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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 228, jueves 27 de noviembre de 2008


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Otras Disposiciones

Agricultura, Pesca y Alimentación
6606

ORDEN de 7 de noviembre de 2008, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se procede a una nueva convocatoria de ayudas de formación a jóvenes tecnólogos para 2008, al amparo del Decreto 185/2007, de 23 de octubre, de ayudas de formación a jóvenes investigadores y tecnólogos en el entorno científico-tecnológico y empresarial del sector agropesquero y alimentario vasco.

Con fecha de 13 de noviembre de 2007, se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco núm. 218, el Decreto 185/2007, de 23 de octubre, de ayudas de formación a jóvenes investigadores y tecnólogos en el entorno científico-tecnológico y empresarial del sector agropesquero y alimentario vasco. Dicho Decreto tiene por objeto establecer y regular el marco de las ayudas dirigidas a fomentar la formación de jóvenes investigadores y tecnólogos en áreas científico-tecnológicas, mercados, marketing y organización empresarial de los sectores agrario, alimentario y pesquero de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En el artículo 9 del mencionado Decreto se establece que, anualmente, por Orden del Consejero se abrirá el plazo de presentación de las solicitudes de ayuda. A su vez, se dará publicidad en la misma al crédito presupuestario disponible y se establecerá el número de becas que se convocan y su dotación, un anexo en el que se recoja para dicha convocatoria la relación de proyectos de actuación I+D+I considerados de carácter estratégico y prioritario por el Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación para la formación de jóvenes investigadores y tecnólogos, así como un anexo en el que se recoja el modelo normalizado de solicitud para dicha convocatoria.

Por Resolución de 29 de octubre de 2008, del Director de Innovación y Desarrollo Tecnológico, se resuelve la convocatoria de 10 de junio de 2008, de becas de formación, se adjudican las seis ayudas convocadas para jóvenes investigadores y seis de las convocadas para jóvenes tecnólogos, y se declaran desiertas las cuatro restantes de las convocadas para jóvenes tecnólogos.

El artículo 13.3 del Decreto 185/2007 señala que «en el caso de declararse desierta la concesión de alguna ayuda, o producirse alteraciones en las ayudas convocadas, la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico se reserva el derecho a adoptar las decisiones que juzgue convenientes dentro del espíritu que anima la convocatoria de estos programas de ayudas».

Por ello, de conformidad con el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco y con las demás disposiciones aplicables a las ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi,

RESUELVO:

Primero.- Becas.

1.- Se convocan las cuatro ayudas para el programa de formación de jóvenes tecnólogos declaradas desiertas en la Resolución de 29 de octubre de 2008, del Director de Innovación y Desarrollo Tecnológico.

2.- En el anexo I a la presente Orden se recoge la relación de proyectos de I+D+I considerados de carácter estratégico y prioritario por el Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación para el programa de ayudas de formación de tecnólogos de la segunda convocatoria correspondiente al ejercicio 2008.

Segundo.- Duración.

Las ayudas tendrán una duración de dos años consecutivos.

Tercero.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas será de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Cuarto.- Solicitudes y documentación a presentar.

1.- Las solicitudes de ayudas se presentarán mediante instancia, según el modelo normalizado que se recoge en el anexo II a la presente Orden, dirigida a la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco, calle Donostia-San Sebastián n.º 1, 01010 de Vitoria-Gasteiz.

2.- La presentación de solicitudes podrá realizarse bien directamente o bien por cualesquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que la persona solicitante optara por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos.

3.- A la solicitud deberá acompañarse la documentación establecida en el artículo 10 del Decreto 185/2007, de 23 de octubre, estimándose conveniente la aportación conforme a la propuesta de modelo de currículum vitae con el fin de favorecer la transparencia en la puntuación de los méritos (Adenda anexo II).

4.- Las personas interesadas podrán elegir hasta un máximo de tres proyectos de entre todos los recogidos en el anexo I.

Quinto.- Recursos económicos.

Los créditos destinados a la financiación de esta convocatoria de ayudas ascienden a la cantidad de ciento cuatro mil (104.000) euros, de los cuales veinticuatro mil (24.000) euros corresponden al ejercicio 2008 y proceden de la partida presupuestaria establecida al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco del año 2008. Los restantes ochenta mil (80.000) euros corresponden a crédito de compromiso para los sucesivos ejercicios.

Sexto.- Personas beneficiarias.

1.- Durante el ejercicio 2008, las personas solicitantes de las becas deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 5 del Decreto 185/2007, de 23 de octubre.

2.- Respecto al requisito del artículo 5.1, apartado d), para la convocatoria del ejercicio 2008 se entenderá que la fecha de finalización de los estudios para obtener el título de grado superior o grado medio, deberá ser junio de 2004 o fecha posterior.

3.- Las personas solicitantes de las becas deberán tener acreditados los requisitos a que se refiere dicho artículo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Séptimo.- Cuantía de las becas.

Las ayudas de Formación de Tecnólogos tendrán una dotación económica de 12.000 euros anuales. Las personas beneficiarias disfrutarán, además, de una ayuda complementaria cuyo importe máximo a percibir por ayuda no sobrepasará la cuantía de mil (1.000) euros anuales y que servirá para sufragar, previa su justificación, los gastos de asistencia a congresos científicos y jornadas de trabajo, estancias cortas en otros centros de investigación y tecnológicos, otros cursos, etc.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a al de su publicación en el mismo diario oficial.

Segunda.- La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de noviembre de 2008.

El Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación,

GONZALO SÁENZ DE SAMANIEGO BERGANZO.

ANEXO I

RELACIÓN DE PROYECTOS CONSIDERADOS DE CARÁCTER ESTRATÉGICO Y PRIORITARIO POR EL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN PARA EL EJERCICIO 2008

Ayudas de Formación de Tecnólogos:

Duración dos años consecutivos (bienal)

Título del proyecto Perfil del candidato o candidata

Gestión de la información científica y vigilancias tecnológicas Licenciados en CC. Biológicas, Ingenierías

Crecimiento del caracol Helix aspersa: Indicadores fisiológicos para la selección del caracol de cultivo Licenciados en CC Biológicas

Proyectos energéticos con biomasa forestal Ingeniero Industrial, Ingeniero Agrónomo, Ingeniero de Montes

Investigación etnográfica sobre gastronomía vasca Antropología, Historia o Etnografía

ANEXO II

SOLICITUD DE AYUDA DE FORMACIÓN A JÓVENES INVESTIGADORES Y TECNÓLOGOS EN EL SECTOR CIENTÍFICO-TECNOLÓGICO Y EMPRESARIAL DEL SECTOR AGROPESQUERO Y ALIMENTARIO VASCO PARA EL EJERCICIO 2008

1.- Datos personales:

Apellidos:

Nombre:

DNI: Sexo: .............................................

Domicilio:

Ciudad: Código Postal: ............ Territorio Histórico: ................................................

Teléfono: E-mail:

2.- Datos académicos:

Titulación:

Centro de obtención de la titulación:

Fecha de obtención:

3.- Programa de beca solicitado:

Las personas interesadas podrán solicitar ayuda en cualquiera de los programas, pudiendo elegir hasta un máximo de tres proyectos de entre todos los recogidos en el anexo I. La elección de los temas deberá hacerse de acuerdo a un orden de preferencia que será el rigurosamente seguido en el momento de adjudicación de las ayudas.

Orden Título proyecto

1.º

2.º

3.º

4.- Documentación general a presentar por todas las personas solicitantes:

a) Certificado académico completo (original o fotocopia compulsada) en el que se acrediten todas las calificaciones del candidato, así como las fechas de obtención de las mismas.

b) Curriculum Vitae, elaborado de acuerdo con el esquema que se adjunta a esta solicitud, acompañado de los justificantes y/o comprobantes que verifiquen los méritos alegados. Esta documentación se aportará por duplicado.

c) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

d) Certificado de empadronamiento en el que se acredite el cumplimiento del párrafo 1.b) del punto quinto del Decreto 185/2007.

e) Breve memoria justificativa (máximo 5 páginas) de la elección de los proyectos de ayuda, exponiendo en cada caso los conocimientos que del tema se posean y alegando los méritos personales que justifiquen la adecuación de su perfil académico y profesional al tema elegido. Esta documentación se aportará por duplicado.

f) Impreso Oficial de «Alta en el Código de Tercero» conforme al modelo normalizado que figura en el anexo III de la presente Orden.

Solicita le sea concedida una ayuda para la formación de jóvenes investigadores y tecnólogos en el sector agropesquero y alimentario vasco, convocada mediante la Orden de ____ de ________________ de 2008 del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Declara no encontrarse sancionada penal ni administrativamente con la perdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

En ..................................................................., a ................ de ............................................... del 2008.

Firma

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación, le informa que sus datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este impreso, van a ser incorporados para su tratamiento en un fichero automatizado. Si lo desea, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, previstos por la Ley, dirigiendo un escrito a la Dirección de Servicios Generales del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno Vasco, como responsable del tratamiento, y con domicilio en c/ Donostia-San Sebastián, 1, en Vitoria-Gasteiz.

ADENDA AL ANEXO II.- DOCUMENTACIÓN

PROPUESTA DE MODELO PARA LA ELABORACIÓN DEL CURRÍCULUM VITAE

1.- Datos personales:

Nombre:

Apellidos:

Lugar de nacimiento:

Fecha:

DNI:

N.º Seguridad Social:

Dirección postal:

Teléfono:

Móvil:

E-mail:

Permiso de conducir:

2.- Formación:

- Títulos académicos y fecha de obtención.

- Formación Académica.

- Formación y/o estancias en centros formativos extranjeros.

- Idiomas.

- Formación complementaria.

3.- Experiencia:

- Prácticas en Universidad o Centros Tecnológicos de la Red Vasca de Tecnología.

- Prácticas en empresas de los ámbitos agrícola, ganadero, forestal, pesquero y alimentario.

- Experiencia laboral.

4.- Asistencia a congresos y publicaciones:

5.- Otros datos de interés:

6.- Relación de justificantes de los méritos alegados:

Incluir una relación de los documentos justificativos de los méritos alegados clasificados en los siguientes apartados:

- Expediente académico.

- Idiomas de la UE.

- Euskera.

- Cursos de especialización.

- Otros títulos universitarios.

- Prácticas en Universidad o Centros Tecnológicos de la Red Vasca de Tecnología.

- Prácticas en empresas de los ámbitos agrícola, ganadero, forestal, pesquero y alimentario.

- Participación en publicaciones científicas y/o asistencia a congresos.

- Otros méritos.


Análisis documental