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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 134, viernes 14 de julio de 2006


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Otras Disposiciones

Industria, Comercio y Turismo
3663

ORDEN de 28 de junio 2006, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas, dentro del marco establecido por el Decreto 96/1994, de regulación de ayudas económicas para la promoción de la implantación y de la mejora de los sistemas de gestión de la calidad en las empresas industriales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el ejercicio 2006.

El Decreto 96/1994, de 22 de febrero, establece el programa de ayudas económicas para la promoción de la implantación y de la mejora de los sistemas de gestión de la calidad en las empresas industriales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Este Decreto fue modificado por el Decreto 160/1997, de 1 de julio.

Por otra parte, el Decreto 25/1998, de 17 de febrero, modificó, por segunda vez, el Decreto 96/1994, de 22 de febrero, incluyéndose con dicha actuación otros elementos formales contemplados en el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, que son de obligado cumplimiento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 96/1994, de 22 de febrero, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2006, dictando, a tal objeto, las normas necesarias.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el citado artículo 11 del Decreto de referencia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Es objeto de la presente norma la convocatoria para el ejercicio 2006 de las ayudas previstas en el Decreto 96/1994, de 22 de febrero, de regulación de ayudas económicas para la promoción de la implantación y de la mejora de los sistemas de gestión de la calidad en las empresas industriales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, modificado por los Decretos 160/1997, de 1 de julio, y 25/1998, de 17 de febrero.

A este fin se destinará un total de 3.379.030,00 euros, para el año 2006, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El volumen total de las ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria, no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte de su actualización conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente. No procederá por tanto la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe, suspendiéndose a partir de ese momento la eficacia de la presente disposición. En su caso, de ambas circunstancias se dará publicidad mediante resolución del Viceconsejero de Innovación y Energía.

Artículo 2.– Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en el Decreto 96/1994, de 22 de febrero, modificado por el Decreto 160/1997, de 1 de julio, y por Decreto 25/1998, de 17 de febrero, deberán reunir los siguientes requisitos:

1.– Ostentar la condición de beneficiario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 y concordantes de Decreto de referencia.

2.– Presentar las solicitudes junto con la documentación exigida en el artículo 11 del Decreto citado en la Dirección de Innovación y Sociedad de la Información, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, en las correspondientes Oficinas Territoriales de Industria, Comercio y Turismo de cada Territorio Histórico, o en los lugares especificados por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 3.– 1.– Si las solicitudes no vinieran cumplimentadas en todos sus términos, o no fueran acompañadas de la documentación exigida, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.– El Departamento de Industria, Comercio y Turismo podrá pedir, igualmente, a los solicitantes cuanta documentación y/o información entienda necesaria para la correcta evaluación y resolución de los proyectos que se presenten, señalándose que, en lo no expresamente previsto en la presente norma, resultará de aplicación lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 4.– 1.– El plazo de presentación de las solicitudes para acogerse a las ayudas previstas en el Decreto 96/1994, de 22 de febrero, de regulación de ayudas económicas para la promoción de la implantación y de la mejora de los sistemas de gestión de la calidad en las empresas industriales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, modificado por el Decreto 160/1997, de 1 de julio, y por Decreto 25/1998, de 17 de febrero, comenzará al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria y finalizará el 31 de octubre de 2006.

2.– Transcurridos seis meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Convocatoria, sin que se haya dictado y notificado resolución alguna, el interesado podrá entender desestimada su pretensión, sin perjuicio de la obligación del órgano competente de dictar resolución expresa en relación a la subvención solicitada.

Artículo 5.– Corresponderá a la Directora de Innovación y Sociedad de la Información la incoación y resolución de los expedientes de incumplimiento.

Artículo 6.– La presente convocatoria podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo según lo establecido por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de junio 2006.

La Consejera de Industria, Comercio y Turismo,

ANA AGUIRRE ZURUTUZA.


Análisis documental