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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 211, viernes 2 de noviembre de 2007


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Autoridades y Personal

Universidad del País Vasco
5970

RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2007, del Rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso como funcionario de carrera en la Escala de Gestión Universitaria del personal de administración y servicios.

Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UPV/EHU de 17 de abril de 2007 se aprobó la oferta de empleo público para el personal de administración y servicios correspondiente al año 2007, ordenándose su publicación por Resolución del Rector de la UPV/EHU de fecha 20 de abril de 2007 (BOPV n.º 90 de 11 de mayo de 2007).

A tal fin, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23 y 24 así como en el Capítulo IV del Título II, de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca sobre selección de personal, y previa aprobación de la presente convocatoria por el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU en su sesión de 26 de septiembre de 2007 tal y como establecen los artículo 83 y 84 de los vigentes Estatutos de la UPV/EHU,

RESUELVO:

Primero.– Convocar las pruebas selectivas para el ingreso como funcionario de carrera en la Escala de Gestión Universitaria de la UPV/EHU, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición de las siguientes plazas que se indican:

* 2 plazas de Gestión Universitaria (General) conforme a la siguiente distribución:

Una (1) plaza por el turno de promoción interna con PL 3 de carácter preceptivo.

Una (1) plaza por el turno libre con PL 3 de carácter preceptivo:

* 1 plaza de Gestión Universitaria Diplomados en Ciencias Económicas y Empresariales conforme a la siguiente distribución:

Una (1) plaza por el turno libre con PL 3 preceptivo.

* 3 plazas de Gestión Universitaria Diplomados en Enfermería conforme a la siguiente distribución:

Tres (3) plazas por el turno libre:

– Una (1) con PL 3 de carácter preceptivo.

– Dos (2) con PL 3 de carácter no preceptivo.

Segundo.– Ordenar la publicación de las Bases específicas y de los Temarios que regirán la presente convocatoria que figuran como anexos I al III de la misma y que han de regir el proceso selectivo para el ingreso como funcionario de carrera de la Escala de Gestión Universitaria de la UPV/EHU.

– Anexo I: Escala de Gestión Universitaria (General)

– Anexo II: Escala de Gestión Universitaria (Diplomado en CC.EE.EE.)

– Anexo III: Escala de Gestión Universitaria (Diplomado en Enfermería)

Tercero.– Contra el Acuerdo objeto de publicación podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, y sin que puedan simultanearse ambos medios de impugnación.

En Leioa, a 4 de octubre de 2007.

El Rector de la UPV/EHU,
JUAN IGNACIO PÉREZ IGLESIAS.
ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS

Escala de Gestión Universitaria (General)

1.– Plazas convocadas.

Se convocan un total de dos (2) plazas de la Escala de Gestión Universitaria (General) de la UPV/EHU, según la siguiente distribución:

Una (1) plaza por el turno de promoción interna con PL 3 de carácter preceptivo.

Una (1) plazas por el turno libre con PL 3 de carácter preceptivo.

2.– Requisitos para poder tomar parte en la convocatoria.

Además de los requisitos establecidos en el apartado 3.2 de las bases generales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, la titulación requerida es: Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Las personas que accedan por el turno de promoción interna, además de poseer la titulación requerida, deberán pertenecer como funcionarios de carrera a una Escala del Grupo C de titulación.

3.– Ejercicios.

3.1.– La fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

3.1.1.– Primer ejercicio.

Consistirá en la contestación, por escrito, en el plazo máximo que establezca el Tribunal y que no podrá ser superior a dos horas y treinta minutos, a un cuestionario de 100 preguntas con respuestas alternativas. Las preguntas versarán sobre las materias del temario señalado en la base siete de las presentes bases específicas.

3.1.2.– Segundo ejercicio.

El contenido de este ejercicio será de carácter práctico y constará de dos partes, y su duración no podrá ser superior a dos horas y treinta minutos.

Durante el desarrollo de este ejercicio los aspirantes podrán hacer uso de textos legales.

Parte primera: elaboración por escrito de una Memoria, en la forma que proponga el Tribunal, cuyo contenido versará sobre la organización, competencias y funcionamiento de una de las siguientes áreas propias de una Universidad Pública:

a) Gestión Académica.

b) Órganos de Gobierno y Representación.

c) Euskaldunización y uso del Euskera.

d) Gestión del Personal.

e) Extensión Universitaria.

f) Contratación y Compras.

g) Presupuestos, Contabilidad y Auditoria.

h) Servicios de Campus y Centros Docentes.

Parte segunda: resolución de un supuesto práctico a elegir entre dos propuestos por el Tribunal relacionados con los cometidos propios de la Escala de Gestión Universitaria.

3.2.– Prueba de euskera.

La prueba de euskera, de carácter obligatoria y eliminatoria, consistirá en la evaluación del conocimiento del euskera mediante la realización de las pruebas de acreditación del perfil lingüístico 3.

Aquellas personas que tengan acreditado dicho perfil lingüístico, o estuvieran en posesión de algunos de los títulos o certificados equivalentes, deberán presentar, con anterioridad a la fecha de celebración de los ejercicios de euskera, los documentos acreditativos de tales títulos o certificados, en las sedes que se indican en el apartado 4.3 de las Bases Generales.

3.3.– Fase de concurso.

La fase de concurso consistirá en el examen y valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, y se efectuará asignando a cada uno de ellos los puntos que le corresponden con arreglo al Baremo de méritos.

4.– Calificación del proceso selectivo.

4.1.– Fase de oposición.

4.1.1.– Primer ejercicio.

El primer ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

La puntuación directa de este ejercicio será el resultado de la siguiente fórmula: puntuación es igual a número de aciertos menos la cuarta parte del número de errores (Puntuación directa =Aciertos - Errores/4), de forma que la máxima puntuación directa alcanzable será de 100 puntos. Las preguntas no contestadas no supondrán penalización alguna.

Para la obtención de la puntuación total de este ejercicio se procederá a dividir la puntuación directa alcanzada entre diez (10), cuyo resultado será la puntuación final correspondiente.

4.1.2.– Segundo ejercicio.

El segundo ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

Cada una de las partes de que consta este ejercicio será valorada de cero (0) a cinco (5) puntos, y la puntuación total de este ejercicio vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las partes.

Para la calificación de este segundo ejercicio se valorará especialmente el mayor grado de sujeción o vinculación a los supuestos planteados, la capacidad de síntesis y análisis, la riqueza de las ideas desarrolladas, así como la claridad y corrección en la exposición de las mismas.

4.2.– Prueba de euskera.

Quienes acrediten el correspondiente perfil lingüístico recibirán la calificación de apto, quedando eliminados quienes no obtengan dicha calificación.

4.3.– Fase de concurso.

La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente Baremo de méritos, siendo la puntuación máxima total alcanzable la de nueve (9) puntos:

4.3.1.– Baremo de méritos para el personal del turno libre y turno de personal minusválido.

4.3.1.1.– Servicios prestados en las Administraciones Públicas hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La puntuación máxima alcanzable por este apartado será de nueve (9) puntos, valorándose un máximo de 113 meses conforme a los siguientes criterios:

a) En aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco, por servicios prestados en la UPV/EHU en la Escala de Gestión Universitaria o equivalente, como funcionario interino o laboral temporal: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 9 puntos.

b) Por servicios prestados en cualquier otra Universidad Pública en la Escala de Gestión Universitaria o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 6 puntos.

c) Por servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas en la Escala de Gestión Universitaria o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 4,5 puntos.

El cómputo de efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que puedan reproducirse para el acceso a Escalas diferentes. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, la escala a la que decide vincular el tiempo de servicios prestados.

4.3.1.2.– Titulaciones académicas.

Se valorarán las titulaciones académicas distintas de la alegada para el acceso a la Escala de Gestión Universitaria (General), con un máximo de 1 punto, conforme al siguiente baremo:

– Por estar en posesión de otra de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación B: 0,50 puntos.

– Por estar en posesión de alguna de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación A: 1 punto.

4.3.1.3.– Idiomas no oficiales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se valorarán con un máximo de 1,50 puntos, conforme al siguiente baremo:

Conocimiento de Francés, Inglés o Alemán a nivel de 5.º de la Escuela Oficial de Idiomas: 0,50 puntos por cada idioma.

4.3.2.– Baremo de méritos para el turno de promoción interna.

4.3.2.1.– Antigüedad reconocida en la Administración Pública.

La antigüedad en la Administración Pública hasta el día de finalización del plazo de presentación de instancias, se valorará con un máximo de nueve (9) puntos, a razón de 0,05 puntos por mes completo de servicios. Sólo se computará la antigüedad reconocida por la UPV/EHU a efectos de trienios.

El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que pueda reproducirse para el acceso a Escalas diferentes. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, la Escala a la que decide vincular el tiempo de servicios prestados.

4.3.2.2.– Titulaciones académicas e idiomas.

Las titulaciones académicas e idiomas se valorarán conforme a los criterios y baremos expresados para los turnos de acceso libre y de personal minusválido.

5.– Acreditación de méritos.

5.1.– Los servicios prestados en la UPV/EHU deberán ser alegados, aunque no deberán ser acreditados por los interesados. Los mismos serán computados de oficio por la Administración, de acuerdo con la opción manifestada por los interesados.

5.2.– El tiempo de servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas será certificado en el modelo que cada una de ellas tenga establecido para tal fin. En todo caso, deberán desglosarse los periodos trabajados especificando el Cuerpo, Escala, Subescala y Clase o Categoría a que se refieren dichos periodos.

5.3.– Los servicios prestados en la Administración General, Foral y Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerarán equivalentes, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas.

5.4.– La antigüedad se incluirá de oficio, por lo que no será necesaria su acreditación. En el caso de que el aspirante concurra a más de una Escala, deberá manifestar la Escala a la que opta por vincular su tiempo de servicios prestados.

5.5.– Las titulaciones se acreditarán mediante fotocopia del título o del documento justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

5.6.– El conocimiento de idiomas se acreditará mediante fotocopia de los títulos exigidos, no estando prevista la realización de una prueba al efecto, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan acreditado con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

6.– Calificación final.

6.1.– La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el total del proceso selectivo.

6.2.– Todos los resultados y calificaciones del concurso-oposición serán publicados en los tablones de anuncios de las dependencias reseñadas en el apartado 4.3 de las bases generales.

Asimismo se harán públicos en la dirección electrónica www.ehu.es.

7.– Temario.

1.– La Constitución Española de 1978: características, estructura y reforma. Los principios constitucionales: el Estado Social y Democrático de Derecho. Los valores superiores de la Constitución Española. Los derechos fundamentales y las libertades públicas.

2.– La Ley orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía Para el País Vasco: estructura y contenido. Competencias del País Vasco.

3.– La Administración Pública y la norma jurídica. El principio de legalidad. Las potestades de la Administración: regladas y discrecionales. Potestad organizatoria de la Administración. Principios de organización, competencia y jerarquía.

4.– La Ley: leyes orgánicas, leyes ordinarias, disposiciones con fuerza de ley, legislación de bases.

5.– El Reglamento. Clases de reglamentos. Fundamentos y límites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. La reserva de ley y la reserva reglamentaria.

6.– La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios informadores. Los órganos de las Administraciones Públicas.

7.– El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia, ejecutoriedad y procedimiento de ejecución. Invalidez, nulidad y anulabilidad del acto administrativo. Convalidación, conservación y conversión. Revocación y rectificación de errores. La suspensión.

8.– El procedimiento administrativo general: iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución. Los procedimientos especiales. El silencio administrativo.

9.– Los recursos administrativos: concepto, clases y requisitos generales. Las reclamaciones previas al ejercicio de la vía judicial. La revisión de oficio y en vía administrativa.

10.– La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El recurso contencioso-administrativo: capacidad procesal, legitimación, representación y defensa; requisitos previos y actos impugnables.

11.– Los contratos administrativos: características y clases; elementos: sujeto, objeto, causa y forma. Principios básicos de la Ley de Contratos del Estado. Formas de adjudicación. Perfeccionamiento y formalización.

12.– Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas: Ley 6/1989 de la Función Pública Vasca y Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

13.– Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Carrera administrativa. Grado personal. Provisión de puestos de trabajo. Promoción interna. Situaciones administrativas de los funcionarios. Reingreso al servicio activo.

14.– Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Sistema retributivo. Reconocimiento de servicios previos.

15.– Régimen de Seguridad Social de los empleados públicos.

16.– La jubilación de los funcionarios: régimen especial de clases pasivas y régimen general de la Seguridad Social. Requisitos y determinación de las cuantías de las pensiones.

17.– El presupuesto: concepto y clasificación. Principios presupuestarios. Las técnicas presupuestarias.

18.– La ley anual de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El ciclo presupuestario. Preparación y aprobación. El presupuesto de la UPV/EHU: características y estructura.

19.– La ejecución del Presupuesto: operaciones necesarias. Autorización y compromiso del gasto. Reconocimiento de las obligaciones. Ordenación del gasto y del pago. Documentos contables.

20.– La Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco y la Ley 7/2001, de Universidades: idea general de su contenido. La autonomía universitaria.

21.– La Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea: su naturaleza y fines. Estructura: Centros docentes, departamentos y Institutos Universitarios.

22.– Estatutos de la UPV/EHU: Órganos de gobierno. El Consejo Social. El Claustro Universitario. El Consejo de Gobierno. La Junta de Campus. Estructura de los servicios administrativos. Órganos unipersonales.

23.– Órganos de gobierno de los Centros docentes y de los Departamentos universitarios. Reglamento marco de Departamentos.

24.– Sistemas de gestión de la prevención de riesgos laborales en la universidad. La integración de la prevención en la Gestión. La asignación de responsabilidades. La participación de los trabajadores en la prevención de riesgos laborales. Órganos de representación y participación.

25.– El Patrimonio de la UPV/EHU. Los recursos económico-financieros. La gestión económica-financiera.

26.– El profesorado universitario: clases y régimen jurídico. Selección, derechos y deberes. Retribuciones y régimen de incompatibilidades.

27.– El personal de administración y servicios. Estatutos, Convenio y Acuerdo.

28.– Del uso de las lenguas oficiales en la UPV/EHU. Plan de Euskera de la UPV/EHU: líneas generales.

29.– Ingreso en la Universidad. Procedimientos de ingreso. Acceso a titulaciones de sólo segundo ciclo o al segundo ciclo de titulaciones de dos ciclos. Simultaneidad de estudios.

30.– Los planes de estudios en la Universidad: directrices generales y propias. Marco competencial. Titulaciones universitarias. Organización de los estudios universitarios. Proceso de reforma de los planes de estudios.

31.– La libre configuración en los planes de estudio. Definición de los créditos de libre elección. Reglamento sobre la libre elección en la UPV/EHU.

32.– Los precios públicos en la UPV/EHU: aplicación, exenciones y forma de pago.

ANEXO II
BASES ESPECÍFICAS

Escala de Gestión Universitaria (Diplomados en Ciencias Empresariales)

1.– Plazas convocadas.

Se convoca una (1) plaza de la Escala de Gestión Universitaria - Diplomado en Ciencias Empresariales por el turno libre con PL 3 preceptivo.

2.– Requisitos para poder tomar parte en la convocatoria.

Además de los requisitos establecidos en el apartado 3.2 de las bases generales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, la titulación requerida es: Diplomatura en Ciencias Empresariales.

3.– Ejercicios.

3.1.– La fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

3.1.1.– Primer ejercicio.

Consistirá en la contestación, por escrito, en el plazo máximo que establezca el Tribunal y que no podrá ser superior a dos horas y treinta minutos, a un cuestionario de 100 preguntas con respuestas alternativas. Las preguntas versarán sobre las materias del temario señalado en el apartado siete de las presente bases específicas.

3.1.2.– Segundo ejercicio.

Consistirá en la realización, en el plazo máximo de dos horas y treinta minutos, de dos supuestos de carácter práctico a elegir entre cuatro que plantee el Tribunal, relacionados con el temario adjunto.

Durante el desarrollo de este ejercicio los aspirantes únicamente podrán hacer uso de códigos y similares u otros materiales técnicos que determine el Tribunal en atención a la naturaleza y contenido del ejercicio.

3.2.– Prueba de euskera.

La prueba de euskera, de carácter obligatoria y eliminatoria, consistirá en la evaluación del conocimiento del euskera mediante la realización de las pruebas de acreditación del perfil lingüístico 3.

Aquellas personas que tengan acreditado dicho perfil lingüístico, o estuvieran en posesión de algunos de los títulos o certificados equivalentes, deberán presentar, con anterioridad a la fecha de celebración de los ejercicios de euskera, los documentos acreditativos de tales títulos o certificados, en las sedes que se indican en el apartado 4.3 de las Bases Generales.

3.3.– Fase de concurso.

La fase de concurso consistirá en el examen y valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, y se efectuará asignando a cada uno de ellos los puntos que le corresponden con arreglo al Baremo de méritos.

4.– Calificación del proceso selectivo.

4.1.– Fase de oposición.

4.1.1.– Primer ejercicio.

El primer ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

La puntuación directa de este ejercicio será el resultado de la siguiente fórmula: puntuación es igual a número de aciertos menos la cuarta parte del número de errores (Puntuación directa =Aciertos - Errores/4), de forma que la máxima puntuación directa alcanzable será de 100 puntos. Las preguntas no contestadas no supondrán penalización alguna.

Para la obtención de la puntuación total de este ejercicio se procederá a dividir la puntuación directa alcanzada entre diez (10), cuyo resultado será la puntuación final correspondiente.

4.1.2.– Segundo ejercicio.

El segundo ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

Para la calificación de este segundo ejercicio se valorará especialmente el mayor grado de sujeción o vinculación a los supuestos planteados, la capacidad de síntesis y análisis, la riqueza de las ideas desarrolladas, así como la claridad y corrección en la exposición de las mismas.

4.2.– Prueba de euskera.

Quienes acrediten el correspondiente perfil lingüístico recibirán la calificación de apto, quedando eliminados quienes no obtengan dicha calificación.

4.3.– Fase de concurso.

La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente Baremo de méritos, siendo la puntuación máxima total alcanzable la de nueve (9) puntos:

4.3.1.– Baremo de méritos para el personal del turno libre y turno de personal minusválido.

4.3.1.1.– Servicios prestados en las Administraciones Públicas hasta el día de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.

La puntuación máxima alcanzable por este apartado será de nueve (9) puntos, valorándose un máximo de 113 meses conforme a los siguientes criterios:

a) En aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco, por servicios prestados en la UPV/EHU en la Escala de Gestión Universitaria o equivalente, como funcionario interino o laboral temporal: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 9 puntos.

b) Por servicios prestados en cualquier otra Universidad Pública en la Escala Gestión Universitaria o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 6 puntos.

c) Por servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas en la Escala de Gestión Universitaria o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 4,5 puntos.

El cómputo de efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que puedan reproducirse para el acceso a Escalas diferentes. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, la escala a la que decide vincular el tiempo de servicios prestados.

4.3.1.2.– Titulaciones académicas.

Se valorarán las titulaciones académicas distintas de la alegada para el acceso a la Escala de Gestión Universitaria (Diplomado en CC.EE.EE.), con un máximo de 1 punto, conforme al siguiente baremo:

– Por estar en posesión de otra de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación B: 0,50 puntos.

– Por estar en posesión de alguna de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación A: 1 punto.

4.3.1.3.– Idiomas no oficiales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se valorarán con un máximo de 1,50 puntos, conforme al siguiente baremo:

– Conocimiento de Francés, Inglés o Alemán a nivel de 5.º de la escuela Oficial de Idiomas: 0,50 puntos por cada idioma.

5.– Acreditación de méritos.

5.1.– Los servicios prestados en la UPV/EHU deberán ser alegados, aunque no deberán ser acreditados por los interesados. Los mismos serán computados de oficio por la Administración, de acuerdo con la opción manifestada por los interesados.

5.2.– El tiempo de servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas será certificado en el modelo que cada una de ellas tenga establecido para tal fin. En todo caso, deberán desglosarse los periodos trabajados especificando el Cuerpo, Escala, Subescala y Clase o Categoría a que se refieren dichos periodos.

5.3.– Los servicios prestados en la Administración General, Foral y Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerarán equivalentes, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas.

5.4.– Las titulaciones se acreditarán mediante fotocopia del título o del documento justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan acreditado con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

5.5.– El conocimiento de idiomas se acreditará mediante fotocopia de los títulos exigidos, no estando prevista la realización de una prueba al efecto, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

6.– Calificación final.

6.1.– La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el total del proceso selectivo.

6.2.– Todos los resultados y calificaciones del concurso-oposición serán publicados en los tablones de anuncios de las dependencias reseñadas en el apartado 4.3 de las bases generales.

Asimismo se harán públicos en la dirección electrónica www.ehu.es.

7.– Temario.

1.– La Constitución Española de 1978: características, estructura y reforma. Los principios constitucionales: el Estado Social y Democrático de Derecho. Los valores superiores de la Constitución Española. Los derechos fundamentales y las libertades públicas.

2.– La Ley orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco: estructura y contenido. Competencias del País Vasco.

3.– La Ley: leyes orgánicas, leyes ordinarias, disposiciones con fuerza de ley, legislación de bases. El Reglamento. Clases de reglamentos. Fundamentos y límites de la potestad reglamentaria.

4.– La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios informadores. Los órganos de las Administraciones Públicas.

5.– El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia, ejecutoriedad y procedimiento de ejecución. Invalidez, nulidad y anulabilidad del acto administrativo. Convalidación, conservación y conversión. Revocación y rectificación de errores. La suspensión.

6.– El procedimiento administrativo general: iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución. Los procedimientos especiales. El silencio administrativo.

7.– Los recursos administrativos: concepto, clases y requisitos generales. Las reclamaciones previas al ejercicio de la vía judicial. La revisión de oficio y en vía administrativa.

8.– Los contratos administrativos: características y clases; elementos: sujeto, objeto, causa y forma. Principios básicos de la Ley de Contratos del estado. Formas de adjudicación. Perfeccionamiento y formalización.

9.– Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas: Ley 6/1989 de la Función Pública Vasca y Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

10.– Estadística descriptiva, distribuciones unidimensionales y multidimensionales; regresión y correlación; números índices y series cronológicas.

11.– Estructura de las cuentas anuales, incluidos el flujo de fondos y el proceso de contabilización. Principios de valoración generalmente aceptados. Inflación y contabilidad.

12.– La normalización contable en el ámbito de la contabilidad pública. La financiación básica en las entidades públicas. El inmovilizado no financiero en las entidades públicas. El inmovilizado financiero en las entidades públicas.

13.– El presupuesto: concepto y clasificación. Principios presupuestarios. Las técnicas presupuestarias.

14.– El presupuesto de la UPV/EHU: características y estructura. La ejecución del Presupuesto: operaciones necesarias. Autorización y compromiso del gasto. Reconocimiento de las obligaciones. Ordenación del gasto y del pago. Documentos contables.

15.– Liquidación del Presupuesto y rendición de cuentas. El control presupuestario: control, naturaleza y ámbito de aplicación. Modalidades de control: previo y posterior. La auditoría.

16.– La contabilidad analítica en el sector público. Consolidación y análisis de la información contable pública.

17.– Análisis patrimonial de la situación financiera y de los resultados.

18.– El control de la actividad económico-financiera en las Administraciones Públicas. Control interno y externo. Las técnicas básicas en auditoria. El informe del auditor.

19.– Normalización y armonización de la contabilidad financiera: concepto, proceso y organismos (CEE, ICAC, AECA, IASC). La valoración contable de los activos. Adaptaciones sectoriales del PGC.

20.– Regímenes financieros. Rentas. Préstamos y empréstitos.

21.– El sistema fiscal español. Regimenes forales. Fiscalidad de la empresa.

22.– Impuesto de sociedades: naturaleza, objeto, ámbito de aplicación y sujeto pasivo. Impuesto sobre el valor añadido: ámbito espacial de aplicación, hecho imponible, sujeto pasivo. Impuesto sobre la renta de las personas físicas: naturaleza, objeto, ámbito de aplicación y sujeto pasivo. Impuesto sobre actividades económicas: naturaleza, objeto, ámbito de aplicación y sujeto pasivo.

23.– Concepto de tasas y precios públicos. Concepto de contribuciones especiales. Exacciones parafiscales. Los precios públicos en la UPV/EHU: aplicación, exenciones y forma de pago.

24.– Régimen de Seguridad Social de los empleados públicos.

25.– Actividad empresarial del sector público. Precios. Evaluación de la eficiencia. Gestión. El sector público empresarial en el País Vasco.

26.– Derecho civil patrimonial: El contrato. Conceptos y elementos del contrato. Aspectos básicos de las obligaciones contractuales. Modificación y extinción de las obligaciones. Cumplimiento de las obligaciones. Incumplimiento de las obligaciones. Garantía de las obligaciones.

27.– La Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco y la Ley 6/2001, de Universidades: idea general de su contenido. La autonomía universitaria.

28.– La Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea: su naturaleza y fines. Estructura: Centros docentes, departamentos y Institutos Universitarios.

29.– Estatutos de la UPV/EHU: Órganos de gobierno. El Consejo Social. El Claustro Universitario. El Consejo de Gobierno. La Junta de Campus. Estructura de los servicios administrativos. Órganos unipersonales.

30.– El profesorado universitario: clases y régimen jurídico. Selección, derechos y deberes. Retribuciones y régimen de incompatibilidades. Regulación de las condiciones de trabajo del profesorado de la UPV/EHU.

31.– El personal de administración y servicios de la UPV/EHU. Estatutos, Convenio y Acuerdo.

32.– Sistemas de gestión de la prevención de riesgos laborales en la universidad. La integración de la prevención en la Gestión. La asignación de responsabilidades. La participación de los trabajadores en la prevención de riesgos laborales. Órganos de representación y participación.

33.– El Patrimonio de la UPV/EHU. Los recursos económico-financieros. La gestión económica-financiera.

ANEXO III
BASES ESPECÍFICAS

Escala de Gestión Universitaria (Diplomados en Enfermería)

1.– Plazas convocadas.

Se convocan un total de tres (3) plazas de la Escala de Gestión Universitaria - Diplomados en Enfermería, según la siguiente distribución:

Tres (3) plazas por el turno libre:

– Una (1) con PL 3 de carácter preceptivo.

– Dos (2) con PL 3 de carácter no preceptivo.

2.– Requisitos para poder tomar parte en la convocatoria.

Además de los requisitos establecidos en el apartado 3.2 de las bases generales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, la titulación requerida es: Diplomado en Enfermería y estar en posesión de la especialidad de Enfermería de Empresa.

3.– Ejercicios.

3.1.– La fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

3.1.1.– Primer ejercicio.

Consistirá en la contestación, por escrito, en el plazo máximo que establezca el Tribunal y que no podrá ser superior a dos horas y treinta minutos, a un cuestionario de 100 preguntas con respuestas alternativas. Las preguntas versarán sobre las materias del temario señalado en el apartado siete de las presente bases específicas.

3.1.2.– Segundo ejercicio.

Consistirá en la realización, en el plazo máximo de dos horas y treinta minutos, de dos supuestos de carácter práctico a elegir entre cuatro que plantee el Tribunal, relacionados con el temario adjunto.

Durante el desarrollo de este ejercicio los aspirantes únicamente podrán hacer uso de códigos y similares u otros materiales técnicos que determine el Tribunal en atención a la naturaleza y contenido del ejercicio.

3.2.– Prueba de euskera.

La prueba de euskera consistirá en la evaluación del conocimiento del euskera mediante la realización de las pruebas de acreditación de los perfiles lingüísticos 1, 2 y 3.

Aquellas personas que tengan acreditado alguno de dichos perfiles lingüísticos, o estuvieran en posesión de algunos de los títulos o certificados equivalentes, deberán presentar, con anterioridad a la fecha de celebración de los ejercicios de euskera, los documentos acreditativos de tales títulos o certificados, en las sedes que se indican en el apartado 4.3 de las Bases Generales.

3.3.– Fase de concurso.

La fase de concurso consistirá en el examen y valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, y se efectuará asignando a cada uno de ellos los puntos que le corresponden con arreglo al Baremo de méritos.

4.– Calificación del proceso selectivo.

4.1.– Fase de oposición.

4.1.1.– Primer ejercicio.

El primer ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

La puntuación directa de este ejercicio será el resultado de la siguiente fórmula: puntuación es igual a número de aciertos menos la cuarta parte del número de errores (Puntuación directa = Aciertos - Errores/4), de forma que la máxima puntuación directa alcanzable será de 100 puntos. Las preguntas no contestadas no supondrán penalización alguna.

Para la obtención de la puntuación total de este ejercicio se procederá a dividir la puntuación directa alcanzada entre diez (10), cuyo resultado será la puntuación final correspondiente.

4.1.2.– Segundo ejercicio.

El segundo ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

Para la calificación de este segundo ejercicio se valorará especialmente el mayor grado de sujeción o vinculación a los supuestos planteados, la capacidad de síntesis y análisis, la riqueza de las ideas desarrolladas, así como la claridad y corrección en la exposición de las mismas.

4.2.– Prueba de euskera.

Quienes acrediten el correspondiente perfil lingüístico recibirán la calificación de apto, cuando opten a puesto con exigencia de perfil lingüístico.

Cuando no opten a puestos con exigencia de perfil lingüístico, obtendrán las siguientes puntuaciones, sin que sea posible obtener puntuaciones intermedias:

– Perfil lingüístico 1: 1,45 puntos.

– Perfil lingüístico 2: 2,90 puntos.

– Perfil lingüístico 3 o superior: 4,35 puntos.

4.3.– Fase de concurso.

La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente Baremo de méritos, siendo la puntuación máxima total alcanzable la de nueve (9) puntos:

4.3.1.– Baremo de méritos para el personal del turno libre y turno de personal minusválido.

4.3.1.1.– Servicios prestados en las Administraciones Públicas hasta el día de finalización de presentación de instancias.

La puntuación máxima alcanzable por este apartado será de nueve (9) puntos, valorándose un máximo de 113 meses conforme a los siguientes criterios:

a) En aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco, por servicios prestados en la UPV/EHU en la Escala de Gestión Universitaria o equivalente, como funcionario interino o laboral temporal: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 9 puntos.

b) Por servicios prestados en cualquier otra Universidad Pública en la Escala de Gestión universitaria o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 6 puntos.

c) Por servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas en la Escala de Gestión Universitaria o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 4,5 puntos.

El cómputo de efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que puedan reproducirse para el acceso a Escalas diferentes. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, la escala a la que decide vincular el tiempo de servicios prestados.

4.3.1.2.– Titulaciones académicas.

Se valorarán las titulaciones académicas distintas de la alegada para el acceso a la Escala de Gestión Universitaria (Diplomado en Enfermería), con un máximo de 1 punto, conforme al siguiente baremo:

– Por estar en posesión de otra de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación B: 0,50 puntos.

– Por estar en posesión de alguna de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación A: 1 punto.

4.3.1.3.– Idiomas no oficiales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se valorarán con un máximo de 1,50 puntos, conforme al siguiente baremo:

Conocimiento de Francés, Inglés o Alemán a nivel de 5.º de la escuela Oficial de Idiomas: 0,5 puntos por cada idioma.

5.– Acreditación de méritos.

5.1.– Los servicios prestados en la UPV/EHU deberán ser alegados, aunque no deberán ser acreditados por los interesados. Los mismos serán computados de oficio por la Administración, de acuerdo con la opción manifestada por los interesados.

5.2.– El tiempo de servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas será certificado en el modelo que cada una de ellas tenga establecido para tal fin. En todo caso, deberán desglosarse los periodos trabajados especificando el Cuerpo, Escala, Subescala y Clase o Categoría a que se refieren dichos periodos.

5.3.– Los servicios prestados en la Administración General, Foral y Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerarán equivalentes, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas.

5.4.– Las titulaciones se acreditarán mediante fotocopia del título o del documento justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan acreditado con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.

5.5.– El conocimiento de idiomas se acreditará mediante fotocopia de los títulos exigidos, no estando prevista la realización de una prueba al efecto, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.

6.– Calificación final.

6.1.– La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el total del proceso selectivo.

6.2.– Todos los resultados y calificaciones del concurso-oposición serán publicados en los tablones de anuncios de las dependencias reseñadas en el apartado 4.3 de las bases generales.

Asimismo se harán públicos en la dirección electrónica www.ehu.es.

7.– Temario.

1.– La Constitución Española de 1978: características, estructura y reforma. Los principios constitucionales. El Estado Social y democrático de Derecho. Los valores superiores de la Constitución Española. Los derechos fundamentales y las libertades públicas.

2.– El Estatuto de Autonomía del País Vasco: estructura y contenido. Competencias.

3.– La responsabilidad de las administraciones públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio.

4.– Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas: Ley 6/1989 de la Función Pública Vasca y Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

5.– Estatutos de la UPV/EHU: El Claustro Universitario: composición y competencias. El Consejo de Gobierno de la UPV/EHU. El Consejo Social: nociones generales. órganos unipersonales.

6.– El profesorado universitario y el personal de administración y servicios de la UPV/EHU: nociones básicas de la regulación en Estatutos, Acuerdo y Convenios.

7.– Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Decreto 306/1999, de 27 de julio, por el que se regulan las actuaciones sanitarias de los Servicios de prevención en la CAE.

8.– Agentes relacionados con la prevención de riesgos laborales: OIT, Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo, INSHT, Osalan.

9.– La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de Seguridad y Salud Laboral.

10.– Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Muface. Seguro escolar.

11.– Sistemas de gestión de la prevención de riesgos laborales en la universidad. La integración de la prevención en la gestión. Responsabilidades.

12.– La participación, formación e información de los trabajadores en la prevención de riesgos laborales. La comunicación en la empresa.

13.– Confidencialidad de los datos médicos. Ley 15/1999, de Protección de Datos de carácter personal.

14.– La economía de la prevención: costes directos e indirectos de los accidentes de trabajo. Contingencias laborales.

15.– El accidente de trabajo: definición, índices estadísticos, notificación, declaración e investigación.

16.– Las enfermedades profesionales: concepto, declaración, análisis de causas y prevención.

17.– Funciones y cometidos del DUE de empresa.

18.– La vigilancia de la salud.

19.– Promoción de la salud: definición, objeto y estrategias.

20.– Alcoholismo y otras toxicomanías. Participación de la enfermería en los programas de prevención.

21.– Principales vacunaciones. Criterios de vacunación, dosis, administración y contraindicaciones de uso.

22.– Exposición a agentes biológicos. Las precauciones universales. Real Decreto 664/1997. Evaluación biológica.

23.– Traumatología y reumatología. Riesgos físicos. Manipulación manual de cargas. Real Decreto 487/1997.

24.– Principales dermatosis profesionales. Actuación de la enfermería en la prevención y la vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos.

25.– Exposición a agentes químicos en laboratorio. Actuación de la enfermería en la prevención y la vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos.

26.– Exposición a radiaciones ionizantes y no ionizantes. Actuación de la enfermería en la prevención y la vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos.

27.– Ergonomía: objetivos y función. Ambiente físico. Carga física. El trabajo con pantallas de visualización de datos. Real Decreto 488/1997.

28.– Factores de riesgo psicosocial.

29.– Actuación de la enfermería en situaciones de urgencia y emergencia.

30.– Evaluación de riesgos y planificación preventiva. Métodos de análisis de las condiciones de trabajo. Identificación y estrategia de abordaje.

31.– Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Real Decreto 486/1997.

32.– Planes de emergencia y evacuación.

33.– Estadística y Epidemiología.


Análisis documental