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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 31, martes 15 de febrero de 2011


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 6 de Vitoria-Gasteiz
798

EDICTO dimanante del juicio monitorio n.º 823/10 seguido sobre contratos en general.

Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: juicio monitorio 823/10.

Demandante: Alquileres Rubel, S.L.

Abogado: Julen Sopelana Gordo.

Procurador.

Demandado: Jose Luis Brey Zamar.

Sobre: contratos en general.

En el referido juicio se ha dictado en fecha 25-10-2010 decreto cuya parte dispositiva es la siguiente:

1.- Se declara terminado el presente proceso monitorio iniciado a instancia de Alquileres Rubel, S.L., frente a Jose Luis Brey Zamar.

2.- Dese traslado a Alquileres Rubel, S.L. para que inste, en su caso, el despacho de ejecución, advirtiéndole que será preceptiva la intervención de abogado y procurador si la cantidad por la que se pretenda el despacho supera los 900 euros.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Jose Luis Brey Zamar y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de revisión.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina judicial de este tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de enero de 2011.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental