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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 101, lunes 30 de mayo de 2011


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Otras Disposiciones

Vivienda, Obras Públicas y Transportes
2847

RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2011, del Director de Puertos y Aeropuertos, por la que se anuncia convocatoria pública para el otorgamiento de autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo no profesionales en el puerto de Deba (Gipuzkoa).

El procedimiento de otorgamiento de las autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo no profesionales en los puertos e instalaciones portuarias titularidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi se regula por Orden de 20 de abril de 2004 del Consejero de Transportes y Obras Públicas.

En la citada Orden de 20 de abril se fija la tramitación de otorgamiento de las autorizaciones previa convocatoria del Director de Puertos y Asuntos Marítimos (Director de Puertos y Aeropuertos según Decreto 328/2010, de 30 de noviembre) y se faculta al mismo para dictar las directrices e instrucciones necesarias para su aplicación.

Vistos los fundamentos legales citados y los demás de general y especial aplicación,

El Director de Puertos y Aeropuertos, en virtud de las facultades que tiene atribuidas por el Decreto 328/2010, de 30 de noviembre, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes (Decreto 607/2009, de 24 de noviembre).

RESUELVO:

Convocar la convocatoria pública para el otorgamiento de autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo no profesionales en el puerto de Deba (Gipuzkoa) con el siguiente procedimiento:

1.- El objeto de la presente convocatoria es la adjudicación de autorizaciones temporales de uso de los puestos de amarre en el puerto de Deba por un período de tres años a contar desde la fecha que se determine en la resolución de otorgamiento.

2.- Los amarres del puerto de Deba ofertados en la presente convocatoria son los siguientes:

- 32 amarres de hasta 6 metros de eslora y hasta 2,15 metros de manga.

- 11 amarres de hasta 6 metros de eslora y más de 2,15 metros de manga.

- 17 amarres de más de 6 metros de eslora y hasta 2,40 metros de manga.

- 9 amarres de más de 6 metros de eslora y más de 2,40 metros de manga.

3.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará en 15 días hábiles.

4.- Lugar de presentación de las solicitudes.

Las solicitudes se podrán presentar en las dependencias del Servicio Territorial de Puertos de Gipuzkoa (Muelle 23-2.º 20003 Donostia-San Sebastián) o en las dependencias de la Dirección de Puertos y Aeropuertos (Donostia-San Sebastián, 1 - Lakua 1-7.ª planta 01010 Vitoria-Gasteiz), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.- Solicitudes y documentación a aportar.

Las solicitudes se presentarán según modelo normalizado que se facilitará en las dependencias del Servicio Territorial de Puertos de Gipuzkoa, en las dependencias de la Dirección de Puertos y Aeropuertos, o en la página de internet del Gobierno Vasco, www.euskadi.net, en el apartado relativo al Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes y deberán acompañarse de la documentación establecida en el artículo 4.2 de la citada Orden de 20 de abril de 2004.

6.- El procedimiento de adjudicación de las autorizaciones será el establecido en la misma Orden de 20 de abril de 2004.

7.- Las notificaciones de la convocatoria, salvo las resoluciones que pongan fin al procedimiento se realizarán en el Tablón de anuncios del Servicio Territorial de Puertos de Gipuzkoa.

8.- La información facilitada por los solicitantes será incluida en un fichero cuyo uso se limitará a la gestión de las autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre del puerto de Deba. El uso y funcionamiento de este fichero se ajustará a las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter personal.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Transportes y Obras Públicas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de mayo de 2011.

El Director de Puertos y Aeropuertos,

FÉLIX JOAQUÍN ASENSIO ROBLES.


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