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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 65, jueves 29 de marzo de 2012


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
1517

ORDEN de 8 de marzo de 2012 del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se inicia el procedimiento de selección y se determinan diversas especificaciones para la adjudicación de las viviendas de la promoción EB3-0276/08-LC-000 que hayan quedado sin adjudicar por haberse agotado las listas de espera.

HECHOS

1.– Mediante Orden de 16 de abril de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, se regula el procedimiento de adjudicación de las viviendas de protección oficial, tal y como se recoge en el artículo 12 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo.

2.– La adjudicación de las viviendas de la promoción de 113 viviendas de protección oficial ubicada en los edificios A, B y D en el municipio de Mutriku y promovida por la Sociedad Pública Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A. (Visesa), se encuentra sometida al procedimiento regulado en la citada orden, y ha recibido la correspondiente calificación provisional con fecha 8 de octubre de 2008 bajo el número de expediente EB3-0276/08-LC.

3.– Mediante Orden de 22 de mayo de 2009, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, se inicia el proceso de selección y se determinan diversas especificaciones, para la adjudicación de 113 viviendas de protección oficial en el municipio de Mutriku.

4.– Con fecha 30 de septiembre de 2009 se celebró sorteo para la adjudicación de dichas viviendas. La disposición undécima de dicha orden establece que las viviendas que queden sin adjudicar una vez agotada la lista de espera se adjudicarán por el Delegado Territorial correspondiente mediante sorteo entre aquellas solicitudes que cumplan los requisitos normativamente establecidos. Se podrá ampliar la fecha hasta la cual serán tenidas en cuenta las solicitudes de inscripción en Etxebide así como los municipios interesados en el expediente.

5.– Agotada la lista de espera resultante del primer sorteo, con fecha 3 de mayo de 2011 se celebró nuevo sorteo en el que participaron todos aquellos demandantes de vivienda en compra en Mutriku, que hubieran solicitado su inscripción en Etxebide hasta el 30 de noviembre de 2010 y cumplieran el resto de requisitos establecidos en la Orden de 22 de mayo de 2009.

6.– Se prevé que la lista de espera de este nuevo sorteo quede agotada en breve quedando viviendas vacantes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1.– Este órgano es el competente para determinar las presentes especificaciones en virtud de lo previsto en el artículo 4 del Decreto 607/2009, de 24 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes y en el artículo 7 de la Orden de 16 de abril de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, sobre procedimiento de adjudicación de viviendas de protección oficial.

2.– La antedicha Orden del Consejero de fecha 16 de abril de 2008 señala lo siguiente en su artículo 7.1:

«1.– El proceso de selección se iniciará mediante Orden del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales que deberá dictarse con posterioridad a la fecha de la calificación provisional de la promoción y publicarse en el Boletín Oficial del País Vasco».

A la vista de los preceptos legales señalados y demás de general y concordante aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Iniciar un nuevo proceso de selección de adjudicatarios para las viviendas de la promoción EB3-0276/08-LC que queden sin adjudicar una vez agotada la lista de espera elaborada tras el sorteo de 3 de mayo de 2011

Segundo.– La adjudicación se llevará a cabo por el Delegado Territorial de Vivienda de Gipuzkoa por riguroso orden de la lista que se elaborará mediante sorteo que se celebrará en la Delegación Territorial y en el que participarán los demandantes de vivienda en compra en Mutriku debidamente inscritos en Etxebide que cumplan los siguientes requisitos:

1.– Haber solicitado su inscripción en Etxebide antes del 1 de diciembre de 2011.

2.– Alguno de los futuros titulares de las viviendas habrá de estar empadronado en Mutriku, Deba, Mendaro y Ondarroa con un año de antigüedad a la fecha de publicación de la presente Orden.

3.– Se deben acreditar ingresos ponderados no inferiores a 9.000 euros y no superiores a 39.000 euros en el ejercicio 2010.

Tercero.– Para la realización del sorteo se asignará un número aleatorio a cada expediente que participe en el mismo y se insacularán tantas bolas o papeletas como participantes en el sorteo, extrayéndose una de ellas y será el demandante que tenga asignado el número que figure en la bola o papeleta extraída el primero de la lista, siguiéndole el resto por orden correlativo a partir de quien tenga asignado el número siguiente al de la bola o papeleta extraída y terminando por quien tenga asignado el número inmediatamente anterior al de la bola o papeleta extraída.

Contra la presente Orden procede interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 8 de marzo de 2012.

El Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.


Análisis documental