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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 63, miércoles 1 de abril de 2009


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 3 de Bilbao
1837

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 1120/08 seguido sobre deshaucio.

Juzgado de Primera Instancia n.° 3 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: J. verbal desh. L2 1120/08.

Demandante: Isidro Garcia Ibargoitia.

Abogado: ,

Procurador: Maria Alvarez de Amezaga.

Demandado: Juan Alejandro Beitia González, Harvey Rodríguez Maroto, Erkaitz Arana Martínez, Marta Bárbara Pla, Maria Trigo Gómez, Rubén Hernández Andrés, Ione Zabaleta, Francisco Javier Pinillos, Samuel Berber Xambo, Rachid Aras, Ennajar Re Redouan, Colectivo Ocupa e Israel Ortiz Hernández.

Sobre: desah. precario.

En el referido juicio se ha dictado en fecha 06-02-2009 sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Se estima la demanda formulada por don Isidro García Ibargoitia contra don Erkaitz Arana Martínez, doña Marta Bárbara Pla, don Mario Trigo Gómez, don Rubén Hernández Andrés, doña Ione Zabaleta, don Juan Alejandro Beitia González, don Israel Ortiz Hernández, don Francisco Javier Pinillos, don Samuel Barber Xambo, don Rachid Aras, don Ennajar Re Redouan, don Harvey Rodríguez Maroto e ignorados ocupantes u ocupantes inciertos e indeterminados del «Colectivo Okupa» con domicilio en la finca sita en la Avenida Aixarte n.° 1 en sus dependencias de la planta baja derecha y en los pisos 1°, 2°, Y 3° y, en consecuencia, se condena a los demandados a abandonar el inmueble sito en la localidad de Arrigorriaga, Avenida Aixarte, n.° 1 y, en concreto, las viviendas planta baja derecha, planta primera derecha, planta primera izquierda, planta segunda derecha, planta segunda izquierda, planta tercera derecha y planta tercera izquierda, restituyendo a la demandante en la posesión el inmueble, dejándolo libre y a su entera, apercibiéndoles que de no verificarlo en el plazo que señala la ley se procederá a su lanzamiento judicial en los términos y plazos legalmente establecidos.

Se condena en las costas causadas a los demandados.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados D. Francisco Javier Pinillos, D. Rachid Aras, D. Ennajar Re Redouan, Dña. Ione Zabaleta y Colectivo Ocupa y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia provincial de Bizkaia.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 19 de febrero de 2009.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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