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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 63, miércoles 1 de abril de 2009


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Otras Disposiciones

Vivienda y Asuntos Sociales
1823

ORDEN de 18 de noviembre de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, mediante la que se acepta el ofrecimiento de venta de la vivienda sita en el municipio de Lasarte-Oria, calle Iturrigoxo, 3-1.º A, calificada como protección oficial bajo el número de expediente EB3-0248/01-LE-004, titularidad de D. Aitor Sotes Elustondo y Dña. Kristen Therese Mongoven.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.- D. Aitor Sotes Elustondo y Dña. Kristen Therese Mongoven son titulares de la vivienda de protección oficial con número de expediente EB3-0248/01-LE-004, sita en Lasarte-Oria, calle Iturrigoxo, 3-1.º A, según se acredita en el expediente mediante escritura pública de compraventa con subrogación y novación de hipoteca otorgada con fecha 10 de julio de 2002, ante la Notaria de Pamplona, Dña. Montserrat Arrese Regañón, al número 951 de su protocolo.

2.- Dña. Loreto Elustondo Elustondo, en nombre y representación de los citados propietarios de la vivienda, D. Aitor Sotes Elustondo y Dña. Kristen Therese Mongoven, tal y como se acredita en el expediente mediante copia de la escritura de apoderamiento a su favor de fecha 22 de agosto de 2000, ha llevado a cabo ofrecimiento de venta de la misma, a favor de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco e indistintamente a favor de la sociedad pública de Gestión de Viviendas en Alquiler mediante escrito presentado ante la Delegación Territorial de Gipuzcoa con fecha 10 de junio de 2008.

3.- El precio máximo de la vivienda de protección oficial descrita en el antecedente de hecho primero será el precio máximo vigente en la fecha de elevación a escritura pública de la compraventa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1.- El Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales es competente para llevar a cabo este acto, de conformidad con lo establecido en el Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales en relación con el artículo 27.2 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo.

2.- El artículo 27.2 del antedicho Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo dispone que será el Consejero del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales quien mediante la correspondiente Orden podrá aceptar las ofertas de venta de viviendas de protección oficial.

3.- El Decreto 126/2007, de 24 de julio, por el que se acuerda la creación de la Sociedad Pública de Gestión de Viviendas en Alquiler y se modifica el Decreto 316/2002, de 30 de diciembre y su normativa de desarrollo y el Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales establece en su artículo 3.1.VI que la citada sociedad tendrá como objeto social, entre otros, dar soporte a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en las actuaciones de intermediación en las transmisiones de viviendas y la adquisición y posterior venta o alquiler de las mismas, en los casos en los que según la normativa de viviendas de protección oficial el titular de aquéllas deba ponerlas a disposición de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

4.- La disposición adicional primera del antedicho Decreto 126/2007, de 24 de julio, establece que quedan modificadas las normas jurídicas en el sentido de que toda referencia hecha a Visesa como ente gestor del Programa de Vivienda Vacía deberán entenderse hechas a la Sociedad Pública de Gestión de Viviendas en Alquiler, S.A.

5.- El artículo 27.1 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de las viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo establece que los titulares de vivienda de protección oficial pueden ofrecer en venta dicha vivienda al Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales para su adquisición bien por la Comunidad Autónoma del País Vasco bien por cualquier otra Entidad de la Administración institucional de ella dependiente.

A la vista de los preceptos legales citados, demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.- Aceptar el ofrecimiento de venta de la vivienda de protección oficial de régimen general calificada como tal bajo el número de expediente EB3-0248/01-LE-004 sita en Lasarte-Oria, calle Iturrigoxo, 3-1.º A, llevado a cabo por Dña. Loreto Elustondo Elustondo, en nombre y representación de los citados propietarios de la vivienda, D. Aitor Sotes Elustondo y Dña. Kristen Therese Mongoven.

Segundo.- La vivienda ofrecida será adquirida por la Sociedad Pública de Gestión de Viviendas en Alquiler, S.A.

Contra la presente Orden cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación ante el Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales o directamente recurso contencioso-administrativo, que habrá de ser interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de noviembre de 2008.

El Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales,

JAVIER MADRAZO LAVÍN.


Análisis documental