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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 90, viernes 11 de mayo de 2007


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Disposiciones Generales

Hacienda y Administración Pública
Educación, Universidades e Investigación
2661

DECRETO 65/2007, de 24 de abril, por el que se habilitan créditos en el Programa 4221 Educación Infantil y Primaria por ingresos obtenidos en el Programa 9211, Relaciones Financieras con el Sector Público Español, del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2007, por importe de 61.467,41 euros.

Se han obtenido ingresos adicionales procedentes del Ministerio de Educación y Ciencia, por importe de 61.467,41 euros para financiar el desarrollo de las actividades de Escuelas Viajeras.

Estos fondos contribuyen a financiar el coste de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y alumnas que visitan el País Vasco, así como el coste del desplazamiento de los grupos del País Vasco que viajan a otras Comunidades Autónomas.

Por tal motivo se procede a su habilitación, de conformidad con lo establecido en los artículos 82 y 83 del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de setiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 24 de abril de 2007,

DISPONGO:

Artículo único.– Aprobar en el Presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2007 una habilitación de créditos en el siguiente estado de gastos:

Programa Subconcepto Euros

4221 238.82 54.116,41

4221 454.99 7.351,00

Total 61.467,41

Este crédito se genera por la obtención de ingresos por el mismo importe en el siguiente estado de ingresos:

Programa Subconcepto Euros

9211 431.00 61.467,41

Los fondos se destinarán a la financiación del desarrollo de las actividades de Escuelas Viajeras.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 24 de abril de 2007.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN.

El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,

JOSÉ ANTONIO CAMPOS GRANADOS.


Análisis documental