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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 250, miércoles 31 de diciembre de 2008


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Otras Disposiciones

Hacienda y Administración Pública
Cultura
7243

DECRETO 224/2008, de 23 de diciembre, por el que se autoriza al ente público Euskal Irrati Telebista / Radio Televisión Vasca la toma de participación en una ampliación de capital de la sociedad anónima pública Eusko Irratia / Radiodifusión Vasca, S.A.

El artículo 110 del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, dispone que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno, por decreto, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento al que, directamente o a través de un ente instrumental, se encuentre o vaya a encontrarse vinculada la sociedad. El decreto será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de su eficacia desde la fecha en que se dicte.

Constituye el objeto social de la sociedad la producción y difusión de sonidos mediante emisiones radioeléctricas a través de ondas o mediante cables destinados, mediata o inmediatamente al público en general, bien a un sector del mismo, con fines informativos, culturales, artísticos, recreativos, comerciales, publicitarios así como medio de cooperación con el sistema educativo y de fomento y difusión de la cultura vasca y en especial al fomento y desarrollo del euskera y cuantas actividades sean anejas o complementarias de las anteriores.

La Junta General Universal y Extraordinaria de la sociedad anónima pública Eusko Irratia / Radiodifusión Vasca, S.A., en fecha de 10 de noviembre de 2008, adoptó el Acuerdo de ampliación de su capital social en doscientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve euros con dieciséis céntimos (299.999,16), mediante la emisión de doscientas setenta y siete mil setecientas setenta y siete (277.777) nuevas acciones de un euro y ocho céntimos (1,08) de valor nominal, numeradas correlativamente del n.º 2.898.971 al 3.176.747, ambos inclusive.

Siendo accionista único de la citada Eusko Irratia / Radiodifusión Vasca, S.A. el ente público Euskal Irrati Telebista / Radio Televisión Vasca, le corresponde, por tanto, el ejercicio de los derechos que como socio ostenta en tal sociedad respecto a las nuevas acciones, requiriendo, de conformidad a lo expuesto en el primer párrafo, autorización del Consejo de Gobierno para proceder a la adquisición de las nuevas acciones.

Finalmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 del Decreto 8/2005, de 27 de junio, del Lehendakari, el ente público de derecho privado Euskal Irrati Telebista / Radiotelevisión Vasca se encuentra adscrito al Departamento de Cultura.

En su virtud, a propuesta de las Consejeras de Hacienda y Administración Pública y de Cultura, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 23 de diciembre de 2008,

DISPONGO:

Artículo único.- Autorizar al ente público Euskal Irrati Telebista / Radio Televisión Vasca la toma de participación en la ampliación de capital de la sociedad anónima pública Eusko Irratia / Radiodifusión Vasca, S.A., por doscientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve euros con dieciséis céntimos (299.999,16), mediante la emisión de doscientas setenta y siete mil setecientas setenta y siete (277.777) nuevas acciones de un euro y ocho céntimos (1,08) de valor nominal.

La toma de participación del ente público Euskal Irrati Telebista / Radio Televisión Vasca es equivalente al 100% de la ampliación a realizar, con lo que, tras la citada ampliación de capital, la participación del ente público Euskal Irrati Telebista / Radio Televisión Vasca en dicha Sociedad será de tres millones cuatrocientos treinta mil ochocientos ochenta y seis euros setenta y seis céntimos (3.430.886,76), distribuido en tres millones ciento setenta y seis mil setecientas cuarenta y siete (3.176.747) acciones iguales de un euro y ocho céntimos (1,08) de valor cada una, equivalente al 100% de su futuro capital social.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 23 de diciembre de 2008.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN.

La Consejera de Cultura,

MIREN KARMELE AZKARATE VILLAR.


Análisis documental