Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 30, lunes 12 de febrero de 2007


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Disposiciones Generales

Consejo de Relaciones Laborales
897

ACUERDO de 28 de diciembre de 2006, del Pleno del Consejo de Relaciones Laborales, por el que se anulan los Acuerdos de 30 de marzo de 2004 por el que se por el que se crean los ficheros de datos de carácter personal del Consejo de Relaciones Laborales y su posterior modificación de 27 de junio de 2006, y se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Consejo de Relaciones Laborales.

Tomás Arrieta Heras, Secretario General del Consejo de Relaciones Laborales,

CERTIFICO:

Que el Pleno del Consejo de Relaciones Laborales en su reunión de 28 de diciembre de 2006 adoptó el siguiente acuerdo:

Acuerdo de 28 de diciembre de 2006, del Pleno del Consejo de Relaciones Laborales, por el que se anulan los Acuerdos de 30 de marzo de 2004 por el que se por el que se crean los ficheros de datos de carácter personal del Consejo de Relaciones Laborales y su posterior modificación de 27 de junio de 2006, y se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Consejo de Relaciones Laborales.

Con fecha 30 de marzo de 2004 el Pleno del Consejo de Relaciones Laborales, acordó la creación de los ficheros de datos de carácter personal de este Consejo. Con posterioridad, el 27 de junio de 2006, fue necesario hacer una modificación de este acuerdo que afectaba a dos ficheros. Toda vez que en la actualidad es necesario llevar a cabo una nueva modificación que afecta a la totalidad de los ficheros creados y con el objeto de no crear confusión en cuanto a su regulación, parece razonable hacer un texto único que incluya todas las modificaciones.

De conformidad con lo establecido en el artículo 4.2 de la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos, el acuerdo o disposición por la que se creen, modifiquen o supriman ficheros de carácter personal de administraciones, instituciones o corporaciones incluidas dentro del ámbito de aplicación de dicha Ley deberá contener todas las disposiciones exigidas por la legislación en vigor y se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal establece en su artículo 20 el contenido de las disposiciones de creación, modificación o supresión de los ficheros de las administraciones públicas.

En virtud de todo lo anterior, el Pleno del Consejo de Relaciones Laborales, en su sesión del día 28 de diciembre de 2006,

DISPONE:

Primero.– La anulación de los acuerdos referentes a la creación de los ficheros de datos de carácter personal del Consejo de Relaciones Laborales de 30 de marzo de 2004 y su modificación de 27 de junio de 2006.

Segundo.– La creación de los siguientes ficheros de datos de carácter personal:

1.– Fichero de gestión de nóminas, seguros sociales y recursos humanos.

2.– Fichero de gestión contable.

3.– Fichero de marketing.

4.– Fichero de gestión documental.

5.– Fichero de procedimientos Preco.

6.– Fichero de gestión de usuarios Preco.

Dichos ficheros se describen, en los términos establecidos en el artículo 20.2 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, en el anexo siguiente.

Tercero.– La notificación del presente acuerdo a la Agencia Vasca de Protección de Datos, mediante el procedimiento normalizado establecido al efecto, con el fin de su inscripción en el Registro de Protección de datos de la AVPD y su posterior integración en el registro de la Agencia Española de Protección de Datos.

ANEXO

1.– Fichero de gestión de nóminas, seguros sociales y recursos humanos.

a) Finalidad del fichero y usos previstos para él:

Gestión de nóminas, seguros sociales y personal.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Personal del Consejo.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Los datos recogidos proceden del propio interesado.

La recogida de los datos se realiza mediante formularios y el soporte utilizado para su obtención es el soporte papel.

d) Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos: salud, recabado con consentimiento expreso y por escrito del afectado.

Datos de carácter identificativo: DNI, NIF, nombre y apellidos, dirección y teléfono.

Datos de características personales: estado civil, edad, sexo.

Datos académicos y profesionales: formación, titulación.

Datos de detalles de empleo: profesión, puesto de trabajo.

Datos económicos-financieros: datos económicos de nómina.

e) Cesión de datos. Se prevé la cesión de estos datos a:

– Hacienda Foral de Bizkaia.

– Tesorería General de la Seguridad Social.

– Itzarri EPSV.

f) Órganos de las Administraciones responsables del fichero:

Consejo de Relaciones Laborales.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Consejo de Relaciones Laborales, «Responsable de Seguridad», Alameda Urquijo, n.º 2 - 48008 Bilbao.

h) Medidas de seguridad adoptadas:

Las medidas de seguridad adoptadas son de nivel alto.

2.– Fichero de Gestión Contable.

a) Finalidad del fichero y usos previstos para él:

Gestión económica, contable, fiscal, administrativa y de facturación.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Profesionales intervinientes en la tramitación de los procedimientos de mediación y conciliación y proveedores.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Los datos recogidos proceden del propio interesado.

La recogida de los datos se realiza mediante formularios y el soporte utilizado para su obtención es el soporte papel.

d) Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos de carácter identificativo: DNI, NIF, nombre y apellidos, dirección y teléfono.

e) Cesión de datos. Se prevé la cesión de estos datos a:

– Hacienda Foral de Bizkaia.

f) Órganos de las administraciones responsables del fichero:

Consejo de Relaciones Laborales.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Consejo de Relaciones Laborales, «Responsable de Seguridad», Alameda Urquijo, n.º 2 - 48008 Bilbao.

h) Medidas de seguridad adoptadas:

Las medidas de seguridad adoptadas son de nivel básico.

3.– Fichero de marketing.

a) Finalidad del fichero y usos previstos para él:

Tramitación y gestión de correspondencia, recopilación de direcciones.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Sujetos a los que puede interesar la actividad del Consejo.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Los datos recogidos proceden del propio interesado o de su representante legal y de fuentes accesibles al público (diarios, boletines oficiales y medios de comunicación).

En el primer supuesto la recogida de los datos se realiza telefónicamente o mediante correo electrónico.

d) Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos: representación estatutaria de organizaciones sindicales y organizaciones empresariales, en cuanto pueda sobrentenderse la afiliación a la organización correspondiente, recabada con consentimiento expreso y por escrito del afectado.

Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, dirección y teléfono.

Datos de detalles de empleo: profesión, puesto de trabajo.

Datos académicos y profesionales: pertenencia a asociaciones profesionales.

e) Cesión de datos. No se prevé la cesión de estos datos.

f) Órganos de las administraciones responsables del fichero:

Consejo de Relaciones Laborales.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Consejo de Relaciones Laborales, «Responsable de Seguridad», Alameda Urquijo, n.º 2 - 48008 Bilbao.

h) Medidas de seguridad adoptadas con indicación del nivel básico, medio o alto exigible:

Las medidas de seguridad adoptadas son de nivel alto.

4.– Fichero de gestión documental.

a) Finalidad del fichero y usos previstos para él:

Gestión documental de procedimientos internos de actuación del Consejo.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Sujetos relacionados con la actividad del Consejo.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Los datos recogidos proceden del propio interesado o de su representante legal y de fuentes accesibles al público (diarios, boletines oficiales y medios de comunicación).

d) Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos: representación estatutaria de organizaciones sindicales y organizaciones empresariales, en cuanto pueda sobrentenderse la afiliación a la organización correspondiente, recabada con consentimiento expreso y por escrito del afectado.

Datos de carácter identificativo: DNI, NIF, nombre y apellidos, dirección y teléfono.

Datos de detalles de empleo: profesión, puesto de trabajo.

e) Cesión de datos. No se prevé la cesión de estos datos.

f) Órganos de las administraciones responsables del fichero:

Consejo de Relaciones Laborales.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Consejo de Relaciones Laborales, «Responsable de Seguridad», Alameda Urquijo, n.º 2 - 48008 Bilbao.

h) Medidas de seguridad adoptadas con indicación del nivel básico, medio o alto exigible:

Las medidas de seguridad adoptadas son de nivel alto.

5.– Fichero de procedimientos Preco.

a) Finalidad del fichero y usos previstos para él:

Tramitación y gestión interna de procedimientos de mediación y conciliación.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Sujetos intervinientes en la tramitación de los procedimientos de mediación y conciliación.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Los datos recogidos proceden del propio interesado o de su representante legal.

La recogida de los datos se realiza mediante formularios o actas y el soporte utilizado para su obtención es el soporte papel.

d) Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos: representación estatutaria de organizaciones sindicales, secciones sindicales y organizaciones empresariales, en cuanto pueda sobreentenderse la afiliación a la organización correspondiente, recabada con consentimiento expreso y por escrito del afectado.

Datos de carácter identificativo: DNI, NIF, nombre y apellidos, dirección y teléfono.

Datos de detalles de empleo: profesión, puesto de trabajo.

Datos de transacciones: servicios suministrados por el afectado.

e) Cesión de datos. No se prevé la cesión de estos datos.

f) Órganos de las administraciones responsables del fichero:

Consejo de Relaciones Laborales.

Hostalia Internet, S.A. (encargada de tratamiento). La aplicación se encuentra albergada en las instalaciones de dicha empresa, dedicada a la prestación de servicios informáticos.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Consejo de Relaciones Laborales, «Responsable de Seguridad», Alameda Urquijo, n.º 2 - 48008 Bilbao.

h) Medidas de seguridad adoptadas:

Las medidas de seguridad adoptadas son de nivel alto.

6.– Fichero de gestión de usuarios Preco.

a) Finalidad del fichero y usos previstos para él:

Gestión de usuarios de la aplicación informática Preco.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Sujetos autorizados para el acceso a la aplicación informática del Preco.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Los datos recogidos proceden de otros ficheros.

La recogida de los datos se realiza mediante el acceso a la aplicación y el soporte utilizado para su obtención es el soporte informático.

d) Estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos: representación estatutaria de organizaciones sindicales, secciones sindicales y organizaciones empresariales, en cuanto pueda sobreentenderse la afiliación a la organización correspondiente, recabada con consentimiento expreso y por escrito del afectado.

Datos de carácter identificativo: DNI, NIF, nombre y apellidos, clave de acceso.

e) Cesión de datos. No se prevé la cesión de estos datos.

f) Órganos de las administraciones responsables del fichero:

Consejo de Relaciones Laborales.

Hostalia Internet, S.A. (encargada de tratamiento). La aplicación se encuentra albergada en las instalaciones de dicha empresa, dedicada a la prestación de servicios informáticos.

g) Servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Consejo de Relaciones Laborales, «Responsable de Seguridad», Alameda Urquijo, n.º 2 - 48008 Bilbao.

h) Medidas de seguridad adoptadas:

Las medidas de seguridad adoptadas son de nivel alto.

Y para que conste donde sea preciso y surtan los efectos oportunos, firmo la presente certificación en Bilbao, a diecisiete de enero de dos mil siete.

El Secretario General,

TOMÁS ARRIETA HERAS.


Análisis documental