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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 173, lunes 12 de septiembre de 2011


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción N.º 1 de Tolosa
4436

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 474/09.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento pro. ordinario L2 474/09 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Tolosa (Gipuzkoa) a instancia de Caja Ahorros y Monte de Piedad de Guipuzkoa y San Sebastián contra Jonatan Cambero Cordoba sobre juicio ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 128/11

Juez que la dicta: D.ª Helena Antona Suena.

Lugar: Tolosa (Gipuzkoa).

Fecha: cuatro de julio de dos mil once.

Parte demandante: Caja Ahorros y Monte de Piedad de Guipuzkoa y San Sebastián.

Abogado: Juan Pablo Santamaria Ibarburu.

Procurador: Maria del Carmen Chimeno Rodriguez.

Parte demandada: Jonatan Cambero Cordoba, en rebeldía procesal.

Objeto del juicio: juicio ordinario, reclamación de cantidad.

Vistos por D.ª Helena Antona Suena, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de los de esta Ciudad y su Partido Judicial, los presentes autos de juicio ordinario de reclamación de cantidad número 474/09, con la intervención de las partes que constan en el encabezamiento, ha dictado la siguiente

FALLO

Estimar la demanda interpuesta por D.ª Carmen Chimeno Rodríguez, procuradora de los Tribunales y de Caja de Ahorros y Montes de Piedad de Gipuzkoa - San Sebastián, Kutxa, frente a Jonatan Cambero Cordoba, en rebeldía procesal, y se condena a este último al pago de la cantidad de nueve mil cuatrocientos cuarenta euros con sesenta y siete céntimos (9.440,67) de principal, sus intereses al tipo pactado desde el 31 de marzo de 2009, día siguiente del cierre de las cuentas hasta el pago y los gastos.

Con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese a las partes la presente resolución con la advertencia de que la misma no es firme, y que contra ella cabe interponer recurso.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (artículo 455 LECn). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 0030 3435 1864 04 047409, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al preparar el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a. Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Secretario Judicial doy fe, en Tolosa (Gipuzkoa), a cuatro de julio de dos mil once.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Jonatan Cambero Cordoba, extiendo y firmo la presente en Tolosa (Gipuzkoa), a cuatro de julio de dos mil once.

LA SECRETARIO.


Análisis documental