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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 212, martes 7 de noviembre de 2006


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Autoridades y Personal

Educación, Universidades e Investigación
5505

ORDEN de 24 de octubre de 2006, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se anuncian convocatorias para la provisión de puestos de trabajo en Centros públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial, Educación de Personas Adultas y aulas de aprendizaje de tareas en Centros públicos de Enseñanzas Medias.

La disposición adicional sexta, apartado 3, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y el Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, establece que las Administraciones Públicas educativas competentes convocarán concursos de traslados de ámbito nacional de manera coordinada de forma que los/as interesados/as puedan participar en todas ellas con un solo acto y que de la resolución de los mismos no pueda obtenerse más que un único destino en un mismo Cuerpo.

En aplicación de lo anterior en estas convocatorias se proveerán los puestos vacantes, que en su momento determinará el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, señalados en el artículo 8 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, modificado por el Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, los puestos de Educación de Personas Adultas, el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria y los puestos en aulas de aprendizaje de tareas en Centros públicos de Enseñanzas Medias.

Igualmente y al amparo del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, se convocan los procesos previos al concurso a fin de atender a la cobertura de vacantes en los puestos señalados.

En su virtud, de acuerdo con lo previsto en las normas citadas este Departamento de Educación, Universidades e Investigación ha dispuesto anunciar las siguientes

CONVOCATORIAS:

1.– Convocatoria para que las maestras víctimas de violencia de género, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género puedan podrán ejercer un derecho preferente a las plazas vacantes existentes en los centros de las localidades que la interesada expresamente solicite.

2.– Convocatoria para que los/as Maestros/as con destino definitivo en un Centro, afectados por la supresión o modificación del puesto de trabajo que venían desempeñando y los/as adscritos/as a un puesto para el que no están habilitados/as, según lo dispuesto en los artículos 6 y 17 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, modificado por el Real Decreto 1664/1991, de 8 de noviembre, puedan solicitar la adscripción a otro puesto del mismo Centro.

3.– Convocatoria para que los/as Maestros/as que se encuentren en alguno de los supuestos a que alude el artículo 18 del Real Decreto 895/1989, modificado por Real Decreto 1664/1991, de 8 de noviembre y derogado parcialmente en el apartado e) por Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, y aquellos/as que se contemplan en la disposición adicional décima del Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, puedan ejercer el derecho preferente u obtener destino en una localidad o zona determinada.

4.– Convocatoria del concurso de traslados de ámbito nacional previsto en los artículos 1 del Real Decreto 2112/ 1998, de 2 de octubre y 23 de la Ley 2/1993, de 19 de febrero de Cuerpos Docentes de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En todas estas convocatorias se proveerán los puestos vacantes que en su momento se determinen. La Disposición Transitoria primera de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación, en aplicación de la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General de Sistema Educativo, establece la reserva de un porcentaje suficiente de vacantes en el primer Ciclo de Educación Secundaria Obligatoria para los funcionarios/as del Cuerpo de Maestros/as. De conformidad con ello y de acuerdo con las necesidades derivadas de la planificación educativa, se ofertarán vacantes a los funcionarios/as del cuerpo de Maestros/as que a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, estén adscritos con carácter definitivo.

1.– Convocatoria de Maestras Víctimas
de Violencia de Género.

Aquellas maestras que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, acrediten su condición de víctimas de violencia de género, podrán ejercer un derecho preferente a las plazas vacantes existentes en los centros de las localidades que la interesada expresamente solicite.

Las participantes de esta convocatoria, deberán acreditar su condición de víctima de violencia de género mediante la presentación de una copia de la orden de protección a favor de la víctima y, excepcionalmente, como título de acreditación de esta situación, el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género hasta tanto se dicte la orden de protección.

En consecuencia, podrán solicitar dichos centros, según sus preferencias, en el lugar señalado al efecto en la instancia. Serán válidas para consignar dichos centros en la solicitud las previsiones citadas en las normas vigésimo primera a vigésimo tercera de las comunes a todas las convocatorias.

Aquellas participantes que hagan uso de este derecho preferente por su condición de víctimas de violencia de género y aún no han obtenido su primer destino definitivo en el ámbito de esta comunidad autónoma, no tendrán posibilidad de obtener un destino definitivo fuera del ámbito de gestión del Departamento de Educación, Universidades e Investigación. En consecuencia, de no obtener ninguno de los destinos solicitados en virtud de este derecho deberán participar en la convocatoria con carácter forzoso a efectos de obtener su primer destino definitivo, al igual que el resto los/as participantes por esta modalidad de participación.

La resolución de esta convocatoria se hará con antelación al resto de convocatorias entre todas las Administraciones educativas, en el lugar y fecha que se determine.

En el caso de concurrencia de varias aspirantes con le mismo derecho sobre una misma vacante, la prioridad se determinará por la mayor puntuación obtenida en aplicación del baremo de méritos y siendo imprescindible estar habilitado/a para su desempeño y el resto de condiciones y requisitos establecidos en las diferentes convocatorias.

2.– Convocatoria de Readscripción en el Centro.

Convocatoria para que los/as Maestros/as con destino definitivo en un Centro, afectados/as por supresión o modificación del puesto de trabajo que venían desempeñando y los/as adscritos/as a un puesto para el que no están habilitados, según lo dispuesto en los artículos 6 y 17 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, modificado por el Real Decreto 1664/1991, de 8 de noviembre, puedan solicitar la adscripción a otro puesto del mismo Centro.

Se regirá por las siguientes bases:

I.– Participantes.

Primera.– a) Pueden participar en esta convocatoria los/as funcionario/a s/as de carrera del Cuerpo de Maestros dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación afectados/as por la supresión o modificación del puesto de trabajo que venían desempeñando con carácter definitivo.

b) Participarán de forma voluntaria en el proceso de readscripción previsto en la disposición final segunda bis del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, de conformidad con lo prevenido en la disposición adicional décima del Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre (BOE del 6 de octubre), los/as Maestros/as dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación que, en virtud de las adscripciones convocadas por Órdenes del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, obtuvieron un puesto de trabajo para el que no están habilitados/as, relacionando en su petición todos los puestos del centro para los que estén habilitados/as y cumplan el requisito de perfil lingüístico.

Segunda.– Quedan excluidos/as de la participación en esta convocatoria aquellos/as Maestros/as que, con posterioridad a la pérdida del puesto de trabajo o a la adscripción convocada por las Ordenes anteriormente citadas, obtuvieron otro destino definitivo por cualquiera de los sistemas de provisión establecidos.

II.– Prioridades.

Tercera.– La prioridad en la obtención de destino vendrá dada por el supuesto en que se encuentran comprendidos/as, según el orden de prelación en que quedan relacionados/as en la norma primera de la base I.

Cuarta.– Cuando existan varios Maestros/as dentro de un mismo supuesto, la prioridad entre ellos/as se determinará por la mayor antigüedad como definitivo en el Centro. A estos efectos se computará, como antigüedad en el Centro, el tiempo de permanencia en comisión de servicios, servicios especiales y otras situaciones administrativas que no hayan supuesto pérdida de destino definitivo.

Los/as Maestros/as que tengan destino en un Centro por desglose o traslado total o parcial de otro contarán, a efectos de antigüedad como propietarios definitivos en el mismo, la referida a su Centro de origen. Igual tratamiento se dará a los/as Maestros/as cuyo destino inmediatamente anterior les fue suprimido. Para el caso de Maestros/as afectados/as por supresiones consecutivas de puestos de trabajo, esa acumulación comprenderá los servicios prestados con carácter definitivo en los Centros que, sucesivamente, les fueron suprimidos.

Quinta.– En caso de igualdad en la antigüedad decidirá el mayor número de años de servicios efectivos como funcionario/a /a de carrera del Cuerpo de Maestros y, en último término, la promoción de ingreso más antigua y, dentro de ésta, la mayor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo a través del que ingresó en el Cuerpo de Maestros.

III.– Solicitudes.

Sexta.– Los/as que deseen participar en esta convocatoria habrán de cumplimentar instancia, conforme al modelo oficial, que les será facilitada a los/as interesados/as en las Delegaciones Territoriales de Educación, así como en la dirección de internet: www.hezkuntza.ejgv.net. En estos casos, deberán presentar la solicitud en las citadas Delegaciones junto con el resto de los méritos requeridos. Asimismo, podrán efectuar la solicitud en la dirección de internet www.irakasle.net, sin necesidad de su registro en las Delegaciones (por este método sólo podrán cumplimentar la instancia los funcionarios/as del cuerpo de Maestros dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del País vasco que, a la fecha de publicación de la presente convocatoria, dispongan de las claves de acceso al sistema). No obstante, sí deberán presentar igualmente en las Delegaciones la documentación acreditativa de los méritos requeridos.

Podrán incluir en sus peticiones cualquier puesto del Centro, siendo imprescindible estar habilitado/a para su desempeño y tener acreditado, en su caso, el perfil lingüístico correspondiente.

3.– Convocatoria de Derecho Preferente.

Convocatoria para que los/as Maestros/as que se encuentren en alguno de los supuestos a que alude el artículo 18 del Real Decreto 895/1989, modificado por la disposición derogatoria primera del Real Decreto 1774/1994, de 5 de agosto, modificado por el Real Decreto 1664/1991, de 8 de noviembre y derogado parcialmente en el apartado e) por Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, y aquellos que se contemplan en la disposición adicional décima del Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, puedan ejercer el derecho preferente a obtener destino en una localidad o zona determinada.

Se regirá por las siguientes bases:

I.– Participantes.

Primera.– Podrán participar en esta convocatoria y tendrán derecho preferente, por una sola vez y con ocasión de vacante, a obtener destino en una localidad determinada, los/as funcionario/a s/as de carrera del Cuerpo de Maestros dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación que se encuentren en alguno de los supuestos que a continuación se indican:

a) Los/as que, en virtud de resolución administrativa firme, tengan reconocido el derecho a obtener destino en una localidad o recuperarlo donde anteriormente lo desempeñaron.

b) Los/as Maestros/as a quienes se les hubiere suprimido el puesto de trabajo que desempeñaban con carácter definitivo en la misma localidad. Entre los casos de supresión se comprenderá el de transformación del puesto de trabajo cuando el titular no reúna los requisitos específicos establecidos en los artículos 6 y 17 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, modificado por el Real Decreto 1664/1991, de 8 de noviembre, para el desempeño del mismo.

c) Los/as Maestros/as de Centros públicos españoles en el extranjero que hayan cesado en los mismos por el transcurso del tiempo para el que fueron adscritos y a quienes el Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, reconoce el derecho a ocupar, a su retorno a España, un puesto de trabajo en la localidad en la que tuvieran su destino definitivo en el momento de producirse su nombramiento.

Los/as Maestros/as que se encuentren comprendidos/as en cualquiera de los apartados de esta norma podrán ejercitar este derecho en la localidad de la que les dimana el mismo y/o en cualquiera de las localidades comprendidas en el ámbito de la zona en el orden de petición de localidades, especialidades y perfil lingüístico que el/la solicitante determine.

Previamente a la resolución del concurso se les reservará localidad, especialidad y perfil lingüístico atendiendo al orden de prelación señalado por los/las participantes.

Segunda.– Serán condiciones previas, en todos los supuestos anteriores, para ejercer el derecho preferente:

a) Que el derecho a destino en localidad o zona se fundamente en nombramiento realizado directamente para la misma, mediante procedimiento normal de provisión.

b) Que exista puesto de trabajo vacante o resulta en la localidad o localidades de la zona de que se trate, siempre que se estuviese legitimado/a para su desempeño.

Tercera.– Los/as Maestros/as a que se refiere la norma primera de la presente base, si desean hacer uso de este derecho preferente, y hasta que alcancen el mismo, deberán acudir a todas las convocatorias que, a estos efectos, realice el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, solicitando todos los centros y especialidades para las que estén facultados de la correspondiente localidad o localidades de la zona, pues, en caso contrario, de existir vacante o resulta a la que hubieran podido tener acceso, se les considerará decaídos/as en su derecho. Todo ello sin perjuicio de lo que, con referencia a estos/as Maestros/as, se dispone en el Real Decreto 895/1989, de 14 de julio modificado por el Real Decreto 1664/1991, de 8 de noviembre.

Cuarta.– Los/as Maestros/as que aún permanezcan en plazas para las que no cuenten con la preceptiva habilitación, de conformidad con la disposición adicional décima del Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, tendrán derecho preferente a obtener destino en la localidad o la zona a la que pertenece el centro del que son definitivos/as, siendo incluidos/as dentro de las preferencias establecidas en el artículo 18 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, modificado por el Real Decreto 1664/1991, de 8 de noviembre, en el grupo b) de aquel precepto. Tal derecho lo ejercerán con sujeción a lo que se establece en las bases primera, segunda y tercera de esta convocatoria.

En todo caso, deberán ejercitar este derecho obligatoriamente en la localidad en la que radique el centro en el que son definitivos/as, pudiendo extender su petición a cualquier otra u otras localidades de la zona.

Los/as Maestros/as que hagan uso de este derecho preferente deberán atenerse, al formular su solicitud, a lo previsto en la base séptima de esta convocatoria, y la prioridad para hacerlo efectivo vendrá dada por lo dispuesto en las bases quinta y sexta que a continuación se establecen, siendo la puntuación aplicable, según baremo, aquella que corresponde a su condición de propietario/a definitivo/a del destino desde el que participa en esta convocatoria.

II.– Prioridades.

Quinta.– La prioridad para hacer efectivo el derecho preferente a una localidad o zona determinada vendrá dada por el supuesto en que se encuentren comprendidos/as, según el orden de prelación en que van relacionados/as en la norma primera, en concordancia con la cuarta, de la base I de esta convocatoria.

Cuando existan varios/as Maestros/as dentro de un mismo supuesto, la prioridad entre ellos/as se determinará por la mayor puntuación derivada de la aplicación del baremo.

Sexta.– Obtenidas localidad, especialidad y perfil lingüístico como consecuencia del derecho preferente, el destino a Centro concreto lo alcanzarán en concurrencia con los/as participantes en el concurso de ámbito nacional previsto en el artículo 1 del Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, y cuya convocatoria se anuncia con el número 4 de la presente Orden, determinándose su prioridad de acuerdo con el baremo establecido.

III.– Solicitudes.

Séptima.– El derecho preferente debe ejercitarse necesariamente a la localidad de la que dimana el mismo y, en su caso, a otra u otras localidades de la zona, por todas las especialidades para las que se está habilitado/a; además con carácter optativo, pueden ejercerlo para las especialidades correspondientes al primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria, de la Educación de Personas Adultas, y de Pedagogía Terapéutica en Aulas de Aprendizaje de Tareas en Centros Públicos de Enseñanzas Medias, de la misma localidad o localidades de la zona; a estos efectos deberán cumplimentar instancia, conforme al modelo oficial, que será facilitada a los/as interesados/as en las Delegaciones Territoriales de Educación, así como en la dirección de internet: www.hezkuntza.ejgv.net. En estos casos, deberán presentar la solicitud en las citadas Delegaciones junto con el resto de los méritos requeridos. Asimismo, podrán efectuar la solicitud en la dirección de internet www.irakasle.net, sin necesidad de su registro en las Delegaciones (por este método sólo podrán cumplimentar la instancia los funcionarios/as del cuerpo de Maestros dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del País vasco que, a la fecha de publicación de la presente convocatoria, dispongan de las claves de acceso al sistema). No obstante, sí deberán presentar igualmente en las Delegaciones la documentación acreditativa de los méritos requeridos.

En ella deberán consignar en el lugar correspondiente según las instrucciones que a la misma se acompañan, el código de la localidad de la que les dimana el derecho y, en caso de pedir otra u otras localidades habrán de consignar el código de la zona en la que solicitan ejercer el derecho. Asimismo cumplimentarán por orden de preferencia todas las especialidades y perfiles lingüísticos para los que estén habilitados/as; de solicitar especialidades correspondientes al primer ciclo de la ESO, deberán reseñar las mismas. Esta preferencia será tenida en cuenta a efectos de reserva de localidad, especialidad y perfil lingüístico-fecha de preceptividad.

Para la obtención de centro concreto deberá relacionar, según sus preferencias, en el lugar señalado al efecto en la instancia todos los Centros de la localidad de la que les procede el derecho y, en su caso, todos los Centros de las localidades que desee de la zona; de pedir localidad será destinado a cualquier Centro de la misma en que existan vacantes; de pedir Centros concretos deberán ir agrupados por bloques homogéneos de localidades. De no solicitar todos los Centros de la localidad de la que les dimana el derecho, y todos los Centros de la localidad o localidades que opcionalmente ha solicitado, caso de existir vacante en alguno de ellos se les destinará libremente por la Administración.

A la instancia se acompañará, en el caso de aquéllos/as que ejerzan el derecho preferente en virtud de resolución administrativa firme, además de la documentación relacionada en la norma vigésimo cuarta de las normas comunes a las convocatorias, copia del documento que acredite su derecho a ejercer el derecho preferente a una localidad o zona determinada.

4.– Convocatoria de Concurso de Ámbito Nacional.

Convocatoria del concurso de ámbito nacional previsto en el artículo 1 del Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre.

Se regirá por las siguientes bases:

I.– Características.

Primera.– El concurso consistirá en la provisión de puestos en centros, por especialidades y perfiles lingüísticos.

II.– Participantes.

Segunda.– Podrán tomar parte en el concurso los/as funcionario/a s/as de carrera del Cuerpo de Maestros con destino en el ámbito de gestión del Departamento de Educación, Universidades e Investigación que se encuentren en cualquier situación administrativa, excepto los suspensos mientras permanezcan en dicha situación.

Los/as Maestros/as que desempeñen destino con carácter definitivo podrán participar siempre que a la finalización del presente curso escolar hayan transcurrido al menos dos años desde la toma de posesión del último destino.

Los/as funcionario/a s/as del Cuerpo de Maestros que se encuentren en la situación de excedencia voluntaria por interés particular, así como los suspensos, que, en ambos casos, cuando accedieron a dichas situaciones tuvieran destino en el ámbito de gestión del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, podrán participar siempre que al finalizar el presente curso escolar hayan transcurrido los dos años desde que pasaron a aquella situación o el tiempo de duración de la sanción disciplinaria, respectivamente.

Los/as excedentes voluntarios/as, además, deben reunir las condiciones para reingresar al servicio activo.

Tercera.– Están obligados/as a participar en el concurso aquellos/as Maestros/as con destino provisional en la Comunidad Autónoma del País Vasco que carezcan de destino definitivo a consecuencia de:

1.– Resolución firme de expediente disciplinario.

2.– Cumplimiento de sentencia o resolución de recurso.

3.– Supresión del puesto de trabajo que desempeñaban con carácter definitivo.

4.– Reingreso con destino provisional.

5.– Excedencia forzosa.

6.– Suspensión de funciones, una vez cumplida la sanción.

7.– Causas análogas que hayan implicado la pérdida del puesto de trabajo que desempeñaban con carácter definitivo; entre otras el transcurso del tiempo para el que fueron adscritos/as a puestos docentes en el extranjero.

Cuarta.– Asimismo están obligados/as a participar en este concurso los/as provisionales dependientes de Departamento de Educación, Universidades e Investigación, que, estando en servicio activo, nunca han obtenido destino definitivo.

Quinta.– Los/as Maestros/as comprendidos/as en los supuestos a que hacen referencia los números 1 y 4 de la norma tercera y aquellos/as a los/as que alude la norma cuarta de la presente base que no participen en el concurso serán destinados/as, de existir vacantes, por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, a puesto de la Comunidad Autónoma, siempre que cumplieran los requisitos exigibles para su desempeño. La obtención de este destino tendrá el mismo carácter y efectos que los obtenidos en función de las peticiones de los interesados.

Aquellos/as que tomando parte en el Concurso de Traslados no obtengan destino de los solicitados serán destinados/as, de existir vacantes, por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, a puesto del Territorio Histórico en que presta servicios con carácter provisional, siempre que cumpliera los requisitos exigibles para su desempeño.

No procederá la adjudicación de oficio a puestos del primer ciclo de la ESO, ni de Educación de Personas Adultas, ni a las Aulas de Aprendizaje de Tareas.

Sexta.– Los/as Maestros/as con destino provisional como consecuencia de cumplimiento de sentencia o resolución de recurso o de supresión del puesto de trabajo del que eran titulares, o del transcurso del tiempo para el que fueron adscritos/as a puestos de trabajo docentes españoles en el extranjero, de no participar en el concurso serán destinados/as libremente por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación en la forma en que se dice en la norma anterior.

Aquellos/as que cumpliendo con la obligación de concursar no obtengan destino de los solicitados en las seis primeras convocatorias serán, asimismo, destinados/as libremente por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación en la forma antes dicha.

Séptima.– Los/as procedentes de la situación de excedencia forzosa en el caso de no participar en el concurso, serán declarados/as en la situación de excedencia voluntaria contemplada en el apartado 1.b) del artículo 61 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.

De participar y no alcanzar destino de los solicitados en las tres primeras convocatorias serán destinados/as libremente por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación siguiendo el procedimiento indicado en la norma quinta de la presente base.

Octava.– Los/as Maestros/as comprendidos/as en el supuesto contemplado en el número 6 de la norma tercera de la presente base, de no participar en el concurso serán declarados/as en la situación de excedencia voluntaria por interés particular.

De participar y no alcanzar destino de los solicitados serán destinados libremente por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación en la forma que se expresa anteriormente.

Novena.– En todo caso no procederá la adjudicación de oficio conforme a las normas anteriores cuando los/as Maestros/as hubieran obtenido destino en concursos o procedimientos de provisión a puestos no comprendidos en el ámbito del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio.

III.– Derecho de concurrencia y/o consorte.

Décima.– Se entiende por derecho de concurrencia y/o consorte la posibilidad de que varios/as Maestros/as con destino definitivo condicionen su voluntaria participación en un concurso a la obtención de destino en uno o varios centros de un Territorio Histórico o provincia determinado.

Este derecho tendrá las siguientes peculiaridades:

– Los/as participantes incluirán en sus peticiones Centros de un solo Territorio Histórico o provincia, el mismo para cada grupo de concurrentes.

– El número de Maestros/as que pueden participar como concurrentes será, como máximo, de cuatro, siendo preciso que cada uno/a de los/as solicitantes presente instancia por separado.

– La adjudicación de destino a estos/as participantes se realizará entre los puestos de trabajo vacantes que serán objeto de provisión.

De no obtener destino de esta forma todos/as los/as Maestros/as de un mismo grupo de concurrentes se considerarán desestimadas sus solicitudes.

No podrán ejercitar este derecho los/as propietarios/as provisionales al ser forzosa su participación en el concurso.

IV.– Prioridades.

Undécima.– Las prioridades vendrán dadas por la aplicación del baremo que se incluye como anexo I a la presente Orden.

V.– Solicitudes.

Duodécima.– Los/as que voluntaria u obligatoriamente participen en el concurso deberán cumplimentar instancia, según modelo oficial, que será facilitada a los/as interesados/as en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación, así como en la dirección de internet: www.hezkuntza.ejgv.net. En estos casos, deberán presentar la solicitud en las citadas Delegaciones junto con el resto de los méritos requeridos. Asimismo, podrán efectuar la solicitud en la dirección de internet www.irakasle.net, sin necesidad de su registro en las Delegaciones (por este método sólo podrán cumplimentar la instancia los funcionarios/as del cuerpo de Maestros dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del País vasco que, a la fecha de publicación de la presente convocatoria, dispongan de las claves de acceso al sistema). No obstante, sí deberán presentar igualmente en las Delegaciones la documentación acreditativa de los méritos requeridos.

Los/as Maestros/as a que alude la norma quinta de la base segunda y segundos párrafos de la sexta, séptima y octava de esta convocatoria deberán incluir en su petición de participación en el concurso el Territorio/s Histórico/s consignado/s por orden de preferencia. En el supuesto de no efectuarlo así, serán destinados/as de oficio y con carácter definitivo al Territorio Histórico en el que prestan servicios si se dispusiera de vacante para la que estuvieran habilitados.

A esta solicitud acompañarán la documentación a que se hace referencia en la norma vigésimo cuarta de la base V de las comunes a las convocatorias.

Decimotercera.– El artículo 1 del Real Decreto 2112/1998, de 2 de octubre, prevé que las Administraciones Públicas Educativas competentes convocarán concursos de ámbito nacional que se realizarán de forma coordinada. De conformidad con ello, los/as interesados/as que lo deseen pueden solicitar, en única instancia, a la Directora de Gestión de Personal, puestos de los anunciados en las convocatorias citadas, siempre que estén habilitados/as para ello y, en su caso, se tenga acreditado el perfil lingüístico.

Ello no obstante, no pueden hacer uso de esta concurrencia simultánea los/as Maestros/as con destino provisional ingresados/as en el Cuerpo en virtud de los procesos selectivos convocados al amparo del Real Decreto 574/1991, de 22 de abril (BOE de 23), quienes, por imperativo de su artículo 12.d, sólo podrán participar en el concurso convocado por la Administración educativa que realizó la convocatoria del proceso selectivo.

Decimocuarta.– Aun cuando se concurse a puestos de trabajo de diferentes órganos convocantes solamente podrá adjudicarse un único destino.

NORMAS COMUNES A LAS CONVOCATORIAS

I.– Requisitos específicos para el desempeño de determinados puestos.

Primera.– Podrán solicitar puestos de Educación Infantil y Educación Primaria, los/as Maestros/as con la habilitación correspondiente de acuerdo con las siguientes equivalencias:

	

Preescolar/EGB/EE	Educación Infantil	Educación Primaria

Preescolar	Infantil		

EGB Ciclos Inicial y Medio		Primaria	

EGB Filología, Lengua Castellana e Inglés		Inglés	

EGB Filología, Lengua Castellana y Francés		Francés	

EGB Filología Vasca		Euskera	

Educación Física		Educación Física	

Música		Música	

Consultor		Consultor	

EE Pedagogía Terapéutica		Pedagogía Terapéutica	

EE Audición y Lenguaje		Audición y Lenguaje	

Segunda.– 1.– Para poder solicitar puestos de:

Educación de Personas Adultas. Enseñanzas iniciales

Educación de Personas Adultas, Inglés

Educación de Personas Adultas. Francés

Educación de Personas Adultas. Matemáticas y Ciencias de la Naturaleza

Educación de Personas Adultas. Ciencias Sociales

se requiere estar habilitados/as para el desempeño de los mismos según lo establecido en la Orden de 14 de octubre de 1993, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación.

2.– Los puestos de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje en Educación de Personas Adultas podrán ser solicitados por quiénes estén en posesión de las habilitaciones de Educación Especial. Pedagogía Terapéutica y Educación Especial. Audición y Lenguaje, respectivamente.

Tercera.– Para solicitar puestos de Pedagogía Terapéutica en Aulas de Aprendizaje de Tareas en centros públicos de Enseñanzas Medias, habrá de estarse en posesión de la habilitación de Educación Especial. Pedagogía Terapéutica.

Cuarta.– De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, podrán solicitar puestos del Primer Ciclo de la ESO, los Maestros/as que además de acreditar la habilitación correspondiente de acuerdo con las equivalencias relacionadas a continuación, estén adscritos con carácter definitivo a puestos del Primer Ciclo de Enseñanza Secundaria Obligatoria a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

EGB	 ESO	

Filología, Lengua Castellana	Lengua Castellana y Literatura	

Filología, Lengua Castellana e Inglés	Inglés	

Filología, Lengua Castellana y Francés	Francés	

Filología, Lengua Vasca	Lengua y Literatura Vasca	

Matemáticas y Ciencias de la Naturaleza	Matemáticas	

	Ciencias de la Naturaleza	

Ciencias Sociales	Ciencias Sociales, Geografía e	

	Historia	

Educación Física	Educación Física	

Música	Música	

Los puestos de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje en Educación Especial de Primer Ciclo de ESO podrán ser solicitados por quiénes estén en posesión de las habilitaciones de Educación Especial, Pedagogía Terapéutica y Educación Especial, Audición y Lenguaje, respectivamente, sin la limitación señalada en el primer párrafo de la presente norma.

Podrán solicitar puestos de trabajo de las siguientes áreas de ESO los/as Maestros/as que, además de estar adscritos con carácter definitivo a puestos del Primer Ciclo de Enseñanza Secundaria Obligatoria a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, cumplan alguno de los requisitos que se señalan:

a) Tecnología:

– Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: Ingeniería Superior, Arquitectura, Licenciatura en Físicas, Químicas o Ciencias, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica, Licenciatura o Diplomatura de la Marina Civil o Formación Profesional de Segundo Grado en cualquier rama salvo Administrativa, Sanitaria y Hogar, o

– Haber participado en los Cursos de Tecnología Básica de 250 horas o más organizados por la Dirección de Innovación Educativa del Departamento de Educación, Universidades e Investigación o los que ésta homologue.

b) Educación Plástica y Visual:

– Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: Ingeniería Superior, Arquitectura, Bellas Artes, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Formación Profesional de Segundo Grado, rama Delineación.

Quinta.– En virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional sexta del Real Decreto 1774/1994, de 5 de agosto, los/as Maestros/as que hayan accedido al Cuerpo de Profesores/as de Enseñanza Secundaria podrán solicitar puestos de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria de conformidad con las siguientes equivalencias:

ESPECIALIDAD OPOSICIÓN	EDUCACIÓN PRIMARIA	ESO	

Inglés	Inglés	Inglés	

Francés	Francés	Francés	

Lengua Castellana y Literatura		Lengua Castellana y Literatura	

Lengua y Literatura Vasca	Euskera	Lengua y Literatura Vasca	

Matemáticas		Matemáticas

Ciencias de la Naturaleza	

Biología y Geología		Matemáticas

Ciencias de la Naturaleza	

Geografía e Historia		Ciencias Sociales

Geografía e Historia	

Educación Física	Educación Física	Educación Física	

Música	Música	Música	

Tecnología		Tecnología	

Dibujo		Educación Plástica y Visual	

Los/as interesados/as acreditarán la correspondiente especialidad de acceso mediante copia del nombramiento como funcionario/a /a de carrera.

Sexta.– Para solicitar puestos con perfil lingüístico cuya fecha de preceptividad se encuentre vencida, será imprescindible tener acreditado el perfil lingüístico correspondiente o estar en posesión de las certificaciones lingüísticas a que hace referencia la disposición adicional tercera del Decreto 47/1993, de 9 de marzo (BOPV de 2 de abril), modificado por los Decretos 42/1998, de 10 de marzo, y 263/1998, de 6 de octubre, con las condiciones y requisitos que en la misma se establecen.

Asimismo, el personal al que la Administración educativa tenga reconocido como poseedor de la habilitación transitoria IGA (Irakasgaitasun-Aitormena) están habilitados para ocupar puestos de perfil lingüístico 2 de preceptividad inmediata de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria primera del Decreto 47/1993, de 9 de marzo, por el que se establecen criterios para la determinación de los perfiles lingüísticos y las fechas de preceptividad en los puestos de trabajo docentes.

II.– Prioridad entre las convocatorias.

Séptima.– El orden en que van relacionadas las convocatorias implica una prelación en la adjudicación de vacantes y resultas en favor de los participantes en cada una de ellas. De tal forma que no puede adjudicarse puesto a un/a Maestro/a que participe en una de las convocatorias si existe solicitante en la anterior con derecho, sin perjuicio, en lo que respecta a la adjudicación de puesto concreto a los que hagan efectivo su derecho preferente a una localidad o zona determinada, de tener en cuenta lo que se dispone en la norma séptima de la base II de la correspondiente convocatoria.

Octava.– Es compatible la concurrencia simultánea, de asistir derecho, a dos o más convocatorias, utilizando una única instancia. Las peticiones se atenderán con la prelación indicada en la norma anterior, y, una vez obtenido destino, no se tendrán en cuenta las restantes peticiones.

III.– Prioridad en la adjudicación de vacantes en cada convocatoria.

Novena.– Salvo la convocatoria señalada con el número 2 (readscripción en el centro), que se resolverá con los criterios que en la misma se especifican, el orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por la puntuación obtenida según el baremo que figura como anexo I.

Décima.– El cómputo de los servicios prestados en Centros o puestos singulares clasificados como de especial dificultad por tratarse de difícil desempeño o de zona de actuación educativa preferente, a que se refiere el apartado b) del baremo, comenzará conforme prevé la disposición final primera del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, a partir del curso 1990-1991. El cómputo de los prestados en Centros y puestos singulares clasificados con posterioridad como tales comenzará a partir de la publicación de la clasificación.

Undécima.– A los fines de determinar los servicios a los que se refieren los apartados a) y b) del baremo, se considerará Centro desde el que se participa, para aquellos/as que acuden sin destino definitivo como comprendidos en el artículo 11.4 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, el último servido con carácter definitivo al que se acumularán, en su caso, y a los solos efectos de los aludidos apartados a) y b), los prestados provisionalmente con posterioridad en cualquier otro Centro.

Duodécima.– Los/as Maestros/as que tienen el destino definitivo en un Centro por desglose o traslado total o parcial de otro, contarán, a los efectos de permanencia ininterrumpida prevista en el apartado a) del baremo, la referida a su Centro de origen.

Decimotercera.– Los/as Maestros/as que participan en las convocatorias desde la situación de provisionalidad por habérseles suprimido la unidad o puesto escolar que venían sirviendo con carácter definitivo, por haber perdido su destino en cumplimiento de sentencia o resolución de recurso, o por provenir de la situación de excedencia forzosa, tendrán derecho, además, a que se les acumulen al Centro de procedencia, a los efectos de los apartados a) y b) del baremo referido, los servicios prestados con carácter definitivo en el Centro inmediatamente anterior. Para el caso de Maestros/as afectados/as por supresiones consecutivas de puestos de trabajo esta acumulación comprenderá los servicios prestados con carácter definitivo en los Centros que, sucesivamente, les fueron suprimidos.

En el supuesto de que el/a Maestro/a afectado/a no hubiere desempeñado otro destino definitivo, tendrá derecho a que se le acumule, a los efectos señalados, la puntuación correspondiente al apartado c) del baremo.

Decimocuarta.– Aquellos/as Maestros/as que participen desde su primer destino definitivo obtenido por concurso, al que hubieron de acudir obligatoriamente desde la situación de provisionales de nuevo ingreso, podrán optar por que se les aplique, en lugar del apartado a) del baremo, la puntuación correspondiente al apartado c) del mismo, considerándose, en este caso, como provisionales todos los años de servicio. De no hacer constar este extremo en el espacio que para tal fin figura en la instancia de participación, se considerará la puntuación por el apartado a).

Decimoquinta.– Maestros/as que se hallen prestando servicios en el primer destino definitivo obtenido después de habérseles suprimido el puesto del que eran titulares, tendrán derecho a que se les considere como prestados/as en el Centro desde el que concursan los servicios que acrediten en el Centro en el que se les suprimió el puesto y, en su caso, los/as prestados/as con carácter provisional con posterioridad a la citada supresión. Este mismo criterio se aplicará a quienes se hallen prestando servicios en el primer destino definitivo obtenido después de haber perdido su destino por cumplimiento de sentencia o resolución de recurso o por provenir de la situación de excedencia forzosa.

Decimosexta.– Para la valoración de los méritos previstos en los apartados e), f), g.1.5) y g.1.6), alegados por los concursantes, en cada Delegación Territorial de Educación se constituirá una Comisión por cada 1.000 solicitantes, integrada por los siguientes miembros, designados por el Delegado Territorial de Educación correspondiente:

Un/a funcionario/a del Cuerpo de Inspectores de Educación, que actuará como presidente.

Cuatro funcionario/a s/as docentes dependientes de la Delegación Territorial que actuarán como vocales.

Actuará como Secretario/a el vocal de menor edad.

Las Organizaciones Sindicales más representativas podrán designar un representante en cada Comisión en calidad de observador.

Los miembros de las comisiones deberán pertenecer a grupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados, y estarán sujetos a las causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A los efectos previstos en los artículos 6 y 16 del Decreto 16/1993, de 2 de febrero (BOPV de 26), las indemnizaciones por gastos de viaje se abonarán con arreglo a lo establecido en el Decreto 121/2006, de 13 de junio (BOPV del 28), que actualiza los importes de las indemnizaciones por razón del servicio.

La asignación de la puntuación que corresponde a los concursantes por los restantes apartados del baremo se llevará a cabo por las unidades administrativas correspondientes.

Decimoséptima.– En el caso de que se produjesen empates en el total de las puntuaciones éstos se resolverán atendiendo, sucesivamente, a la mayor puntuación en cada uno de los apartados del baremo conforme al orden en que aparezcan en el mismo. En ambos casos, la puntuación que se toma en consideración en cada apartado no podrá exceder de la puntuación máxima establecida para cada uno de ellos en el baremo, ni, en el supuesto de los subapartados, la que corresponde como máximo al apartado en que se hallen incluidos.

Si persistiera el empate se atenderá a la puntuación obtenida en los distintos subapartados por el orden igualmente en el que aparezcan en el baremo. De resultar necesario se utilizará, como último criterio de desempate el año de la oposición de ingreso al Cuerpo de Maestros, prefiriéndose el más antiguo al más reciente y dentro del mismo la puntuación más alta a la más baja alcanzada en dicho proceso.

IV.– Vacantes.

Decimoctava.– Las vacantes a proveer en las convocatorias se harán públicas en el Boletín Oficial del País Vasco previamente a la resolución de las mencionadas convocatorias, conforme determina el artículo 7 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, en su nueva redacción dada por el Real Decreto 1664/1991, de 8 de noviembre.

Las vacantes mencionadas serán incrementadas con las que resulten de la resolución de todas las convocatorias.

Todas las vacantes a que se hace referencia en esta norma deben responder a puestos de trabajo cuyo funcionamiento se encuentre previsto en la planificación escolar.

Se eliminarán aquellas vacantes anunciadas cuando se produzca un error de definición de las mismas o se trate de una plaza cuyo funcionamiento no se encuentre previsto en la planificación escolar.

Decimonovena.– A los fines de que los/las participantes en estas convocatorias puedan realizar sus peticiones se adjunta a la presente Orden el anexo II, de acuerdo con lo que previene el artículo 7 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, en la nueva redacción dada al mismo por el Real Decreto 1664/1991, de 8 de noviembre, en el que se publica la relación de Centros existentes en las diferentes zonas educativas comprendidas en el ámbito de gestión del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco.

V.– Formato y cumplimentación de la petición.

Vigésima.– La instancia, ajustada al modelo que figura como anexo III a esta Orden y, que podrán obtener los/as interesados/as en las Delegaciones Territoriales de Educación, así como en la dirección de internet http://www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net, podrá presentarse en los citados lugares o en cualquiera de las dependencias a que alude el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, podrán efectuar la solicitud en la dirección de internet www.irakasle.net, sin necesidad de su registro en las Delegaciones. No obstante, sí deberán presentar igualmente en las Delegaciones la documentación acreditativa de los méritos requeridos (por este método sólo podrán cumplimentar la instancia los funcionarios/as del cuerpo de Maestros dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del País vasco que, a la fecha de publicación de la presente convocatoria, dispongan de las claves de acceso al sistema).

El plazo de presentación de instancias, para todas las convocatorias que se publican en la presente Orden, será del 8 de noviembre al 24 de noviembre de 2006, ambos inclusive.

Vigésimo primera.– El número de peticiones que cada participante puede incluir en su solicitud, concurra por una sola o por varias convocatorias, no podrá exceder de 300.

Vigésimo segunda.– Las peticiones, con la limitación del número anteriormente señalado, podrán extenderse a la totalidad de Centros, especialidades y perfiles lingüísticos, por si previamente a la resolución de las convocatorias o en cualquier momento del desarrollo de las mismas, dado que se incrementan resultas, se produjese la vacante de su preferencia.

Las peticiones podrán hacerse a Centro concreto y/o localidad, siendo compatibles ambas modalidades. En este último caso se adjudicará el primer Centro de la localidad con vacante o resulta en el mismo orden en que aparece anunciado en el anexo II.

Si las plazas que se solicitan tienen carácter de itinerantes habrá de hacerse constar tal circunstancia marcando con un 1 la casilla correspondiente.

Si se pide más de un puesto-especialidad de un mismo Centro o localidad es necesario repetir el Centro o localidad tantas veces como puestos solicitados. A estos efectos se considerará especialidad distinta la que conlleva diferente perfil lingüístico-fecha de preceptividad.

Vigésimo tercera.– En las instancias se relacionarán conforme a las instrucciones unidas a las mismas, por orden de preferencia, los puestos que se soliciten, expresando con la mayor claridad los conceptos exactos que en el impreso de la instancia se consignan.

Cualquier dato omitido o consignado erróneamente por el/a interesado/a no podrá ser invocado por éste/a a efectos de futuras reclamaciones, ni considerar por tal motivo lesionados sus intereses y derechos.

En todo caso se considerarán solicitados por los/as participantes exactamente los puestos que corresponden a los códigos consignados en las instancias. Las peticiones cuyos códigos resulten inexistentes, incompletos, o se correspondan con puestos que no puedan ser solicitados por el/a participante serán anuladas. Si la totalidad de las peticiones resultara anulada por cualquiera de las circunstancias anteriores, el/a concursante será excluido/a de la adjudicación de destinos, sin perjuicio de los supuestos de asignación de destinos de oficio previstos en la presente convocatoria.

En el supuesto de que un/a solicitante presentara durante el plazo habilitado en la Base Vigésima más de una instancia de participación en la presente convocatoria, sólo se tendrá en cuenta la última instancia registrada. En el caso de coincidencia de solicitudes, por cualquiera de los medios señalados, en el mismo día, el/la interesado/a deberá hacer constar a la Dirección de Gestión de Personal cuál es la solicitud válida.

Vigésimo cuarta.– La instancia irá acompañada de:

1.– Documentación acreditativa de que el Centro de su destino está clasificado como de especial dificultad por tratarse de difícil desempeño a los efectos previstos en los apartados a) y b) del baremo anexo I a la presente Orden.

2.– Documentación acreditativa de los cursos de perfeccionamiento realizados, titulaciones académicas distintas a las alegadas para el ingreso en el Cuerpo, titulaciones de régimen especial y los ejemplares correspondientes a las publicaciones, a los efectos de su valoración.

En lo que se refiere a los cursos de perfeccionamiento deberá constar, inexcusablemente, el número de horas de duración del curso o cursos. Aquellos en los que no se hiciera mención de tal circunstancia, no tendrán ningún valor a los efectos que nos ocupan, salvo que esté establecida su equivalencia en horas mediante Resolución de los órganos competentes de las Administraciones educativas convocantes de las mismas.

Para que sean puntuadas las titulaciones de primer ciclo será necesario presentar fotocopia del título de Diplomado o en su caso certificación académica personal en la que se haga constar que se han cursado y superado todas las asignaturas correspondientes a los tres primeros cursos de los que consta una Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura, no entendiéndose como titulación de primer ciclo la superación del Curso de adaptación.

La presentación de la fotocopia del título de Licenciado/a, Ingeniero/a o Arquitecto/a dará lugar, exclusivamente, al reconocimiento de la puntuación correspondiente a la titulación de 2.º ciclo.

En ningún caso serán valoradas como titulación de primer o segundo ciclo aquellas titulaciones que fueron alegadas como requisito para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.

3.– Copia compulsada de nombramientos y ceses de cargos directivos y personal de los servicios de investigación y apoyo a la docencia y certificación del Director/a del Centro en el caso de los coordinadores/as de ciclo.

4.– En el caso de las maestras víctimas de violencia de género que, en virtud de la Ley Orgánica 1/2004, de 26 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, disponen de un derecho preferente y participen en las diferentes convocatorias, deberán presentar además de la documentación señalada, copia de la orden de protección a favor de la víctima y, excepcionalmente, como título de acreditación de esta situación, el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género hasta tanto se dicte la orden de protección.

Quienes no habiendo obtenido destino en el presente concurso, estuvieran interesados en el mantenimiento de la puntuación definitiva de los apartados e), f) y g) del baremo para los siguientes, sin perjuicio de los que establezcan las bases de la convocatoria en su día, respecto a la opción de mantenimiento de la puntuación adjudicada en el presente concurso, deberán aportar con la solicitud los documentos indicados conforme se establezca en el baremo. En este caso no podrán retirar en su día la documentación presentada, que quedará en poder de la administración.

A tal efecto, deberán hacer constar, mediante escrito dirigido a la Dirección de Gestión de Personal, la renuncia a retirar la documentación alegada en el actual concurso.

VI.– Otras normas.

Vigésimo quinta.– Todas las condiciones que se exigen en esta convocatoria y los méritos que aleguen los/as concursantes han de tenerse cumplidos y reconocidos en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.

No obstante, y conforme a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 2.º del RD 1774/1994, de 5 de agosto, los/as funcionario/a s/as que se encuentren en la situación de excedencia voluntaria, así como los suspensos, podrán participar siempre que al finalizar el presente curso escolar hayan transcurrido los dos años desde que pasaron a aquella situación o el tiempo de duración de la sanción disciplinaria de suspensión, respectivamente.

Vigésimo sexta.– No serán tenidos en cuenta los méritos no invocados en las solicitudes, ni tampoco aquellos que no se justifiquen documentalmente durante el plazo de presentación de las mismas.

Vigésimo séptima.– Una vez recibidas en el Departamento de Educación, Universidades e Investigación las actas de las Comisiones baremadoras previstas en la base decimosexta de las comunes a las convocatorias se expondrá en las Delegaciones Territoriales la Resolución de la Directora de Gestión de Personal por la que se hace pública la relación provisional de participantes excluidos y admitidos con expresión, en este último caso, de la puntuación otorgada en cada apartado del baremo.

Los/as concursantes podrán presentar reclamaciones contra dicha relación provisional de participantes admitidos y excluidos en el plazo de 5 días hábiles a partir de su exposición.

Vigésimo octava.– Resueltas las incidencias citadas en la base anterior, se procederá a elevar a definitiva la relación de participantes admitidos y excluidos así como la adjudicación provisional de destinos con arreglo a las peticiones y a los méritos de los participantes, la cual se hará, asimismo, pública mediante Resolución de la Directora de Gestión de Personal.

Vigésimo novena.– Los/as concursantes podrán presentar reclamaciones a la adjudicación provisional de destinos, en el plazo de 5 días hábiles a partir del día siguiente a su exposición. Los/as concursantes voluntarios podrán, en ese mismo plazo, renunciar a su participación en el concurso de traslados. A estos efectos se hace constar que el hecho de no haber obtenido destino en la resolución provisional no presupone que no se pueda obtener destino en la adjudicación definitiva.

Trigésima.– Mediante Orden del Consejero de Educación, Universidades e Investigación se procederá a elevar a definitiva la resolución provisional con las modificaciones a que hubiere lugar publicándose en el Boletín Oficial del País Vasco y por la que se entenderán notificados, a todos los efectos, los concursantes a quienes las mismas afecten.

Los recursos contra las resoluciones definitivas de los concursos de traslados, con independencia de la Administración educativa a través de la que hayan participado, deberán dirigirse y ser resueltos por la Administración educativa a la que pertenezca la plaza objeto del recurso.

Trigésimo primera.– Podrá ser anulado el destino obtenido por cualquier concursante que no se haya ajustado a las normas de las convocatorias o no coincida con las características declaradas en la instancia y la documentación correspondiente.

Trigésimo segunda.– Los/as Maestros/as que concurrieren a la convocatoria del concurso desde la situación de excedencia, caso de obtener destino, vendrán obligados/as a presentar en la Delegación Territorial de Educación donde radique el destino obtenido y antes de la toma de posesión en el mismo, los documentos que se reseñan a continuación, y que el citado Organismo deberá examinar a fin de prestar su conformidad y autorizarles para hacerse cargo del destino alcanzado. Los documentos a presentar son los siguientes: copia de la resolución de excedencia y declaración de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración del Estado, Autonómica o Local, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

Aquellos/as Maestros/as que no logren justificar los requisitos exigidos para el reingreso no podrán posesionarse del destino obtenido en el concurso, quedando la plaza como vacante para ser provista en el próximo que se convoque.

De ambos supuestos deberán dar cuenta los Delegados Territoriales de Educación a la Directora de Gestión de Personal.

Trigésimo tercera.– Los/as que participen en esta convocatoria y soliciten y obtengan la excedencia en el transcurso de su resolución, o cesen en el servicio activo por cualquier otra causa, se considerarán como excedentes o cesantes en la plaza que les corresponda en las mismas, quedando ésta como vacante para su provisión en próximos concursos, según corresponda.

Trigésimo cuarta.– Los/as Maestros/as que obtengan plaza en estas convocatorias y durante su tramitación hayan permutado sus destinos estarán obligados a servir el puesto para el que han sido nombrados, anulándose la permuta que se hubiera concedido.

Trigésimo quinta.– Los destinos adjudicados en la resolución definitiva de las convocatorias serán irrenunciables.

Trigésimo sexta.– La toma de posesión del nuevo destino tendrá lugar el día 1 de septiembre del 2007, cesando en el de procedencia el último día de agosto.

Trigésimo séptima.– Los/as participantes que mediante esta convocatoria obtengan destino definitivo en centros dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, percibirán sus retribuciones conforme a la normativa vigente en la Comunidad del País Vasco en materia retributiva.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda.– Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejero de Educación, Universidades e Investigación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Vitoria-Gasteiz, a 24 de octubre de 2006.

El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,

JOSÉ ANTONIO CAMPOS GRANADOS.

Por delegación de firma, el Viceconsejero

de Administración y Servicios (Orden de 17-10-2006)

PABLO LARRAURI ALTONAGA.

ANEXO I

BAREMO DE PRIORIDADES EN LA ADJUDICACIÓN DE DESTINOS, POR MEDIO DE CONCURSO DE ÁMBITO NACIONAL, EN EL CUERPO DE MAESTROS

a) Tiempo de permanencia ininterrumpida, como

funcionario/a de carrera con destino definitivo,

en el centro desde el que se participa:

1.– Por el primero, segundo y tercer años:	1 punto por año	Hoja de servicios certificada por el órgano competente

Por el cuarto año:	2 puntos	de la Administración educativa, salvo el personal

Por el quinto año:	3 puntos	dependiente del Departamento de Educación,

Por el sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo año:	4 puntos por año	Universidades e Investigación.

Por el undécimo y siguientes:	2 puntos por año

Las fracciones de año se computarán de la siguiente forma:

– Fracción de seis meses o superior como un año completo.

– Fracción inferior a seis meses, no se computa			

2.– Para los/as Maestros/as con destino definitivo

en puesto de trabajo docente de carácter singular

la puntuación de este apartado vendrá dada por el

tiempo de permanencia ininterrumpida en el puesto

desde el que se solicita.			

3.– Para los/as Maestros/as en adscripción temporal

en Centros públicos españoles en el extranjero o en

supuestos análogos, la puntuación de este apartado

vendrá dada por el tiempo de permanencia

ininterrumpida en dicha adscripción. Este

mismo criterio se seguirá con aquellos/as

Maestros/as que fueron nombrados/as para

puestos u otros servicios de investigación y

apoyo a la docencia de la Administración

educativa siempre que el nombramiento

hubiera supuesto la pérdida de su destino

docente anterior.			

Cuando hubieren cesado en su adscripción y se

incorporen como provisionales a su provincia de

origen o, en su caso, al ámbito territorial que

determine la Administración educativa

correspondiente, de conformidad con el

artículo 25 del Real Decreto 895/1989,

de 14 de julio, se entenderá como centro

desde el que se participa, a efectos del

concurso de traslados, el destino servido

en adscripción, al que se acumularán, en su caso,

los servicios prestados provisionalmente, con

posterioridad en cualquier otro centro.

4.1.– Para los/as Maestros/as que participen en el concurso desde

la situación de provisionalidad por habérseles suprimido la unidad o

plaza que venían sirviendo con carácter definitivo, por haber

perdido su destino en cumplimiento de sentencia o resolución de

recurso, o por provenir de la situación de excedencia forzosa, se

considerará como Centro, desde el que participan, a los fines de

determinar los servicios a que se refiere este apartado, el último

servido con carácter definitivo, al que se acumularán, en su caso,

los prestados provisionalmente, con posterioridad, en cualquier Centro.

Tendrán derecho, además, a que se les acumulen al centro de procedencia,

los servicios prestados con carácter definitivo en el Centro inmediatamente

anterior. Para el caso de maestros/as afectados/as por supresiones

consecutivas de plazas esa acumulación comprenderá los servicios

prestados con carácter definitivo en los Centros que, sucesivamente,

les fueron suprimidos.

En el supuesto de que el/a maestro/a afectado/a no hubiese desempeñado

otro destino definitivo tendrá derecho a que se le acumule, a los efectos

señalados, la puntuación correspondiente al apartado c) del baremo.

4.2.– Lo dispuesto en el subapartado anterior será igualmente de

aplicación a los/as funcionario/as que participen en el concurso por haber

perdido su destino en cumplimiento de sanción disciplinaria de traslado

con cambio de residencia.

5.– Los/as Maestros/as que se hallen prestando servicios en el primer

destino definitivo obtenido después de habérseles suprimido la plaza

de la que eran titulares tendrán derecho a que se les consideren como

prestados en el Centro desde el que concursan los servicios que acrediten

en el Centro en el que se les suprimió la plaza y, en su caso, los prestados

con carácter provisional con posterioridad a la citada supresión.

Este mismo criterio se plicará a quienes se hallen prestando servicios

en el primer destino por cumplimiento de sentencia o resolución de

recurso, o por provenir de la situación de excedencia forzosa.

6.– Los/as Maestros/as que participen desde su primer destino definitivo

obtenido por concurso al que acudieron desde la situación de provisionales

de nuevo ingreso podrán optar a que se les aplique, en lugar del

apartado a) del baremo, la puntuación correspondiente al apartado c)

del mismo, considerándose, en este caso, como provisionales todos los

años de servicio.

b) Tiempo de permanencia ininterrumpida con destino 		 Hoja de servicios certificada por la Administración

definitivo en el centro o puesto singular desde el que 	 	educativa competente y certificación expedida por la

se solicita cuando hayan sido clasificados como de 		 Administración educativa competente acreditativa de que

especial dificultad por tratarse de difícil desempeño.	 	el Centro de su destino está clasificado como de especial

dificultad por tratarse de difícil desempeño.

1.– Cuando la plaza desde la que se participa tenga la

calificación como de especial dificultad por tratarse de difícil

desempeño, se añadirá a la del anterior apartado a) la

siguiente puntuación:

Por el primero, segundo y tercer año:	0,50 puntos por año

Por el cuarto año:	1 punto

Por el quinto año:	1,50 puntos

Por el sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo año:	2 puntos por año

Por el undécimo y siguientes:	1 punto por año.

Las fracciones de año se computarán de la siguiente forma:

– Fracción de seis meses o superior como un año completo.

– Fracción inferior a seis meses, no se computa.

No se computará a estos efectos el tiempo que se ha permanecido

fuera del centro en situación de servicios especiales, en comisión

de servicios, con licencia de estudios o en supuestos análogos.

2.– En los casos de supresión de la plaza o pérdida de la

misma por cumplimiento de sentencia o recurso, o por provenir

de la situación de excedencia forzosa, se aplicarán los mismos

criterios señalados para estos supuestos en el apartado a)

anterior.

c) Tiempo transcurrido en situación de provisionalidad por 		Hoja de servicios certificada por el órgano competente de la

los/as funcionario/a s/as de carrera que nunca han obtenido 		Administración educativa, salvo el personal dependiente del

destino definitivo:	1 punto por año	Departamento de Educación, Universidades e Investigación

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,0833

puntos por cada mes completo 	

Los servicios de esta clase prestados en centros o puestos clasificados

como de especial dificultad por tratarse de difícil desempeño

darán derecho, además, a la puntuación establecida en el

apartado b) del presente baremo.

d) Años de servicio activo como funcionario/a de carrera en el 		Hoja de servicios certificada por el órgano competente de la

Cuerpo de Maestros:	1 punto por año.	Administración educativa, salvo el personal dependiente del

Departamento de Educación, Universidades e Investigación

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,0833

puntos por cada mes completo.

e) Formación y perfeccionamiento:	Máximo 3,50 puntos

A los efectos de este apartado se sumarán las horas, o en

su caso los créditos, de todos los cursos, no puntuándose el

resto del número de horas inferiores a 10.

De no constar otra cosa, cuando los cursos vinieran expresados

en créditos se entenderá que cada crédito equivale a 10 horas.

			

Sólo se tomarán en cuenta los cursos que versen sobre especialidades

propias del Cuerpo de Maestros o sobre aspectos científicos,

didácticos y de organización escolar relacionados con actividades

propias del mismo o con las nuevas tecnologías aplicadas a la educación.

e.1.– Cursos impartidos: por participar, en calidad de ponente, 		Certificado de los mismos en el que conste de modo expreso

profesor o dirigir, coordinar o tutorar cursos de formación permanente 		el número de horas de duración del curso. En el caso de los

(entendidos como se señala en el punto siguiente) convocados por el 		organizados por las Instituciones sin ánimo de lucro deberá

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por las 		 acreditarse fehacientemente el reconocimiento u homologación.

Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas,

por Instituciones sin ánimo de lucro que hayan sido homologados

o reconocidos por estas mismas Administraciones educativas,

así como los convocados por las Universidades:

0,10 puntos por cada 10 horas acreditadas.	máximo 1 punto

e.2.– Cursos superados: por la asistencia a cursos de formación 		Certificado de los mismos en el que conste de modo expreso

permanente del profesorado (entendidos en sus distintas 	 	el número de horas de duración del curso. En el caso de los

modalidades: grupos de trabajo, seminarios, grupos de 	 	organizados por las Instituciones sin ánimo de lucro deberá

formación en Centros, cursillos, etc.), convocados por el 		acreditarse fehacientemente el reconocimiento u homologación.

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por las

Administraciones educativas de las Comunidades

Autónomas, por instituciones sin ánimo de lucro que

hayan sido homologados o reconocidos por estas mismas

Administraciones educativas, así como los convocados

por las Universidades:

– 0,10 puntos por cada 10 horas de cursos superados 	 máximo 2 puntos

acreditados.

e.3.– Por cada especialidad del Cuerpo de Maestros distinta 		Credencial de adquisición de la nueva especialidad o certificación

a la de ingreso en el mismo, adquirida a través del 		 del órgano de la Administración educativa en la que conste

procedimiento previsto en los Reales Decretos 850/1993, 	 	que la nueva especialidad se obtuvo a través del procedimiento

de 4 de junio y 334/2004, de 27 de febrero, de 		 establecido en los Reales Decretos 850/1993, 4 de junio

adquisición de nuevas especialidades:	0,50 puntos	y 334/2004, de 27 de febrero.

f) Titulaciones académicas distintas a las alegadas para 	 Máximo 3 puntos	Títulos que se posean o, en su caso, los certificados del abono

el ingreso en el Cuerpo:		de los derechos de expedición, de acuerdo con lo previsto en

la OM de 8 de julio de 1988 (BOE del 13). En el caso de

f.1.– Por poseer el título de Doctor/a:	2,50 puntos	 estudios correspondientes a los primeros ciclos, certificaciones

académicas en las que se acredite la superación de los mismos.

f.2.– Titulaciones de Segundo ciclo:	

Por los estudios correspondientes al segundo ciclo de 	1, 50 puntos

licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas o títulos

declarados legalmente equivalentes:

f.3.–.Titulaciones de Primer ciclo:

Por cada Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura 	1, 50 puntos.

Técnica o Títulos declarados legalmente equivalentes o

por los estudios correspondientes al primer ciclo de una

licenciatura, Arquitectura o Ingeniería:

		

Únicamente se tendrán en cuenta, a efectos de su valoración, los títulos con validez oficial en el Estado español. En lo que respecta a la baremación de titulaciones de primer ciclo, no se entenderá como tal la superación de alguno de los cursos de adaptación.

g) Otros méritos.	Máximo 15 puntos

Por los subapartados g.1.1, g.1.2, g.1.3 y g.1.4 sólo se

valorarán los cargos directivos desempeñados como funcionario

de carrera.

Cuando se produzca el desempeño simultáneo de cargos sólo

se valorará uno de ellos.

g.1.– Valoración de trabajo desempeñado. Publicaciones. 	 Máximo 10 puntos

Titulaciones de enseñanzas de régimen especial.

	

Por estos subapartados sólo se valorarán los cargos directivos

desempeñados como funcionario/a s de carrera.

			

g.1.1.– Director/a en centros Públicos docentes o centros 		Nombramiento con diligencia de posesión y cese o, en su caso,

de profesores/as y recursos o instituciones análogas establecidas 		certificación en la que conste que este curso se continua en el

por las Comunidades Autónomas en sus convocatorias específicas, 		cargo.

así como Director/a de Agrupaciones de lengua y Cultura españolas:	1,50 puntos

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,125 puntos por

cada mes completo

			

g.1.2.– Vicedirector/a, Subdirector/a y Secretario/a y Jefe/a de 	1 punto por año	Nombramiento con diligencia de posesión y cese o, en su caso,

estudios de los centros públicos docentes:		 certificación en la que conste que este curso se continua en el

		cargo.

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,0833

puntos por cada mes completo.

g.1.3.– Coordinador/a de ciclo, Asesor/a de Formación 	0, 50 puntos por año	Nombramiento con diligencia de posesión y cese o, en su caso,

Permanente o personal de los servicios de apoyo e investigación 		certificación en la que conste que este curso se continua en el

a la docencia:		cargo.

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,041 puntos

por cada mes completo.

	

g.1.4.– Por desempeño de puestos en la Administración 	1, 50 puntos por año	Nombramiento con diligencia de posesión y cese o, en su caso,

educativa de nivel de complemento igual o superior al asignado 		certificación en la que conste que este curso se continua en el

al Cuerpo de Maestros.		cargo.

Las fracciones de año se computarán a razón de 0,125

puntos por cada mes completo.

			

g.1.5.– Por publicaciones de carácter didáctico sobre disciplinas 	Hasta 1 punto	Los ejemplares correspondientes.

objeto del concurso o directamente relacionadas con aspectos

generales o transversales del currículo o con la organización escolar:		En lo referente a materiales publicados en soportes especiales como

		videos, CD-ROM, etc. será necesario aportar, así mismo, la

Aquellas publicaciones que estando obligadas a consignar el ISBN 		documentación impresa que pueda acompañar estas publicaciones

en virtud de lo dispuesto por el Decreto 2984/1972, de 2 de 		(carátulas, folletos explicativos de los objetivos y contenidos,

noviembre, carezcan del mismo, no serán valoradas, así como 		impresiones, etc.). Asimismo, certificado de la editorial dond

aquellas en las que el/la autor/a sea el editor de las mismas.		e conste el número de ejemplares y que la difusión de los mismos

		ha sido en librerías comerciales.

En el caso de las publicaciones que solamente se dan en formato

electrónico, se presentará un informe oficial en el cual el organismo

emisor certificará que la publicación aparece en la base de datos

bibliográfica. En este documento se indicará la base de datos,

el título de la publicación, los autores, la revista, el volumen,

el año y la página inicial y final.

g.1.6.– Por publicaciones de carácter científico y proyectos e 	Hasta 1 punto	Los ejemplares correspondientes.

innovaciones técnicas sobre las disciplinas objeto del concurso:

		En lo referente a materiales publicados en soportes especiales como

Aquellas publicaciones que estando obligadas a consignar 	 	videos, CD-ROM, etc. será necesario aportar, así mismo, la

el ISBN en virtud de lo dispuesto por el Decreto 2984/1972, 		documentación impresa que pueda acompañar estas publicaciones

de 2 de noviembre, carezcan del mismo, no serán valoradas.		(carátulas, folletos explicativos de los objetivos y contenidos,

		impresiones, etc.)

Los méritos aportados de acuerdo con los anteriores

apartados g.1.5) y g.1.6) sólo podrán puntuarse por

uno de ellos.

g.1.7.– Titulaciones de enseñanzas de régimen especial.	 	Títulos que se posean o, en su caso, certificación acreditativa

		de haber desarrollado los estudios conducentes a su obtención.

Las titulaciones de enseñanzas de régimen especial otorgadas

por Escuelas Oficiales de Idiomas y Conservatorios de Música

y Danza se valorarán de la forma siguiente:

			

Música y Danza: Grado medio	0,50 puntos

Enseñanza de Idiomas:

Ciclo elemental:	0,50 puntos

Ciclo superior:	0,50 puntos		

La posesión del Certificado de Aptitud de la Escuela Oficial de Idiomas engloba los dos ciclos.

Las titulaciones de ciclo elemental y ciclo superior de euskera no se valoran en este apartado. El conocimiento del euskera se valora en el apartado g.2.

g.2.– En los puestos de trabajo cuyo perfil lingüístico no fuera preceptivo, el conocimiento del euskera se valorará como mérito.

PERFIL ACREDITADO	PERFIL PLAZA

PL2	PL1 diferido:	2,50 puntos

PL1	PL1 diferido:	2,50 puntos

	

II. ERANSKINA: 2006KO MAISU-MAISTREN KIDEGOKO LEKUALDATZE-LEHIAKETA

ANEXO II: CONCURSO DE TRASLADOS DEL CUERPO DE MAESTROS 2006

DEITUTAKO IKASTETXEEN ZERRENDA / RELACIÓN DE CENTROS CONVOCADOS

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

01000019C	CEP Dulantzi LHI	Ntra. Sra. de Aiala 36	010010001	010012

		Alegría-Dulantzi	Alegría-Dulantzi	 Vitoria-Gasteiz

01000020C	CEP Antonio Rueda LHI	San José Z/G 98 P.K.	010020002	010011		

		Amurrio	Amurrio	Ayala

01002983C	IES Zaraobe BHI	Etxebarriaur 6-8	 010020002	010011		

		Amurrio	Amurrio	Ayala

01002880C	CEP Lucas Rey-Matías Landaburu LHI	Lucas Rey 15	010020002	010011		

		Amurrio	Amurrio	Ayala

01000111C	CEP San Martín LHI	Nardeaga	010030006	 010021		

		Aramaio	Ibarra	Alto Deba

01000123C	CEP Arteko Gure Ama LHI	La Barcena 1	 010040001	010011		

		Artziniega	Artziniega	Ayala

01001929C	IPI Ikas Bidea Ikastola IPI	Iturribero 3	 010080005	010012		

		Arrazua-Ubarrundia	Durana	Vitoria-Gasteiz

01000147C	CEP Araia LHI	Santsaerreka 9	010090004	 010014		

		Asparrena	Araia	Llanada Oriental

01002582C	CEP Etxaurren Ikastola LHI	Ibaguen 1	 010100024	010011						Aiara/Ayala	Zuaza	 Ayala

01002454C	IES Campezo BHI	El Egido 2	010170005	 010012						Kanpezu/Campezo	Santikurutze Kanpezu	 Vitoria-Gasteiz						Santa Cruz de Campezo

01002791C	CEP Ntra. Sra. de Ibernalo Ikastola LHI	 Arrabal 99	010170005	010012						Kanpezu/Campezo 	Santikurutze Kanpezu	Vitoria-Gasteiz

			Santa Cruz de Campezo

01003045C	CEP Gorbeia Eskola LHI	Gorbea Etorb. 1	010180009	010012		

		Zigoitia	Gopegui	Vitoria-Gasteiz

01000202C	CEP Elciego LHI	Marqués de Riscal 4	 010220001	010013		

		Elciego	Elciego	Rioja Alavesa

01000226C	CEP Labastida LHI	La Florida 3	 010280001	010013						Bastida/Labastida	Labastida	Rioja Alavesa

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

01000238C	CEP Victor Tapia LHI	Victor Tapia z/g	 010310002	010013		

		Laguardia	Laguardia	Rioja Alavesa

01003008C	IES Samaniego-Laguardia BHI	Sancho Abarca 3	010310002	010013		

		Laguardia	Laguardia	Rioja Alavesa

01002788C	CEP Lantziego Ikastola LHI	El Olmo 3	 010320002	010013						Lantziego/Lanciego	 Lantziego/Lanciego	Rioja Alavesa

01000378C	CEP Fabian Legorburu LHI	Areta 45	 010360001	010011						Laudio/Llodio	Llodio	 Ayala

01002259C	CEPA Llodio HHI	Lateorro 8	010360001	 010011						Laudio/Llodio	Llodio	Ayala

01002818C	CEP Lateorro LHI	Lateorro 8	010360001	 010011						Laudio/Llodio	Llodio	Ayala

01002892C	CEP Lamuza LHI	Granjabide 3	010360001	 010011						Laudio/Llodio	Llodio	Ayala

01002995C	IES Canciller Ayala-Gregorio Marañón BHI	 Zumalacárregui z/g	010360001	010011						Laudio/ Llodio	Llodio	Ayala

01000445C	CEP Maestu LHI	Fronton z/g	010370010	 010012		

		Arraia-Maeztu	Maestu	Vitoria-Gasteiz

01000482C	EEI Okondo HE	Irabaien 89	010420001	 010011		

		Okondo	Irabaien	Ayala

01000494C	CEP Ramiro de Maeztu LHI	Fueros 9	 010430003	010013		

		Oyon-Oión	Oyon-Oion	Rioja Alavesa

01000500C	CEP Unamunzaga LHI	Francisco M. de Echanove	010470005	010012		

		Erribera Beitia/Ribera Baja	Ribabellosa	 Vitoria-Gasteiz

01001784C	IES Aniturri BHI	Galzar 4	010510006	 010014						Agurain/Salvatierra	Salvatierra o Agurain	Llanada Oriental

01002223C	CEP P. Lope de Larrea Ikastola LHI	Aniturri 18	010510006	010014						Agurain/Salvatierra	 Salvatierra o Agurain	Llanada Oriental

01000573C	CEP Izarra LHI	Ugarte 3	010540007	 010012						Urkabustaiz	Izarra	Vitoria-Gasteiz

01000597C	CEP Gobea LHI	Arquitecto Jesús Guinea 9	 010550030	010012		

		Valdegovia	Villanueva de Valdegovía	 Vitoria-Gasteiz

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

01002806C	CEP Garazi LHI	Santa Engracia Etorb. z/g	010580006	010012		

		Legutiano	Legutiano	Vitoria-Gasteiz

01002557C	IES (ITS) Hostelería (ITB) BHI	Cir-Gamarra Mayor	010590029	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Gamarra Nagusia/Gamarra	 Vitoria-Gasteiz

01002181C	CEP Abendaño Ikastola LHI	Méjico z/g	 010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002302C	CEP Adurza Ikastola LHI	Iturritxu 8	 010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002171C	CEP Aranzabela Ikastola LHI	Joaquín Collar z/g	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002168C	CEP Landazuri Ikastola LHI	Beato Tomás de Zumarraga	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01000974C	CEP Luis Dorao LHI	San Viator 4	 010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01001000C	CEP Miguel de Cervantes LHI	Ariznavarra z/g	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01001887C	CEP Padre Orbiso LHI	Francisco Javier Landaburu	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01001051C	CEP Ramón Bajo LHI	Escuelas 16	 010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01001073C	CEP San Martín LHI	Adriano Vi z/g	 010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01001085C	CEP Sta. María de Vitoria LHI	Ramiro de Maeztu 24	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002296C	CEE Gorbeialde HBI	Blas de Otero 2	 010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01001981C	CEPA Paulo Freire HHI	Colegio de San Prudencio	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01001498C	IES Federico Baraibar BHI	Nieves Cano 14	 010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01001504C	IES Francisco de Vitoria BHI	El Salvador 1	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

01001772C	IES Los Herrán BHI	Los Herrán 70 3008 P.K.	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01001553C	IEFPS Mendizabala GLHBI	Portal de Lasarte z/g	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002314C	CEP Odón de Apraiz Ikastola LHI	Reyes de Navarra z/g 307	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002156C	CEP Pedro Ignacio Barrutia Ikastola LHI	 Espoz y Mina z/g	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002211C	CEP Toki Eder Ikastola LHI	Duque de Wellington 6	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002612C	CEP Abetxuko Ikastola LHI	Iturrizabala z/g	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01001701C	CEP Umandi Ikastola LHI	Francisco Javier Landaburu	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01001310C	CEP Samaniego LHI	Monseñor Estenaga 1 3007	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01001322C	CEP San Ignacio LHI	Iturritxu z/g	 010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002478C	IES Koldo Mitxelena BHI	Agurain Taldea z/g	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002481C	CEPA Ntra. Sra. del Carmen HHI	Judizmendi 5	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002624C	IES Miguel de Unamuno BHI	Vicente González de Echavarri	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002247C	CEBAD Vitoria-Gasteiz UOHI	La Florida 62a	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002867C	IES Mendebaldea BHI	Donostia 3	 010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002855C	IES Ekialdea BHI	Juan XXIII 2	 010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002879C	IES Samaniego BHI	Monseñor Estenaga 1	 010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

01002958C	CEP A. Lpz. de Guereñu-José Mardones LHI	 Arana 33	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002909C	CEP Judizmendi-Canciller Ayala-Sta. Lucía LHI	Judizmendi z/g	01004	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002946C	CEP Luis Elejalde-Rogelia de Alvaro LHI	 Nicaragua z/g	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002922C	CEP Divino Maestro-María de Maeztu LHI	 Cofradía de Arriaga 7	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002934C	CEP A. Fornies-Manuel de Falla LHI	Martín Susaeta z/g	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002971C	CEP Ángel Ganivet-Izarra-Sta. Lucía LHI	 Jacinto Benavente 25	010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01002910C	CEP Aranbizkarra Ikastola LHI	Burgos z/g	 010590063	010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01006198C	CEP Ibaiondo LHI	Tarragona 9	010590063	 010012		

		Vitoria-Gasteiz	Vitoria-Gasteiz	 Vitoria-Gasteiz

01001619C	CEP Virgen de Oro LHI	Murguía	 010630011	010012		

		Zuia	Murguía	Vitoria-Gasteiz

01001796C	IES Murguía BHI	Domingo de Sautu z/g	 010630011	010012		

		Zuia	Murguía	Vitoria-Gasteiz

01000469C	CEP José Miguel Barandiaran LHI	Langraiz 4	019010002	010012		

		Iruña Oka/Iruña de Oca	Nanclares de la Oca	Vitoria-Gasteiz

01002843C	IES Badaia BHI	Langraiz 4	019010002	 010012		

		Iruña Oka/Iruña de Oca	Nanclares de la Oca	Vitoria-Gasteiz

20013163C	CEP Txalburu LHI	Abaltzisketa 16	 200010001	200025						Abaltzisketa	Abaltzisketa	Tolosa

20000031C	CEP Aduna LHI	Herriko Plaza z/g	 200020001	200025		

		Aduna	Aduna	Tolosa

20000041C	CEP Basakaitz LHI	Atari-Soro	200030001	 200024						Aizarnazabal	Aizarnazabal	Urola-Costa

20000065C	CEP Albiztur LHI	Laskibar Enp. z/g	 200040001	200025		

		Albiztur	Albiztur	Tolosa

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

20006547C	CEP San Juan LHI	Aralar z/g	 200050001	200025		

		Alegia	Alegia	Tolosa

20008751C	IES Aralar BHI	Aralar z/g	200050001	 200025		

		Alegia	Alegia	Tolosa

20000119C	CEP Alkiza LHI	Alkiza	200060001	 200025		

		Alkiza	Alkiza	Tolosa

20009287C	CEP Imaz Bertsolaria LHI	Altzo Muino 160	 200070001	200025		

		Altzo	Altzo	Tolosa

20000132C	CEP Zumadi LHI	Eliz z/g	200080003	 200025		

		Amezketa	Ergoiena	Tolosa

20008325C	IES Leizaran BHI	Plazaola 23	200090001	 200026		

		Andoain	Andoain	Lasarte

20000171C	CEP Ondarreta LHI	K. Nagusia z/g	 200090001	200026		

		Andoain	Andoain	Lasarte

20000260C	CEP Antzuola LHI	Buztinzuri 3	 200110001	200021		

		Antzuola	Antzuola	Alto Deba

20000284C	CEP Kurtzebarri LHI	Santakurtz 19 30 P.K.	200130003	200021						Aretxabaleta	Aretxabaleta	Alto Deba

20008696C	IES Kurtzebarri BHI	Herriko Plaza 1	 200130003	200021						Aretxabaleta	Aretxabaleta	Alto Deba

20000326C	CEP Pello Errota LHI	Elizmendi z/g	 200140003	200025		

		Asteasu	Elizmendi	Tolosa

20000341C	CEP Joxemiel Barandiaran Eskola LHI	 Astigarraga 3	200150003	200023		

		Ataun	San Martin	Goierri

20000375C	CEP Andatza LHI	Andatza 14	200160002	 200024		

		Aia	Andatza	Urola-Costa

20000399C	CEP Lardizabal LHI	Sartalde z/g	 200160003	200024		

		Aia	Aia	Urola-Costa

20007503C	CEP Azkoitiko Ikastola-Xabier Munibe LHI	 Estrada 115	200170002	200024		

		Azkoitia	Azkoitia	Urola-Costa

20008945C	IES Azkoitiko Ikastola-Xabier Munibe LHI	 Estrada	200170002	200024		

		Azkoitia	Azkoitia	Urola-Costa

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

20000636C	CEP Azpeitiko Ikastola-Karmelo Etxegarai LHI	Euskalerria 50	20730	200024		

		Azpeitia	Azpeitia	Urola-Costa

20009275C	IES Urola Ik. Azkoitia-Azpeitia BHI	 Perdillegi 3	200180001	200024		

		Azpeitia	Azpeitia	Urola-Costa

20006560C	CEP Murumendi LHI	Mariarats 1-3	 200190004	200023		

		Beasain	Beasain	Goierri

20008362C	CEPA Beasain HHI	Oriamendi 18-Behea	 200190004	200023		

		Beasain	Beasain	Goierri

20008741C	IES Loinazpe BHI	Igartza Oleta z/g	 200190004	200023		

		Beasain	Beasain	Goierri

20009196C	CEP Alkartasuna LHI	Foru 8 47 P.K.	 200190004	200023						Beasain	Beasain	Goierri

20009202C	IES Alkartasuna BHI	Foru 8 47 P.K.	 200190004	200023		

		Beasain	Beasain	Goierri

20009251C	IES Txindoki-Alkartasuna BHI	Ugartemendi 6	200190004	200023		

		Beasain	Beasain	Goierri

20000776C	CEP J.A. Muñagorri LHI	Nagusi 2	 200220001	200025		

		Berastegi	Berastegi	Tolosa

20000806C	CEP San Andrés LHI	José María Goikoetxea 46	200230001	200025		

		Berrobi	Berrobi	Tolosa

20000831C	CEP Txinkorta LHI	Agerre-Azpi 9	 200240002	200025		

		Bidegoian	Bidania	Tolosa

20000867C	CEP Aitxuri LHI	Elizalde 1	200250003	 200023		

		Zegama	Zegama	Goierri

20007230C	CEP Zerain LHI	Zerain	200260001	 200023		

		Zerain	Zerain	Goierri

20000879C	CEP B. Aizarna LHI	Asuntzio 10 (Aizarna)	 200270001	200024		

		Zestoa	Aizarna	Urola-Costa

20000909C	CEP Arroa LHI	San Isidro 13	200270003	 200024		

		Zestoa	Arroa-Bekoa	Urola-Costa

20000934C	CEP Zestoa LHI	San Juan Bidea z/g	 200270004	200024		

		Zestoa	Zestoa	Urola-Costa

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

20000983C	CEP San Millán LHI	Zizurkil	 200280001	200025						Zizurkil	Zizurkil	Tolosa

20001008C	CEP Pedro M. Otaño LHI	Pagamuño 16	 200280002	200025						Zizurkil	Elbarrena	Tolosa

20008714C	IES Mendata BHI	Itziarko Bidea 20	 200290001	200022						Deba	Deba	Bajo Deba

20008969C	CEP Luzaro LHI	Itziarko Bidea 18	 200290001	200022						Deba	Deba	Bajo Deba

20001082C	CEP Amaña LHI	Artegieta 6	200300003	 200022						Eibar	Eibar	Bajo Deba

20001069C	CEP San Andrés LHI	Bidebarrieta 34	 200300003	200022						Eibar	Eibar	Bajo Deba

20001264C	CEP Urkizu LHI	Karmen 5	200300003	 200022						Eibar	Eibar	Bajo Deba

20001070C	CEP Virgen de Arrate LHI	José A. Iturrioz 5	200300003	200022						Eibar	Eibar	Bajo Deba

20001136C	CEP J.A. Mogel Ikastola LHI	Mandiola Balle 29	200300003	200022						Eibar	Eibar	Bajo Deba

20008428C	CEPA Eibar HHI	Isasi 39	200300003	 200022						Eibar	Eibar	Bajo Deba

20008726C	IES Mogel Isasi BHI	Isasi 37	200300003	 200022						Eibar	Eibar	Bajo Deba

20008738C	IES Itzio BHI	Arrate Bide z/g	 200300003	200022						Eibar	Eibar	Bajo Deba

20008350C	CEP Elgoibar LHI	Kalamua 8	200320002	 200022						Elgoibar	Elgoibar	Bajo Deba

20009093C	IES Elgoibar BHI	San Roke 11	200320007	 200022						Elgoibar	San Roke	Bajo Deba

20001392C	CEP Elgeta LHI	Maala 4	200330001	 200021						Elgeta	Elgeta	Alto Deba

20001410C	CEP Luis Eceiza LHI	Gaztañaudi z/g	 200340003	200021						Eskoriatza	Eskoriatza	Alto Deba

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

20001562C	IES Talaia BHI	Aspune 2	200360001	 200029						Hondarribia	Akartegi	Bajo Bidasoa

20009019C	CEP Talaia LHI	Baserritar Etorb. 51	 200360001	200029						Hondarribia	Akartegi	Bajo Bidasoa

20001631C	CEP Balentzategi LHI	Gabiria z/g	 200380003	200023		

		Gabiria	Gabiria	Goierri

20001653C	CEP Iturzaeta LHI	Sahatsaga 12	 200390003	200024		

		Getaria	Getaria	Urola-Costa

20001690C	CEP Txirrita LHI	Ereñozu 1	200400004	 200026		

		Hernani	Ereñotzu	Lasarte

20008052C	CEPA Hernani HHI	Antziola 62	200400005	 200026		

		Hernani	Hernani	Lasarte

20008507C	CEP Langile Ikastola LHI	Karobieta z/g	 200400005	200026		

		Hernani	Hernani	Lasarte

20008040C	CEP Urumea Ikastola LHI	Larramendi 18	 200400005	200026		

		Hernani	Hernani	Lasarte

20008039C	CEP Elizatxo Ikastola LHI	Elizatxo 12	 200400005	200026		

		Hernani	Hernani	Lasarte

20008775C	IES Urumea Ikastola BHI	Elkano 7	 200400005	200026		

		Hernani	Hernani	Lasarte

20008787C	IES Elizatxo BHI	Florida 28	200400005	 200026		

		Hernani	Hernani	Lasarte

20008799C	IES Langile BHI	Santa Bárbara z/g	 200400011	200026		

		Hernani	Santa Bárbara	Lasarte

20001941C	CEP Aita Iparragirre LHI	Zepai 6	 200430001	200023		

		Idiazabal	Idiazabal	Goierri

20001987C	CEP Ikaztegieta LHI	San Lorentzo z/g	 200440002	200025		

		Ikaztegieta	Ikaztegieta	Tolosa

20002441C	CEP Elatzeta LHI	Araba 44	200450002	 200029		

		Irun	Irun	Bajo Bidasoa

20007552C	CEP Toki-Alai LHI	Alzukaitz 2	 200450002	200029		

		Irun	Irun	Bajo Bidasoa

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

20002074C	CEP Txingudi-Irungo Ikastola LHI	 Jaizubia 351 P.K.	200450002	200029		

		Irun	Irun	Bajo Bidasoa

20008416C	CEPA Irun HHI	Berio 8 (Larreaundi) 312	 200450002	200029		

		Irun	Irun	Bajo Bidasoa

20008908C	IES Toki Alai BHI	Gazteluzahar 1	 200450002	200029		

		Irun	Irun	Bajo Bidasoa

20008911C	IES Hirubide BHI	Pagogaña 18	200450002	 200029		

		Irun	Irun	Bajo Bidasoa

20008921C	IES Txingudi BHI	Jaizubia 351 P.K.	 200450002	200029		

		Irun	Irun	Bajo Bidasoa

20008933C	IES Dumboa BHI	Berio 6	200450002	 200029		

		Irun	Irun	Bajo Bidasoa

20009020C	CEP Leka Enea-Anaka LHI	San Sebastián z/g	 200450002	200029		

		Irun	Irun	Bajo Bidasoa

20009226C	CEP Belascoenea LHI	Navegantes 3	 200450002	200029		

		Irun	Irun	Bajo Bidasoa

20009551C	CEP Dunboa LHI	Embajador Manuel Aznar 1	 200450002	200029		

		Irun	Irun	Bajo Bidasoa

20012769C	EIPU Eguzkiza HEPU	Victoriano Juaristi 1	 200450002	200029		

		Irun	Irun	Bajo Bidasoa

20002487C	CEP Itsasondo LHI	Goiko K.	200470002	 200023		

		Itsasondo	Itsasondo	Goierri

20002581C	CEP Licenciado D. Agirre LHI	Laubide 20 Bis	200510002	200023		

		Legazpi	Legazpi	Goierri

20007680C	IES Olazabal BHI	San Martín 16	 200510002	200023		

		Legazpi	Legazpi	Goierri

20002645C	CEP Ugaro LHI	Eskolaldea 4	200520001	 200023		

		Legorreta	Legorreta	Goierri

20008866C	IES Lezo BHI	Tomás Garbizu 21	 200530001	200028		

		Lezo	Lezo	Renteria

20008647C	CEP Lezo LHI	Euskal Herria 1	200530001	 200028		

		Lezo	Lezo	Renteria

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

20002700C	CEP Juan XXIII LHI	Txirrita Gudariaren Pl. Z	200540001	200025		

		Lizartza	Lizartza	Tolosa

20008076C	CEPA Arrasate HHI	Ferrerías 28b	 200550004	200021						Arrasate/Mondragón	 Arrasate/Mondragón	Alto Deba

20009056C	IES Arrasate BHI	Santa Teresa 25	 200550004	200021						Arrasate/Mondragón	 Arrasate/Mondragón	Alto Deba

20012596C	CEP Arrasate Herri Eskola LHI	Uribarri Auzoa 36	200550004	200021						Arrasate/Mondragón	 Arrasate/Mondragón	Alto Deba

20007187C	IES Mutriku BHI	Magdalena 15 15 P.K.	 200560003	200022		

		Mutriku	Mutriku	Bajo Deba

20007643C	CEP Goizeko Izarra Ikastola LHI	Tenientes Txurruka z/g	200560003	200022		

		Mutriku	Mutriku	Bajo Deba

20002906C	CEP Olaberria LHI	San Juan Plaza 6	 200580001	200023		

		Olaberria	Olaberria	Goierri

20002967C	CEP Errekalde LHI	Errekalde 25	 200590010	200021		

		Oñati	Oñati	Alto Deba

20009135C	IES R.M. Zuazola-Larraña BHI	San Lorentzo z/g	200590010	200021		

		Oñati	Oñati	Alto Deba

20003029C	CEP Juan Zaragueta LHI	Hondartza z/g	 200610001	200024		

		Orio	Orio	Urola-Costa

20003030C	CEP San Andrés LHI	Gabirialde z/g	 200620001	200023						Ormaiztegi	Ormaiztegi	Goierri

20003133C	CEP Elizalde LHI	Manuel Lekuona Etorb. z/g	200630004	200028		

		Oiartzun	Elizalde	Renteria

20008878C	IES Elizalde BHI	Manuel Lekuona Etorb. z/g	200630004	200028		

		Oiartzun	Elizalde	Renteria

20003261C	CEP Karmengo Ama-Virgen del Carmen LHI	Av. de Ulia z/g	200640002	200027		

		Pasaia	Pasai San Pedro	Donostia-San Sebastián

20008702C	IES Soraluze BHI	Fronton 3 60 P.K.	 200650001	200021		

		Soraluze-Placencia de las Armas	 Soraluze-Placencia de la	Alto Deba

20008957C	CEP Plaentxi LHI	Santa Ana 40	 200650001	200021		

		Soraluze-Placencia de las Armas	 Soraluze-Placencia de la	Alto Deba

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

20003339C	CEP San Martín LHI	Errezil z/g	 200660005	200024		

		Errezil	Errezil	Urola-Costa

20003388C	CEP Cristobal Gamón LHI	Sorgintxulo 6	 200670001	200028		

		Errenteria	Errenteria	Renteria

20007710C	CEPA Oarsoaldea HHI	Markola Etorb. 24	 200670001	200028		

		Errenteria	Errenteria	Renteria

20003601C	IES Koldo Mitxelena BHI	Galtzaraborda 43	 200670001	200028		

		Errenteria	Errenteria	Renteria

20008490C	CEP Langaitz Ikastola LHI	San Marcos z/g	 200670001	200028		

		Errenteria	Errenteria	Renteria

20008556C	CEP Koldo Mitxelena LHI	Fernandez de Landa 1 139	200670001	200028		

		Errenteria	Errenteria	Renteria

20008544C	CEP Beraun-Berri LHI	Beraun z/g	 200670001	200028		

		Errenteria	Errenteria	Renteria

20008881C	IES Langaitz BHI	San Marcos z/g	 200670001	200028		

		Errenteria	Errenteria	Renteria

20008891C	IES Cristobal Gamón BHI	Esnabide z/g	 200670001	200028		

		Errenteria	Errenteria	Renteria

20006432C	CEP Amasorrain Ikastola LHI	Av. de Añorga 27	200690001	200027		

		Donostia-San Sebastián	Añorga	Donostia-San Sebastián

20003741C	CEP Igeldo LHI	Igeldoko Pl. 1	 200690003	200027		

		Donostia-San Sebastián	Igeldo	Donostia-San Sebastián

20006742C	CEP Amara-Berri LHI	Ferrerías Pl.	 200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20003765C	CEP Mendiola LHI	P. de Serapio Mugica 16	 200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20004058C	CEP Catalina de Erauso LHI	Catalina de Erauso 8	200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20003790C	CEP Herrera LHI	Ederrena 21	200690005	 200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20003753C	CEP Altza - S. J. C. LHI	Txapinene 21-23	 200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

20003789C	CEP Zuhaizti LHI	Aldakonea 1	 200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20009305C	CEBAD Donostia-San Sebastián UOHI	Zemoriya 20	200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20008519C	CEPA Ignacio Zuloaga HHI	Atarizar K. 22-2	 200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20007163C	IES Altza BHI	P. de Altza 43	200690005	 200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20004885C	IES Bidebieta BHI	P. de Serapio Múgica 31	 200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20008489C	CEP Aitor Ikastola LHI	Konkorrenea 7	 200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20004381C	CEP Arantzazuko Ama Ikastola LHI	P. de Martutene 48	200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20004460C	CEP Ikas-Bide Ikastola LHI	José M. Salaberria 14	200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20004216C	CEP Intxaurrondo Ikastola LHI	P. de Zarategi 48	200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20004231C	CEP Jakintza Ikastola LHI	Escolta Real 12	 200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20004605C	CEP Sta. María-Orixe Ikastola LHI	Campanario 2	200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20008337C	CEPA Herrera HHI	San Luis Gonzaga (Peruene)	200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20008829C	IES Lauaizeta Ikastola BHI	P. de Gabriel Aresti 165	200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20008842C	IES Arantzazuko Ama BHI	P. de Martutene 48	200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20009081C	IES Xabier Zubiri-Manteo BHI	José Mig. Barandiaran 12	200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20009184C	IES Usandizaga-Peñaflorida-Amara BHI	Av. de Felipe Iv-1a	200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

20009381C	CEP Intxaurrondo Hegoa LHI	Baratzategi 19	200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20009391C	CEP Ibai Ikastola LHI	Aingeru Zaindaria 17	200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20009411C	IES Antigua-Luberri BHI	Xalbador Bertsolaria 9	200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20013175C	CEP Harri Berri - Oleta LHI	Darieta Bidea 18	200690005	200027		

		Donostia-San Sebastián	Donostia-San Sebastián	 Donostia-San Sebastián

20004903C	CEP Zubieta LHI	P. de Learritza 52	 200690006	200026		

		Donostia-San Sebastián	Zubieta	Lasarte

20004939C	CEP Laiotz LHI	Gain Argi z/g	200700001	 200023		

		Segura	Segura	Goierri

20008091C	CEPA Tolosa HHI	Igaralde 23 (Izaskun Auz.)	200710005	200025		

		Tolosa	San Blas	Tolosa

20005038C	CEP Félix Samaniego LHI	Santa Luzi 104 P.K.	200710007	200025		

		Tolosa	Santa Luzi	Tolosa

20009147C	IES Orixe BHI	Santa Luzi 16	200710007	 200025		

		Tolosa	Santa Luzi	Tolosa

20008817C	IES Egape Ikastola BHI	Azkorte z/g	 200720003	200026		

		Urnieta	Urnieta	Lasarte

20009007C	CEP Egape Ikastola LHI	Lizardi 5	 200720003	200026		

		Urnieta	Urnieta	Lasarte

20005294C	CEP Aginaga LHI	Aginaga	200730001	 200026		

		Usurbil	Aginaga	Lasarte

20005373C	CEP Angiozar LHI	Angiozar Auz. 2	 200740001	200021		

		Bergara	Angiozar	Alto Deba

20005439C	CEP San Martín de Aguirre LHI	Boni Laskurain 25	200740007	200021		

		Bergara	Bergara	Alto Deba

20007473C	CEPA Bergara HHI	Barrenkalea 33-2	 200740007	200021		

		Bergara	Bergara	Alto Deba

20009068C	IES Ipintza BHI	Boni Laskurain 19	 200740007	200021		

		Bergara	Bergara	Alto Deba

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

20005580C	CEP Doctor Fleming LHI	Otelarre 35	 200750002	200025		

		Villabona	Villabona	Tolosa

20008763C	IES Erniobea BHI	Otelarre 35	200750002	 200025		

		Villabona	Villabona	Tolosa

20005610C	CEP Fray A. Urdaneta LHI	Intxausti z/g	 200760001	200023		

		Ordizia	Ordizia	Goierri

20005683C	IES Oianguren BHI	Altamira z/g	 200760001	200023		

		Ordizia	Ordizia	Goierri

20005695C	CEP Gain-Zuri LHI	Santa Bárbara z/g	 200770001	200023		

		Urretxu	Urretxu	Goierri

20007369C	CEPA Urretxu HHI	Jauregi 21-Behea	 200770001	200023		

		Urretxu	Urretxu	Goierri

20005749C	IES J.M. Iparragirre BHI	Santa Bárbara z/g	200770001	200023		

		Urretxu	Urretxu	Goierri

20005762C	CEP Lardizabal LHI	Santa Fe z/g	 200780001	200023		

		Zaldibia	Zaldibia	Goierri

20005804C	CEP Orokieta LHI	Araba 56	200790004	 200024		

		Zarautz	Zarautz	Urola-Costa

20006663C	IES Lizardi BHI	Araba 18	200790004	 200024		

		Zarautz	Zarautz	Urola-Costa

20008477C	CEPA Zarautz HHI	Aldapeta 1	200790004	 200024		

		Zarautz	Zarautz	Urola-Costa

20005971C	CEP Oikia LHI	Oikia	200810001	 200024		

		Zumaia	Oikia	Urola-Costa

20007291C	IES Zumaia BHI	Aita Mari 45	200810003	 200024		

		Zumaia	Zumaia	Urola-Costa

20008970C	CEP Zumaia LHI	Aita Mari	200810003	 200024		

		Zumaia	Zumaia	Urola-Costa

20001380C	CEP San José Ikastola LHI	Kilimon 1	 209010002	200022		

		Mendaro	Garagarza	Bajo Deba

20008209C	CEPA Lasarte HHI	Zumaburu 13	209020001	 200026		

		Lasarte-Oria	Lasarte	Lasarte

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

20008805C	IES Landaberri BHI	Pintore 2	 209020001	200026		

		Lasarte-Oria	Lasarte	Lasarte

20008994C	CEP P. Garaikoetxea-Landaberri Ik. LHI	 Atsobakar 3	209020001	200026		

		Lasarte-Oria	Lasarte	Lasarte

20008982C	CEP Sasoeta-Zumaburu LHI	Kalbario 4	 209020001	200026		

		Lasarte-Oria	Lasarte	Lasarte

20009123C	IES Lasarte-Usurbil BHI	Buenos Aires Aldapa 1	209020003	200026		

		Lasarte-Oria	Larrekoetxe	Lasarte

48000010C	CEP Zelaieta LHI	San Trokaz z/g	 480010001	480033		

		Abadiño	Abadiño-Zelaieta	Duranguesado

48000022C	CEP Traña Matiena LHI	Trañatxoste 10	 480010004	480033		

		Abadiño	Traña-Matiena	Duranguesado

48011810C	IES Abadiño BHI	Trañaetxoste 10	 480010004	480033		

		Abadiño	Traña-Matiena	Duranguesado

48000083C	CEP Buenos Aires LHI	Cotarro 11	 480020106	480037		

		Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena		Zona Minera

48000137C	IES Dolores Ibarruri BHI	El Minero Etorb. 28	480020106	480037		

		Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena		Zona Minera

48011251C	CEP Etorkizuna Ikastola LHI	Cotarro 15	 480020106	480037		

		Abanto y Ciérvana- Abanto Zierbena		Zona Minera

48000046C	CEP Mtro. Askartza Isusi LHI	Askartza Isusi 8	480020201	480037		

		Abanto y Ciérvana- Abanto Zierbena		Zona Minera

48000071C	CEP El Casal LHI	El Casal z/g	 480020208	480037		

		Abanto y Ciérvana- Abanto Zierbena		Zona Minera

48011071C	CEP Amorebieta-Larrea LHI	Larrea z/g	 480030002	480033						Amorebieta-Etxano	Amorebieta	Duranguesado

48012139C	IES Urritxe-Zornotza BHI	Urritxe z/g	 480030002	480033						Amorebieta-Etxano	Amorebieta	Duranguesado

48000319C	CEP Amoroto LHI	Eleizalde z/g	 480040001	480032		

		Amoroto	Elexalde	Lea-Artibai

48000356C	CEP Munitibar LHI	HErriko Pl. 7	 480070001	480032		

		Munitibar -Arbatzegi Gerrikaitz	Munitibar	 Lea-Artibai

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48000401C	CEP Ángel Larena LHI	Lehendakari Agirre z/g	480080004	480036		

		Artzentales	Traslaviña	Encartaciones

48000423C	CEP Arrankudiaga LHI	Arene 22	 480090101	480035						Arrankudiaga	Arene	Nervión

48009840C	CEP Arrigorriaga LHI	Mikel Alonsotegi 1	 480110002	480035						Arrigorriaga	Arrigorriaga	Nervión

48011901C	IES Arrigorriaga BHI	Arrigorriaga-La Peña Erp	480110002	480035						Arrigorriaga	Arrigorriaga	Nervión

48000514C	CEP Urkitza LHI	Urkizaur 28	480120006	 480038		

		Bakio	Urkizaur	Txorierri-Mungia

48000678C	CEP Arteagabeitia LHI	Astarloa 4	 480130004	480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48000642C	CEP Juan Ramón Jiménez LHI	Okeluri 2	 480130004	480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48000681C	CEP Larrea LHI	Pormetxeta 28	480130004	 480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48000654C	CEP Gurutzeta LHI	Labrostegui 5	 480130004	480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48000708C	CEP Mukusuluba LHI	Murillo 20	 480130004	480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48009219C	CEP Munoa LHI	Llano 55	480130004	 480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48000794C	CEP Ntra. Sra. del Pilar LHI	Euskaltzaindia 1	480130004	480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48000629C	CEP Rontegi LHI	Araba 9	480130004	 480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48000691C	CEP Zuazo LHI	Arteagabeitia 27	 480130004	480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48009499C	CEPA Barakaldo HHI	Arana 26	480130004	 480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48001038C	IES Antonio Trueba BHI	Aldapa 5	 480130004	480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48008215C	IES Cruces BHI	Siebe 84	480130004	 480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48008586C	IES Beurko BHI	Arauti 7	480130004	 480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48009207C	CEP Ibaibe LHI	Colina de Beurko 2	 480130004	480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48001014C	IES Minas BHI	La Bondad 30	480130004	 480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48001026C	IEFPS Nicolás Larburu GLHBI	Aldapa 3	 480130004	480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48000991C	CEP Alkartu Ikastola LHI	Francisco Gomez 60	480130004	480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48012097C	CEP Sta. Teresa-Bagaza-Beurko LHI	Gabriel Aresti 13	480130004	480041		

		Barakaldo	San Vicente de Barakaldo	 Barakaldo

48001154C	CEP Kareaga-Goikoa LHI	Asturias z/g	 480150001	480035		

		Basauri	Arizgoiti	Nervión

48009505C	CEPA Basauri Denon Eskola HHI	Ibaigane z/g	480150001	480035		

		Basauri	Arizgoiti	Nervión

48009621C	IES Uribarri BHI	León 22	480150001	 480035		

		Basauri	Arizgoiti	Nervión

48001282C	CEP Arizko Ikastola LHI	Matxitxako z/g	 480150001	480035		

		Basauri	Arizgoiti	Nervión

48011093C	CEP Basozelai-Gaztelu LHI	Basozelai z/g	 480150001	480035		

		Basauri	Arizgoiti	Nervión

48011470C	CEP Lope de Vega LHI	Agirre Lehendakaria 61	480150001	480035		

		Basauri	Arizgoiti	Nervión

48012073C	CEP Velázquez-M. de Cervantes LHI	Soloarte 2	480150001	480035		

		Basauri	Arizgoiti	Nervión

48001336C	CEP Sofía Taramona LHI	Gernika z/g	 480150002	480035		

		Basauri	Elexalde	Nervión

48008689C	CEP José Etxegarai LHI	Agirre Lehendakaria 95	480150003	480035		

		Basauri	Urbi	Nervión

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48001300C	IES Urbi BHI	Agirre Lehendakaria 93	 480150003	480035		

		Basauri	Urbi	Nervión

48001294C	IES Bidebieta BHI	Agirre Lehendakaria 97	 480150003	480035		

		Basauri	Urbi	Nervión

48001361C	CEP Sto. Domingo de Guzmán LHI	Karabigane Auzo 8	480160002	480039		

		Berango	Berango	Margen Derecha

48010015C	CEPA Bermeo HHI	Atalde z/g	480170006	 480031		

		Bermeo	Bermeo	Busturia

48011101C	CEP Bermeo-San Francisco LHI	Atalde z/g	 480170006	480031		

		Bermeo	Bermeo	Busturia

48012127C	IES I. Arozena-Barrueta/tar Benito	 Matxitxako z/g	480170006	480031		

		Bermeo	Bermeo	Busturia

48001518C	CEP Berriatua LHI	Zeharbide 5	 480180004	480032		

		Berriatua	Erribera	Lea-Artibai

48001543C	CEP Learreta-Markina LHI	Learreta-Markina z/g	480190002	480033		

		Berriz	Berriz-Olakueta	Duranguesado

48011822C	IES Berriz BHI	Elizondo Pl. 7 A	 480190002	480033		

		Berriz	Berriz-Olakueta	Duranguesado

48012322C	CEBAD Bilbao UOHI	Miraflores 83a (Bolueta)	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48009645C	CEP Artatse LHI	Julián Gaiarre 100	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48002122C	CEP Basurto LHI	Zankoeta 2	480200001	 480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48002110C	CEP Birjinetxe LHI	Jesús Galíndez 20 Bis	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48001762C	CEP Cervantes LHI	Lersundi 10	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48001592C	CEP Deusto LHI	Blas de Otero 66	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48001804C	CEP Elejabarri LHI	Tolosa 6	480200001	 480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48002021C	CEP Félix Serrano LHI	Manuel Allende 28	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48001956C	CEP Gabriel Aresti LHI	Errekalde 3	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48002018C	CEP Ing. José Orbegozo Gorostidi LHI	 Iturrigorri Bidea 46	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48001798C	CEP Juan M. Sánchez Marcos LHI	General Concha 18	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48001816C	CEP Lope de Vega LHI	Txotena 10	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48001750C	CEP Luis Briñas-Santutxu LHI	Iturriaga 58	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48001993C	CEP Mina del Morro LHI	Sagarminaga K. 30	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48001968C	CEP Arangoiti LHI	Monte Ganeta 2	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48001749C	CEP Maestra Isabel Gallego Gorria LHI	 Batalla de Padura 17	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48002080C	CEP Maestro García Rivero LHI	Juan de Garay 51 Bis	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48001579C	CEP Pío Baroja LHI	Gabriel Aresti 1	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48010854C	CEP Pagasarribide LHI	Larraskitu 55	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48001774C	CEP Sra. Vda. de Epalza LHI	Tiboli 5	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48002043C	CEP Tomás Camacho LHI	Particular Monasterio 2	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48002602C	CEP Txurdinaga LHI	Miembro Dya F. Jiménez 3	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48002031C	CEP Uribarri LHI	Campa Escuelas Uribarri 5	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48001661C	CEP Zamakola-Juan Delmás LHI	Zamacola 174	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48001919C	CEP Zorrotza-Fray Juan de Zorroza LHI	 Ikastalde 12	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48003047C	CEP Zurbaran LHI	Zumaia 1	480200001	 480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48001658C	CEP Zurbaranbarri LHI	Zurbaranbarri 34 Bis	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48003141C	IES Martín de Bertendona BHI	Bertendona 5	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48003151C	IES Gabriel Aresti BHI	Artalandio 5	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48003163C	IES Miguel de Unamuno BHI	Licenciado Poza 1	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48003175C	IES Txurdinaga Behekoa BHI	Gabriel Aresti 8	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48003187C	IES Recaldeberri BHI	Larraskitu 56	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48008951C	IES San Adrián BHI	Martin Barua Picaza 14	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48009025C	IES Eskurtze BHI	Eskurtze 11	480200001	 480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48003072C	IES Emilio Campuzano BHI	Santos Juanes 7	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48002331C	IPI Deustuko Ikastola IPI	Iruña 2b	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48011551C	CEP Intxixu Ikastola LHI	Islas Canarias 71	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48002675C	CEP Karmelo Ikastola LHI	Marcelino Meneédez y Pelayo	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48012449C	CEPA Iturribide HHI	Iturribide 5-2	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48011184C	CEP San Inazio/San Ignacio LHI	Cantabria 2	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48011019C	IES Ignacio Ellacuria BHI	Zurbaranbarri 34a	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48012450C	CEPA Irala HHI	Medina de Pomar z/g	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48011640C	CEP Siete Campas-Zorrozgoiti LHI	Pinadia 6	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48012024C	IES Ibaizabal BHI	Zamacola 45-Bis	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48012012C	IES Luis Briñas-Santutxu BHI	Iturriaga 58	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48012048C	IES Karmelo Ikastola-Solokoetxe BHI	 Solokoetxe 17	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48012036C	IES Zorroza BHI	San Miguel Auz. 10	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48012000C	IES Zurbaran BHI	Zumaia 1	480200001	 480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48012115C	CEP Francisco de Goya-Otxarkoaga LHI	Pau Casals 8	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48012103C	CEP Múgica-Solokoetxe LHI	Santa María 2	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48012191C	IES Txurdinaga-Artabe BHI	Artalandio 3	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48012188C	IEFPS Elorrieta-Erreka Mari GLHBI	 Lehendakari Aguirre 184	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48012255C	IES Ibarrekolanda BHI	Arbolagañe 2	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48012292C	IES San Ignacio BHI	Islas Canarias 71	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48016133C	CEP Miribilla LHI	Vitoria-Gasteiz 5	 480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48016145C	CEP Iruarteta LHI	Juan de Garay 51 Bis	480200001	480043		

		Bilbao	Bilbao	Bilbao

48003850C	CEP Jose M. Ucelay LHI	Altamira 37	 480210001	480031		

		Busturia	Altamira-San Kristobal	Busturia

48003941C	CEP Concha LHI	Concha 49	480220009	 480036		

		Karrantza Harana/Valle de Carranza		 Encartaciones

48011925C	IES Carranza BHI	Concha 49	480220009	 480036		

		Karrantza Harana/Valle de Carranza		 Encartaciones

48003977C	CEP Arratia LHI	Infante 3	480230003	 480034		

		Artea	Herriko Plaza	Arratia

48004027C	CEP Zeanuri LHI	Albakoa z/g	480240004	 480034		

		Zeanuri	La Plaza	Arratia

48004052C	CEP Zubialde LHI	Zubialde 14	480250010	 480034		

		Zeberio	Zubialde	Arratia

48004091C	CEP Dima-Ugarana LHI	Ugarana z/g	 480260008	480034		

		Dima	Ugarana	Arratia

48009049C	CEP Landako LHI	Murueta Torre 20	 480270001	480033		

		Durango	Durango	Duranguesado

48010027C	CEPA Durango HHI	Santikurutz 4	 480270001	480033		

		Durango	Durango	Duranguesado

48015751C	IES Fray Juan de Zumarraga-Durango BHI	Fray Juan de Zumarraga z/g	480270001	480033		

		Durango	Durango	Duranguesado

48016157C	CEP Zabalarra LHI	San Roke 4	480270001	 480033		

		Durango	Durango	Duranguesado

48004313C	CEP San Antonio LHI	Santa Marina 21	 480290001	480035		

		Etxebarri	Kukullaga	Nervión

48011913C	IES Etxebarri BHI	Santa Marina 21	 480290001	480035		

		Etxebarri	Kukullaga	Nervión

48004325C	CEP José Miguel Barandiaran LHI	San Esteban 16	480290002	480035		

		Etxebarri	San Esteban	Nervión

48009669C	CEP Manuela Zubizarreta LHI	Erbera 25	 480300004	480032		

		Etxebarria	Erbera o San Andrés	Lea-Artibai

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48004386C	CEP Elorrio LHI	San Roke 12	 480320003	480033		

		Elorrio	Elorrio	Duranguesado

48011846C	IES Elorrio BHI	San Roke 12-2	 480320003	480033		

		Elorrio	Elorrio	Duranguesado

48009876C	CEP San Lorenzo LHI	Guipuzkoa z/g	 480340001	480033		

		Ermua	Ermua	Duranguesado

48011627C	CEP Anaitasuna Ikastola LHI	Ongaray z/g 71 P.K.	480340001	480033		

		Ermua	Ermua	Duranguesado

48011858C	IES Ongarai BHI	Ongaray z/g	480340001	 480033		

		Ermua	Ermua	Duranguesado

48011861C	IES Anaitasuna Ikastola BHI	Ongaray z/g 71 P.K.	480340001	480033		

		Ermua	Ermua	Duranguesado

48011779C	CEP Ongarai LHI	Ongaray z/g	480340001	 480033		

		Ermua	Ermua	Duranguesado

48009815C	CEP Aperribai LHI	Aperribai Auz. z/g	 480360001	480034		

		Galdakao	Agirre-Aperribai	Arratia

48010261C	CEPA Galdakao HHI	Ibarluze 3	480360003	 480034		

		Galdakao	Kurtzea	Arratia

48011664C	CEP Gandasegi LHI	Gurutzeko Pl. 10	 480360003	480034		

		Galdakao	Kurtzea	Arratia

48011895C	IES Bengoetxe BHI	Sixta Barrenetxea 13a	 480360003	480034		

		Galdakao	Kurtzea	Arratia

48011652C	CEP Urreta LHI	Urreta 11-13 151 P.K.	 480360003	480034		

		Galdakao	Kurtzea	Arratia

48004684C	IES Elexalde BHI	Elexalde 45	480360004	 480034		

		Galdakao	Elexalde	Arratia

48008631C	IES Andra Mari BHI	Elexalde z/g	 480360004	480034		

		Galdakao	Elexalde	Arratia

48008872C	CEP Unkina LHI	Meatzeta z/g	480360006	 480034		

		Galdakao	Usansolo	Arratia

48004799C	CEP Gatika LHI	Sertutxa z/g	480400010	 480038		

		Gatika	Sertutxa	Txorierri-Mungia

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48004829C	CEP Montorre LHI	Mendialdua 1	 480410003	480031		

		Gautegiz Arteaga	Zelaieta	Busturia

48004842C	CEP Eduardo Eskartzaga LHI	José Antonio Garay Eguía	480420008	480036		

		Gordexola	Zubiete	Encartaciones

48004881C	CEP Gorliz LHI	Kinpulene 90	480430003	 480039		

		Gorliz	Elexalde Auzoa	Margen Derecha

48004908C	CEP Juan Bautista Zabala LHI	Juan Bautista Zabala 3	480440001	480039		

		Getxo	Algorta	Margen Derecha

48004911C	CEP San Ignacio LHI	Los Fueros 14	 480440001	480039		

		Getxo	Algorta	Margen Derecha

48010301C	CEP Gobela Ikastola LHI	Goiherri 14	 480440001	480039		

		Getxo	Algorta	Margen Derecha

48011482C	CEP Romo LHI	Gobelaurre 41	480440002	 480039		

		Getxo	Las Arenas-Areeta	Margen Derecha

48005226C	CEP Andra Mari LHI	Peña Santa Marina 12	 480440003	480039		

		Getxo	Andra Mari	Margen Derecha

48004945C	CEP Larrañazubi LHI	Larrañazubi 2	 480440003	480039		

		Getxo	Andra Mari	Margen Derecha

48009013C	CEP Zubileta LHI	Izaro z/g	480440003	 480039		

		Getxo	Andra Mari	Margen Derecha

48005056C	IES Julio Caro Baroja BHI	Salsidu 42	 480440003	480039		

		Getxo	Andra Mari	Margen Derecha

48009165C	IEFPS Fadura GLHBI	Bizkerre z/g	 480440003	480039		

		Getxo	Andra Mari	Margen Derecha

48011263C	CEP Geroa Ikastola LHI	Maidagan 32	 480440003	480039		

		Getxo	Andra Mari	Margen Derecha

48012152C	IES Aixerrota BHI	Peña Santa Marina 14	 480440003	480039		

		Getxo	Andra Mari	Margen Derecha

48005299C	CEP Eretza LHI	Padura z/g (Sodupe)	 480450004	480036		

		Güeñes	Sodupe	Encartaciones

48011937C	IES Güeñes BHI	Padura z/g (Sodupe)	 480450004	480036		

		Güeñes	Sodupe	Encartaciones

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48005408C	CEP Allende Salazar LHI	Zeharreta 11	 480460503	480031		

		Gernika-Lumo	Gernika-Lumo	Busturia

48010507C	CEPA Gernika-Lumo HHI	Artekalea 8-2	 480460503	480031		

		Gernika-Lumo	Gernika-Lumo	Busturia

48005494C	IES Gernika BHI	Carlos Gangoiti 23	 480460503	480031		

		Gernika-Lumo	Gernika-Lumo	Busturia

48005597C	CEP Ispaster LHI	Elejalde z/g	 480490004	480032		

		Ispaster	Ispaster-Elexalde	Lea-Artibai

48005640C	CEP Larrabetzu LHI	Lehendakari Agirre z/g	 480520003	480038		

		Larrabetzu	Uria	Txorierri-Mungia

48010994C	CEP Laukizko Lauaxeta LHI	Elizalde z/g	 480530005	480038		

		Laukiz	Elizalde	Txorierri-Mungia

48008781C	CEP Artaza-Los Pinos LHI	Artatza Auz. 81	 480540001	480039		

		Leioa	Artatza	Margen Derecha

48005721C	CEP San Bartolomé LHI	San Bartolomé 4	 480540001	480039		

		Leioa	Artatza	Margen Derecha

48012164C	IES Artaza-Romo BHI	Amaia 28	480540001	 480039		

		Leioa	Artatza	Margen Derecha

48010091C	CEP Txomin Aresti LHI	Iparragirre 76	 480540002	480039		

		Leioa	Elexalde	Margen Derecha

48010702C	IES José Miguel Barandiaran BHI	Santsoena 6	480540002	480039		

		Leioa	Elexalde	Margen Derecha

48005779C	CEP Altzaga Ikastola LHI	Independentzia 46	480540002	480039		

		Leioa	Elexalde	Margen Derecha

48005809C	CEP Lamiako LHI	Langileria 106	 480540003	480039		

		Leioa	Lamiako	Margen Derecha

48010180C	CEPA Leioa HHI	Langileria 106	 480540003	480039		

		Leioa	Lamiako	Margen Derecha

48005822C	CEP Juan B. Eguskiza Meabe LHI	Lehendakari Agirre 23	480550006	480034		

		Lemoa	Lemoa	Arratia

48016169C	EEI Lemoiz HE	Urizar z/g	480560001	 480039		

		Lemoiz	Andraka	Margen Derecha

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48011111C	CEP Lekeitio LHI	Larrotegi z/g	 480570001	480032		

		Lekeitio	Lekeitio	Lea-Artibai

48005901C	CEP Learreta-Markina LHI	Azkaldea z/g	 480580006	480033		

		Mallabia	Mallabia	Duranguesado

48006000C	CEP Bekobenta LHI	Bekobenta 3	 480600105	480032		

		Markina-Xemein	Markina-Xemein	Lea-Artibai

48011809C	IES Markina BHI	Bekobenta 3	480600105	 480032		

		Markina-Xemein	Markina-Xemein	Lea-Artibai

48012206C	CEP Ugao LHI	Leitoki z/g	480650003	 480035		

		Ugao-Miraballes	Ugao-Miraballes	Nervión

48010106C	CEP Urretxindorra LHI	Kurtzero 41	 480670004	480031		

		Muxika	Ugarte	Busturia

48006231C	CEP Mundaka LHI	Lehendakari Agirre 1	 480680002	480031		

		Mundaka	Mundaka	Busturia

48010878C	CEP Legarda Alde LHI	Arana Goiri-tar Sabin 11	480690103	480038		

		Mungia	Mungia	Txorierri-Mungia

48012140C	IES Mungía BHI	Aita Elorriaga 22	 480690103	480038		

		Mungia	Mungia	Txorierri-Mungia

48006255C	CEP Laukariz LHI	Laukariz 62	480690401	 480038		

		Mungia	Basozabal	Txorierri-Mungia

48006322C	CEP Urregarai LHI	Gernika 2	480700001	 480032		

		Aulesti	Aulesti	Lea-Artibai

48006383C	CEP Pedro Cantarrana LHI	Gurugu Memerea 12	480710004	480037		

		Muskiz	San Juan de Muskiz	Zona Minera

48010659C	CEP Muskizko Ikastola LHI	Errota Zahar 1	 480710004	480037		

		Muskiz	San Juan de Muskiz	Zona Minera

48011950C	IES Muskiz BHI	Gurugu Memerea 12	 480710004	480037		

		Muskiz	San Juan de Muskiz	Zona Minera

48006437C	CEP Otxandio LHI	Mainondo 7	480720003	 480033		

		Otxandio	Otxandio	Duranguesado

48010350C	CEP Zaldupe LHI	Zaldubide 15	480730001	 480032		

		Ondarroa	Ondarroa	Lea-Artibai

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48012221C	IES Ondarroa-Lekeitio BHI	Artibai 5	 480730001	480032		

		Ondarroa	Ondarroa	Lea-Artibai

48006541C	CEP Urduña LHI	San Francisco 3	 480740005	480011		

		Urduña-Orduña	Orduña	Ayala

48006671C	CEP Valle de Orozko LHI	Ibaiondo 6	 480750008	480011		

		Orozko	Zubiaur	Ayala

48006760C	CEP Plentzia LHI	Genaro Urrutia Aldapa 3	 480770001	480039		

		Plentzia	Txipio	Margen Derecha

48012176C	IES Uribe-Kosta BHI	Gatzamina z/g	 480770001	480039		

		Plentzia	Txipio	Margen Derecha

48006796C	CEP Antonio Trueba LHI	Abatxolo z/g	 480780001	480042						Portugalete	Portugalete	Margen Izquierda

48009074C	CEP Gabriel Celaya LHI	Peñota z/g	 480780001	480042						Portugalete	Portugalete	Margen Izquierda

48009220C	CEP Kanpazar LHI	Grumete Diego 3	 480780001	480042						Portugalete	Portugalete	Margen Izquierda

48006838C	CEP Maestro Zubeldia LHI	Maestro Zubeldia z/g	480780001	480042						Portugalete	Portugalete	Margen Izquierda

48006814C	CEP Ruperto Medina LHI	La Florida z/g	 480780001	480042						Portugalete	Portugalete	Margen Izquierda

48006802C	CEP Virgen de la Guía LHI	Axular 16	 480780001	480042						Portugalete	Portugalete	Margen Izquierda

48010003C	CEPA Portugalete HHI	Casilda Iturrizar 8	 480780001	480042						Portugalete	Portugalete	Margen Izquierda

48007004C	IES Juan Antonio Zunzunegui BHI	Doctor José Zaldua 20	480780001	480042						Portugalete	Portugalete	Margen Izquierda

48008641C	IEFPS Repelega GLHBI	Repelega Bidea z/g	 480780001	480042						Portugalete	Portugalete	Margen Izquierda

48011032C	IES Ballonti BHI	Grumete Diego 3	 480780001	480042						Portugalete	Portugalete	Margen Izquierda

48007053C	CEP La Arboleda LHI	Francisco Inchaurraga Z/	480800001	480037		

		Valle de Trápaga-Trapagaran	La Arboleda	Zona Minera

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48007107C	CEP La Escontrilla LHI	Leonor Elias z/g	480800008	480037		

		Valle de Trápaga-Trapagaran	Valle de Trápaga	 Zona Minera

48007090C	CEP San Gabriel LHI	Estrada Salcedillo 16	 480800008	480037		

		Valle de Trápaga-Trapagaran	Valle de Trápaga	 Zona Minera

48011603C	CEPA Valle de Trápaga HHI	Leonor Elías S/N	480800008	480037		

		Valle de Trápaga-Trapagaran	Valle de Trápaga	 Zona Minera

48012243C	IES Burdinibarra BHI	San Gabriel z/g	 480800008	480037		

		Valle de Trápaga-Trapagaran	Valle de Trápaga	 Zona Minera

48007193C	CEP Lezama LHI	Garaioltza 86	480810004	 480038		

		Lezama	Garaioltza	Txorierri-Mungia

48007247C	CEP Las Viñas LHI	Doctor Fleming z/g	 480820002	480042		

		Santurtzi	Santurtzi	Margen Izquierda

48007454C	CEP Serantes LHI	José María Larrea z/g	 480820002	480042		

		Santurtzi	Santurtzi	Margen Izquierda

48007235C	CEP Itsasoko Ama LHI	Virgen del Mar Pl. z/g	480820002	480042		

		Santurtzi	Santurtzi	Margen Izquierda

48010040C	CEPA Santurtzi HHI	Santa Eulalia 43	 480820002	480042		

		Santurtzi	Santurtzi	Margen Izquierda

48011196C	CEP Maestra Emilia Zuza Brun LHI	Cueto z/g	480820002	480042		

		Santurtzi	Santurtzi	Margen Izquierda

48012231C	IES Kantauri-Axular BHI	José Miguel Barandiaran z/g	480820002	480042		

		Santurtzi	Santurtzi	Margen Izquierda

48007557C	CEP Otxartaga LHI	Ochartaga z/g	 480830004	480037		

		Ortuella	Ortuella	Zona Minera

48011962C	IES Ortuella BHI	Minero 28	480830004	 480037		

		Ortuella	Ortuella	Zona Minera

48009888C	CEP Albiz LHI	Ramón y Cajal 16	 480840001	480042		

		Sestao	Sestao	Margen Izquierda

48008537C	CEP Kueto LHI	Gran Vía de J.A. Aguirre	 480840001	480042		

		Sestao	Sestao	Margen Izquierda

48007636C	CEP Vista Alegre LHI	Los Baños 35	 480840001	480042		

		Sestao	Sestao	Margen Izquierda

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48009955C	CEPA Sestao HHI	Rebonza z/g	 480840001	480042		

		Sestao	Sestao	Margen Izquierda

48007739C	IES Ángela Figuera BHI	Pablo Sarasate 7	 480840001	480042		

		Sestao	Sestao	Margen Izquierda

48009487C	IES Saturnino de la Peña BHI	Doctor Ferrán 5	480840001	480042		

		Sestao	Sestao	Margen Izquierda

48016558C	CEP Markonzaga LHI	Antonio Trueba z/g	 480840001	480042		

		Sestao	Sestao	Margen Izquierda

48012085C	CEP Zipiriñe LHI	Trokabide 4	480850001	 480039		

		Sopelana	Moreaga	Margen Derecha

48011998C	IES Sopelana BHI	Iberre z/g	480850002	 480039		

		Sopelana	Ugeraga	Margen Derecha

48007843C	EEI La Baluga HE	Pl. de San Pedro z/g	 480860011	480036		

		Sopuerta	La Baluga	Encartaciones

48007867C	CEP José Sierra LHI	La Iglesia z/g	 480870004	480036		

		Trucios-Turtzioz	La Iglesia	Encartaciones

48007880C	CEP Elortza LHI	Aita Gotzon 8	 480890003	480039		

		Urduliz	Elortza	Margen Derecha

48007934C	CEP Mendia LHI	Encartaciones 2	 480900001	480036		

		Balmaseda	Balmaseda	Encartaciones

48007971C	IES Balmaseda BHI	Arbiz Y Barrios 10	 480900001	480036		

		Balmaseda	Balmaseda	Encartaciones

48008008C	CEP Apatamonasterio LHI	Los Fueros z/g	 480910001	480033		

		Atxondo	Apatamonasterio	Duranguesado

48008021C	CEP Areatza LHI	Askatasun 6	480930003	 480034		

		Areatza	Areatza	Arratia

48008045C	CEP Ignacio Zubizarreta LHI	Olabarri 34	 480940007	480034		

		Igorre	Olabarri	Arratia

48008069C	IES Arratia BHI	Olabarri z/g	480940007	 480034		

		Igorre	Olabarri	Arratia

48008082C	CEP Zaldibar LHI	Elizondo z/g	 480950004	480033		

		Zaldibar	Zaldibar	Duranguesado

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48008124C	CEP Mimetiz LHI	Euskadi 3	 480960003	480036		

		Zalla	Mimetiz	Encartaciones

48011615C	CEPA Zalla HHI	Lusa 3	480960003	 480036		

		Zalla	Mimetiz	Encartaciones

48011949C	IES Zalla BHI	Euskadi 3	480960003	 480036		

		Zalla	Mimetiz	Encartaciones

48012681C	CEP Zaratamo LHI	Elejalde 40	480970005	 480035		

		Zaratamo	Zaratamo	Nervión

48003503C	CEP Derio LHI	Gernikako Arbola 37	 489010001	480038		

		Derio	Arteaga Derio	Txorierri-Mungia

48008963C	IES Derio BHI	Gernikako Arbola 14	 489010001	480038		

		Derio	Arteaga Derio	Txorierri-Mungia

48012218C	IEFPS Ategorri-Tartanga GLHBI	Tartanga 11-15	489020001	480039		

		Erandio	Altzaga	Margen Derecha

48010209C	CEP Altzaga Ikastola LHI	Kukularra 8	 489020002	480039		

		Erandio	Arriaga	Margen Derecha

48011974C	IES Erandio BHI	Kukularra 8	489020002	 480039		

		Erandio	Arriaga	Margen Derecha

48009864C	CEP Ignacio Aldekoa LHI	Mezo 37	 489020003	480039		

		Erandio	Astrabudua	Margen Derecha

48011986C	IES Astrabudua BHI	Mezo 36	489020003	 480039		

		Erandio	Astrabudua	Margen Derecha

48009098C	CEP Goiko-Landa LHI	Desanexion, 4	 489020004	480039		

		Erandio	Asua-Lauroeta	Margen Derecha

48010064C	CEP Gorondagane LHI	Goronda-Bekoa 1	 489040001	480038		

		Sondika	Basozabal	Txorierri-Mungia

48003837C	CEP Zamudio LHI	Oiz 4	489050004	 480038		

		Zamudio	Arteaga-San Martín	Txorierri-Mungia

48004261C	CEP Maiztegi LHI	Olaburu 4	489100301	 480033		

		Iurreta	Aita San Miguel	Duranguesado

48011883C	IES Juan Orobiogoitia BHI	Olaburu 3	 489100301	480033		

		Iurreta	Aita San Miguel	Duranguesado

IKASTETXEAREN	IKASTETXEAREN IZENA	IKASTETXEAREN HELBIDEA	KODEA	ESKUALDE-KODEA

KODEA		UDALERRIA	HERRIA	ESKUALDEAREN IZENA

CÓDIGO		DOMICILIO DEL CENTRO	CÓDIGO	CÓDIGO ZONA

DEL CENTRO	NOMBRE DEL CENTRO	MUNICIPIO	LOCALIDAD	 DENOM. ZONA

48000575C	CEP Alonsotegi LHI	Azordoiaga 7	 489120001	480043		

		Alonsotegi	Alonsotegi	Bilbao

48009281C	CEP Barrutia LHI	Barrutia 8	489140002	 480031		

		Arratzu	Barrutia	Busturia

48005482C	IES Barrutialde BHI	Barrutia 7	 489140002	480031		

		Arratzu	Barrutia	Busturia

OHARRAK / NOTAS

HHEko IKASTETXEAK / CENTROS DE EPA

Helduen hezkuntzak ezaugarri bereziak dituenez, hainbat ikastetxetako irakasle plantila auzo edo herrietako lokaletan banatzen da.

Debido a las especiales características de la Educación de Personas Adultas hay algunos centros cuya plantilla de profesores/as se distribuye en locales situados en barrios o localidades diversos.

Ikastetxe horien zerrenda ematen da ondoren, zein auzo eta herri hartzen dituzten adieraziz:

A continuación se relaciona la lista de estos centros, con expresión de los barrios y localidades que atienden:	

HHEko IKASTETXEAK / CENTROS DE EPA
ARABAKO LURRALDE HISTORIKOA / TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA

IKASTETXEA/CENTRO	IKASGELAK NON / SITUACIÓN AULAS	

		

HHI / CEPA Llodio	Laudio-Llodio	

	Amurrio	

		

HHI / CEPA Ntra. Sra. del Carmen	Vitoria-Gasteiz	

		

HHI / CEPA Paulo Freire	Vitoria-Gasteiz: erdialdea / centro	

	Vitoria-Gasteiz: Adurtza	

	Vitoria-Gasteiz: Abetxuko	

	Vitoria-Gasteiz: Ariznavarra	

	Vitoria-Gasteiz: Zaramaga	

	Vitoria-Gasteiz: Sansomendi	

	Alegría-Dulantzi; Asparrena	

	Iruña Oka / Iruña de Oca	

	Iruña Oka / Iruña de Oca: espetxean ere irakatsi beharko da.

	Incluye impartición en el Centro Penitenciario.	

	Salvatierra / Agurain	

		

UOHI / CEBAD	Vitoria-Gasteiz	

BIZKAIKO LURRALDE HISTORIKOA / TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA

IKASTETXEA/CENTRO	IKASGELAK NON / SITUACIÓN AULAS	

		

HHI / CEPA Barakaldo	Barakaldo	

	Barakaldo: Cruces	

	Barakaldo: erdialdea/centro	

	Barakaldo	

		

HHI / CEPA Basauri Denon Eskola	Basauri	

	Basauri: espetxean ere irakatsi beharko da.

	Incluye impartición en el Centro Penitenciario.	

	Arrigorriaga	

	Etxebarri 	

	Ugao-Miraballes	

	Urduña-Orduña	

HHI / CEPA Bermeo	Bermeo	

	Mundaka	

		

HHI / CEPA Bilbao-Irala	Bilbao: Irala	

	Bilbao: San Ignacio	

	Bilbao: Uretamendi	

	Bilbao: La Merced	

		

HHI / CEPA Bilbao-Iturribide	Bilbao: Iturribide	

	Bilbao: Otxarkoaga	

		

HHI / CEPA Durango	Durango	

	Amorebieta-Etxano	

	Ermua	

		

HHI / CEPA Galdakao	Galdakao	

	Igorre	

	Areatza	

		

HHI / CEPA Gernika-Lumo	Gernika-Lumo	

	Lekeitio	

	Markina-Xemein	

	Ondarroa	

		

HHI / CEPA Leioa	Leioa	

	Erandio	

	Getxo	

	Derio	

	Mungia	

	Sopelana	

	Zamudio: Ospital psikiatrikoan ere irakatsi beharko da.

	Incluye impartición en el Hospital Psiquiátrico.	

		

HHI / CEPA Portugalete	Portugalete	

	Portugalete: Buenavista	

		

HHI / CEPA Santurtzi	Santurtzi	

	Santurtzi: erdialdea/centro	

		

HHI / CEPA Sestao	Sestao	

		

HHI / CEPA Valle De Trápaga	Valle de Trápaga-Trapagaran	

	Abanto y Ciervana-Abanto Zierbena	

	Muskiz	

	Ortuella	

		

HHI / CEPA Zalla	Zalla	

	Alonsotegi	

	Alonsotegi-Arbuio-La Guía	

	Balmaseda	

	Güeñes: Sodupe	

		

UOHI / CEBAD	Bilbao	

GIPUZKOAKO LURRALDE HISTORIKOA / TERRITORIO HISTÓRICO DE GIPUZKOA

IKASTETXEA/CENTRO	IKASGELAK NON / SITUACIÓN AULAS	

		

HHI / CEPA Arrasate	Arrasate-Mondragón	

	Aretxabaleta	

	Eskoriatza	

		

HHI / CEPA Beasain	Beasain	

	Lazkao	

	Ordizia	

		

HHI / CEPA Bergara	Bergara	

	Soraluze-Placencia de las Armas	

	Oñati	

	Antzuola	

		

HHI / CEPA Eibar	Eibar	

	Deba	

	Elgoibar	

		

HHI / CEPA Hernani	Hernani	

	Andoain	

	Urnieta	

		

HHI / CEPA Herrera	Donostia-San Sebastián	

		

HHI / CEPA Ignacio Zuloaga	Donostia-San Sebastián	

	Villa Salia: Donostia-San Sebastián	

	Martutene: espetxean ere irakatsi beharko da.

	Incluye impartición en el Centro Penitenciario.	

	Donostia-San Sebastián: Ondarreta	

		

HHI / CEPA Irun	Irun	

	Hondarribia	

		

HHI / CEPA Lasarte	Lasarte-Oria	

	Usurbil	

		

HHI / CEPA Oarsoaldea	Errenteria	

	Errenteria: Beraun	

	Pasaia	

	Oiartzun	

	Lezo	

		

HHI / CEPA Tolosa	Tolosa	

	Villabona	

	Bidegoian	

	Anoeta	

		

HHI / CEPA Urretxu	Urretxu	

	Legazpi	

		

HHI / CEPA Zarautz	Zarautz	

	Zumaia	

	Azkoitia	

		

UOHI / CEBAD	Donostia-San Sebastián	

		

Helduen Hezkuntzako ikastetxe publikoak ikastegi bereziak dira. Horien barruan sartzen dira euren eragin-eremuko zirkulu eta gelak, ikastegia dagoen kokalekuaz kanpoko auzo eta/edo herrietan kokatuak, eta ikastegi nagusiko unitatetzat jotzen dira. Handitu ala txikitu egin daitezke ikastetxeko eskarien eta giza baliabide materialen arabera.

Los centros públicos de educación de personas adultas son centros específicos, estando integrados en él los diferentes círculos y aulas de su ámbito de influencia, radicados en barrios y/o localidades distintas del que se halle situado el centro, y teniendo la consideración de unidades del mismo centro base, pudiendo incrementarse o disminuirse en función de la demanda y de los recursos humanos y materiales del centro.

CONCURSO DE TRASLADOS DE MAESTROS/AS 2006-2007 Y PROCEDIMIENTOS PREVIOS

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD

1.– Se ruega al concursante que, en su propio beneficio, ponga el máximo interés para cumplimentar de forma total y correcta la solicitud, ya que la omisión de datos o la cumplimentación incorrecta de los mismos, con enmiendas o tachaduras podrá motivar su no tramitación, o la adjudicación de un destino no deseado.

2.– La Solicitud se rellenará a máquina o a mano con caracteres de imprenta. Cada solicitante deberá cumplimentar un solo impreso con independencia del número de apartados en los que participe, por cualquiera de las posibilidades: impreso en papel, que podrá obtener en las Delegaciones Territoriales de Educación; obtener dicha solicitud en la dirección de internet: www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net o cumplimentando la solicitud vía internet en la dirección www.irakasle.net ..

3.– Los datos numéricos con encasillados se ajustarán a la derecha. Por ejemplo, si el número de DNI es el 560722, se pondrá:

	5	6	0	7	2	2

4.– Todo/a Maestro/a deberá hacer constar su destino en propiedad definitiva.

5.– Todo/a Maestro/a que carezca de destino definitivo pero posea un destino provisional, deberá hacer constar igualmente dicho destino.

6.– Los códigos de especialidades a consignar en la solicitud constan de 3 partes:

– El código de la especialidad propiamente dicho formado por dos casillas.

– El código del requisito lingüístico se cumplimentará de la siguiente manera:

CÓDIGO	CARACTERÍSTICAS DE LA PLAZA	

	PERFIL LINGÜÍSTICO	FECHA DE PRECEPTIVIDAD	

A	PL1	Vencida	

C	PL1	Sin fecha	

D	PL2	Vencida	

– Código de itinerancia a consignar si el puesto conlleva dicha característica, en cuyo caso se escribirá un "1" en esta casilla.

7.– Aquellos/as concursantes que soliciten participar en el proceso de readscripción del apartado 1, consignarán en el epígrafe "A cumplimentar por todos los concursantes" solamente el destino provisional (localidad y centro) que ocupan, y en el epígrafe "A cumplimentar si participa por alguno de los apartados 1 ó 2" el centro en donde les fue suprimido el puesto de trabajo que venían desempeñando con carácter definitivo.

Los solicitantes del apartado 2, consignarán en ambos epígrafes el centro en que están destinados, así como la especialidad que ocupan (véase punto n.° 6 de estas instrucciones).

8.– Aquellos Maestro/as que se encuentren en alguno de los supuestos recogidos en las bases primera y cuarta de la convocatoria de derecho preferente, deberán indicar el apartado (A, B, o C) de esta base que corresponda a su situación.

Los Maestro/as que hagan uso del derecho preferente, deberán consignar la localidad o zona (nunca ambas) en la que ejercen ese derecho. Asimismo, deberán cumplimentar, por orden de preferencia, los códigos (véase punto n.° 6 de estas instrucciones) para las que aplica dicho derecho. Esta preferencia será tenida en cuenta a efectos de reserva de especialidad en localidad.

9 - Aquellos concursantes que hagan uso del derecho de concurrencia y/o consorte, deberán cumplimentar en la solicitud los datos identificativos de los profesores que hacen uso de este derecho conjuntamente con el solicitante, así como el código del Territorio Histórico sobre el que ejercen el mismo. La omisión o la cumplimentación incorrecta de estos datos conllevará la anulación de todas las solicitudes del conjunto de concurrentes.

10.– Aquellos participantes que se encuentren prestando servicios en el primer destino definitivo obtenido por concurso, al que hubieron de acudir obligatoriamente desde su situación de provisionales, deberán elegir en la solicitud qué apartado del baremo (a ó c) desean les sea aplicado.

PETICIONES DE ESPECIALIDADES

(apartado A de la solicitud)

11.– Aquellos concursantes que soliciten su participación por alguno de los procesos de readscripción en el centro docente (Apartados 1 ó 2), deberán cumplimentar por orden de preferencia, las especialidades a las que soliciten ser readscritos dentro del centro (véase punto n.° 6 de estas instrucciones).

PETICIONES DE CENTRO o LOCALIDAD-ESPECIALIDAD

(apartado B de la solicitud)

12.– Aquellos concursantes que participen por los apartados 5 ó 6 cumplimentarán esta parte de la solicitud de la siguiente manera:

12.1.– Participantes por el apartado 5:

a) Si participa con derecho preferente a localidad, deberá incluir todos los centros de la localidad en que ejerce este derecho o bien la propia localidad.

b) Si participa con derecho preferente a zona, deberá efectuar sus peticiones por bloques (en cada bloque todas de una misma localidad), con el fin de establecer una prioridad entre las localidades que componen la zona, incluyendo, en cualquier caso, el código de la localidad de la que dimana el derecho preferente o los códigos de los centros de dicha localidad.

Igualmente, en ambos supuestos, deberá consignarse en las casillas correspondientes al código de especialidad, propiamente dicho (2 primeras casillas), únicamente las siglas DP (Derecho Preferente), con las que se entenderán solicitadas todas las especialidades consignadas en el epígrafe "A cumplimentar si participa por el apartado 5".

12.2.– Participantes por el apartado 6:

Deberán incluir las peticiones de los centros y/o localidades que deseen solicitar voluntariamente por este apartado.

Por cada petición deberán consignar el código de centro o localidad, código de la especialidad e idioma y, en su caso, código de itinerancia (véase punto n.° 6 de estas instrucciones).

12.3.– Participantes por más de uno de los apartados 5 y 6:

Deberán agrupar las peticiones de cada uno de ellos en bloques homogéneos, siguiendo el orden en que quedan enumerados.

13.– Los centros y/o localidades solicitados deberán indicarse mediante el mismo código con el que se han publicado en las convocatorias específicas respectivas. Ejemplo: el código de centro 20004021C y el código de localidad 200030002 se cumplimentarían en las peticiones así:

Petición de centro:

	2	0	0	0	4	0	2	1	C

Petición de localidad:

	2	0	0	0	3	0	0	0	2	

14.– Para solicitar un centro o una localidad por más de una especialidad, será necesario consignar en distintas líneas, dicho centro o localidad, una por cada una de las especialidades que se deseen y por orden de preferencia, con la salvedad mencionada en el punto 12.2 (Derecho Preferente). A estos efectos, se considerará especialidad distinta la que conlleva perfil lingüístico y/o plazo de preceptividad distinto y/o el carácter itinerante.

15.– Los participantes que hagan uso del derecho de concurrencia y/o consorte, deberán incluir únicamente, entre sus peticiones del apartado 6, centros y/o localidades del mismo Territorio Histórico, el mismo para cada grupo de concurrentes. Caso de no producirse así, se considerará desestimada su participación por el apartado 6.

16.– El número máximo de peticiones a centro y/o localidad-especialidad será de 300.

PETICIONES DE TERRITORIOS HISTÓRICOS

Apartado C) de la solicitud

17.– Sólo deberán cumplimentar este apartado, los participantes por las modalidades 3, 6 ó 10 del apartado 6, anulándose estas peticiones a todos los concursantes que no cumplan este requisito.

18.– Se indicarán el Territorio Histórico o los Territorios Históricos, por orden de preferencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, donde tienen que obtener destino definitivo, en caso de no haberlo conseguido en las peticiones a centro y/o localidad y especialidad. Además deberá consignar por orden de preferencia, dentro de cada Territorio Histórico las especialidades para las que está habilitado y los perfiles lingüísticos que tiene acreditados, indicando también la preferencia en cuanto a las fechas de preceptividad de los mismos (según cuadro del punto 6).

19.– Las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, informarán y aclararán las dudas que puedan presentarse en la cumplimentación de este impreso.

20.– Además de estas instrucciones es necesario que cada solicitante se lea la convocatoria de este concurso, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, lo que evitará errores imposibles de subsanar.

CÓDIGOS DE ESPECIALIDADES (Dos primeras casillas)

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA

Educación Infantil	31

Inglés	32

Francés	33

Educación Física	34

Música	35

Educación Especial. Pedagogía Terapéutica	36

Educación Especial. Audición y Lenguaje	37

Educación Primaria	38

Euskera	80

Consultor	81

Educación Especial. Pedagogía Terapéutica. Aulas de Aprendizaje de Tareas	53

EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS

Educación de Personas Adultas. Enseñanzas Iniciales	75

Educación de Personas Adultas. Inglés	76

Educación de Personas Adultas. Francés	77

Educación de Personas Adultas. Matemáticas y Ciencias de la Naturaleza	78

Educación de Personas Adultas. Ciencias Sociales	79

Educación de Personas Adultas. Audición y Lenguaje	51

Educación de Personas Adultas. Pedagogía Terapéutica	 52

PRIMER CICLO DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

Ciencias Sociales: Geografía e Historia	21

Ciencias de la Naturaleza	22

Matemáticas	23

Lengua Castellana y Literatura	24

Inglés	25

Francés	26

Educación Física	27

Música	28

Educación Especial. Pedagogía Terapéutica	60

Educación Especial. Audición y Lenguaje	61

Lengua y Literatura Vasca	63

Educación Plástica y Visual	64

Tecnología	65

CÓDIGOS DE TERRITORIOS HISTÓRICOS

01	Álava	

20	Gipuzkoa	

48	Bizkaia	

PROBINTZIA, LURRALDE ETA AUTONOMIA ERKIDEGOEN KODEAK

CÓDIGOS DE PROVINCIAS, TERRITORIOS Y COMUNIDADES AUTÓNOMAS

ERKIDEGOAREN KODEA	ERKIDEGOAREN IZENA	 PROBINTZIAREN KODEA	PROBINTZIAREN IZENA

CÓDIGO COMUNIDAD	DENOMINACIÓN COMUNIDAD	CÓDIGO PROVINCIA	DENOMINACIÓN PROVINCIA	

01	Andaluzia/Andalucía	04	Almería	

		11	Cádiz	

		14	Kordoba/Córdoba	

		18	Granada	

		21	Huelva	

		23	Jaén	

		29	Málaga	

		41	Sevilla	

02	Aragoi / Aragón	22	Huesca	

		44	Teruel	

		50	Zaragoza	

03	Asturias	33	Asturias	

04	Balearrak/Baleares	07	Balearrak/ Baleares	

05	Kanariak/Canarias	35	Las Palmas	

		38	S.C. Tenerifekoa / S.C. Tenerife	

06	Kantabria/Cantabria	39	Kantabria/ Cantabria	

07	Gaztela eta Leon	05	Ávila	

	Castilla y León	09	Burgos	

		24	León	

		34	Palentzia/Palencia	

		37	Salamanca	

		40	Segovia	

		42	Soria	

		47	Valladolid	

		49	Zamora	

08	Gaztela-Mantxa 	02	Albacete	

	Castilla La Mancha	13	Ciudad Real	

		16	Cuenca	

		19	Guadalajara	

		45	Toledo	

09	Katalunia/Cataluña	08	Bartzelona/ Barcelona	

		17	Girona	

		25	Lleida	

		43	Tarragona	

10	Extremadura	06	Badajoz	

		10	Cáceres	

11	Galizia/Galicia	15	A Coruña	

		27	Lugo	

		32	Ourense	

		36	Pontevedra	

12	Errioxa / La Rioja	26	Errioxa / La Rioja	

13	Madril/Madrid	28	Madril/Madrid	

14	Murtzia/Murcia	30	Murtzia/Murcia 	

15	Nafarroa/Navarra	31	Nafarroa/ Navarra	

16	Valentzia/Valencia	03	Alacant	

		12	Castello/Castellón	

		46	Valentzia/Valencia	

17	Euskadi / País Vasco	01	Araba/Álava 	

		20	Gipuzkoa	

		48	Bizkaia	

18	Ceuta	51	Ceuta	

19	Melilla	52	Melilla


Análisis documental