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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 5, lunes 10 de enero de 2011


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Otras Disposiciones

Vivienda, Obras Públicas y Transportes
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RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2010, del Director de Puertos y Asuntos Marítimos, por la que se anuncia convocatoria pública para el otorgamiento de autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo no profesionales en la Dársena de Veteranos del puerto de Hondarribia (Gipuzkoa).

Mediante Resolución de 12 de mayo de 2010 se realiza convocatoria para el otorgamiento de autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo no profesionales en la dársena de veteranos del puerto de Hondarribia y con fecha 27 de agosto de 2010 se hacen las adjudicaciones correspondientes a las solicitudes recibidas, quedando sin cubrir 56 amarres.

El procedimiento de otorgamiento de las autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo no profesionales en los puertos e instalaciones portuarias titularidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi se regula por Orden de 20 de abril de 2004 del Consejero de Transportes y Obras Públicas.

En la citada Orden de 20 de abril se fija la tramitación de otorgamiento de las autorizaciones previa convocatoria del Director y Asuntos Marítimos y se faculta al mismo para dictar las directrices e instrucciones necesarias para la aplicación de dicha Orden.

De conformidad con lo anterior y vistos la Orden de 20 de abril de 2004, del Consejero de Transportes y Obras Públicas, el Reglamento de Actividades Portuarias aprobado por Decreto 236/1986, de 21 de octubre, el Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, el Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley de Patrimonio de Euskadi, la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, la Ley 48/2003 de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, el Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General para el desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio de Costas, la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco y demás normativa de aplicación,

RESUELVO:

1.- El objeto de la presente convocatoria es la adjudicación de autorizaciones temporales de uso de los puestos de amarre en el puerto de Hondarribia-Veteranos desde la fecha que se determine en la autorización hasta el 26 de agosto de 2013.

2.- Los puestos del puerto de Hondarribia ofertados en la presente convocatoria son los no cubiertos en la convocatoria de 12 de mayo de 2010.

- 2 plazas para embarcaciones de eslora hasta 8 m y manga menor de 3,10 m.

- 14 plazas para embarcaciones de eslora hasta 6 m y manga menor de 2,15 m.

- 24 plazas para embarcaciones de eslora hasta 6 m y manga menor de 2,46 m.

- 16 plazas para embarcaciones de eslora hasta 6 m y manga menor de 2,55 m.

3.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará en 15 días hábiles, a las 12:00 horas.

4.- Lugar de presentación de las solicitudes.

Las solicitudes se podrán presentar en las dependencias del Servicio Territorial de Puertos de Gipuzkoa (Muelle 23-2, 20003 Donostia-San Sebastián) o en las dependencias de la Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos (c/ Donostia-San Sebastián, 1-Lakua 1-7.ª planta 01010 Vitoria-Gasteiz), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.- Solicitudes y documentación a aportar.

Las solicitudes se harán siguiendo el modelo normalizado que se facilitará tanto en las dependencias del Servicio Territorial de Puertos de Gipuzkoa, como en las dependencias de la Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos, como en la página de internet del Gobierno Vasco, www.euskadi.net, en el apartado relativo al Departamento de Vivienda, Obras públicas y Transportes.

Las solicitudes deberán acompañarse de la documentación establecida en el artículo 4.2 de la Orden de 20 de abril de 2004, del Consejero de Transportes y Obras Públicas, por la que se regula el procedimiento de otorgamiento de las autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo no profesionales en los puertos e instalaciones portuarias de titularidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

6.- El procedimiento de adjudicación de las autorizaciones será el establecido en la Orden de 20 de abril de 2004, del Consejero de Transportes y Obras Públicas, por la que se regula el procedimiento de otorgamiento de las autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre por los titulares de embarcaciones de recreo no profesionales en los puertos e instalaciones portuarias titularidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

7.- Las notificaciones de la convocatoria, salvo las resoluciones que pongan fin al procedimiento, se realizarán en el Tablón de anuncios del Servicio Territorial de Puertos de Gipuzkoa.

8.- La información facilitada por los solicitantes será incluida en un fichero cuyo uso se limitará a la gestión de las autorizaciones temporales de uso de puestos de amarre del puerto de Hondarribia. El uso y funcionamiento de este fichero se ajustará a las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter personal.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Transportes y Obras Públicas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de noviembre de 2010.

El Director de Puertos y Asuntos Marítimos,

FÉLIX JOAQUÍN ASENSIO ROBLES.


Análisis documental