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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 133, miércoles 13 de julio de 2011


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ANUNCIOS

Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A.
3563

ANUNCIO de modificación del Programa de ayudas «+Innova» de apoyo a la Innovación en las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Con el fin de dar cumplimiento a la Orden de 7 de junio de 2011, del Consejero de Economía y Hacienda por la que se dictan las instrucciones para la contención del déficit público del presupuesto 2011 de la Administración General, organismos autónomos y demás entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, el Consejo de Administración de Sociedad para la Transformación Competitiva-Eraldaketa Lehiakorrerako Sozietatea, S.A. en su reunión del día 17 de junio de 2011 adoptó el acuerdo de delegar en el Director General la aprobación de las modificaciones que sea necesario realizar en las distintas normativas de los programas actualmente en vigor.

En base a lo anterior el Director General ha resuelto, al objeto de adelantar el plazo de presentación de las solicitudes y establecer pagos anticipados de las ayudas, modificar el apartado 1.- «Iniciación del procedimiento. Solicitudes y plazo» del artículo 7.- «Procedimiento de gestión de ayudas para Definición del Itinerario de Competitividad de Innovación», el artículo 30.- «Plazo» y el apartado 1 del artículo 36.- «Pago de las ayudas» de la Normativa del Programa «+Innova» de apoyo a la Innovación en las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, publicada en el BOPV de 26 de enero de 2011, los cuales quedarán redactados como sigue:

Artículo 7.- Procedimiento de gestión de ayudas para la Definición del Itinerario de Competitividad e Innovación.

1.- Iniciación del procedimiento. Solicitudes y plazo.

Los solicitantes deberán cumplimentar las solicitudes a través de Internet, en la dirección que SPRI habilitará para tal efecto en https://www.spri.es/+innova-itinerarios.

Después de enviar las mismas, mediante los medios establecidos en la citada dirección web, deberán imprimirlas y remitirlas firmadas a la dirección de SPRI (Alda. Urquijo, 36-4.º; Edif. Plaza Bizkaia, 48011 Bilbao) en un plazo de 10 días.

La solicitud incluirá:

- Datos de identificación de la empresa y otros necesarios para su encuadramiento como PYME, así como una dirección de correo electrónico que será el único medio aceptado a efectos de notificaciones. La empresa también indicará un número de cuenta para proceder al pago de la subvención que, de ser necesario, se justificará mediante la aportación de certificado bancario acreditativo del mismo.

- Declaración responsable respecto a la veracidad de los siguientes aspectos:

Que se encuentra al corriente de sus obligaciones con Hacienda y Seguridad Social.

Que, tratándose de una Pyme, sus características se correspondan, con la calificación de Pyme según las normas comunitarias aplicables.

Que no tienen vinculación ni dependencia de las Administraciones Públicas, ni pertenecen a la Administración Institucional.

Que no se encuentran incursos en ninguna causa de prohibición o inhabilitación para la obtención de ayudas públicas o para contratar con la administración de la CAPV.

- Ayudas que para el mismo proyecto hayan sido concedidas y/o solicitadas de otras instituciones públicas o privadas.

El Departamento de Transformación Empresarial de SPRI se reserva el derecho de solicitar aquella documentación complementaria que estime necesaria para la correcta aplicación de la presente línea de apoyo.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del 1 de enero de cada año en que esté en vigor el programa y finalizará el 15 de octubre de cada año salvo agotamiento anterior de los fondos anuales destinados a esta línea de apoyo. Excepcionalmente, para 2011, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de septiembre.

El presente régimen de ayudas estará en vigor hasta el 15 de octubre de 2013.

Artículo 30.- Plazo.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del 1 de enero de cada año en que esté en vigor la línea de apoyo y finalizará el 15 de octubre de cada año salvo agotamiento anterior de los fondos anuales destinados a la misma. Excepcionalmente, para 2011, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de septiembre.

El presente régimen de ayudas estará en vigor hasta el 15 de octubre de 2013.

Artículo 36.- Pago de las ayudas.

1.- Un 40% de la ayuda concedida será pagada en el momento de la aprobación de la solicitud de ayuda, con el régimen de garantías que resulte de aplicación y el resto mediante un pago una vez concluido el plazo de realización del proyecto y previa presentación de la documentación justificativa que permita comprobar tanto la realización de las actividades subvencionadas, como el grado de consecución de los objetivos por ellas perseguidos. Esta presentación documental, que deberá realizarse durante el primer trimestre siguiente al momento del fin del proyecto, consistirá en:

1.1.- En primer lugar, aprovechando las funcionalidades de la aplicación informática se adjuntarán a la misma:

- Una memoria técnica, aunque un resumen ejecutivo se deberá rellenar para realizar la solicitud.

- Las facturas definitivas que tendrán que corresponderse con las especificadas en el cuadro de facturas que debe rellenarse para realizar la solicitud.

- Copia de los justificantes bancarios de pago de los gastos subvencionables del proyecto.

- Certificados actualizados (cuya fecha no preceda en mas de un mes la fecha de presentación de la solicitud de liquidación) que acrediten que la empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en las administraciones que le afecten y para con la Seguridad Social.

- Copia del certificado de la entidad financiera que acredite la titularidad de la cuenta bancaria a nombre de la empresa beneficiaria (si la empresa ha cambiado dicha cuenta respecto a lo aportado en la solicitud).

1.2.- Una vez realizado lo anterior, se enviarán informáticamente y posteriormente, en un plazo de 10 días hábiles, firmado, el siguiente documento:

- Una solicitud de liquidación-certificado económico que podrá obtenerse en la aplicación que SPRI habilitará para tal efecto en www.spri.es/+innova-aldatu.

Después de enviar el mismo, mediante las funcionalidades ubicadas en dicha dirección web, deberán imprimirlo y remitirlo firmado a la dirección de SPRI (Alda. Urquijo, 36-4.ª - Edif. Plaza Bizkaia, 48011 Bilbao) en un plazo de 10 días hábiles.

SPRI antes del abono de las ayudas, podrá requerir a la empresa toda aquella otra documentación adicional que estime precisa.

Bilbao, 29 de junio de 2011.

El Director General,

TOMAS ORBEA CELAYA.


Análisis documental