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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 134, viernes 14 de julio de 2006


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

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Interior
3684

ANUNCIO por el que se notifican las resoluciones del Director de la Ertzaintza de los expedientes que abajo se indican, incoados con relación a infracciones de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Intentada sin efecto la notificación de dichas resoluciones, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, a quienes debe servir de notificación individual, con las siguientes advertencias:

1.– Contra la citada resolución que no pone fin a la vía administrativa podrá el interesado interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Seguridad, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio. Al objeto de examinar el expediente, éste se encuentra a su disposición en el Gabinete de la Viceconsejería de Seguridad, en Larrauri Mendotxe Bidea, 18 de Erandio.

2.– La multa deberá pagarse:

a) La notificada entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, si aquél no lo fuera.

b) La notificada entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, si aquél no lo fuera.

Cuando el plazo de un mes para la interposición de recurso de alzada frente esta resolución finalice con posterioridad al citado plazo establecido con carácter general, el plazo de pago se extenderá hasta el día hábil siguiente a la finalización del plazo de interposición de recurso, siempre que no se produzca dicha interposición.

(Artículos 44.3, 44.1 y 44.4 del Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco).

3.– El ingreso se realizará, citando el nombre y el n.º de expediente, y señalando que corresponde al Departamento de Interior, en cualquiera de las siguientes cuentas bancarias:

Cuentas Delegadas de la Tesorería General del País Vasco.

Bilbao Bizkaia Kutxa-BBK.

Cuenta n.º: 2095-0631-50-9106590840.

Caja de Ahorros de Gipuzkoa y San Sebastián / Gipuzkoa eta Donostiako Kutxa-KUTXA.

Cuenta n.º: 2101-0381-00-0011557709.

Caja de Ahorros de Vitoria y Álava / Araba eta Gasteizko Kutxa-Caja VITAL Kutxa.

Cuenta n.º: 2097-0178-15-0018315087.

4.– En caso de no hacer efectiva la sanción en el plazo voluntario indicado, se procederá a su exacción por la vía de apremio sobre su patrimonio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 97.1 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

5.– Por lo que se refiere a las sanciones por la infracción del artículo 25.1, se le comunica que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y en el Real Decreto 1079/1993, de 2 de julio (BOE n.º 173, de 20 de julio de 1993), la sanción que se le ha impuesto, cuando sea firme en vía administrativa, podrá ser suspendida si se encuentra sometido o tiene el propósito de someterse a un tratamiento de deshabituación en un centro o servicio debidamente acreditado o autorizado para tal fin, cumpliendo los requisitos exigidos en el citado Real Decreto 1079/1993. Para ello, deberá comunicar a esta Administración tal circunstancia en el plazo máximo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Izen-abizenak	Esp.–zk.	Arau-haustearen 	Ebazpen-eguna	Zigorra	Hautsitako

		eguna			art.

Apellidos y nombre	N.º exp.	Fecha infrac.	Fecha resol.	Sanción	Art. infring.

Chakour, Salim	405X0501578-2	30-05-2005	 02-05-2006	301 euro Kentzea/Ret.	23.a	

Baamonde Franco, Joan Sebastian	405X0501589-2	 05-06-2005	02-05-2006	500 euro Kentzea/Ret.	25.1	

Martínez Montaña, Ramón	405X0501880-7	10-06-2005	 09-05-2006	301 euro Kentzea/Ret.	23.a	

Barrul Borja, José	405X0501874-3	06-04-2005	 18-04-2006	301 euro Kentzea/Ret.	25.1	

Ventura Rodríguez, Luis Alberto	405X0501917-7	 30-08-2005	09-05-2006	301 euro Kentzea/Ret.	25.1	

Arbulo Díez, José Ramón	405X0501925-5	07-07-2005	 09-05-2006	Kentzea/Retirada	25.1	

Arbulo Díez, José Ramón	405X0501925-5	07-07-2005	 09-05-2006	301 euro Kentzea/Ret.	23.a	

García Clavería, Paulino	405X0501625-7	25-03-2005	 02-05-2006	1.000 euro Kentzea/Ret.	23.a	

Piñero Gutiérrez, Victor Fernando	405X0501875-2	 05-04-2005	02-05-2006	450 euro Kentzea/Ret.	25.1	

Otero Gómez, Alberto	405X0301740-5	13-05-2003	 25-04-2006	600 euro Kentzea/Ret.	23.a	

Izen-abizenak	Esp.–zk.	Arau-haustearen 	 Ebazpen-eguna	Zigorra	Hautsitako

		eguna			art.

Apellidos y nombre	N.º exp.	Fecha infrac.	Fecha resol.	Sanción	Art. infring.

Martín Sánchez, María Dolores	405X0501739-8	 27-06-2005	25-04-2006	301 euro Kentzea/Ret.	23.a	

Pereda Calvo, Eduardo	405X0501569-2	14-05-2005	 18-04-2006	500 euro Kentzea/Ret.	25.1	

Torre Gil, Carlos	405X0501991-2	24-10-2005	 02-05-2006	600 euro Kentzea/Ret.	23.a	

Agraz García, Gorka	405X0501955-5	20-11-2005	 09-05-2006	Kentzea/Retirada	25.1	

Reguero Fernández, Eugenio	405X0501832-7	22-03-2005	 09-05-2006	600 euro Kentzea/Ret.	23.a	

González de Zárate Parra, Pablo José	405X0501790-8	 20-04-2005	11-04-2006	600 euro	23.c	

Ramírez García, Alberto	405X0501538-7	05-06-2005	 25-04-2006	650 euro Kentzea/Ret.	25.1	

Arcos Morán, Francisco Javier	405X0501618-3	 26-03-2005	04-05-2006	900 euro Kentzea/Ret.	23.a	

Cerreruela Pisa, Cándido	405X0500995-5	18-11-2004	 25-04-2006	600 euro Kentzea/Ret.	23.a	

Rodríguez de Torres, David	405X0501726-3	21-06-2005	 25-04-2006	400 euro Kentzea/Ret.	23.a	

RET.: Atzemandako substantzia edota arma kentzea / Retirada del arma o sustancia incautada.

Erandio, a 23 de mayo de 2006.

El Director de la Ertzaintza,

JON ARTURO URIARTE UNZALU.


Análisis documental