Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 90, miércoles 9 de mayo de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
2058

ORDEN de 30 de marzo de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se acuerda extender la financiación cualificada establecida con carácter general para las Áreas de Rehabilitación Integrada, al conjunto de Casas Obreras de Repélega, del municipio de Portugalete, que a continuación se detallan.

ANTECEDENTES

1.– Mediante escrito del Ayuntamiento de Portugalete se solicita la concesión de las ayudas definidas para las Áreas de Rehabilitación Integrada a las Sociedades Cooperativas de Casas Baratas «Villanueva», «El Progreso», y el «Poblado Babcock & Wilcox», del municipio de Portugalete, adjuntando la delimitación del ámbito, memoria descriptivo-justificativa, estudio socio-urbanístico, estudio económico-financiero y programa de actuación.

2.– De la documentación obrante en el expediente, plano de delimitación aportado por el ayuntamiento, inspección ocular de la zona y del Plan General del municipio, se desprende la delimitación del ámbito de actuación de dicha Área, que se concreta en el plano adjunto a la presente Orden.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1.– El titular del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes es el órgano competente para la resolución del presente expediente, de conformidad con lo previsto en el Decreto del Gobierno Vasco 373/2005, de 15 de noviembre, artículo 10 y disposición adicional tercera del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre.

2.– Conforme señala la disposición adicional tercera del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, el Consejero de este Departamento podrá conceder, mediante Orden dictada al efecto, las ayudas definidas para las Áreas de Rehabilitación Integradas a aquellas Áreas definidas en el artículo 9.2 del citado Decreto, cuya gestión y ejecución no precise la redacción de Plan Especial de Rehabilitación.

3.– Se cumplen en el presente supuesto el conjunto de las condiciones de degradación económico-social y urbanístico-arquitectónicas, establecidas en el citado artículo 9.2 del Decreto 317/2002, para considerar el conjunto de Casas Obreras de Repélega del municipio de Portugalete como Área Degradada, de conformidad con el Informe emitido por el Responsable del Servicio de Ordenación Territorial y Planeamiento, de fecha 9 de noviembre de 2000.

DISPONGO:

Autorizar la concesión de las ayudas financieras establecidas en el Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, para las Áreas de Rehabilitación Integrada a las actuaciones de rehabilitación protegida que se realicen en las Sociedades Cooperativas de Casas Baratas «Villanueva», «El Progreso», y el «Poblado Babcock & Wilcox» del municipio de Portugalete.

Contra la presente Orden cabe interponer recurso de reposición ante el Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de marzo de 2012.

El Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes,

ignacio maría ARRIOLA LÓPEZ.

(Véase el .PDF)

Análisis documental