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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 211, viernes 2 de noviembre de 2007


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Autoridades y Personal

Universidad del País Vasco
5968

RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2007, del Rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se ordena la publicación de las bases específicas que han regir el procedimiento selectivo para el ingreso como funcionario de carrera de la Escala Técnica de Gestión de la UPV/EHU.

Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UPV/EHU de 17 de abril de 2007 se aprobó la oferta de empleo público para el personal de administración y servicios correspondiente al año 2007, ordenándose su publicación por Resolución del Rector de la UPV/EHU de fecha 20 de abril de 2007 (BOPV n.º 90 de 11 de mayo de 2007).

A tal fin, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23 y 24 así como en el Capítulo IV del Título II, de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca sobre selección de personal, y previa aprobación de la presente convocatoria por el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU en su sesión de 26 de septiembre de 2007, tal y como establecen los artículos 83 y 84 de los vigentes Estatutos de la UPV/EHU,

RESUELVO:

Primero.– Convocar las pruebas selectivas para el ingreso como funcionario de carrera en la Escala Técnica de Gestión de la UPV/EHU, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición de las siguientes plazas que se indican:

* 26 plazas de Técnicos de Gestión conforme a la siguiente distribución:

Dos (2) plazas por el turno de promoción interna:

– Una (1) con PL 3 de carácter preceptivo.

– Una (1) con PL 3 de carácter no preceptivo.

Dos (2) plazas por el turno de minusválidos:

– Una (1) con PL 3 de carácter preceptivo.

– Una (1) con PL 3 de carácter no preceptivo.

Veintidós (22) plazas por el turno libre:

– Quince (15) con PL 3 de carácter preceptivo.

– Siete (7) con PL 3 de carácter no preceptivo.

* 14 plazas de Técnicos de Gestión Licenciados en Derecho conforme a la siguiente distribución:

Una (1) plaza por el turno de minusválidos con PL 3 no preceptivo.

Trece (13) plazas por el turno libre:

– Seis (6) con PL 3 de carácter preceptivo.

– Siete (7) con PL 3 de carácter no preceptivo.

* 5 plazas de Técnicos de Gestión Licenciados en Ciencias Económicas y Empresariales conforme a la siguiente distribución:

Cinco (5) plazas por el turno libre:

– Tres (3) con PL 3 de carácter preceptivo.

– Dos (2) con PL 3 de carácter no preceptivo.

* 2 plazas de Técnicos de Gestión Licenciados en Medicina con la Especialidad de Medicina del Trabajo conforme a la siguiente distribución:

Dos (2) plazas por el turno libre:

– Una (1) con PL 3 de carácter preceptivo.

– Una (1) con PL 3 de carácter no preceptivo.

* 3 plazas de Técnicos de Gestión (Técnicos de Prevención) conforme a la siguiente distribución:

Tres (3) plazas por el turno libre con PL 3 de carácter no preceptivo.

* 2 plazas de Técnicos de Gestión (Área de Investigación) conforme a la siguiente distribución:

Dos (2) plazas por el turno libre con PL 3 de carácter preceptivo.

Segundo.– Ordenar la publicación de las bases específicas y de los temarios que regirán la presente convocatoria que figuran como anexos I al VI y que han de regir el proceso selectivo para el ingreso como funcionario de carrera de la Escala Técnica de Gestión de la UPV/EHU.

– Anexo I: Escala Técnica de Gestión (General).

– Anexo II: Escala Técnica de Gestión (Licenciado en Derecho).

– Anexo III: Escala Técnica de Gestión (Licenciado en CC.EE.EE.).

– Anexo IV: Escala Técnica de Gestión (Licenciado en Medicina).

– Anexo V: Escala Técnica de Gestión (Técnicos de Prevención).

– Anexo VI: Escala Técnica de Gestión (Área de Investigación).

Tercero.– Contra el Acuerdo objeto de publicación podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, y sin que puedan simultanearse ambos medios de impugnación.

En Leioa, a 4 de octubre de 2007.

El Rector de la UPV/EHU,
JUAN IGNACIO PÉREZ IGLESIAS.
ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS

Escala Técnica de Gestión (General).

1.– Plazas convocadas.

Se convocan un total de veintiséis (26) plazas de la Escala Técnica de Gestión (General) de la UPV/EHU según la siguiente distribución:

Dos (2) plazas por el turno de promoción interna:

– Una (1) con PL 3 de carácter preceptivo.

– Una (1) con PL 3 de carácter no preceptivo.

Dos (2) plazas por el turno de minusválidos:

– Una (1) con PL 3 de carácter preceptivo.

– Una (1) con PL 3 de carácter no preceptivo.

Veintidós (22) plazas por el turno libre:

– Quince (15) con PL 3 de carácter preceptivo.

– Siete (7) con PL 3 de carácter no preceptivo.

2.– Requisitos para poder tomar parte en la convocatoria.

Además de los requisitos establecidos en el apartado 3.2 de las bases generales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, la titulación requerida es: Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Las personas que accedan por el turno de promoción interna, además de poseer la titulación requerida, deberán pertenecer como funcionarios de carrera a una Escala del Grupo B de titulación.

3.– Ejercicios.

3.1.– La fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

3.1.1.– Primer ejercicio.

Consistirá en la contestación, por escrito, en el plazo máximo que establezca el Tribunal y que no podrá ser superior a dos horas y treinta minutos, a un cuestionario de 100 preguntas con respuestas alternativas. Las preguntas versarán sobre las materias del temario que se recoge en el apartado 7 de las presentes bases específicas.

3.1.2.– Segundo ejercicio.

El contenido de este ejercicio será de carácter práctico y constará de dos partes, y su duración no podrá ser superior a dos horas y treinta minutos.

Durante el desarrollo de este ejercicio los aspirantes podrán hacer uso de textos legales.

Parte primera: elaboración por escrito de una Memoria, en la forma que proponga el Tribunal, cuyo contenido versará sobre la organización, competencias y funcionamiento de una de las siguientes áreas propias de una Universidad Pública:

a) Órganos de Gobierno y Representación.

b) Gestión Económica, presupuestaria y contable.

c) Patrimonio y Contratación.

d) Ordenación Académica.

e) Gestión de Personal (área PDI-área PAS).

f) Retribuciones y Seguridad Social.

g) Salud y Seguridad; prevención de riesgos laborales.

h) Auditoria y Control Interno.

i) Informática y Nuevas Tecnologías; audiovisuales.

j) Información y atención al público.

k) Gestión de la Investigación.

l) Gestión en Campus.

m) Gestión de Centros Docentes.

n) Evaluación y orientación del Alumnado.

o) Procesos de calidad y mejora.

p) Secretaría General y actividad jurídica.

q) Biblioteca, registro, archivo y documentación.

r) Relaciones con los medios de comunicación.

s) Euskaldunización y uso del euskera.

Parte segunda: resolución de un supuesto práctico a elegir entre dos propuestos por el Tribunal relacionados con los cometidos propios de la Escala de Técnicos de Gestión.

3.2.– Prueba de euskera.

La prueba de euskera consistirá en la evaluación del conocimiento del euskera mediante la realización de las pruebas de acreditación de los perfiles lingüísticos 1, 2 y 3.

Aquellas personas que tengan acreditado alguno de dichos perfiles lingüísticos, o estuvieran en posesión de algunos de los títulos o certificados equivalentes, deberán presentar, con anterioridad a la fecha de celebración de los ejercicios de euskera, los documentos acreditativos de tales títulos o certificados, en las sedes que se indican en el apartado 4.3 de las Bases Generales.

3.3.– Fase de concurso.

La fase de concurso consistirá en el examen y valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, y se efectuará asignando a cada uno de ellos los puntos que le corresponden con arreglo al Baremo de méritos.

4.– Calificación del proceso selectivo.

4.1.– Fase de oposición.

4.1.1.– Primer ejercicio.

El primer ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

La puntuación directa de este ejercicio será el resultado de la siguiente fórmula: puntuación es igual a número de aciertos menos la cuarta parte del número de errores (Puntuación directa = Aciertos - Errores/4), de forma que la máxima puntuación directa alcanzable será de 100 puntos. Las preguntas no contestadas no supondrán penalización alguna.

Para la obtención de la puntuación total de este ejercicio se procederá a dividir la puntuación directa alcanzada entre diez (10), cuyo resultado será la puntuación final correspondiente.

4.1.2.– Segundo ejercicio.

El segundo ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

Cada una de las partes de que consta este ejercicio será valorada de cero (0) a cinco (5) puntos, y la puntuación total de este ejercicio vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las partes.

Para la calificación de este segundo ejercicio se valorará especialmente el mayor grado de sujeción o vinculación a los supuestos planteados, la capacidad de síntesis y análisis, la riqueza de las ideas desarrolladas, así como la claridad y corrección en la exposición de las mismas.

4.2.– Prueba de euskera.

Quienes acrediten el correspondiente perfil lingüístico recibirán la calificación de apto, cuando opten a puesto con exigencia de perfil lingüístico.

Cuando no opten a puestos con exigencia de perfil lingüístico, obtendrán las siguientes puntuaciones, sin que sea posible obtener puntuaciones intermedias:

– Perfil lingüístico 1: 1,45 puntos.

– Perfil lingüístico 2: 2,90 puntos.

– Perfil lingüístico 3 o superior: 4,35 puntos.

4.3.– Fase de concurso.

La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente Baremo de méritos, siendo la puntuación máxima total alcanzable la de nueve (9) puntos:

4.3.1.– Baremo de méritos para el personal del turno libre y turno de personal minusválido.

4.3.1.1.– Servicios prestados en las Administraciones Públicas hasta el día de la finalización del plazo de presentación de instancias.

La puntuación máxima alcanzable por este apartado será de nueve (9) puntos, valorándose un máximo de 113 meses conforme a los siguientes criterios:

a) En aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco, por servicios prestados en la UPV/EHU en la Escala Técnica de Gestión o equivalente, como funcionario interino o laboral temporal: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 9 puntos.

b) Por servicios prestados en cualquier otra Universidad Pública en la Escala de Técnica de Gestión o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 6 puntos.

c) Por servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas en la Escala Técnica de Gestión o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 4,5 puntos.

El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que puedan reproducirse en diferentes procesos selectivos en los que se participe. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, el proceso selectivo en el que quiere que se le valoren los servicios prestados, de conformidad con el párrafo quinto de la Base 7.4 de las Bases Generales.

4.3.1.2.– Titulaciones académicas.

Se valorarán las titulaciones académicas distintas de la alegada para el acceso a la Escala de Técnicos de Gestión (General), con un máximo de 1 punto, conforme al siguiente baremo:

– Por estar en posesión de alguna de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación B: 0,50 puntos.

– Por estar en posesión de otra de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación A: 1 punto.

4.3.1.3.– Idiomas no oficiales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se valorarán con un máximo de 1,50 puntos, conforme al siguiente baremo:

– Conocimientos de Francés, Inglés o Alemán a nivel de 5.º de la Escuela Oficial de Idiomas: 0,50 puntos por cada idioma.

4.3.2.– Baremo de méritos para el turno de promoción interna.

4.3.2.1.– Antigüedad reconocida en la Administración Pública.

La antigüedad en la Administración Pública hasta el día de finalización del plazo de presentación de instancias, se valorará con un máximo de nueve (9) puntos, a razón de 0,05 puntos por mes completo de servicios. Sólo se computará la antigüedad reconocida por la UPV/EHU a efectos de trienios.

El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que pueda reproducirse para el acceso a Escalas diferentes. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, la Escala a la que decide vincular el tiempo de servicios prestados.

4.3.2.2.– Titulaciones académicas e idiomas.

Las titulaciones académicas e idiomas se valorarán conforme a los criterios y baremos expresados para los turnos de acceso libre y de personal minusválido.

5.– Acreditación de méritos.

5.1.– Los servicios prestados en la UPV/EHU deberán ser alegados, aunque no deberán ser acreditados por los interesados. Los mismos serán computados de oficio por la Administración, de acuerdo con la opción manifestada por los interesados.

5.2.– El tiempo de servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas será certificado en el modelo que cada una de ellas tenga establecido para tal fin. En todo caso, deberán desglosarse los periodos trabajados especificando el Cuerpo, Escala, Subescala y Clase o Categoría a que se refieren dichos periodos.

5.3.– Los servicios prestados en la Administración General, Foral y Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerarán equivalentes, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas.

5.4.– La antigüedad se incluirá de oficio, por lo que no será necesaria su acreditación. En el caso de que el aspirante concurra a más de una Escala, deberá manifestar la Escala a la que opta por vincular su tiempo de servicios prestados.

5.5.– Las titulaciones se acreditarán mediante fotocopia del título o del documento justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

5.6.– El conocimiento de idiomas se acreditará mediante fotocopia de los títulos exigidos, no realizándose prueba alguna al efecto, y se tomará únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

6.– Calificación final.

6.1.– La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el total del proceso selectivo.

6.2.– Todos los resultados y calificaciones del concurso-oposición serán publicados en los tablones de anuncios de las dependencias reseñadas en el apartado 4.3 de las bases generales.

Asimismo se harán públicos en la dirección electrónica www.ehu.es.

7.– Temario.

1.– La Constitución Española de 1978: características, estructura y reforma. Los principios constitucionales. El Estado Social y Democrático de Derecho. Los valores superiores de la Constitución Española. Los derechos fundamentales y las libertades públicas.

2.– Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía: naturaleza y tipología. La organización de las Comunidades Autónomas.

3.– El Estatuto de Autonomía del País Vasco: estructura y contenido.

4.– Competencias del País Vasco, exclusivas y de desarrollo legislativo. Competencias en materia de Enseñanza Superior.

5.– La Administración Pública y la norma jurídica. El principio de legalidad. Las potestades de la Administración: regladas y discrecionales. Potestad organizatoria de la Administración. Principios de organización, competencia y jerarquía.

6.– Fuentes del Derecho Administrativo: la Ley: concepto y clases. Disposiciones normativas con fuerza de ley: Decretos Leyes y Decretos Legislativos.

7.– El Reglamento. Clases de reglamentos. Fundamentos y límites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. La reserva de ley y la reserva reglamentaria.

8.– La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios informadores. Los órganos de las Administraciones Públicas.

9.– El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia, ejecutoriedad y procedimiento de ejecución. Invalidez, nulidad y anulabilidad del acto administrativo. Convalidación, conservación y conversión. Revocación y rectificación de errores. La suspensión.

10.– El procedimiento administrativo general: iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución. Los procedimientos especiales. El silencio administrativo.

11.– Los recursos administrativos: concepto, clases y requisitos generales. Las reclamaciones previas al ejercicio de la vía judicial. La revisión de oficio y en vía administrativa.

12.– La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El recurso contencioso-administrativo: capacidad procesal, legitimación, representación y defensa; requisitos previos y actos impugnables.

13.– Los contratos administrativos: características y clases; elementos: sujeto, objeto, causa y forma. Principios básicos de la Ley de Contratos del estado. Formas de adjudicación. Perfeccionamiento y formalización.

14.– La responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio.

15.– El servicio público. Formas de gestión de los servicios públicos. La gestión directa. La concesión administrativa.

16.– Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas: Ley 6/1989 de la Función Pública Vasca y Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

17.– Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Carrera administrativa. Grado personal. Provisión de puestos de trabajo. Promoción interna. Situaciones administrativas de los funcionarios. Reingreso al servicio activo.

18.– Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Sistema retributivo. Reconocimiento de servicios previos.

19.– Régimen de Seguridad Social de los empleados públicos.

20.– La jubilación de los funcionarios: régimen especial de clases pasivas y régimen general de la Seguridad Social. Requisitos y determinación de las cuantías de las pensiones.

21.– Derecho sindical: negociación colectiva, Acuerdos y Convenios; conflictos colectivos. Órganos de representación y derechos sindicales.

22.– El contrato de trabajo: modificación, suspensión y extinción. Modalidades de contratación laboral.

23.– Las Instituciones de las Comunidades Europeas: el Consejo de Ministros. La Comisión. El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. Otros órganos de las Comunidades Europeas.

24.– El presupuesto: concepto, naturaleza y clases. Principios inspiradores. Las técnicas presupuestarias.

25.– Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi: el ciclo presupuestario, preparación y aprobación. El presupuesto de la UPV/EHU: características y estructura.

26.– El gasto público: concepto y clases. Los ingresos públicos: concepto y clases; tasas y precios públicos y privados; ingresos de la UPV/EHU.

27.– La ejecución del Presupuesto: operaciones necesarias. Autorización y compromiso del gasto. Reconocimiento de las obligaciones. Ordenación del gasto y del pago. Documentos contables.

28.– La Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco y la Ley 6/2001, de Universidades: idea general de su contenido. La autonomía universitaria.

29.– La Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea: su naturaleza y fines. Estructura: Centros docentes, departamentos y Institutos Universitarios.

30.– Estatutos de la UPV/EHU: Órganos de gobierno. El Consejo Social. El Claustro Universitario. El Consejo de Gobierno. La Junta de Campus. Órganos unipersonales. Estructura de los servicios administrativos.

31.– Órganos de gobierno de los Centros docentes y de los Departamentos universitarios. Reglamento marco de Departamentos.

32.– El Patrimonio de la UPV/EHU. Los recursos económico-financieros. La gestión económica-financiera.

33.– El profesorado universitario: clases y régimen jurídico. Selección, derechos y deberes. Retribuciones y régimen de incompatibilidades. Regulación de las condiciones de trabajo del profesorado de la UPV/EHU.

34.– El personal de administración y servicios de la UPV/EHU. Estatutos, Convenio y Acuerdo.

35.– Sistemas de gestión de la prevención de riesgos laborales en la universidad. La integración de la prevención en la Gestión. La asignación de responsabilidades. La participación de los trabajadores en la prevención de riesgos laborales. Órganos de representación y participación.

36.– Del uso de las lenguas oficiales en la UPV/EHU. Plan de Euskera de la UPV/EHU: líneas generales.

37.– Ingreso en la Universidad. Procedimientos de ingreso. Acceso a titulaciones de sólo segundo ciclo o al segundo ciclo de titulaciones de dos ciclos. Simultaneidad de estudios.

38.– Los planes de estudios en la Universidad: directrices generales y propias. Marco competencial. Titulaciones universitarias. Organización de los estudios universitarios. Proceso de reforma de los planes de estudios.

39.– La libre configuración en los planes de estudio. Definición de los créditos de libre elección. Reglamento sobre la libre elección en la UPV/EHU.

40.– La gestión de la actividad investigadora en la Universidad. Régimen de Conciertos y Convenios de la Universidad con otras instituciones y entidades en materia de investigación de conformidad con la legislación vigente.

ANEXO II
BASES ESPECÍFICAS

Escala Técnica de Gestión (Licenciados en Derecho)

1.– Plazas convocadas.

Se convocan un total de catorce (14) plazas de la Escala Técnica de Gestión - Licenciados en Derecho de la UPV/EHU, según la siguiente distribución:

Una (1) plaza por el turno de minusválidos con PL 3 no preceptivo.

Trece (13) plazas por el turno libre:

– Seis (6) con PL 3 de carácter preceptivo.

– Siete (7) con PL 3 de carácter no preceptivo.

2.– Requisitos para poder tomar parte en la convocatoria.

Además de los requisitos establecidos en el apartado 3.2 de las bases generales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, la titulación requerida es: Licenciado en Derecho.

3.– Ejercicios.

3.1.– La fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

3.1.1.– Primer ejercicio.

Consistirá en la contestación, por escrito, en el plazo máximo que establezca el Tribunal y que no podrá ser superior a dos horas y treinta minutos, a un cuestionario de 100 preguntas con respuestas alternativas. Las preguntas versarán sobre las materias del temario que se adjunta a las presentes bases específicas.

3.1.2.– Segundo ejercicio.

Consistirá en la realización, en el plazo máximo de dos horas y treinta minutos, de dos supuestos de carácter práctico a elegir entre cuatro que plantee el Tribunal, relacionados con el temario.

Durante el desarrollo de este ejercicio los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales y de consulta de los que acudan provistos.

3.2.– Prueba de euskera.

La prueba de euskera consistirá en la evaluación del conocimiento del euskera mediante la realización de las pruebas de acreditación de los perfiles lingüísticos 1, 2 y 3.

Aquellas personas que tengan acreditado alguno de dichos perfiles lingüísticos, o estuvieran en posesión de algunos de los títulos o certificados equivalentes, deberán presentar, con anterioridad a la fecha de celebración de los ejercicios de euskera, los documentos acreditativos de tales títulos o certificados, en las sedes que se indican en el apartado 4.3 de las Bases Generales.

3.3.– Fase de concurso.

La fase de concurso consistirá en el examen y valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, y se efectuará asignando a cada uno de ellos los puntos que le corresponden con arreglo al Baremo de méritos.

4.– Calificación del proceso selectivo.

4.1.– Fase de oposición.

4.1.1.– Primer ejercicio.

El primer ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

La puntuación directa de este ejercicio será el resultado de la siguiente fórmula: puntuación es igual a número de aciertos menos la cuarta parte del número de errores (Puntuación directa = Aciertos - Errores/4), de forma que la máxima puntuación directa alcanzable será de 100 puntos. Las preguntas no contestadas no supondrán penalización alguna.

Para la obtención de la puntuación total de este ejercicio se procederá a dividir la puntuación directa alcanzada entre diez (10), cuyo resultado será la puntuación final correspondiente.

4.1.2.– Segundo ejercicio.

El segundo ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

Para la calificación de este segundo ejercicio se valorará especialmente el mayor grado de sujeción o vinculación a los supuestos planteados, la capacidad de síntesis y análisis, la riqueza de las ideas desarrolladas, así como la claridad y corrección en la exposición de las mismas.

4.2.– Prueba de euskera.

Quienes acrediten el correspondiente perfil lingüístico recibirán la calificación de apto, cuando opten a puesto con exigencia de perfil lingüístico.

Cuando no opten a puestos con exigencia de perfil lingüístico, obtendrán las siguientes puntuaciones, sin que sea posible obtener puntuaciones intermedias:

– Perfil lingüístico 1: 1,45 puntos.

– Perfil lingüístico 2: 2,90 puntos.

– Perfil lingüístico 3 o superior: 4,35 puntos.

4.3.– Fase de concurso.

La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente Baremo de méritos, siendo la puntuación máxima total alcanzable la de nueve (9) puntos:

4.3.1.– Baremo de méritos para el personal del turno libre y turno de personal minusválido.

4.3.1.1.– Servicios prestados en las Administraciones Públicas hasta el día de finalización del plazo de presentación de instancias.

La puntuación máxima alcanzable por este apartado será de nueve (9) puntos, valorándose un máximo de 113 meses conforme a los siguientes criterios:

a) En aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco, por servicios prestados en la UPV/EHU en la Escala Técnica de Gestión o equivalente, como funcionario interino o laboral temporal: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 9 puntos.

b) Por servicios prestados en cualquier otra Universidad Pública en la Escala de Técnica de Gestión o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 6 puntos.

c) Por servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas en la Escala Técnica de Gestión o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 4,5 puntos.

El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que puedan reproducirse para el acceso a Escalas diferentes. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, la escala a la que decide vincular el tiempo de servicios prestados.

4.3.1.2.– Titulaciones académicas.

Se valorarán las titulaciones académicas distintas de la alegada para el acceso a la Escala de Técnicos de Gestión (Licenciado en Derecho), con un máximo de 1 punto, conforme al siguiente baremo:

– Por estar en posesión de alguna de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación B: 0,50 puntos.

– Por estar en posesión de otra de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación A: 1 punto.

4.3.1.3.– Idiomas no oficiales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se valorarán con un máximo de 1,50 puntos, conforme al siguiente baremo:

– Conocimientos de Francés, Inglés o Alemán a nivel de 5.º de la Escuela Oficial de Idiomas: 0,50 puntos por cada idioma.

5.– Acreditación de méritos.

5.1.– Los servicios prestados en la UPV/EHU deberán ser alegados, aunque no deberán ser acreditados por los interesados. Los mismos serán computados de oficio por la Administración, de acuerdo con la opción manifestada por los interesados.

5.2.– El tiempo de servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas será certificado en el modelo que cada una de ellas tenga establecido para tal fin. En todo caso, deberán desglosarse los periodos trabajados especificando el Cuerpo, Escala, Subescala y Clase o Categoría a que se refieren dichos periodos.

5.3.– Los servicios prestados en la Administración General, Foral y Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerarán equivalentes, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas.

5.4.– Las titulaciones se acreditarán mediante fotocopia del título o del documento justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

5.5.– El conocimiento de idiomas se acreditará mediante fotocopia de los títulos exigidos, no realizándose prueba alguna al efecto, y se tomará únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

6.– Calificación final.

6.1.– La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el total del proceso selectivo.

6.2.– Todos los resultados y calificaciones del concurso-oposición serán publicados en los tablones de anuncios de las dependencias reseñadas en el apartado 4.3 de las bases generales.

Asimismo se harán públicos en la dirección electrónica www.ehu.es.

7.– Temario.

1.– La Constitución Española de 1978: características, estructura y reforma. Los principios constitucionales. El Estado Social y democrático de Derecho. Los valores superiores de la Constitución Española. Los derechos fundamentales y las libertades públicas.

2.– Órganos constitucionales de control de la Administración. Tribunal de Cuentas. Defensor del Pueblo. La Administración Consultiva: el Consejo de Estado.

3.– El poder Judicial. La regulación constitucional de la Justicia. El Consejo General del Poder Judicial.

4.– La Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País vasco: Estructura y contenido.

5.– Competencias del País Vasco: exclusivas y de desarrollo legislativo. Competencias en materia de Enseñanza Superior.

6.– Los poderes del País Vasco. El Parlamento: composición y competencias. Sistema de elección de sus miembros. El Gobierno y la Administración Vasca: composición y competencias. El Lehendakari.

7.– La Administración de Justicia en el País Vasco. Competencia de los órganos jurisdiccionales en el País Vasco.

8.– Control de los poderes del País Vasco. El presupuesto de la CAE. El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. El Ararteko. La reforma del Estatuto de Autonomía.

9.– La Administración Pública y la norma jurídica. El principio de legalidad. Las potestades de la Administración: regladas y discrecionales. Potestad organizatoria de la Administración. Principios de organización. Competencia y Jerarquía.

10.– La Ley. Leyes orgánicas. Leyes Ordinarias. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley. La legislación de bases.

11.– El Reglamento. Clases de Reglamentos. Fundamentos y límites de la potestad reglamentaria. Los principios generales del Derecho y la Jurisprudencia. La reserva de ley y la reserva reglamentaria.

12.– El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y ejecutoriedad del acto administrativo. Procedimiento de ejecución. Invalidez, nulidad y anulabilidad. Convalidación, conservación y conversión. Revocación y rectificación de errores. La suspensión del acto administrativo.

13.– El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza. La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común. Ámbito de aplicación. Principios informadores.

14.– El procedimiento administrativo general: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Los procedimientos especiales. El silencio administrativo.

15.– Los recursos administrativos: concepto y clases. Requisitos generales. Materia recurrible. Legitimación y órgano competente. Las reclamaciones previas al ejercicio de la vía judicial. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión de oficio.

16.– La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El recurso contencioso-administrativo: capacidad procesal, legitimación, representación y defensa. Requisitos previos. Actos impugnables. La ejecución de sentencias.

17.– Los contratos administrativos: características y clases. Elementos: sujeto, objeto, causa y forma. Principios básicos. Formas de adjudicación, requisitos, perfección y formalización.

18.– Los bienes de dominio público. Régimen jurídico. Elementos. Sujetos. Objeto. Destino. Protección.

19.– La responsabilidad patrimonial de la Administración. Presupuestos. Legislación vigente. La acción de responsabilidad.

20.– El concepto de servicio público: evolución y crisis. La clasificación tradicional de las formas de acción administrativa. Formas de gestión de los servicios públicos: directa e indirecta. La concesión.

21.– Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. La Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público. La Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. Estructura.

22.– La Ley 6/1989, de la Función Pública Vasca: estructura y contenido general. Órganos superiores de la función pública vasca.

23.– La selección de los funcionarios. Carrera administrativa. Grado personal. Provisión de puestos de trabajo. Promoción interna. Movilidad. Las relaciones de puesto de trabajo. Derechos y deberes. Situaciones administrativas.

24.– El personal laboral al servicio de la Administraciones Públicas: régimen jurídico. Contenido del contrato de trabajo.

25.– El Estatuto de los Trabajadores: principios generales, estructura y contenido. El contrato de trabajo: modificación, suspensión y extinción. Modalidades del contrato de trabajo.

26.– Configuración y régimen de las Universidades en el Estado. Competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. La Autonomía Universitaria. La potestad normativa de las Universidades. Los Estatutos de las Universidades. Los Estatutos de la UPV/EHU.

27.– Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco.

28.– Estatutos de la UPV/EHU: los órganos de gobierno: colegiados y unipersonales. La elección de representantes para su composición.

29.– Estatutos de la UPV/EHU: Órganos de gobierno. El Consejo Social. El Claustro Universitario. El Consejo de Gobierno. La Junta de Campus. Órganos unipersonales. Estructura de los servicios administrativos.

30.– La creación de Universidades. La creación de Centros. Centros propios y centros adscritos. La autorización de las enseñanzas.

31.– El Área de conocimiento. El Departamento: creación y organización. Funciones. Las Unidades Docentes.

32.– Régimen de Estudios Universitarios. El marco competencial. Titulaciones. Títulos académicos y profesionales.

33.– La organización de las enseñanzas conducentes a títulos oficiales. Los estudios de primer y segundo ciclo. Los planes de estudio. Directrices. Los estudios de tercer ciclo.

34.– El profesorado universitario: clases y régimen jurídico. Selección, derechos y deberes. Retribuciones y régimen de incompatibilidades. Regulación de las condiciones de trabajo del profesorado de la UPV/EHU.

35.– El personal de administración y servicios de la UPV/EHU. Estatutos, Convenio y Acuerdo.

36.– Los Estudiantes: derechos y deberes. La organización estudiantil. La evaluación de los estudiantes. La disciplina académica. Normas de permanencia.

37.– Fundamentos básicos sobre régimen económico y financiero, régimen presupuestario y sobre patrimonio de la Universidad.

38.– Controles externos: Tribunal Vasco de Cuentas Públicas y Ararteko. Control jurisdiccional.

39.– UPV/EHU: Reglamento Marco de Centros. Reglamento Marco de departamentos. Reglamento Marco de Institutos Universitarios.

40.– Reglamento del Servicio Jurídico de la UPV/EHU.

ANEXO III
BASES ESPECÍFICAS

Escala Técnica de Gestión (Licenciados en Ciencias Económicas y Empresariales)

1.– Plazas convocadas.

Se convocan un total de cinco (5) plazas de la Escala Técnica de Gestión - Licenciados en Ciencias Económicas y Empresariales de la UPV/EHU, según la siguiente distribución:

Cinco (5) plazas por el turno libre:

– Tres (3) con PL 3 de carácter preceptivo.

– Dos (2) con PL 3 de carácter no preceptivo.

2.– Requisitos para poder tomar parte en la convocatoria.

Además de los requisitos establecidos en el apartado 3.2 de las bases generales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, la titulación requerida es: Licenciatura en Ciencias Económicas y Empresariales, Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas, Licenciatura en Economía, Licenciatura en Ciencias Actuariales y Financieras y Licenciatura en Investigación y Técnicas de Mercado.

3.– Ejercicios.

3.1.– La fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

3.1.1.– Primer ejercicio.

Consistirá en la contestación, por escrito, en el plazo máximo que establezca el Tribunal y que no podrá ser superior a dos horas y treinta minutos, a un cuestionario de 100 preguntas con respuestas alternativas. Las preguntas versarán sobre las materias del temario que se adjunta a las presentes bases específicas.

3.1.2.– Segundo ejercicio.

Consistirá en la realización, en el plazo máximo de dos horas y treinta minutos, de dos supuestos de carácter práctico a elegir entre cuatro que plantee el Tribunal, relacionados con el temario.

Durante el desarrollo de este ejercicio los aspirantes únicamente podrán hacer uso de códigos y similares u otros materiales técnicos que determine el Tribunal en atención a la naturaleza y contenido del ejercicio.

3.2.– Prueba de euskera.

La prueba de euskera consistirá en la evaluación del conocimiento del euskera mediante la realización de las pruebas de acreditación de los perfiles lingüísticos 1, 2 y 3.

Aquellas personas que tengan acreditado alguno de dichos perfiles lingüísticos, o estuvieran en posesión de algunos de los títulos o certificados equivalentes, deberán presentar, con anterioridad a la fecha de celebración de los ejercicios de euskera, los documentos acreditativos de tales títulos o certificados, en las sedes que se indican en el apartado 4.3 de las Bases Generales.

3.3.– Fase de concurso.

La fase de concurso consistirá en el examen y valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, y se efectuará asignando a cada uno de ellos los puntos que le corresponden con arreglo al Baremo de méritos.

4.– Calificación del proceso selectivo.

4.1.– Fase de oposición.

4.1.1.– Primer ejercicio.

El primer ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

La puntuación directa de este ejercicio será el resultado de la siguiente fórmula: puntuación es igual a número de aciertos menos la cuarta parte del número de errores (Puntuación directa = Aciertos - Errores/4), de forma que la máxima puntuación directa alcanzable será de 100 puntos. Las preguntas no contestadas no supondrán penalización alguna.

Para la obtención de la puntuación total de este ejercicio se procederá a dividir la puntuación directa alcanzada entre diez (10), cuyo resultado será la puntuación final correspondiente.

4.1.2.– Segundo ejercicio.

El segundo ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

Para la calificación de este segundo ejercicio se valorará especialmente el mayor grado de sujeción o vinculación a los supuestos planteados, la capacidad de síntesis y análisis, la riqueza de las ideas desarrolladas, así como la claridad y corrección en la exposición de las mismas.

4.2.– Prueba de euskera.

Quienes acrediten el correspondiente perfil lingüístico recibirán la calificación de apto, cuando opten a puesto con exigencia de perfil lingüístico.

Cuando no opten a puestos con exigencia de perfil lingüístico, obtendrán las siguientes puntuaciones, sin que sea posible obtener puntuaciones intermedias:

– Perfil lingüístico 1: 1,45 puntos.

– Perfil lingüístico 2: 2,90 puntos.

– Perfil lingüístico 3 o superior: 4,35 puntos.

4.3.– Fase de concurso.

La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente Baremo de méritos, siendo la puntuación máxima total alcanzable la de nueve (9) puntos:

4.3.1.– Baremo de méritos para el personal del turno libre y turno de personal minusválido.

4.3.1.1.– Servicios prestados en las Administraciones Públicas hasta el día de finalización del plazo de presentación de instancias.

La puntuación máxima alcanzable por este apartado será de nueve (9) puntos, valorándose un máximo de 113 meses conforme a los siguientes criterios:

a) En aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco, por servicios prestados en la UPV/EHU en la Escala Técnica de Gestión o equivalente, como funcionario interino o laboral temporal: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 9 puntos.

b) Por servicios prestados en cualquier otra Universidad Pública en la Escala de Técnica de Gestión o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 6 puntos.

c) Por servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas en la Escala Técnica de Gestión o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 4,5 puntos.

El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que puedan reproducirse para el acceso a Escalas diferentes. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, la escala a la que decide vincular el tiempo de servicios prestados.

4.3.1.2.– Titulaciones académicas.

Se valorarán las titulaciones académicas distintas de la alegada para el acceso a la Escala de Técnicos de Gestión (Licenciado en CC.EE.EE.), con un máximo de 1 punto, conforme al siguiente baremo:

– Por estar en posesión de alguna de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación B: 0,50 puntos.

– Por estar en posesión de otra de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación A: 1 punto.

4.3.1.3.– Idiomas no oficiales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se valorarán con un máximo de 1,50 puntos, conforme al siguiente baremo:

– Conocimientos de Francés, Inglés o Alemán a nivel de 5.º de la Escuela Oficial de Idiomas: 0,50 puntos por cada idioma.

5.– Acreditación de méritos.

5.1.– Los servicios prestados en la UPV/EHU deberán ser alegados, aunque no deberán ser acreditados por los interesados. Los mismos serán computados de oficio por la Administración, de acuerdo con la opción manifestada por los interesados.

5.2.– El tiempo de servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas será certificado en el modelo que cada una de ellas tenga establecido para tal fin. En todo caso, deberán desglosarse los periodos trabajados especificando el Cuerpo, Escala, Subescala y Clase o Categoría a que se refieren dichos periodos.

5.3.– Los servicios prestados en la Administración General, Foral y Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerarán equivalentes, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas.

5.4.– Las titulaciones se acreditarán mediante fotocopia del título o del documento justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

5.5.– El conocimiento de idiomas se acreditará mediante fotocopia de los títulos exigidos, no realizándose prueba alguna al efecto, y se tomará únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

6.– Calificación final.

6.1.– La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el total del proceso selectivo.

6.2.– Todos los resultados y calificaciones del concurso-oposición serán publicados en los tablones de anuncios de las dependencias reseñadas en el apartado 4.3 de las bases generales.

Asimismo se harán públicos en la dirección electrónica www.ehu.es.

7.– Temario.

1.– La Constitución Española de 1978: características, estructura y reforma. Los principios constitucionales. El Estado Social y democrático de Derecho. Los valores superiores de la Constitución Española. Los derechos fundamentales y las libertades públicas.

2.– El Estatuto de Autonomía del País Vasco: estructura y contenido. Competencias.

3.– Fuentes del Derecho Administrativo: la Ley: concepto y clases. Disposiciones normativas con fuerza de ley: Decretos Leyes y Decretos Legislativos. El Reglamento. Clases de reglamentos.

4.– El acto administrativo: producción, contenido, motivación y forma. La eficacia del acto administrativo. Nulidad de pleno derecho, anulabilidad y revocación de los actos administrativos. Silencio administrativo.

5.– El procedimiento administrativo: principios generales. Interesados. Fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

6.– La responsabilidad de las administraciones públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio.

7.– Ley de la Función Pública Vasca: ámbito de aplicación, personal al servicio de las Administraciones Públicas Vascas. Derechos y deberes. Las relaciones de puestos de trabajo.

8.– El profesorado universitario: clases y régimen jurídico. Selección, derechos y deberes. Retribuciones y régimen de incompatibilidades. Regulación de las condiciones de trabajo del profesorado de la UPV/EHU.

9.– El personal de administración y servicios de la UPV/EHU. Estatutos, Convenio y Acuerdo.

10.– Régimen de Seguridad Social de los empleados públicos.

11.– Ley Orgánica 3/2004 del sistema universitario vasco: estructura y contenidos básicos. Régimen económico y financiero del sistema universitario vasco. Dotación con cargo a los presupuestos generales. Otros ingresos de derecho público o privado. El Presupuesto.

12.– Estatutos de la UPV/EHU: el Claustro universitario. El Consejo de Gobierno. El Consejo Social. El Rector y los Vicerrectores. El Gerente y los Vicegerentes. Los Decanos y Directores. Los Departamentos.

13.– Estatutos de la UPV/EHU: régimen económico-financiero.

14.– La Planificación Estratégica (I). Conceptos y Competitividad. Ámbitos de aplicación. La primera etapa del método o la introspección. El Análisis interno y el análisis del entorno.

15.– La Planificación Estratégica (II). Desde el análisis de la posición competitiva de la empresa hasta finalizar la etapa de introspección. La planificación y el plan estratégico. El plan de gestión.

16.– La auditoría: concepto general. Los distintos enfoques de la auditoría: objetivos que persigue. La auditoría como forma de control. Auditoría externa e interna. Régimen legal de la auditoría de cuentas. Responsabilidad del auditor.

17.– Principios y criterios de contabilidad generalmente aceptados en España. Principios y criterios contables internacionales. Las normas de auditoría de cuentas generalmente aceptadas. Normas técnicas generales sobre ejecución del trabajo y sobre contenido y preparación de informes.

18.– Planificación de la auditoría. El programa de trabajo: contenido y diseño. Los papeles de trabajo: objetivo, contenido, archivo, índices de referencia y marcas de comprobación. Análisis del riesgo general y determinación del grado de alcance.

19.– El control interno. Definición. Clasificación. Alcance. Controles internos contables: clases y objetivos. La evaluación del sistema contable interno: sistemas.

20.– La contabilidad como medio de control. Especial referencia del seguimiento de la ejecución presupuestaria. El control interno: la Intervención en las Administraciones Vascas. El control interno de los ingresos, gastos y pagos. El control de legalidad, control financiero y control de eficacia.

21.– Los créditos del presupuesto de gastos de la Administración Pública. Los créditos del presupuesto de gastos. Vinculación jurídica de los créditos. Modificaciones presupuestarias.

22.– Situación de los créditos. Operaciones de gestión del presupuesto de gastos. Operaciones de gestión del presupuesto de ingresos. Casos especiales en la ejecución del presupuesto.

23.– La Contabilidad Pública: la reforma de la contabilidad pública. Fines de la contabilidad pública.

24.– Instrucciones de contabilidad. El Plan General de Contabilidad Pública.

25.– Proceso contable. Agrupaciones contables. Registro de las operaciones. Libros de contabilidad. Apertura de la contabilidad.

26.– Operaciones Presupuestarias (I). Metodología del estudio de las operaciones presupuestarias. Apertura del presupuesto. Prórroga de los presupuestos. Especial referencia a la situación de los créditos del presupuesto de gasto. Operaciones de ejecución del presupuesto corriente.

27.– Operaciones Presupuestarias (II). Operaciones de presupuestos cerrados. Modificaciones presupuestarias. Anulaciones de las operaciones de gestión del presupuesto.

28.– Operaciones Especiales. Tratamiento contable de los reintegros, pagos y las devoluciones de los ingresos. Operaciones especiales de presupuestos cerrados. Operaciones contables de ejercicios posteriores.

29.– Operaciones no Presupuestarias (I). Concepto. Partidas pendientes de aplicación. Movimientos internos de tesorería. Deudores no presupuestarios.

30.– Operaciones no Presupuestarias (II). Acreedores no presupuestarios. Contabilidad de valores en depósito. Problemática contable del IVA.

31.– Proyecto de gasto. Gastos de financiación afectada. Seguimiento y control de los gastos de financiación afectada.

32.– Control y seguimiento de remanentes de crédito. Contabilidad de control de agentes recaudadores. Ajustes de periodificación. Contabilidad de las operaciones comerciales.

33.– Operaciones de fin de ejercicio (I). Operaciones de regularización. Liquidación de los presupuestos. Operaciones de cierre.

34.– Operaciones de fin de ejercicio (II). Operaciones contables. Operaciones extracontables.

35.– Cierre y liquidación del presupuesto. Cierre y liquidación del presupuesto de gastos. Cierre y liquidación del presupuesto de ingresos.

36.– Agrupación de presupuestos cerrados. Resultado presupuestario del ejercicio. Remanentes de créditos. Remanente de tesorería.

37.– Contratación administrativa: ámbitos de aplicación. Procedimientos y formas de adjudicación. Modalidades de contratación.

38.– El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas: ámbito competencial. Funciones y actuación. Régimen de funcionamiento. Régimen institucional.

39.– Transferencias y subvenciones: diferencias entre transferencias y subvenciones. Criterios generales, concepto, reconocimiento y cuantificación, tanto para el ente concedente como el beneficiario. Las subvenciones de capital y las subvenciones corrientes.

40.– La Ley de Régimen Presupuestario de Euskadi: Disposiciones Generales. Los Estados de ingresos y gastos de los Presupuestos. Estructura del Presupuesto. Procedimiento de elaboración. Liquidación y régimen de prórroga.

ANEXO IV
BASES ESPECÍFICAS

Escala Técnica de Gestión (Licenciados en Medicina)

1.– Plazas convocadas.

Se convocan un total de dos (2) plazas de la Escala Técnica de Gestión - Licenciados en Medicina de la UPV/EHU, según la siguiente distribución:

Dos (2) plazas por el turno libre:

– Una (1) con PL 3 de carácter preceptivo.

– Una (1) con PL 3 de carácter no preceptivo.

2.– Requisitos para poder tomar parte en la convocatoria.

Además de los requisitos establecidos en el apartado 3.2 de las bases generales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, la titulación requerida es: Licenciado en Medicina y poseer la especialidad de Medicina del Trabajo.

3.– Ejercicios.

3.1.– La fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

3.1.1.– Primer ejercicio.

Consistirá en la contestación, por escrito, en el plazo máximo que establezca el Tribunal y que no podrá ser superior a dos horas y treinta minutos, a un cuestionario de 100 preguntas con respuestas alternativas. Las preguntas versarán sobre las materias del temario que se adjunta a las presentes bases específicas.

3.1.2.– Segundo ejercicio.

Consistirá en la realización, en el plazo máximo de dos horas y treinta minutos, de dos supuestos de carácter práctico a elegir entre cuatro que plantee el Tribunal, relacionados con el temario adjunto.

Durante el desarrollo de este ejercicio los aspirantes únicamente podrán hacer uso de códigos y similares u otros materiales técnicos que determine el Tribunal en atención a la naturaleza y contenido del ejercicio.

3.2.– Prueba de euskera.

La prueba de euskera consistirá en la evaluación del conocimiento del euskera mediante la realización de las pruebas de acreditación de los perfiles lingüísticos 1, 2 y 3.

Aquellas personas que tengan acreditado alguno de dichos perfiles lingüísticos, o estuvieran en posesión de algunos de los títulos o certificados equivalentes, deberán presentar, con anterioridad a la fecha de celebración de los ejercicios de euskera, los documentos acreditativos de tales títulos o certificados, en las sedes que se indican en el apartado 4.3 de las Bases Generales.

3.3.– Fase de concurso.

La fase de concurso consistirá en el examen y valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, y se efectuará asignando a cada uno de ellos los puntos que le corresponden con arreglo al Baremo de méritos.

4.– Calificación del proceso selectivo.

4.1.– Fase de oposición.

4.1.1.– Primer ejercicio.

El primer ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

La puntuación directa de este ejercicio será el resultado de la siguiente fórmula: puntuación es igual a número de aciertos menos la cuarta parte del número de errores (Puntuación directa = Aciertos - Errores/4), de forma que la máxima puntuación directa alcanzable será de 100 puntos. Las preguntas no contestadas no supondrán penalización alguna.

Para la obtención de la puntuación total de este ejercicio se procederá a dividir la puntuación directa alcanzada entre diez (10), cuyo resultado será la puntuación final correspondiente.

4.1.2.– Segundo ejercicio.

El segundo ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

Para la calificación de este segundo ejercicio se valorará especialmente el mayor grado de sujeción o vinculación a los supuestos planteados, la capacidad de síntesis y análisis, la riqueza de las ideas desarrolladas, así como la claridad y corrección en la exposición de las mismas.

4.2.– Prueba de euskera.

Quienes acrediten el correspondiente perfil lingüístico recibirán la calificación de apto, cuando opten a puesto con exigencia de perfil lingüístico.

Cuando no opten a puestos con exigencia de perfil lingüístico, obtendrán las siguientes puntuaciones, sin que sea posible obtener puntuaciones intermedias:

– Perfil lingüístico 1: 1,45 puntos.

– Perfil lingüístico 2: 2,90 puntos.

– Perfil lingüístico 3 o superior: 4,35 puntos.

4.3.– Fase de concurso.

La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente Baremo de méritos, siendo la puntuación máxima total alcanzable la de nueve (9) puntos:

4.3.1.– Baremo de méritos para el personal del turno libre y turno de personal minusválido.

4.3.1.1.– Servicios prestados en las Administraciones Públicas hasta el día de finalización del plazo de presentación de instancias.

La puntuación máxima alcanzable por este apartado será de nueve (9) puntos, valorándose un máximo de 113 meses conforme a los siguientes criterios:

a) En aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco, por servicios prestados en la UPV/EHU en la Escala Técnica de Gestión o equivalente, como funcionario interino o laboral temporal: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 9 puntos.

b) Por servicios prestados en cualquier otra Universidad Pública en la Escala de Técnica de Gestión o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 6 puntos.

c) Por servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas en la Escala Técnica de Gestión o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 4,5 puntos.

El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que puedan reproducirse para el acceso a Escalas diferentes. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, la escala a la que decide vincular el tiempo de servicios prestados.

4.3.1.2.– Titulaciones académicas.

Se valorarán las titulaciones académicas distintas de la alegada para el acceso a la Escala de Técnicos de Gestión (Licenciado en Medicina especialidad de Medicina del Trabajo), con un máximo de 1 punto, conforme al siguiente baremo:

– Por estar en posesión de alguna de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación B: 0,50 puntos.

– Por estar en posesión de otra de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación A: 1 punto.

4.3.1.3.– Idiomas no oficiales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se valorarán con un máximo de 1,50 puntos, conforme al siguiente baremo:

– Conocimientos de Francés, Inglés o Alemán a nivel de 5.º de la Escuela Oficial de Idiomas: 0,50 puntos por cada idioma.

5.– Acreditación de méritos.

5.1.– Los servicios prestados en la UPV/EHU deberán ser alegados, aunque no deberán ser acreditados por los interesados. Los mismos serán computados de oficio por la Administración, de acuerdo con la opción manifestada por los interesados.

5.2.– El tiempo de servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas será certificado en el modelo que cada una de ellas tenga establecido para tal fin. En todo caso, deberán desglosarse los periodos trabajados especificando el Cuerpo, Escala, Subescala y Clase o Categoría a que se refieren dichos periodos.

5.3.– Los servicios prestados en la Administración General, Foral y Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerarán equivalentes, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas.

5.4.– Las titulaciones se acreditarán mediante fotocopia del título o del documento justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.

5.5.– El conocimiento de idiomas se acreditará mediante fotocopia de los títulos exigidos, no realizándose prueba alguna al efecto, y se tomará únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.

6.– Calificación final.

6.1.– La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el total del proceso selectivo.

6.2.– Todos los resultados y calificaciones del concurso-oposición serán publicados en los tablones de anuncios de las dependencias reseñadas en el apartado 4.3 de las bases generales.

Asimismo se harán públicos en la dirección electrónica www.ehu.es.

7.– Temario.

1.– La Constitución Española de 1978: características, estructura y reforma. Los principios constitucionales. El Estado Social y democrático de Derecho. Los valores superiores de la Constitución Española. Los derechos fundamentales y las libertades públicas.

2.– El Estatuto de Autonomía del País Vasco: estructura y contenido. Competencias.

3.– La responsabilidad de las administraciones públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio.

4.– Ley de la Función Pública Vasca: ámbito de aplicación, personal al servicio de las Administraciones Públicas Vascas. Derechos y deberes. Las relaciones de puestos de trabajo.

5.– El profesorado universitario: clases y régimen jurídico. El personal de administración y servicios. Estatutos, Convenio y Acuerdo.

6.– Régimen de Seguridad Social de los empleados públicos.

7.– Ley Orgánica 3/2004 del sistema universitario vasco: estructura y contenidos básicos. Régimen económico y financiero del sistema universitario vasco. Dotación con cargo a los presupuestos generales. Otros ingresos de derecho público o privado. El Presupuesto.

8.– Estatutos de la UPV/EHU: el Claustro universitario. El Consejo de Gobierno. El Consejo Social. El Rector y los Vicerrectores. El Gerente y los Vicegerentes. Los Decanos y Directores. Los Departamentos.

9.– Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. RD 39/1997, de 17 de enero, Reglamento de los Servicios de Prevención. Decreto 306/1999, de 27 de julio, por el que se regulan las actuaciones sanitarias de los Servicios de Prevención en la CA de Euskadi.

10.– Agentes nacionales e internacionales relacionados con la prevención de riesgos laborales. OIT, Agencia Europea para la Seguridad y salud en el trabajo, INSHT. Osalan.

11.– La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de Seguridad y Salud Laboral.

12.– Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. Muface. Seguro Escolar.

13.– Sistemas de gestión de la prevención de riesgos laborales en la universidad. La integración de la prevención en la Gestión. La asignación de responsabilidades.

14.– La participación de los trabajadores en la prevención de riesgos laborales. Órganos de representación y participación.

15.– Información y formación de los trabajadores. La comunicación en la empresa.

16.– Confidencialidad de datos médicos. Ley 15/1999 de protección de datos de carácter personal.

17.– El accidente de trabajo y las enfermedades profesionales.

18.– La Incapacidad transitoria. La Incapacidad permanente. Actuación de los Servicios de Prevención.

19.– Factores de riesgo para la salud en el medio ambiente físico del entorno universitario.

20.– Riesgos eléctricos y mecánicos.

21.– El riesgo de exposición a radiaciones ionizantes. Prevención y vigilancia de la salud de los trabajadores profesionalmente expuestos.

22.– El riesgo de exposición a radiaciones no ionizantes. Prevención y Vigilancia de la salud de los trabajadores profesionalmente expuestos.

23.– La seguridad en la docencia y la investigación. Estimación del riesgo, inspecciones planificadas y preventivas. Gestión de incidentes y accidentes. Metodología para su investigación.

24.– La Higiene industrial como técnica de prevención de enfermedades profesionales. Aspectos metodológicos. Criterios de valoración del riesgo higiénico. Métodos de muestreo y de análisis. Aplicación en el medio universitario.

25.– Exposición a alérgenos. Prevención del riesgo de exposición. Vigilancia de la salud de los trabajadores profesionalmente expuestos.

26.– Exposición a agentes biológicos. Prevención y Vigilancia de la salud de los trabajadores profesionalmente expuestos.

27.– Exposición a agentes químicos. Prevención y Vigilancia de la salud de los trabajadores profesionalmente expuestos. Toxicología. Monitorización biológica de la exposición y de los efectos para la salud. Valores límite biológicos Principales agentes de riesgo. Evaluación del riesgo y actuación preventiva.

28.– Exposición a agentes genotóxicos. Vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos a cancerígenos. Principales teratógenos profesionales. Vigilancia de la salud en los casos de exposición a teratógenos.

29.– Ergonomía: objetivos y funciones. Aplicación de la ergonomía en la universidad. Diseño de puestos de trabajo.

30.– Carga física en el sector docente. Trastornos músculo-esqueléticos relacionados. Prevención y detección precoz.

31.– El riesgo derivado del trabajo con pantallas de visualización de datos. Prevención y Vigilancia de la salud de los trabajadores profesionalmente expuestos.

32.– Factores de riesgo psicosocial en el PDI y PAS. Herramientas para su evaluación. Violencia en el puesto de trabajo. Estrés laboral.

33.– Estudio de condiciones de trabajo: Aplicación en la universidad. Identificación, Evaluación, Actuación Preventiva y Seguimiento. Consideraciones sobre trabajadores especialmente sensibles y protección de la maternidad.

34.– La Vigilancia de la salud: Aspectos específicos en los trabajadores PDI y PAS. Protocolización. La aptitud al puesto de trabajo.

35.– Neumología laboral.

36.– Oftalmología laboral.

37.– Otorrinolaringología laboral.

38.– Traumatología laboral.

39.– Dermatología laboral.

40.– Aparato cardiovascular y trabajo.

41.– Fisioterapia y rehabilitación.

42.– Toxicomanías.

43.– La gestión de residuos sanitarios y RTP. Legislación en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

44.– Estadística y Epidemiología en Salud Laboral.

ANEXO V
BASES ESPECÍFICAS

Escala Técnica de Gestión (Técnicos de Prevención)

1.– Plazas convocadas.

Se convocan un total de Tres (3) plazas de la Escala Técnica de Gestión - Técnicos de Prevención de la UPV/EHU, según la siguiente distribución:

Tres (3) plazas por el turno libre con PL 3 de carácter no preceptivo:

2.– Requisitos para poder tomar parte en la convocatoria.

Además de los requisitos establecidos en el apartado 3.2 de las bases generales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, la titulación requerida es: Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

Requisitos específicos: estar en posesión de la acreditación de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales en las especialidades de Seguridad en el Trabajo e Higiene Industrial.

3.– Ejercicios.

3.1.– La fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

3.1.1.– Primer ejercicio.

Consistirá en la contestación, por escrito, en el plazo máximo que establezca el Tribunal y que no podrá ser superior a dos horas y treinta minutos, a un cuestionario de 100 preguntas con respuestas alternativas. Las preguntas versarán sobre las materias del temario que se adjunta a las presentes bases específicas.

3.1.2.– Segundo ejercicio.

Consistirá en la realización, en el plazo máximo de dos horas y treinta minutos, de dos supuestos de carácter práctico a elegir entre cuatro que plantee el Tribunal, relacionados con el temario adjunto.

Durante el desarrollo de este ejercicio los aspirantes únicamente podrán hacer uso de códigos y similares u otros materiales técnicos que determine el Tribunal en atención a la naturaleza y contenido del ejercicio.

3.2.– Prueba de euskera.

La prueba de euskera consistirá en la evaluación del conocimiento del euskera mediante la realización de las pruebas de acreditación de los perfiles lingüísticos 1, 2 y 3.

Aquellas personas que tengan acreditado alguno de dichos perfiles lingüísticos, o estuvieran en posesión de algunos de los títulos o certificados equivalentes, deberán presentar, con anterioridad a la fecha de celebración de los ejercicios de euskera, los documentos acreditativos de tales títulos o certificados, en las sedes que se indican en el apartado 4.3 de las Bases Generales.

3.3.– Fase de concurso.

La fase de concurso consistirá en el examen y valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, y se efectuará asignando a cada uno de ellos los puntos que le corresponden con arreglo al Baremo de méritos.

4.– Calificación del proceso selectivo.

4.1.– Fase de oposición.

4.1.1.– Primer ejercicio.

El primer ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

La puntuación directa de este ejercicio será el resultado de la siguiente fórmula: puntuación es igual a número de aciertos menos la cuarta parte del número de errores (Puntuación directa = Aciertos - Errores/4), de forma que la máxima puntuación directa alcanzable será de 100 puntos. Las preguntas no contestadas no supondrán penalización alguna.

Para la obtención de la puntuación total de este ejercicio se procederá a dividir la puntuación directa alcanzada entre diez (10), cuyo resultado será la puntuación final correspondiente.

4.1.2.– Segundo ejercicio.

El segundo ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

Para la calificación de este segundo ejercicio se valorará especialmente el mayor grado de sujeción o vinculación a los supuestos planteados, la capacidad de síntesis y análisis, la riqueza de las ideas desarrolladas, así como la claridad y corrección en la exposición de las mismas.

4.2.– Prueba de euskera.

La acreditación de los perfiles lingüísticos se calificará como se indica a continuación, sin que sea posible obtener puntuaciones intermedias:

– Perfil lingüístico 1: 1,45 puntos.

– Perfil lingüístico 2: 2,90 puntos.

– Perfil lingüístico 3 o superior: 4,35 puntos.

4.3.– Fase de concurso.

La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente Baremo de méritos, siendo la puntuación máxima total alcanzable la de nueve (9) puntos:

4.3.1.– Baremo de méritos para el personal del turno libre.

4.3.1.1.– Servicios prestados en las Administraciones Públicas hasta el día de finalización del plazo de presentación de instancias.

La puntuación máxima alcanzable por este apartado será de nueve (9) puntos, valorándose un máximo de 113 meses conforme a los siguientes criterios:

a) En aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco, por servicios prestados en la UPV/EHU en la Escala Técnica de Gestión o equivalente, como funcionario interino o laboral temporal: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 9 puntos.

b) Por servicios prestados en cualquier otra Universidad Pública en la Escala de Técnica de Gestión o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 6 puntos.

c) Por servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas en la Escala Técnica de Gestión o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 4,5 puntos.

El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que puedan reproducirse para el acceso a Escalas diferentes. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, la escala a la que decide vincular el tiempo de servicios prestados.

4.3.1.2.– Titulaciones académicas.

Se valorarán las titulaciones académicas distintas de la alegada para el acceso a la Escala de Técnicos de Gestión, con un máximo de 1 punto, conforme al siguiente baremo:

– Por estar en posesión de alguna de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación B: 0,50 puntos.

– Por estar en posesión de otra de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación A: 1 punto.

4.3.1.3.– Idiomas no oficiales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se valorarán con un máximo de 1,50 puntos, conforme al siguiente baremo:

– Conocimientos de Francés, Inglés o Alemán a nivel de 5.º de la Escuela Oficial de Idiomas: 0,50 puntos por cada idioma.

5.– Acreditación de méritos.

5.1.– Los servicios prestados en la UPV/EHU deberán ser alegados, aunque no deberán ser acreditados por los interesados. Los mismos serán computados de oficio por la Administración, de acuerdo con la opción manifestada por los interesados.

5.2.– El tiempo de servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas será certificado en el modelo que cada una de ellas tenga establecido para tal fin. En todo caso, deberán desglosarse los periodos trabajados especificando el Cuerpo, Escala, Subescala y Clase o Categoría a que se refieren dichos periodos.

5.3.– Los servicios prestados en la Administración General, Foral y Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerarán equivalentes, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas.

5.4.– Las titulaciones se acreditarán mediante fotocopia del título o del documento justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

5.5.– El conocimiento de idiomas se acreditará mediante fotocopia de los títulos exigidos, no realizándose prueba alguna al efecto, y se tomará únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

6.– Calificación final.

6.1.– La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el total del proceso selectivo.

6.2.– Todos los resultados y calificaciones del concurso-oposición serán publicados en los tablones de anuncios de las dependencias reseñadas en el apartado 4.3 de las bases generales.

Asimismo se harán públicos en la dirección electrónica www.ehu.es.

7.– Temario.

1.– La Constitución Española de 1978: principios generales, deberes y derechos fundamentales.

2.– Estatuto de Autonomía del País Vasco: nociones generales. El Título Preliminar: denominación y constitución; el Territorio: concepto, posible integración de otros territorios; sede de las Instituciones Comunes; el euskera; derechos y deberes de los ciudadanos vascos. Competencias del País Vasco. Los poderes del País Vasco: el Parlamento, el Lehendakari, el Gobierno.

3.– La Administración Pública y la norma jurídica. El principio de legalidad. Las potestades de la Administración: regladas y discrecionales. Potestad organizatoria de la Administración. Principios de organización, competencia y jerarquía.

4.– El acto administrativo: producción, contenido, motivación y forma. La eficacia del acto administrativo. Nulidad de pleno derecho, anulabilidad y revocación de los actos administrativos. Silencio administrativo.

5.– El procedimiento administrativo: principios generales. Interesados. Fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

6.– Los recursos administrativos: concepto, clases y requisitos generales. Las reclamaciones previas al ejercicio de la vía judicial. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El recurso contencioso-administrativo: requisitos previos y actos impugnables.

7.– Ley de la Función Pública Vasca: ámbito de aplicación, personal al servicio de las Administraciones Públicas Vascas, las relaciones de puestos de trabajo. Derechos y deberes de los funcionarios.

8.– Régimen de Seguridad Social de los empleados públicos.

9.– El contrato de trabajo: modificación, suspensión y extinción. Modalidades de contratación laboral.

10.– El presupuesto de la UPV/EHU: características y estructura. La ejecución del Presupuesto: operaciones necesarias. Autorización y compromiso del gasto. Documentos contables. Liquidación del Presupuesto y rendición de cuentas. El control presupuestario: control, naturaleza y ámbito de aplicación.

11.– La Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea: su naturaleza y fines. Estructura: Centros docentes, departamentos y Institutos Universitarios.

12.– Estatutos de la UPV/EHU: el Rector y los Vicerrectores. El Gerente y los Vicegerentes. Los Decanos y Directores. Los Departamentos.

13.– Estatutos de la UPV/EHU: el Claustro Universitario: composición y competencias. El Consejo de Gobierno de la UPV/EHU. El Consejo Social: nociones generales.

14.– El Personal de Administración y Servicios de la UPV/EHU.

15.– Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. RD 39/1997, de 17 de enero, Reglamento de los Servicios de Prevención. Desarrollo normativo.

16.– Osalan - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laboral.

17.– Agentes nacionales e internacionales relacionados con la prevención de riesgos laborales. OIT, Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el trabajo, INSHT.

18.– La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de Seguridad y Salud Laboral.

19.– Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

20.– Sistemas de gestión de la prevención de riesgos laborales en la universidad. La integración de la prevención en la Gestión. La asignación de responsabilidades.

21.– La participación de los trabajadores en la prevención de riesgos laborales. Órganos de representación y participación.

22.– Información y formación de los trabajadores. La comunicación en la empresa.

23.– El accidente de trabajo y las enfermedades profesionales.

24.– Características de la empresa, del puesto e individuales.

25.– Riesgos y daños derivados del trabajo. Prevención y Protección.

26.– Concepto y definición de seguridad: Técnicas de seguridad.

27.– Análisis y Evaluación General del Riesgo de Accidente. Investigación de accidentes.

28.– Inspecciones de seguridad y encuestas higiénicas.

29.– Equipos, instalaciones y herramientas. Lugares y espacios de trabajo.

30.– Normas y señalización. Seguridad en máquinas.

31.– Protecciones colectivas e individuales.

32.– Manipulación, almacenamiento y transporte de materiales.

33.– Riesgos eléctricos. Contactos directos e indirectos.

34.– Productos químicos. Residuos Tóxicos Peligrosos.

35.– Incendios. Plan de emergencia y autoprotección.

36.– Toxicología laboral.

37.– Valores de referencia para agentes químicos. Toma de muestra y análisis.

38.– Control de la exposición. Acciones sobre el foco, medio y receptor.

39.– Agentes físicos.

40.– Agentes biológicos.

41.– Gestión de residuos.

42.– Estadística aplicada a la prevención.

ANEXO VI
BASES ESPECÍFICAS

Escala Técnica de Gestión (Área de Investigación)

1.– Plazas convocadas.

Se convocan un total de dos (2) plazas de la Escala Técnica de Gestión – Área de Investigación - de la UPV/EHU, según la siguiente distribución:

Dos (2) plazas por el turno libre con PL 3 de carácter preceptivo.

2.– Requisitos para poder tomar parte en la convocatoria.

Además de los requisitos establecidos en el apartado 3.2 de las bases generales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, la titulación requerida es: Titulación Universitaria Superior en grado de Doctorado.

No obstante lo anterior, la provisión de uno de los puestos en los que se concretan las plazas convocadas exigirá además que la titulación universitaria alegada esté comprendida en el Campo Científico 4 de "Ciencias Sociales y Jurídicas" (*).

(*) Administración y Dirección de Empresas, Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, Ciencias Políticas y de la Administración, Comunicación Audiovisual, Derecho, Economía, Pedagogía, Periodismo, Psicología, Publicidad y Relaciones Públicas, Sociología, Ciencias Actuariales y Financieras, Ciencias del Trabajo, Criminología, Documentación, Investigación y Técnicas de Mercado y Psicopedagogía.

El otro de los puestos exigirá en su provisión el conocimiento del idioma inglés, de conformidad con lo dispuesto en la Base General 1.6.

3.– Ejercicios.

3.1.– La fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.

3.1.1.– Primer ejercicio.

Consistirá en la contestación, por escrito, en el plazo máximo que establezca el Tribunal y que no podrá ser superior a dos horas, a un cuestionario de 100 preguntas con respuestas alternativas. Las preguntas versarán sobre las materias del temario que se adjunta a las presentes bases específicas.

3.1.2.– Segundo ejercicio.

Consistirá en la realización, en el plazo máximo de dos horas y treinta minutos, de dos supuestos de carácter práctico a elegir entre cuatro que plantee el Tribunal, relacionados con la parte específica del temario adjunto.

Durante el desarrollo de este ejercicio los aspirantes únicamente podrán hacer uso de códigos y similares u otros materiales técnicos que determine el Tribunal en atención a la naturaleza y contenido del ejercicio.

3.2.– Prueba de euskera.

La prueba de euskera, de carácter obligatoria y eliminatoria, consistirá en la evaluación del conocimiento del euskera mediante la realización de las pruebas de acreditación del perfil lingüístico 3 o superior.

Aquellas personas que tengan acreditado dicho perfil lingüístico, o estuvieran en posesión de algunos de los títulos o certificados equivalentes, deberán presentar, con anterioridad a la fecha de celebración de los ejercicios de euskera, el documento acreditativo de tal título o certificado, en las sedes que se indican en el apartado 4.3 de las Bases Generales.

3.3.– Fase de concurso.

La fase de concurso consistirá en el examen y valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, y se efectuará asignando a cada uno de ellos los puntos que le corresponden con arreglo al Baremo de méritos.

4.– Calificación del proceso selectivo.

4.1.– Fase de oposición.

4.1.1.– Primer ejercicio.

El primer ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

La puntuación directa de este ejercicio será el resultado de la siguiente fórmula: puntuación es igual a número de aciertos menos la cuarta parte del número de errores (Puntuación directa = Aciertos - Errores/4), de forma que la máxima puntuación directa alcanzable será de 100 puntos. Las preguntas no contestadas no supondrán penalización alguna.

Para la obtención de la puntuación total de este ejercicio se procederá a dividir la puntuación directa alcanzada entre diez (10), cuyo resultado será la puntuación final correspondiente.

4.1.2.– Segundo ejercicio.

El segundo ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la calificación de cinco (5) puntos.

Para la calificación de este segundo ejercicio se valorará especialmente el mayor grado de sujeción o vinculación a los supuestos planteados, la capacidad de síntesis y análisis, la riqueza de las ideas desarrolladas, así como la claridad y corrección en la exposición de las mismas.

4.2.– Prueba de euskera.

Quienes acrediten el correspondiente perfil lingüístico recibirán la calificación de apto, quedando eliminados quienes no obtengan dicha calificación.

4.3.– Fase de concurso.

La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente Baremo de méritos, siendo la puntuación máxima total alcanzable la de nueve (9) puntos:

4.3.1.– Baremo de méritos para el personal del turno libre.

4.3.1.1.– Servicios prestados en las Administraciones Públicas hasta el día de finalización del plazo de presentación de instancias.

La puntuación máxima alcanzable por este apartado será de nueve (9) puntos, valorándose un máximo de 113 meses conforme a los siguientes criterios:

a) En aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco, por servicios prestados en la UPV/EHU en la Escala Técnica de Gestión o equivalente, como funcionario interino o laboral temporal: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 9 puntos.

b) Por servicios prestados en cualquier otra Universidad Pública en la Escala de Técnica de Gestión o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 6 puntos.

c) Por servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas en la Escala Técnica de Gestión o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 4,5 puntos.

El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

El tiempo de servicios prestados se valorará por una sola vez, sin que puedan reproducirse para el acceso a Escalas diferentes. En tal supuesto, el aspirante deberá especificar, en el plazo que se establezca para la alegación y acreditación de méritos, la escala a la que decide vincular el tiempo de servicios prestados.

4.3.1.2.– Titulaciones académicas.

Se valorarán las titulaciones académicas distintas de la alegada para el acceso a la Escala de Técnicos de Gestión (Área de Investigación), con un máximo de 1 punto, conforme al siguiente baremo:

– Por estar en posesión de alguna de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación B: 0,50 puntos.

– Por estar en posesión de otra de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación A: 1 punto.

4.3.1.3.– Idiomas no oficiales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se valorarán con un máximo de 1,50 puntos, conforme al siguiente baremo:

– Conocimientos de Francés, Inglés o Alemán a nivel de 5.º de la Escuela Oficial de Idiomas: 0,50 puntos por cada idioma.

5.– Acreditación de méritos.

5.1.– Los servicios prestados en la UPV/EHU deberán ser alegados, aunque no deberán ser acreditados por los interesados. Los mismos serán computados de oficio por la Administración, de acuerdo con la opción manifestada por los interesados.

5.2.– El tiempo de servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas será certificado en el modelo que cada una de ellas tenga establecido para tal fin. En todo caso, deberán desglosarse los periodos trabajados especificando el Cuerpo, Escala, Subescala y Clase o Categoría a que se refieren dichos periodos.

5.3.– Los servicios prestados en la Administración General, Foral y Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerarán equivalentes, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas.

5.4.– Las titulaciones se acreditarán mediante fotocopia del título o del documento justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

5.5.– El conocimiento de idiomas se acreditará mediante fotocopia de los títulos exigidos, no realizándose prueba alguna al efecto, y se tomará únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

6.– Calificación final.

6.1.– La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el total del proceso selectivo.

6.2.– Todos los resultados y calificaciones del concurso-oposición serán publicados en los tablones de anuncios de las dependencias reseñadas en el apartado 4.3 de las bases generales.

Asimismo se harán públicos en la dirección electrónica www.ehu.es.

7.– Temario.

1.– La Constitución Española de 1978: principios generales, deberes y derechos fundamentales.

2.– Estatuto de Autonomía del País Vasco: nociones generales. El Título Preliminar: denominación y constitución; el Territorio: concepto, posible integración de otros territorios; sede de las Instituciones Comunes; el euskera; derechos y deberes de los ciudadanos vascos. Competencias del País Vasco. Los poderes del País Vasco: el Parlamento, el Lehendakari, el Gobierno.

3.– La Administración Pública y la norma jurídica. El principio de legalidad. Las potestades de la Administración: regladas y discrecionales. Potestad organizatoria de la Administración. Principios de organización, competencia y jerarquía.

4.– Fuentes del Derecho Administrativo: la Ley: concepto y clases. Disposiciones normativas con fuerza de ley: Decretos Leyes y Decretos Legislativos.

5.– El Reglamento. Clases de reglamentos. Fundamentos y límites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. La reserva de ley y la reserva reglamentaria.

6.– La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios informadores. Los órganos de las Administraciones Públicas.

7.– El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia, ejecutoriedad y procedimiento de ejecución. Invalidez, nulidad y anulabilidad del acto administrativo. Convalidación, conservación y conversión. Revocación y rectificación de errores. La suspensión.

8.– El procedimiento administrativo general: iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución. Los procedimientos especiales. El silencio administrativo.

9.– Los recursos administrativos: concepto, clases y requisitos generales. Las reclamaciones previas al ejercicio de la vía judicial. La revisión de oficio y en vía administrativa.

10.– La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El recurso contencioso-administrativo: capacidad procesal, legitimación, representación y defensa; requisitos previos y actos impugnables.

11.– Los contratos administrativos: características y clases; elementos: sujeto, objeto, causa y forma. Principios básicos de la Ley de Contratos del estado. Formas de adjudicación. Perfeccionamiento y formalización.

12.– El contrato de trabajo: modificación, suspensión y extinción. Modalidades de contratación laboral.

13.– La responsabilidad de las administraciones públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio.

14.– Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas: Ley 6/1989 de la Función Pública Vasca y Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

15.– Derechos y deberes de los funcionarios, carrera administrativa, retribuciones y situaciones administrativas: nociones generales: régimen disciplinario de los funcionarios: nociones generales. Normalización lingüística.

16.– Régimen de Seguridad Social de los empleados públicos.

17.– El presupuesto: concepto, naturaleza y clases. Principios inspiradores. Las técnicas presupuestarias.

18.– La ley anual de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El ciclo presupuestario. Preparación y aprobación. El presupuesto de la UPV/EHU: características y estructura.

19.– El gasto público: concepto y clases. Los ingresos públicos: concepto y clases; tasas y precios públicos y privados; ingresos de la UPV/EHU.

20.– La ejecución del Presupuesto: operaciones necesarias. Autorización y compromiso del gasto. Reconocimiento de las obligaciones. Ordenación del gasto y del pago. Documentos contables.

21.– La Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco y la Ley 6/2001, de Universidades: idea general de su contenido. La autonomía universitaria.

22.– La Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea: su naturaleza y fines. Estructura: Centros docentes, departamentos y Institutos Universitarios.

23.– Estatutos de la UPV/EHU: Órganos de gobierno. El Consejo Social. El Claustro Universitario. El Consejo de Gobierno. La Junta de Campus. Estructura de los servicios administrativos.

24.– Órganos de gobierno de los Centros docentes y de los Departamentos universitarios. Reglamento marco de Departamentos.

25.– El profesorado universitario: clases y régimen jurídico. Selección, derechos y deberes. Retribuciones y régimen de incompatibilidades. Regulación de las condiciones de trabajo del profesorado de la UPV/EHU.

26.– El personal de administración y servicios de la UPV/EHU. Estatutos, Convenio y Acuerdo.

27.– La gestión de la actividad investigadora en la Universidad. Régimen de Conciertos y Convenios de la Universidad con otras instituciones y entidades en materia de investigación de conformidad con la legislación vigente.

28.– Estructura y contenido del Plan Nacional de I+D.

29.– Séptimo Programa Marco de investigación de la UE.

30.– Plan Vasco de Ciencia y Tecnología: Principales programas.

31.– Investigación Estratégica en Euskadi. Instrumentos de Gestión y entidades coordinadoras.

32.– Programa Consolider-ingenio 2010, Ciber.

33.– Convocatorias de Proyectos de Investigación: convocatorias, gestión administrativa, plazos.

34.– Convocatorias de Desarrollo Tecnológico: Profit, Petri, Cenit.

35.– Grupos de Investigación universitarios: Objeto, Convocatorias, Modalidades.

36.– Estatuto de Personal de Investigación en Formación. Normativa general y aplicación en la UPV/EHU.

37.– Nuevas formas de incorporación de doctores a los centros de investigación: Programas Ramón y Cajal, Juan de la Cierva y Torres Quevedo.

38.– Personal investigador. Figuras existentes y forma de contratación en la UPV/EHU (Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades).

39.– Gestión Económica de proyectos de investigación: adjudicación de ayudas y justificación de gastos.

40.– Presentación de resultados. Análisis. Tipos, tratamiento de resultados y comparativas. Creación de tablas en Excel, Word u otras aplicaciones. Obtención de indicadores. Elaboración de informes.


Análisis documental