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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 211, viernes 2 de noviembre de 2007


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Autoridades y Personal

Universidad del País Vasco
5972

RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2007, del Rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se ordena la publicación de las bases específicas que han de regir el procedimiento selectivo para el ingreso como funcionario de carrera en la Escala Administrativa del personal de administración y servicios.

Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UPV/EHU de 17 de abril de 2007 se aprobó la oferta de empleo público para el personal de administración y servicios correspondiente al año 2007, ordenándose su publicación por Resolución del Rector de la UPV/EHU de fecha 20 de abril de 2007 (BOPV n.º 90 de 11 de mayo de 2007).

A tal fin, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23 y 24 así como en el Capítulo IV del Título II, de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca sobre selección de personal, y previa aprobación de la presente convocatoria por el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU en su sesión de 26 de septiembre de 2007, tal y como establece el artículo 83 de los vigentes Estatutos de la UPV/EHU,

RESUELVO:

Primero.– Convocar las pruebas selectivas para el ingreso como funcionario de carrera en la Escala Administrativa de la UPV/EHU, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición de las siguientes plazas que se indican:

* 17 plazas de Administrativo conforme a la siguiente distribución:

Una (1) plaza por el turno de minusválidos con PL 2 de carácter preceptivo.

Trece (13) plazas por el turno de promoción interna:

– Once (11) plazas con PL 2 de carácter preceptivo; una (1) de las mismas queda reservada a personal minusválido de este turno.

– Dos (2) plazas con PL 2 de carácter no preceptivo.

Tres (3) plazas por el turno libre con PL 2 de carácter preceptivo.

Segundo.– Ordenar la publicación de las Bases específicas que regirán la presente convocatoria que figuran como anexo I y que han de regir el proceso selectivo como funcionario de carrera de la Escala Administrativa de la UPV/EHU.

Tercero.– Ordenar la publicación del Temario correspondiente que figura como anexo II de la presente Resolución.

Cuarto.– Contra el Acuerdo objeto de publicación podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente en el plazo de dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, y sin que puedan simultanearse ambos medios de impugnación.

En Leioa, a 4 de octubre de 2007.

El Rector de la UPV/EHU,
JUAN IGNACIO PÉREZ IGLESIAS.
ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS

Escala Administrativa

1.– Plazas convocadas.

Se convocan un total de diecisiete (17) plazas de la Escala Administrativa de la UPV/EHU, según la siguiente distribución:

Una (1) plaza por el turno de minusválidos con PL 2 de carácter preceptivo.

Trece (13) plazas por el turno de promoción interna:

– Once (11) plazas con PL 2 de carácter preceptivo; una (1) de las mismas queda reservada a personal minusválido de este turno.

– Dos (2) plazas con PL 2 de carácter no preceptivo.

Tres (3) plazas por el turno libre con PL 2 de carácter preceptivo.

2.– Requisitos para poder tomar parte en la convocatoria.

Además de los requisitos establecidos en el apartado 3.2 de las bases generales, la titulación requerida es: Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Bachiller LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o equivalente.

Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán proceder de la Escala Auxiliar-Administrativa del Grupo D.

En el supuesto de carecer de la titulación detallada anteriormente, para acceder por el turno de promoción interna también podrán tomar parte quienes tengan reconocida una antigüedad de 10 años como funcionario de carrera en una Escala del Grupo D.

3.– Ejercicios.

3.1.– La fase de oposición.

La fase oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

3.1.1.– Primer ejercicio.

Consistirá en la contestación, por escrito, en el plazo máximo que establezca el Tribunal y que no podrá ser superior a dos horas y treinta minutos, a un cuestionario de 100 preguntas con respuestas alternativas. Las preguntas versarán sobre las materias del temario recogido en el anexo II de las presentes bases específicas.

3.1.2.– Segundo ejercicio.

Consistirá en la realización, en el plazo máximo que establezca el Tribunal y que no podrá ser superior a dos horas y treinta minutos, de un supuesto de carácter práctico a elegir entre tres que plantee el Tribunal, siendo, al menos, uno de la parte general y otro de la parte específica.

Durante el desarrollo de este ejercicio los aspirantes únicamente podrán hacer uso de la documentación y otros materiales técnicos que determine el Tribunal en atención a la naturaleza y contenido del ejercicio.

3.2.– Prueba de euskera.

La prueba de euskera consistirá en la evaluación del conocimiento del euskera mediante la realización de las pruebas de acreditación de los perfiles lingüísticos 1 y 2.

Aquellas personas que tengan acreditado alguno de dichos perfiles lingüísticos, o estuvieran en posesión de algunos de los títulos o certificados equivalentes, deberán presentar, con anterioridad a la fecha de celebración de los ejercicios de euskera, los documentos acreditativos de tales títulos o certificados, en las sedes que se indican en el apartado 4.3 de las Bases Generales.

3.3.– Fase de concurso.

La fase de concurso consistirá en el examen y valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, y se efectuará asignando a cada uno de ellos los puntos que le corresponden con arreglo al Baremo de méritos.

4.– Calificación del proceso selectivo.

4.1.– Fase de oposición.

4.1.1.– Primer ejercicio.

El primer ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

La puntuación directa de este ejercicio será el resultado de la siguiente fórmula: puntuación es igual a número de aciertos menos la cuarta parte del número de errores (Puntuación directa =Aciertos - Errores/4), de forma que la máxima puntuación directa alcanzable será de 100 puntos. Las preguntas no contestadas no supondrán penalización alguna.

Para la obtención de la puntuación total de este ejercicio se procederá a dividir la puntuación directa alcanzada entre diez (10), cuyo resultado será la puntuación final correspondiente.

4.1.2.– Segundo ejercicio.

El segundo ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

Para la calificación de este segundo ejercicio se valorará especialmente el mayor grado de sujeción o vinculación a los supuestos planteados, la capacidad de síntesis y análisis, la riqueza de las ideas desarrolladas, así como la claridad y corrección en la exposición de las mismas.

4.2.– Prueba de euskera.

Quienes acrediten el correspondiente perfil lingüístico recibirán la calificación de apto, cuando opten a puesto con exigencia de perfil lingüístico.

Cuando no opten a puestos con exigencia de perfil lingüístico, obtendrán las siguientes puntuaciones, sin que sea posible obtener puntuaciones intermedias:

– Perfil lingüístico 1: 1,45 puntos.

– Perfil lingüístico 2 o superior: 2,90 puntos.

4.3.– Fase de concurso.

La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente Baremo de méritos, siendo la puntuación máxima total alcanzable la de nueve (9) puntos:

4.3.1.– Baremo de méritos para el personal del turno libre y turno de personal minusválido.

4.3.1.1.– Servicios prestados en las Administraciones Públicas hasta el día de finalización del plazo de presentación de instancias.

La puntuación máxima alcanzable por este apartado será de nueve (9) puntos, valorándose un máximo de 113 meses conforme a los siguientes criterios:

a) En aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco, por servicios prestados en la UPV/EHU en la Escala Administrativa o equivalente, como funcionario interino o laboral temporal: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 9 puntos.

b) Por servicios prestados en cualquier otra Universidad Pública en la Escala Administrativa o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 6 puntos.

c) Por servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas en la Escala Administrativa o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 4,5 puntos.

El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que puedan reproducirse para el acceso a Escalas diferentes. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, la escala a la que decide vincular el tiempo de servicios prestados.

4.3.1.2.– Titulaciones académicas.

Se valorarán las titulaciones académicas distintas de la alegada para el acceso a la Escala Administrativa, con un máximo de 1 punto, conforme al siguiente baremo:

– Por estar en posesión de alguna de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación B: 0,50 puntos.

– Por estar en posesión de alguna de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación A: 1 punto.

4.3.1.3.– Idiomas no oficiales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se valorarán con un máximo de 1,50 puntos, conforme al siguiente baremo:

– Conocimiento de Francés, Inglés o Alemán a nivel de 3.º de la Escuela Oficial de Idiomas: 0,50 puntos por cada idioma.

4.3.2.– Baremo de méritos para el turno de promoción interna.

4.3.2.1.– Antigüedad reconocida en la Administración Pública.

La antigüedad en la Administración Pública hasta el día de finalización del plazo de presentación de instancias, se valorará con un máximo de nueve (9) puntos, a razón de 0,05 puntos por mes completo de servicios. Sólo se computará la antigüedad reconocida por la UPV/EHU a efectos de trienios.

El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que pueda reproducirse para el acceso a Escalas diferentes. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, la Escala a la que decide vincular el tiempo de servicios prestados.

4.3.2.2.– Titulaciones académicas e idiomas.

Las titulaciones académicas e idiomas se valorarán conforme a los criterios y baremo expresados para los turnos de acceso libre y de personal minusválido.

5.– Acreditación de méritos.

5.1.– Los servicios prestados en la UPV/EHU deberán ser alegados, aunque no deberán ser acreditados por los interesados. Los mismos serán computados de oficio por la Administración, de acuerdo con la opción manifestada por los interesados.

5.2.– El tiempo de servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas será certificado en el modelo que cada una de ellas tenga establecido para tal fin. En todo caso, deberán desglosarse los periodos trabajados especificando el Cuerpo, Escala, Subescala y Clase o Categoría a que se refieren dichos periodos.

5.3- Los servicios prestados en la Administración General, Foral y Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerarán equivalentes, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas.

5.4.– La antigüedad se incluirá de oficio, por lo que no será necesaria su acreditación. En el caso de que el aspirante concurra a más de una Escala, deberá manifestar la Escala a la que opta por vincular su tiempo de servicios prestados.

5.5.– Las titulaciones se acreditarán mediante fotocopia del título o del documento justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la finalización del plazo de solicitudes.

5.6.– El conocimiento de idiomas se acreditará mediante fotocopia de los títulos exigidos, no estando prevista la realización de una prueba al efecto, tomándose únicamente en consideración cuando dichos títulos se hayan obtenido con anterioridad a la finalización del plazo de entrega de solicitudes.

6.– Calificación final.

6.1.– La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el total del proceso selectivo.

6.2.– Todos los resultados y calificaciones del concurso-oposición serán publicados en los tablones de anuncios de las dependencias reseñadas en el apartado 4.3 de las bases generales.

Asimismo se harán públicos en la dirección electrónica www.ehu.es.

ANEXO II
TEMARIO

Parte General:

1.– La Constitución Española de 1978: principios generales,

deberes y derechos fundamentales.

2.– Estatuto de Autonomía del País Vasco: nociones generales. El Título Preliminar: denominación y constitución; el Territorio: concepto, posible integración de otros territorios; sede de las Instituciones Comunes; el euskera; derechos y deberes de los ciudadanos vascos. Competencias del País Vasco. Los poderes del País Vasco: el Parlamento, el Lehendakari, el Gobierno.

3.– El acto administrativo: producción, contenido, motivación y forma. La eficacia del acto administrativo. Nulidad de pleno derecho, anulabilidad y revocación de los actos administrativos. Silencio administrativo.

4.– El procedimiento administrativo: principios generales. Interesados. Fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. La revisión de los actos administrativos en vía administrativa: principios generales. Recursos administrativos.

5.– La responsabilidad de las administraciones públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio.

6.– Ley de la Función Pública Vasca: ámbito de aplicación, personal al servicio de las Administraciones Públicas Vascas, las relaciones de puestos de trabajo.

7.– Ley de la Función Pública Vasca: derechos y deberes de los funcionarios, carrera administrativa, retribuciones y situaciones administrativas. Régimen disciplinario de los funcionarios. Normalización lingüística.

8.– El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. El contrato de trabajo. Modalidades de contratación laboral.

9.– La Seguridad Social: Régimen general. Afiliación y cotización. Acción protectora.

10.– Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco.

11.– Estatutos de la UPV/EHU: estructura y contenido básico. Órganos de gobierno colegiados y unipersonales. El Claustro Universitario. El Consejo Social.

12.– Estatutos de la UPV/EHU: organización y estructura de los centros Docentes.

13.– El Personal Docente e Investigador de la UPV/EHU: nociones generales. Tipología y clases: funcionario y laboral.

14.– El personal de administración y servicios de la UPV/EHU. Estatutos, Convenio y Acuerdo.

15.– Sistemas de gestión de la prevención de riesgos laborales en la universidad. La participación de los trabajadores en la prevención de riesgos laborales. Los Comités de Seguridad y Salud Laboral de la UPV/EHU: composición y atribuciones.

16.– El presupuesto: concepto y clases. Procedimiento de elaboración y aprobación en la UPV/EHU. La ejecución del presupuesto de gastos: sus fases. Clasificación de los ingresos.

Parte Específica:

17.– Concepto y función de los servicios bibliotecarios.

18.– Clases de bibliotecas. Las bibliotecas universitarias.

19.– La biblioteca de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.

20.– Adquisición y registro de fondos bibliográficos. Control de publicaciones periódicas.

21.– Catalogación, descripción e identificación bibliográfica: ISBD, ISBN, ISSN, formato MARC.

22.– Sistemas de clasificación e indización: la CDU. Organización de fondos.

23.– Servicios bibliotecarios: préstamo, información y atención al público.

24.– Obras de referencia y fuentes de información bibliográfica de carácter general: catálogos, bibliografías, índices, etc.

25.– Distintos soportes de las fuentes de información: DVDs, CDS y otros recursos electrónicos.

26.– Preservación, conservación y reprografía.


Análisis documental