel de asistencias técnicas para el desarrollo de proyectos como en relación con la construcción, integrando los planes parciales de avance que se deduzcan en cada momento de los citados contratos.

Se trata fundamentalmente de un seguimiento periódico y una actualización de los programas de cada contrato en relación con los respectivos responsables, una homogeneización de la información disponible y la realización de una presentación sencilla y coherente con los objetivos marcados previamente, de tal manera que sea fácil su comprensión y control, permitiendo la toma de decisiones correctoras en el momento más adecuado.

A nivel documental esta actividad se recogerá periódicamente en un Informe de Situación General. La periodicidad inicialmente prevista es la mensual, si bien la edición del informe podrá variarse en función de las necesidades del Departamento y de posibles incidencias importantes que pudieran afectar al plazo y/o al precio.

Además, en el Informe de Situación General, se informará sobre la marcha de aquellos contratos de estudios, proyectos y obras que no siendo controladas directamente por el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes participe ETS en representación del mismo.

B) Supervisión e inspección de estudios previos, estudios informativos y proyectos contratados por el Gobierno Vasco.

ETS tomará a su cargo los trabajos necesarios para el seguimiento del desarrollo de las actividades comprometidas por las diferentes ingenierías en la ejecución de los contratos de asistencia técnica formalizados por el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes.

De manera resumida y sin que su enumeración pretenda ser exhaustiva, se describen a continuación las actividades más representativas:

– Análisis y discusión con la Ingeniería de los datos e hipótesis de partida, tanto a nivel global del proyecto como de los diferentes elementos o aspectos constitutivos del mismo.

– Seguimiento periódico y coordinación de cada uno de los proyectos mediante la celebración de reuniones de trabajo con periodicidad mínima mensual.

– Supervisión de los documentos de avance presentados por la Ingeniería, discusión de los aspectos más relevantes y redacción de notas técnicas aclaratorias cuando el caso lo requiera.

– Inspección del grado de avance de las diferentes actividades incluidas en el proyecto y preparación de las certificaciones mensuales, previa discusión con la Ingeniería de las relaciones valoradas y su avance porcentual.

– Preparación de los informes y notas técnicas de revisiones de aspectos parciales que requieren estudios de alternativas y modificaciones parciales de diseño.

– Informes de aceptación de soluciones parciales y finalmente del proyecto completo una vez entregado por la Ingeniería. En este punto, el Director o Directora del encargo deberá estar informado/a sobre los principales extremos.

– Análisis y discusión de los documentos de liquidación de los diferentes contratos con la Ingeniería, incluyendo la redacción del informe propuesta de liquidación y cierre.

– Coordinación de los diferentes aspectos de cada proyecto con el esquema global del proyecto Metro y en particular de las diferentes ingenierías y equipos de arquitectura que participan en determinados tramos y sectores con responsabilidad compartida.

– Supervisión y activación de los programas de avance de trabajos, diagramas de previsiones y propuesta de modificación de plazos si fuera justificado.

Asimismo esta situación se reflejará en informes periódicos de situación.

C) Estudios y proyectos adicionales.

ETS procederá a la redacción de todos aquellos informes y estudios que le sean encomendados por la Dirección de Infraestructura del Transporte, ya sean directa o indirectamente relacionados con el proyecto Metro.

Por otro lado, también procederá a la redacción de proyectos de urbanización, acabados o de cualquier otro tipo que vaya requiriendo el desarrollo de las obras.

En otro orden de cosas, ETS proveerá los medios técnicos y humanos para la realización de las operaciones de replanteo previo de los proyectos, previamente a la licitación de las obras definidas en los mismos.

Asimismo, ETS redactará las modificaciones de los proyectos contratados y de obras complementarias.

D) Gestión de construcción.

D.1.– Dirección de obras civiles.

Una vez adjudicada la construcción de las obras de un proyecto, la Dirección de Infraestructura del Transporte procederá, a propuesta de ETS, a la designación de un Director o Directora de Obra que, bajo la supervisión del Delegado o Delegada de ETS, tomará a su cargo la responsabilidad del cumplimiento de dicho contrato tanto en los aspectos técnicos como económicos así como en las relaciones cotidianas con las autoridades municipales.

El Director o Directora de Obra pertenecerá a la plantilla de ETS y estará asistido, en su caso, por un adjunto y por un equipo técnico de Asistencia en cada obra.

Entre sus actividades, además de la activación de la propia construcción en sí, debe integrar la información documental recibida del contratista, comprobando su idoneidad y su ajuste a los plazos ofrecidos, solicitar aclaraciones adicionales y mantener al día las previsiones de obra por ejecutar. Documentalmente este trabajo se refleja tanto en la preparación de las certificaciones mensuales de avance de las obras como en la redacción de informes mensuales.

El Director o Directora de Obra actúa en representación del Departamento en la firma del Acta de Comprobación de Replanteo entre otras actuaciones que tienen carácter formal, así como en una primera discusión en relación con posibles precios contradictorios o sugerencias de modificaciones importantes que pudiera plantear el adjudicatario.

Igualmente el Director o Directora de Obra representa técnicamente a la propiedad en las conversaciones y reuniones de coordinación que deban celebrarse con las compañías de servicios y suministros que puedan plantear interferencias con las obras.

En el desarrollo de sus funciones el Director o Directora de Obra contará con el apoyo de un equipo técnico de asistencia a la Dirección de Obra sobre el que descansa el día a día de sus actividades de control, garantía de calidad, geométricas y de replanteo, ensayos y seguimiento de la adecuación de las obras al proyecto, redacción de notas de trabajo y preparación previa de certificaciones.

D.2.– Dirección de contratos de equipos electromecánicos.

Una vez adjudicado cada contrato de suministro y montaje de equipos electromecánicos, ETS asumirá el seguimiento del cumplimiento de los mismos en sus diferentes aspectos técnicos y económicos.

En todos los casos, comprende el seguimiento de fabricación, control de calidad, montaje y pruebas.

Al igual que en Obras Civiles, cada contrato de suministro, fabricación y montaje estará bajo la supervisión y dirección de un Director o Directora de Suministro perteneciente a la plantilla de ETS y asistido, en su caso, por un equipo técnico de Asistencia.

D.3.– Consultorías.

Las actividades recogidas en este capítulo guardan relación con trabajos específicos que surgen durante el periodo de construcción e incluso durante la realización de los proyectos, trabajos que por su índole exigen la participación de expertos en un campo determinado de la ingeniería.

La labor de ETS en este aspecto se centra en la definición lo más concreta posible del problema, identificación de las condiciones de expertos que se requieren y la investigación de las empresas o profesionales que dispongan de la capacidad necesaria para garantizar la calidad del análisis requerido.

En este sentido, ETS se responsabilizará de los trabajos previos de identificación del problema y de la selección de los colaboradores necesarios, manteniendo en todo momento la coordinación y supervisión de los trabajos de consultoría con el fin de asegurar la coherencia general del proyecto y su congruencia con el objetivo marcado en el momento de su definición.

Sin ánimo de exhaustividad, pueden adelantarse los campos principales del proyecto que requerirán trabajos de consultoría y de expertos:

– Geotecnia e instrumentación.

La ejecución de las obras civiles por su carácter de obra subterránea y las características cambiantes de la calidad del terreno viene obligada a la adecuación de soluciones estructurales:

● Adecuación de los diseños de proyectos a los condicionantes geotécnicos reales del terreno en las excavaciones subterráneas, en particular la optimización de la aplicación durante la construcción del Nuevo Método Austriaco (NATM).

● Instrumentación de las excavaciones subterráneas, en particular las secciones singulares y las cavernas de estaciones, con diagnóstico y predicciones de la incidencia a nivel de cimentaciones de los edificios próximos.

– Arquitectura durante la ejecución de las obras civiles.

Debido a las citadas características cambiantes del terreno, la ejecución de las obras subterráneas exige la adecuación de los detalles de acabado arquitectónico, lo que requiere la colaboración próxima por parte de los arquitectos consultores para dar las mejores soluciones en cada caso a los problemas planteados.

D.4.– Gestión de afecciones por obras.

La realización de una obra urbana, a pesar de su carácter subterráneo, conlleva la aparición de una serie de afecciones al tráfico, servicios y otros.

ETS se encargará de la gestión de estas afecciones, con la finalidad de minimizar su incidencia en la vida ciudadana.

La descripción de los trabajos a realizar, en las distintas áreas, es la siguiente:

– Gestión de Tráfico.

Las obras del Metro son básicamente subterráneas y dada la densidad de la trama urbana de los municipios que atraviesa, los proyectos han contemplado en gran medida soluciones en túnel perforado que reducen a un mínimo las necesidades de ocupación de áreas en superficie durante las obras, áreas que han sido seleccionadas siempre que ha sido posible en zonas que minimizan la incidencia en el tráfico.

Sin embargo las áreas de las estaciones exigen funcionalmente tres tipos de conexiones entre los niveles de andenes y de calle, uno para entrada y salida de viajeros, otro para ventilación y un tercero para acceso de personas con movilidad reducida.

Estas conexiones si bien han sido estudiadas para reducir la incidencia a nivel de calle no tienen en todos los casos una flexibilidad importante y suponen ocupación siquiera temporal de carriles de circulación.

ETS en este sentido analizará la mejor planificación de las obras para reducir la citada incidencia y ofrecer soluciones alternativas de tráfico que ayuden a paliar las congestiones que irremediablemente se producirán en algunos momentos.

Dentro de este esquema de gestión de tráfico se incluyen las relaciones con los responsables municipales de este área con objeto de prever los aspectos más conflictivos, evitar solapes de obras que pudieran ser acumulativas desde el punto de vista de la afección al tráfico y proponer alternativas no sólo de tráfico sino también de posibles procedimientos constructivos que redunden en la mejora general del tráfico.

– Gestión de servicios.

Dentro de cada uno de los proyectos de obra civil se encuentran definidos los desvíos y reposición de servicios afectados por las obras, obtenidos normalmente a partir de los datos aportados por las propias compañías suministradoras o gestoras de los servicios respectivos, así como mediante la realización de catas puntuales de detección de los mismos.

ETS hará un seguimiento detallado del replanteo, desvío y reposición de los servicios afectados, y coordinará con la correspondiente empresa suministradora las soluciones de desvío y reposición más idóneas técnica y económicamente, siempre enmarcadas en la globalidad del contrato de obras.

Asimismo, siempre que como consecuencia de los trabajos de los contratos de obras aparezcan nuevos servicios no detectados previamente, ETS arbitrará soluciones de reposición y desvío junto con la compañía suministradora y el contratista de las obras, en caso de que sea necesario. En su caso, ETS coordinará con la Dirección de Obra la repercusión que estos trabajos no previstos tengan en el presupuesto del contrato y en el plan de obra.

– Otras incidencias.

ETS deberá arbitrar soluciones de esquemas de trabajo para la coordinación de obra y minimización de afecciones a la explotación ferroviaria en diversos puntos, ya sea a Renfe Operadora, EuskoTren, o el propio Metro de Bilbao.

D.5.– Gestión de Seguridad y Salud Laboral.

Esta actividad comprenderá el seguimiento y activación de todos los trabajos de prevención que deban realizarse para mantener los niveles de Seguridad y Salud Laboral en las obras dentro de los márgenes necesarios para reducir al mínimo los accidentes.

ETS en este campo actuará en primer lugar como memoria crítica del contratista, asesorando mediante un técnico de seguridad al Director o Directora de cada Obra, en aquellas medidas de prevención que deben tomarse con anterioridad al inicio de cada trabajo o nueva unidad de obra.

Dado que en los pliegos de cada proyecto se indican los procedimientos que deben redactarse previamente al inicio de los trabajos, ETS controlará no solo su ejecución sino que propondrá las mejoras de redacción y de fondo que permitan hacerlos operativos y contribuyan a la consecución de un mayor nivel de seguridad.

Esta labor de ETS tendrá un reflejo documental en los correspondientes informes de auditoría de gestión de los Planes de Seguridad y Salud.

Asimismo, ETS deberá disponer de un técnico o técnicos con la formación adecuada que, tras su nombramiento por la Dirección de Infraestructura del Transporte a propuesta del Delegado o Delegada de ETS, ejerza la figura de Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras y/o durante la elaboración del proyecto de obra.

D.6.– Gestión de Garantía de Calidad y Gestión Medioambiental.

Esta actividad comprenderá el seguimiento y activación de las acciones necesarias para confirmar que todas las estructuras, componentes e instalaciones se construyen de acuerdo con el contrato, códigos, normas y especificaciones de diseño.

En este campo, ETS actuará en primer lugar como auditor de los Planes de Garantía de Calidad presentados por los Contratistas y Suministradores al iniciarse los respectivos contratos, asesorando a la Dirección de los Contratos en su evaluación, comentarios y aprobación.

Esta actuación tendrá continuidad en los sucesivos Planes de Calidad de cada actividad o fase de las obras, a presentar por los Contratistas durante el desarrollo de las mismas.

Simultáneamente, ETS controlará la ejecución de las acciones incluidas en cada uno de los Planes de Calidad, proponiendo la adecuación de estas actuaciones en función del desarrollo de los trabajos, con el fin de conseguir que los citados Planes resulten prácticos y operativos, y contribuyan a la consecución de un mayor nivel de calidad de las obras.

Por otro lado, ETS velará por la ejecución de las actividades objeto de este Contrato bajo criterios de minimización de impactos medioambientales, así como por el cumplimiento estricto de la normativa vigente a este respecto.

Se vigilará en concreto:

● la cumplimentación de las medidas de control, vigilancia y de prácticas medioambientales en obra que se establezcan en las Declaraciones de Impacto Ambiental de los proyectos respectivos, dictadas por el Órgano ambiental competente.

● el cumplimiento de las medidas de gestión medioambiental incluidas en el Plan de Aseguramiento de Calidad de cada obra, propuesto por el contratista, y su adecuación a la legislación y normativa vigente.

En todas las demás actividades previstas en este contrato, ETS adoptará medidas y prácticas de gestión medioambiental, encaminadas a reducir su consumo de recursos naturales y su generación de residuos, a gestionar los mismos y a aumentar el grado de reciclaje de éstos.

E) Apoyo en contratación.

ETS asistirá a la Dirección de Infraestructura del Transporte en la preparación y adecuación de todos los pliegos de condiciones de cada concurso o licitación, tanto a nivel administrativo como técnico, y éste en su doble aspecto de general y particular.

Esta actividad comprende la redacción de las cláusulas específicas de cada contrato y la corrección de los aspectos que siendo habituales en contratos similares exigen en su caso aclaraciones, así como la homogeneización de los pliegos de condiciones de los diferentes proyectos con objeto de unificar criterios de posterior aplicación durante las obras.

Una vez preparados los pliegos como borradores, es el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco quien decide su oficialización o correcciones si procede y su aprobación para formar parte de los documentos de la licitación.

Los trabajos de ETS no terminan en ese momento dentro del concepto de contratación pues el equipo técnico que ha intervenido en su realización permanece a disposición de los contratistas interesados en el concurso y recoge sus comentarios por si pudieran ser de utilidad como aclaraciones o correcciones en futuras redacciones.

En el periodo destinado a la preparación de ofertas por parte de los contratistas, ETS dispondrá igualmente de un equipo técnico dispuesto a la resolución de cuantas consultas sean presentadas por los concursantes, dentro de un esquema de colaboración con el Departamento que mantenga en todo momento la salvaguardia de la igualdad de oportunidades para todos los ofertantes.

Una vez abierto el sobre C de «Valoración de criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor» del concurso, los técnicos de ETS bajo la dirección y supervisión de la persona nominada para ser el Director o Directora de la Obra correspondiente inician este paquete de actividades para el estudio, análisis y homogeneización de las diferentes ofertas y propuesta que se hayan presentado al concurso.

Esta actividad comprende además la preparación de cuadros comparativos y la aplicación de baremos según prioridades marcadas por los pliegos del concurso. Esta primera fase de la actividad de Dirección de Contratos de Obra termina con la redacción de un informe propuesta de valoración que recoge los elementos de juicio utilizados para cada una de las ofertas.

F) Gestiones y coordinación con otras Instituciones.

La realización de las obras del Metro requiere la ocupación temporal o definitiva de espacios públicos, en unos casos municipales y en otros patrimonio de otras instituciones o administraciones, por lo que de forma regular deben realizarse gestiones y coordinar medidas para compaginar diferentes intereses generales y el propio proyecto Metro.

Igualmente y como ya se ha indicado, las obras que inciden en superficie, a nivel de calle, presentan interferencias frecuentes con los servicios municipales o de compañías suministradoras, por lo que es igualmente necesario mantener gestiones y reuniones de coordinación para encontrar las soluciones más adecuadas. ETS tomará a su cargo dichas tareas.

G) Apoyo en gestión de expropiaciones.

Comprende la realización, en estrecha colaboración con los servicios jurídicos del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, de todas las actividades relacionadas con los expedientes necesarios para la expropiación u ocupación temporal de bienes y servicios afectados por las obras del Metro.

Se inicia con una comprobación, y eventualmente con una ampliación, de los datos recogidos en proyectos, a fin de facilitar y agilizar al máximo los posteriores trámites del procedimiento expropiatorio, lo que obliga a un trabajo importante de investigación para su completa identificación.

Una vez confirmado el mayor número de datos posibles, ETS redactará para su publicación por el Departamento las listas oficiales de afectados con indicación de los datos que marca la ley.

Dentro de este área de actividades, ETS mantendrá reuniones con los afectados que soliciten explicaciones o que deseen exponer sus posturas contrarias al expediente abierto, recibirá y estudiará las alegaciones que se presenten, informará los argumentos en pro y en contra que puedan invocarse en las resoluciones de dichas alegaciones y soportará jurídicamente y técnicamente las diversas actuaciones contempladas en el procedimiento.

Siguiendo los pasos requeridos, ETS participará en la realización de las valoraciones de las afecciones y escuchará los argumentos expuestos por los afectados informando al Departamento de las posibles posturas a tomar. Como asistencia del mismo en este campo ejercerá en su nombre la representación que se le delega en las actas previas que contemple el procedimiento expropiatorio.

El resultado de este trabajo quedará reflejado en las actas de acuerdo que finalmente se redacten.

H) Servicio de atención permanente e información al público.

Las actividades comprendidas en este apartado se concretarán en la disposición con carácter permanente de una o varias Oficinas de Información al Ciudadano, dotada con los medios necesarios para centralizar las quejas, consultas, sugerencias, etc., que se puedan plantear en relación a la marcha de las obras, y del Proyecto Metro Bilbao en general. Las oficinas dispondrán de personal conocedor del Proyecto Metro Bilbao, así como la documentación necesaria para poder cumplir su misión.

Es previsible que a lo largo del tiempo de duración del presente contrato sea necesario reforzar esta presencia continuada de información y propaganda con actuaciones puntuales de mayor intensidad, publicaciones, exposiciones, campañas especiales de lanzamiento de determinadas actuaciones, coincidiendo con inicio de obras y/o inauguraciones.

I) Redacción de informes acerca de reclamaciones de afectados.

Durante toda la fase de proyecto y de construcción de obras del F.M.B., los ciudadanos y colectivos que se consideran afectados por las mismas presentan ante el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes numerosas reclamaciones acerca de las mismas, por muy diversos motivos y en diferente grado de detalle. ETS asistirá al Departamento en el estudio de las mismas, redactará los informes particulares que le requiera éste, proponiendo las acciones que le dicte su buena práctica profesional y el interés de la Administración.

En el año 2011 continúan las obras del tramo Santurtzi-Kabiezes de la línea 2 del FMB, obras del tramo de Ariz-Basauri y las obras del soterramiento de Maidagan. En caso de que se someta al trámite de información pública algún otro proyecto, ETS estudiará e informará al Departamento todas y cada una de las alegaciones presentadas al mismo, a fin de que éste dicte su Resolución.

ETS se responsabilizará de estos trabajos, seleccionando para ellos a los colaboradores necesarios, incluyendo las tareas de mecanografía, delineación, topografía y demás medios auxiliares necesarios.

Se estima que será necesario la asistencia de un equipo formado por:

● Abogado Especialista.

● Técnico de Grado Superior.

● Técnico de Grado Medio.

● Administrativo.

6.– Valoración y abono de los trabajos realizados.

Los trabajos encomendados tienen una valoración de dos millones novecientos noventa y tres mil trescientos cuarenta y tres (2.993.343) euros, IVA incluido, en base a los siguientes conceptos:

(Véase el .PDF)

El abono de los trabajos objeto del presente encargo se efectuará mediante pagos mensuales, debiendo en cada caso justificar los trabajos realizados. Todos los pagos se realizarán previa presentación de la factura a conformidad de la Administración.


Análisis documental