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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 39, viernes 23 de febrero de 2007


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Otras Disposiciones

Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
1193

DECRETO 23/2007, de 13 de febrero, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Ayuntamiento de Zierbena, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de urbanización del barrio Kardeo.

La Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Zierbena, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de mayo de 2003, acordó iniciar el expediente de expropiación forzosa para la ocupación de los bienes y derechos afectados incluidos en el "Proyecto de urbanización del barrio Kardeo", sometiéndose además a información pública, la relación de bienes y derechos afectados por el mismo. Posteriormente, en fecha 16 de junio de 2006 el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria solicita al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado un escrito de alegación, que ha sido resueltos según consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

– La zona de actuación es toda el área que rodea el vial del barrio Kardeo, via perimetral totalmente desconformada, con anchos variables y sin ningún tipo de acabado.

– Existen viviendas que se encuentran con accesos sin resolver, carecen de equipamiento y las instalaciones son muy deficientes.

Por todo lo expuesto, se considera necesario y urgente proceder a ocupar los terrenos afectados por el expediente expropiatorio a la mayor brevedad posible.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 13 de febrero de 2007,

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Ayuntamiento de Zierbena, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la ejecución del proyecto de urbanización del barrio Kardeo.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 13 de febrero de 2007.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Medio Ambiente

y Ordenación del Territorio,

ESTHER LARRAÑAGA GALDOS.


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