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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 221, martes 18 de noviembre de 2008


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Getxo
6432

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 264/08 seguido sobre reclamación de cantidad.

Juzgado de Primera Instancia n.° 1 de Getxo (Bizkaia).

Juicio: J. verbal desh. L2 264/08.

Demandante: Jose Maria Martinez Torres.

Abogado: Hernandez Dominguez, Joaquin.

Procurador: Gabriela Gonzalez Yacob.

Demandado: Juan Pedro Frutos Corrales y Aitor Elosua Pintos.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

1.- Estimar la demanda promovida por el Procurador Sra. Gonzalez Yacob, en nombre y representación de Jose Maria Martinez Torres, frente a Juan Pedro Frutos Corrales y Aitor Elosua Pintos, declarando resuelto el contrato de arrendamiento de la finca reseñada en los antecedentes de esta resolución, condenando a la parte demandada a su desalojo, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica en el plazo legal.

Así mismo, condeno a la parte demandada a que pague a la demandante la cantidad de 5.200 euros incrementado con el interés pactado.

2.- Se imponen a la parte demandada el pago de las costas causadas en este proceso.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Juan Pedro Frutos Corrales y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y deberá acreditar tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas (artículo 449.1 de la LECn) y a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Getxo (Bizkaia), a 28 de octubre de 2008.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental