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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 55, martes 23 de marzo de 2010


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 3 de Vitoria-Gasteiz
1704

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 1415/08 seguido sobre ejecución hipotecaria.

Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: ej.hipotecari.L2 1415/08.

Demandante: Caja de Ahorros de Vitoria y Álava.

Abogado: Larrea Martínez de San Vicente Carlos.

Procurador: Ortiz de Zarate.

Demandado: Francisco Ortega Garces y Maria José García Tejada.

Sobre: ejecución hipotecaria.

En el referido juicio se ha dictado Auto 689 cuya parte dispositiva es la siguiente:

1.- Se declara terminado, con los efectos de una sentencia absolutoria, el presente proceso de ejecución promovido por el Procurador Sr./Sra. Ortiz de Zarate Apodaca en nombre y representación de Caja de Ahorros de Vitoria y Álava frente a Francisco Ortega Garces y Maria Jose Garcia Tejada, en reclamación de 80.647,70 euros de principal y de 7.500 euros por intereses y costas.

2.- No procede condena en costas.

3.- Se acuerda la cancelación de la nota marginal a que se refiere el artículo 688.2 de la LEC, para lo que se expedirá mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad n.º 5 de esta capital, que se entregará a la procuradora Dra. Ortiz de Zarate Apodaca, para que cuide de su diligenciamiento, haciéndole saber que deberá devolver al Juzgado, a la mayor brevedad, un ejemplar debidamente cumplimentado.

4.- Procédase al desglose y devolución de los documentos originales aportados con la demanda, dejando testimonio en las actuaciones, y haciéndose entrega a la Procuradora Sra. Ortiz de Zarate Apodaca, junto con la notificación de la presente resolución.

5.- Suspéndase la subasta señalada para el día 15 de septiembre de 2009 a las 11:00 horas.

6.- Archívense las actuaciones.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Francisco Ortega Garces y Maria José García Tejada y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada Resolución por edicto en el Boletín Oficial de el País Vasco.

Contra dicha Resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la Resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 0030-0011-0000-00-141508, consignación que deberá ser acreditada al preparar el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

El texto completo de la Resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de marzo de 2010.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


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