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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 36, lunes 20 de febrero de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia N.º 8 de Vitoria-Gasteiz
792

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 51/11 seguido sobre medidas hijos extramatrimoniales contencioso.

Juzgado de 1.ª Instancia n.º 8 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: me. hij. ex. con. L2 51/11.

Demandante: Blanca Iñiguez de Mendoza Barreiro.

Abogado: Belen Zabaleta Ceberio.

Procurador: Landa.

Demandado: Jose Miguel Dias Gomes.

Sobre: derecho de familia.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D.ª Blanca Iñiguez de Mendoza Barreiro frente a D. José Miguel Dias Gomes, debo establecer las siguientes medidas en relación al hijo menor XXXXX XXXXX:

1.- Atribución de la guarda y custodia del hijo menor a la madre, manteniendo ambos progenitores la patria potestad.

2.- Establecimiento de un régimen de visitas que empezará a aplicarse desde el momento en el que D. José Miguel se ponga en contacto con el menor o D.ª Blanca, y en atención a la corta edad del menor, con el siguiente contenido:

- martes y jueves desde la salida de la guardería hasta las 20:00 horas.

- fines de semana alternos, sábados y domingos, desde las 10:00 a las 20:00 horas, sin pernocta dada la edad del menor.

- vacaciones de Navidad, en dos periodos, del 23 al 30 de diciembre, y del 31de diciembre al 6 de enero, correspondiendo la elección de periodo a la madre en los años pares. En cualquier caso el periodo que corresponde al padre será sin pernocta, de 10:00 a 20:00 horas.

- vacaciones de Semana Santa y verano por mitades, sin pernocta.

3.- Pensión alimenticia: se establece a partir de la presente Sentencia una pensión de 100 euros mensuales a favor del hijo, a ingresar en los primeros 5 días de cada mes en el número de cuenta que determine la madre, cantidad que será actualizada anualmente cada mes de enero, en función de las variaciones del IPC, siendo la primera actualización en enero de 2013.

4.- Gastos extraordinarios: serán abonados por mitad entre ambos progenitores previo acuerdo o en su defecto, autorización judicial.

5.- Se prohíbe expresamente a D. José Miguel Gomes salir de territorio nacional con su hijo hasta que éste alcance los 12 años de edad sin el previo consentimiento de la madre.

No se hace expreso pronunciamiento en costas.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 0, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Jose Miguel Dias Gomes y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de noviembre de 2011.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental