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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 58, miércoles 21 de marzo de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 13 DE BILBAO
1380

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 250/10.

Juzgado de Primera Instancia n.º 13 de Bilbao (Bizkaia).
Juicio: pro. ordinario L2 250/10.
Demandante: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
Abogado: Jose Maria Pey Illera.
Procurador: Ortega.
Demandado: Basilisa Lazcano Sanchez, Fernando Garcia Lazcano y Isabel Cantero Roldan.
Sobre: juicio ordinario.

En el referido juicio se ha dictado 19 de septiembre de 2011, sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria contra la herencia yacente de Basilisa Lazcano Sanchez, Fernando Garcia Lazcano y Isabel Cantero Roldan y condeno solidariamente a los demandados a pagar a la actora la cantidad de 73.434, 49 euros más los intereses de demora de esta cantidad al tipo pactado del 26% anual, que se determinarán en ejecución de sentencia con estas bases: la cantidad de 64.013,42 euros devengará el interés desde el 21 de octubre de 2006 hasta la fecha de su completo pago y la cantidad de 9.421,07 devengará el interés desde el 29 de mayo de 2009 hasta su completo pago.

Se imponen las costas de este procedimiento a la parte demandada.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 4n atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado herencia yacente de D.ª Basilisa Lazcano Sanchez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000).

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

En atención al desconocido paradero de la codemandada herencia yacente de D.ª Basilisa Lazcano Sanchez, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LECn, se ha acordado notificar la sentencia en el Boletín Oficial del País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 23 de septiembre de 2011.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental