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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 151, lunes 9 de agosto de 2010


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Otras Disposiciones

Justicia y Administración Pública
Empleo y Asuntos Sociales
3725

DECRETO 215/2010, de 27 de julio, por el que se reconoce como de utilidad pública a la Asociación Ingeniería Sin Fronteras del País Vasco-Euskal Herriko Mugarik Gabeko Ingeniaritza (ISFPV-EHGMI).

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de Utilidad Pública, las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.

A su amparo, la Asociación Ingeniería Sin Fronteras del País Vasco-Euskal Herriko Mugarik Gabeko (ISFPV-EHGMI) ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla en el ámbito de la exclusión social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de Utilidad Pública.

La Asociación solicitante es una entidad constituida el 4 de marzo de 1994 e inscrita en virtud en virtud de la Resolución dictada el 31 de mayo de 1994 por la Dirección del Gabinete Técnico del Departamento de Justicia con el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número de registro AS/B/04640/1994.

El ámbito territorial en el que desarrollará sus funciones principalmente comprende el la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Desde su constitución, la Asociación Ingeniería Sin Fronteras del País Vasco-Euskal Herriko Mugarik Gabeko (ISFPV-EHGMI) realiza todas las actividades precisas para la consecución de su fin principal que es, la realización de cualquier tipo de cooperación para el desarrollo de los países más empobrecidos de la tierra. Todas las actividades, que se realizan para cumplir con su fin principal, son ampliamente reconocidas por la sociedad como de interés general.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, la declaración de Utilidad Pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda en función de la materia y, en todo caso, del departamento competente en materia de justicia, el cual tramitará el procedimiento y dirimirá cuantas cuestiones pudieran surgir en él. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informes emitidos por los Departamentos e instituciones requeridos al efecto.

En su virtud, a propuesta de las Consejeras de Justicia y Administración Pública y de Empleo y Asuntos Sociales, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de julio de 2010,

DISPONGO:

Artículo único.- Declarar de Utilidad Pública a la Asociación Ingeniería Sin Fronteras del País Vasco-Euskal Herriko Mugarik Gabeko (ISFPV-EHGMI), inscrita con el número de registro AS/B/04640/1994 en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, por considerar que contribuye a la promoción del interés general mediante el desarrollo de sus actividades.

Asimismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 43 de la Ley 7/2002, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 27 de julio de 2010.

La Lehendakari en funciones,

MARÍA ISABEL CELAÁ DIÉGUEZ.

La Consejera de Justicia y Administración Pública,

IDOIA MENDIA CUEVA.

La Consejera de Empleo y Asuntos Sociales,

MARÍA GEMMA ARÁNZAZU ZABALETA ARETA.


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