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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 243, viernes 19 de diciembre de 2008


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Educación, Universidades e Investigación
7052

ORDEN de 2 de diciembre de 2008, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convoca el II Concurso Escolar de Emergencias colectivas y evacuación para centros educativos públicos no universitarios de la CAPV.

La asunción de competencias en materia de emergencias por parte del Departamento de Educación, Universidades e Investigación y la estrategia de actuación para la implantación de los Planes de Autoprotección en los centros educativos públicos no universitarios de la CAPV tiene uno de sus principales apoyos en la participación de los trabajadores y trabajadoras.

Es comúnmente aceptado que una política preventiva, si quiere resultar eficaz a medio y largo plazo, ha de establecer líneas de actuación sobre los segmentos de población más jóvenes, que se encuentran en su fase de formación básica e inicial.

Por todo ello y ante la celebración del Día Internacional de la Seguridad y Salud Laboral, el 28 de abril, se plantea la posibilidad de que los centros educativos públicos no universitarios de la CAPV puedan realizar con el alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Educación Permanente de Alumnos (EPA) y Conservatorios, actividades relacionadas con las emergencias colectivas y evacuación en los centros educativos y las causas que las originan.

Por ello, de conformidad con lo establecido en las disposiciones contenidas en el Título VI del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, referente a la regulación de las subvenciones en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi y demás disposiciones de general aplicación, y a propuesta del Viceconsejero de Administración y Servicios,

DISPONGO:

Artículo 1.- Objeto y financiación.

1.1.- Es objeto de la presente Orden Convocar el II Concurso Escolar de Emergencias colectivas y evacuación para la realización de trabajos relacionados con los posibles tipos de emergencias colectivas y evacuación en los centros educativos.

1.2.- El importe total destinado a financiar los premios a que se refiere la presente Orden es de 35.000 euros, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2009.

Artículo 2.- Participantes.

2.1.- Podrán participar en el concurso a que se refiere la presente Orden, bien de forma individual o bien de colectiva (máximo 5 alumnos o alumnas) el alumnado matriculado, durante el presente curso escolar 2008-2009 en los centros educativos públicos no universitarios de la CAPV.

2.2.- Se establecen las siguientes 7 categorías de participantes según niveles educativos:

Categoría Participantes:

alumnado de Más información en:

A Educación Infantil Anexo II

B Educación Primaria Anexo III

C Educación Secundaria Anexo IV

D Bachillerato Anexo V

E Formación Profesional Anexo VI

F Educación Permanente de Alumnos (EPA) Anexo VII

G Conservatorio Anexo VIII

Artículo 3.- Trabajos.

3.1.- Los trabajos que se presenten a concurso serán inéditos y su tema dependiendo de las categorías deberá estar relacionado con la evacuación en las dependencias y por las causas que se detallan en los anexos correspondientes a cada una de las categorías.

3.2.- El formato, las características de los mismos así como los criterios de valoración se encuentran en los citados anexos.

Artículo 4.- Presentación de los trabajos.

4.1.- En el reverso del trabajo deberá figurar el título del mismo. Cada trabajo deberá ir acompañado de un sobre cerrado en cuyo exterior figurará el título del trabajo presentado y la categoría a la que se presenta.

En el interior se incluirá el anexo I cumplimentado. Serán declarados nulos los trabajos que no contengan los datos personales necesarios para su identificación.

4.2.- Los trabajos, el sobre cerrado con el anexo I de la presente Orden, debidamente cumplimentado por el director o directora del centro, deberán dirigirse al Responsable del Servicio de Prevención del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco: c/ Donostia-San Sebastián, 1, 01010 Vitoria-Gasteiz, en el que figure el lema: (II Concurso Emergencias y Evacuación), y se presentarán en el registro de las Delegaciones Territoriales de Educación o bien mediante cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.3.- El plazo de presentación de los trabajos finalizará el 28 de abril de 2009, Día Internacional de la Seguridad y Salud Laboral.

Artículo 5.- Premios.

5.1.- Se concederán 2 premios: 1.º y 2.º por cada una de las categorías establecidas y que tendrán las siguientes características:

a) Primeros premios: obsequios valorados hasta un máximo de 900 euros.

b) Segundos premios: obsequios valorados hasta un máximo de 700 euros.

5.2.- Los premios se otorgarán por trabajo, con independencia del número de alumnos y alumnas que hayan participado en su realización.

5.3.- Asimismo, se hará entrega de un ordenador portátil valorado, como máximo en 800 euros a cada uno de los profesores y profesoras responsables de los trabajos que hayan resultados premiados. Un profesor o profesora no podrá ser acreedor de más de un premio.

5.4.- El premio podrá ser declarado desierto o compartido entre varios trabajos, sin que ello suponga una variación en su cuantía global.

5.5.- No podrán concederse los premios previstos en la presente Orden a quienes se hallen incursos en alguna de las causas establecidas en el artículo 50.5 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, modificado por la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Artículo 6.- Criterios de valoración.

Los criterios de valoración para seleccionar los trabajos se detallan en los anexos correspondientes a cada categoría.

Artículo 7.- Comisión de Valoración.

Con el fin de evaluar los trabajos presentados se constituirá una Comisión de Valoración compuesta por:

- El Responsable del Servicio de Prevención, que actuará en calidad de Presidente.

- Dos técnicos o técnicas del Servicio de Prevención designados por el Responsable del Servicio de Prevención.

- Actuará como Secretario o Secretaria, un técnico o tecnica nombrado por el Responsable del Servicio de Prevención, pudiendo estar en calidad de asesores dos técnicos o técnicas: un técnico o técnica con experiencia en temas de emergencias y en los casos que sea necesario un técnico o técnica relacionado con el formato que se solicita: música, fotografía...

Artículo 8.- Resolución.

El Viceconsejero de Administración y Servicios a propuesta de la Comisión de Valoración, dictará y hará pública en el BOPV la resolución de los premios a que se refiere la presente Orden, dentro de los seis meses siguientes a su publicación.

La citada resolución será, asimismo notificada dentro del plazo anterior a las y los interesados. Si en el mencionado plazo no se publica ni notifica resolución alguna, los y las interesadas podrán entender que sus trabajos no han resultado premiados.

Contra la citada resolución se podrá interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Universidades e Investigación en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.

Artículo 9.- Utilización y devolución de los trabajos.

9.1.- La participación en el presente concurso lleva implícita la cesión gratuita durante tres cursos escolares a partir del curso 2009-2010 a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, de los derechos de reproducción de los trabajos, permaneciendo la propiedad y el resto de derechos inherentes a la autoría de los trabajos en sus autores y autoras.

9.2.- Los y las participantes interesados e interersadas en la devolución de los trabajos cursarán la solicitud por escrito en el plazo de dos meses a contar desde la resolución.

Artículo 10.- Compatibilidad.

Los premios previstos en la presente Orden serán compatibles con otros que teniendo el mismo fin, pudieran ser convocados por cualquier otra institución pública o privada.

Artículo 11.- Obligaciones de las y los beneficiarios.

Las y los beneficiarios de los premios a que se refiere la presente Orden tendrán, en todo caso, que cumplir las siguientes obligaciones:

a) Aceptar el premio concedido. En este sentido, si en el plazo de quince días desde la notificación de su concesión no renuncian expresamente al mismo, se entenderá que queda aceptado.

b) Facilitar a la Oficina de Control Económico y al Tribunal Vasco de Cuentas Públicas la información que, en el ejercicio de sus funciones les sea requerida al respecto de los premios recibidos con cargo a esta convocatoria.

Artículo 12.- Incumplimientos.

La constatación de la existencia de cualquier supuesto de incumplimiento de las condiciones que han motivado la concesión del premio dará lugar, de conformidad y en los términos establecidos en el Decreto legislativo 1/1997 de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco y en el Decreto 698/1991, de 17 de diciembre, a la obligación de reintegrar a la Tesorería General del País Vasco las cantidades percibidas más los intereses legales que procedan.

Artículo 13.- Órgano de gestión.

Corresponderá a la Viceconsejería de Administración y Servicios la realización de las tareas de gestión de los premios previstos en la presente convocatoria.

Artículo 14.- Entrega de premios.

Se celebrará un acto de entrega de premios el día 4 de junio de 2009 en el salón de actos de Lakua II a las 11 horas.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.- A los efectos contemplados en la Orden de Hacienda y Administración Pública de 26 de abril de 2007, sobre tramitación anticipada de expedientes de gastos con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la concesión de las ayudas de la presente Orden queda condicionada a la existencia de crédito de pago adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2009.

Segunda.- En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, la participación en el concurso a que se refiere la presente Orden implica la autorización del/la interesado/a para la incorporación de sus datos a los ficheros informatizados del Departamento de Educación, Universidades e Investigación. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la mencionada ley se pueden ejercitar ante la Viceconsejería de Administración y Servicios.

Asimismo, las personas concurrentes a esta convocatoria dan su consentimiento a la cesión de datos personales contenidos en el fichero a otras administraciones públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco para finalidades coincidentes con el objeto de la convocatoria y autorizan a la Viceconsejería de Administración y Servicios comprobar en otros organismos públicos la veracidad de los documentos presentados.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- En todo lo previsto por la presente Orden en materia de procedimiento será de aplicación la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segunda.- Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades e Investigación, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV o un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a contar, igualmente, a partir del día siguiente al de su publicación en el mencionado boletín.

Tercera.- La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.

Cuarta.- Se autoriza al Viceconsejero de Administración y Servicios para dictar aquellas instrucciones que sean necesarias para la aplicación de la presente Orden.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de diciembre de 2008.

El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,

JOSÉ ANTONIO CAMPOS GRANADOS.

ANEXO I

(Véase el .PDF)

ANEXO II

CATEGORÍA A - EDUCACIÓN INFANTIL

Tema: Causas que pueden originar fuego en las aulas de los centros educativos y evacuación de las mismas.

Formato: cartel que no supere los 60 X 45 cm. Técnica libre. Los dibujos serán presentados por una sola cara y pegados en un soporte duro que facilite su exposición.

Se admitirá sólo un trabajo por participante.

Criterios de valoración:

a) Posibles causas y reflejo de los procedimientos de actuación en el ejercicio de simulacro de evacuación. Más información: http://www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net/r43-sprlcont/es/contenidos/informaci on/emergencias/es_sprl/indice.html. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

b) Referencia a la señalización de emergencia. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

c) Actitud solidaria. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

d) Calidad artística y originalidad. Se puntuará de 0 a 30 puntos.

ANEXO III

CATEGORÍA B - EDUCACIÓN PRIMARIA

Tema: causas que pueden originar fuego en la cocina y el comedor de los centros educativos y evacuación de los mismos.

Formato: cartel que no supere los 60 X 45 cm. Técnica libre. Los dibujos serán presentados por una sola cara y pegados en un soporte duro que facilite su exposición. Se admitirá solo un trabajo por participante.

Criterios de valoración:

a) Posibles causas y reflejo de los procedimientos de actuación en el ejercicio de simulacro de evacuación. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

b) Referencia a la señalización de emergencia. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

c) Actitud solidaria. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

d) Calidad artística y originalidad. Se puntuará de 0 a 30 puntos.

ANEXO IV

CATEGORÍA C - EDUCACIÓN SECUNDARIA

Tema: evacuación en los centros educativos.

Formato: logotipo, distintivo formado por imagen y eslogan que represente el ejercicio de un simulacro de evacuación motivado por cualquier tipo de emergencia posible en los centros educativos.

Cada concursante podrá presentar un máximo de tres logotipos (imagen y eslógan), si bien una o un mismo participante no podrá tener la condición de finalista por más de un trabajo.

Se excluirán aquellos trabajos que incluyan connotaciones agresivas o que dañen la sensibilidad.

El logotipo deberá estar montado en soporte rígido, cuyas medidas totales sean 30 X 30 cm.

El eslogan deberá estar compuesto por un máximo de 5 palabras (en bilingüe: euskera y castellano).

El trabajo deberá ir acompañado de una breve memoria, como máximo de una página que justifique la elección del eslógan y del logotipo.

Criterios de valoración:

a) Adecuación del resultado al fin de la convocatoria: representar la realización del ejercicio de simulacro de evacuación en los centros educativos. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

b) Calidad artística y originalidad: simple, fácil de recordar, provocar interés, fácil de reproducir... Se puntuará de 0 a 20 puntos.

c) Elaboración técnica del trabajo. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

ANEXO V

CATEGORÍA D - BACHILLERATO

Tema: causas que pueden originar fuego en los laboratorios de los centros educativos y evacuación de los mismos. Ejemplos:

- Fuentes de ignición: aparatos con llama, mecheros Bunsen, baños calientes y otros dispositivos de calefacción, estufas, botellas de gases...

- Procedimientos inseguros en las prácticas de laboratorio.

- Manipulación, almacenamiento de productos químicos inflamables.

Formato: cómic que reproducirá una historia completa relacionada con el tema de la convocatoria. Los personajes protagonistas deberán ser originales, de creación propia e inéditos.

Cada autor o autora podrá presentar un máximo de dos trabajos si bien una o un mismo participante no podrá tener la condición de finalista por más de una obra.

Se excluirán aquellos trabajos que incluyan connotaciones agresivas o que dañen la sensibilidad.

Los trabajos tendrán una extensión como máximo de cuatro páginas claramente numeradas, a color o blanco y negro, técnica libre y con dimensiones de DIN-A4 con textos en euskera o castellano (si los hubiera).

Se presentará la obra original (no se admitirán copias). Los dibujos serán presentados por una sola cara y en papel duro que facilite su exposición.

Criterios de valoración:

a) Adecuación del resultado al fin de la convocatoria: causas que pueden originar fuego en los laboratorios de los centros educativos y evacuación de los mismos. Se puntuará de 0 a 10.

b) Referencia a fichas de seguridad, pictogramas, señalización de emergencia y reflejo de los procedimientos de actuación en el ejercicio de simulacro de evacuación. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

c) Calidad artística y originalidad. Se puntuará de 0 a 30 puntos.

d) Elaboración técnica del trabajo. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

ANEXO VI

CATEGORÍA E - FORMACIÓN PROFESIONAL

Tema: causas que pueden originar fuego en los talleres de los centros educativos y evacuación de los mismos. Posibles causas:

- Fuentes de ignición: equipos de trabajo no adecuados, aparatos con llama, causas eléctricas, botellas de gases, falta de mantenimiento preventivo de máquinas...

- Procedimientos inseguros en las prácticas del taller.

- Orden y limpieza inadecuados, acumulación de residuos y materiales en desuso.

- Manipulación, almacenamiento de sustancias químicas inflamables, comburentes: pinturas, barnices, disolventes...

Formato: trabajo fotográfico de 1 a 3 fotografías que representen el tema de la convocatoria. Tamaño DIN-A4. Las fotografías son susceptibles de haber sido sometidas a tratamiento digital.

Cada autor o autora podrá presentar un máximo de dos trabajos si bien una o un mismo concursante no podrá tener la condición de finalista por más de una obra.

Los trabajos serán presentados pegados en un soporte duro que facilite su exposición además de en formato digital, fomato jpg mediante grabación en CD.

Criterios de valoración:

a) Adecuación del resultado al fin de la convocatoria: causas que pueden originar fuego en los talleres de los centros educativos y evacuación de los mismos. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

b) Referencia a fichas de seguridad, pictogramas, señalización de emergencia y reflejo de los procedimientos de actuación en el ejercicio de simulacro de evacuación. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

c) Calidad artística y originalidad. Se puntuará de 0 a 30 puntos.

d) Elaboración técnica del trabajo. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

ANEXO VII

CATEGORÍA F - EDUCACIÓN PERMANENTE DE ALUMNOS (EPA)

Tema: causas que pueden originar la evacuación en los centros educativos. Ejemplos de posibles emergencias:

- Fuego en las calderas por acumulación de materiales en desuso, en sala de ordenadores por causas eléctricas, producidos por aparatos calefactores,...

- Inundación por desbordamiento de río cercano al centro educativo.

- Fuga tóxica en industrias cercanas al centro.

Formato: cuento, narración breve de hechos imaginarios o reales relacionados con eltema de la convocatoria.

Cada autor o autora podrá presentar un máximo de dos trabajos, si bien una o un mismo concursante no podrá tener la condición de finalista por más de una obra.

Se excluirán aquellos trabajos que incluyan connotaciones agresivas o que dañen la sensibilidad.

Los trabajos tendrán una extensión como máximo de 1.000 caracteres (3 páginas). Se remitirá un ejemplar impreso, paginado, en letra Arial tamaño 12, en procesador de textos, en formato Microsoft Word, a un espacio y medio por una sola cara, y grapado por su margen izquierdo, en euskera o castellano.

Además se acompañará una copia en soporte informático CD.

Criterios de valoración:

a) Adecuación del resultado al fin de la convocatoria: causas que pueden originar la evacuación en los centros educativos. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

b) Referencia a fichas de seguridad, pictogramas, señalización de emergencia y reflejo de los procedimientos de actuación en el ejercicio de simulacro de evacuación. Se puntuará de 0 a 10 puntos. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

c) Calidad artística y originalidad. Se puntuará de 0 a 30 puntos.

d) Elaboración técnica del trabajo. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

ANEXO VIII

CATEGORÍA G - CONSERVATORIOS

Tema: llamada de alerta para evacuar cualquier edificio educativo independientemente de la emergencia por la que sea motivada esta evacuación.

Formato: composición de un fragmento sonoro de creación libre con una duración máxima de 3 minutos.

Cada autor o autora podrá presentar un máximo de dos trabajos, si bien una o un mismo concursante no podrá tener la condición de finalista por más de una obra.

Podrá ser realizado para medios instrumentales tradicionales y/o electroacústicos. La obra deberá ser original e inédita y creada expresamente para esta convocatoria.

La grabación del resultado deberá presentarse en CD audio a 44.1 khz y 16 bites.

Se adjuntará a la grabación una pequeña memoria explicativa sobre la realización de la misma (partitura, medios empleados...).

Criterios de valoración:

a) Adecuación del resultado al fin de la convocatoria: establecimiento de llamada de alerta para evacuación en los centros educativos. Se puntuará de 0 a 20 puntos.

b) Calidad artística y originalidad. Se puntuará de 0 a 30 puntos.

c) Valoración de la memoria explicativa. Se puntuará de 0 a 10 puntos.

d) Elaboración técnica del proyecto. Se puntuará de 0 a 10 puntos.


Análisis documental