Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 90, lunes 15 de mayo de 2006


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Eibar
2476

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 252/05 sobre reclamación de cantidad.

Juzgado de Primera Instancia n.° 2 de Eibar (Gipuzkoa).

Juicio: Juicio verbal L2 252/05.

Demandante: Caja Laboral Popular Sociedad Cooperativa de Crédito Limitada.

Abogado: D. Zaldua Azurmendi, Carlos.

Procurador: D.ª Josefina Llorente Lopez.

Demandado: Jose Maria Anchustegui Guenaga.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado el 31 de marzo de 2006 sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Llorente Lopez en nombre y representación de Caja Laboral Popular Cooperativa de Crédito debo condenar y condeno al demandado Jose M.ª Anchustegui Guenaga a que abone a la citada entidad la cantidad de 2.356,59 euros, sus intereses pactados desde la fecha del cierre el día 27 de mayo de 2003 hasta la fecha de efectivo pago a la parte actora, así como la imposición en costas.

Notifíquese la presente Sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Apelación en el plazo de cinco días desde la notificación, cuyo conocimiento corresponde a la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Jose Maria Anchustegui Guenaga y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Eibar (Gipuzkoa), a 18 de abril 2006.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental