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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 173, lunes 12 de septiembre de 2011


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Empleo y Asuntos Sociales
4443

EDICTO de 24 de junio de 2011, de la Viceconsejera de Trabajo, por el que se notifica a la empresa Sumenor Electric, S.L. la resolución recaída en el recurso n.º 11.0096.48.03.01.03.

Sonia Pérez Ezquerra, Viceconsejera de Trabajo,

Hago saber que, concluido el recurso 11.0096.48.03.01.03, incoado en virtud del acta de infracción I482010000043211 a la empresa Sumenor Electric, S.L., se ha dictado resolución, por la que se acuerda desestimar el recurso de alzada interpuesto por D. Gustavo Madrazo Porres y, por lo tanto, confirmar la Resolución de 1 de marzo de 2011 de la Directora de Trabajo del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, recaída en el expediente sancionador 10.0169.48.01.01.03 (ST-176/10), por la que se impone a la citada empresa la sanción de seis mil doscientos cincuenta y un euros (6.251), por la comisión de una infracción muy grave del artículo 8.2 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

No habiéndose podido notificar dicha resolución a la empresa responsable, a pesar de los intentos realizados en el último domicilio de que se tiene constancia, ubicado en Barrio Zubieta, Nave 3 48330 Lemoa (Bizkaia), se procede a su notificación según lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se advierte a la empresa mencionada que la citada resolución pone fin a la vía administrativa, y que contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.

Con independencia de la presentación o no de recurso contencioso-administrativo, la empresa Sumenor Electric, S.L. deberá proceder al pago de la sanción, a través de la pasarela de pagos del Gobierno Vasco, en la siguiente dirección de Internet: http://www.euskadi.net/mipago. La fecha límite de pago es el 08-08-2011, y los datos necesarios para proceder al pago son los siguientes:

Código Procedimiento Recaudación (CPR): 9050794.

Entidad emisora: 04833001-522.

Referencia: 4810017600232.

Identificación: 080811.

Importe: 6.251 euros.

Si no lo hiciera así, se instará el acto administrativo ejecutivo de apremio para el cobro de la sanción, y se devengarán de inmediato el correspondiente recargo de apremio e intereses de demora, con aplicación del procedimiento establecido en el Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.

Para que sirva de notificación a la empresa mencionada, se publicará este Edicto en la forma prevista en el citado artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 24 de junio de 2011.

La Viceconsejera de Trabajo,

SONIA PÉREZ EZQUERRA.


Análisis documental