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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 90, lunes 15 de mayo de 2006


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Disposiciones Generales

Industria, Comercio y Turismo
2467

ORDEN de 10 de abril de 2006, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se desarrolla el Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los Carnés de Cualificación Individual y las Empresas Autorizadas en materia de seguridad industrial.

El Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los Carnés de Cualificación Individual y las Empresas Autorizadas en materia de seguridad industrial, que regula el régimen jurídico aplicable, en la Comunidad Autónoma del País Vasco, a los carnés de cualificación individual y a las empresas autorizadas, ha supuesto una profunda modificación del régimen de obtención de los carnés de instaladores autorizados.

En las Disposiciones Finales se faculta al titular del Departamento competente en materia de industria para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del mismo, determinando, a su vez, las materias que serán objeto de desarrollo reglamentario, cuyo contenido se explicita en el artículo 1 de esta Orden.

Una vez aprobado el Decreto de regulación de los carnés de cualificación individual y de las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial, es oportuna y procedente la publicación de una norma que desarrolle, regule y clarifique las materias citadas, en aras a conseguir una mayor seguridad en la ejecución y control de las instalaciones industriales.

En su virtud, de conformidad con las disposiciones citadas y otras de general y concordante aplicación,

DISPONGO:
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente Orden el desarrollo del Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los Carnés de Cualificación Individual y las Empresas Autorizadas en materia de seguridad industrial, en concreto en las siguientes cuestiones:

a) La determinación de las distintas categorías de carnés de cualificación individual y de empresas autorizadas.

b) La determinación de las titulaciones de Formación Profesional o cursos de formación autorizados exigibles para cada una de las especialidades de carné de cualificación individual de instalador autorizado.

c) La equivalencia, a efectos de los carnés de cualificación individual, de otros títulos de formación profesional reglada.

d) La fijación de la duración y el contenido mínimo de los cursos de formación autorizados.

e) Las exigencias por especialidad y categoría para las empresas autorizadas.

f) La determinación de la forma y contenido del carné de cualificación individual y del certificado de empresa autorizada.

CAPÍTULO II
PROFESIONALES AUTORIZADOS.
TITULACIONES Y CURSOS DE FORMACIÓN

Artículo 2.– Categorías de carnés de cualificación individual.

Las categorías de carnés de cualificación individual, ordenados por especialidades, serán las que se recogen en el anexo I.

Artículo 3.– Justificación de conocimientos teórico-prácticos y de la reglamentación técnica.

La justificación de los conocimientos teórico-prácticos y de la reglamentación técnica exigidos por el artículo 9.b del Decreto 63/2006, de 14 de marzo, como una de las condiciones impuestas para la obtención de un carné de cualificación individual de instalador autorizado, en todo caso, se realizará mediante la presentación de Título o Certificado correspondiente de estudios de Formación Profesional o, en su caso, acreditación de haber superado un curso de formación sobre las materias y contenidos que se recogen en la presente Orden.

Artículo 4.– Titulaciones exigidas para cada especialidad de carné de cualificación individual.

En desarrollo de lo previsto en el artículo 8.2 del Decreto 63/2006, de 14 de marzo, las titulaciones de Formación Profesional reglada necesarias para la obtención de los correspondientes carnés de cualificación individual, según los distintos supuestos recogidos en el artículo 10 del citado Decreto, serán, para cada categoría y especialidad de carné, las recogidas en el anexo II de la presente Orden.

Artículo 5.– Equivalencia de títulos de Formación Profesional.

1.– Las equivalencias de los distintos títulos de formación profesional reglada, a efectos de la posibilidad de acceder a los distintos tipos de carnés de cualificación individual, son las recogidas en el anexo III de la presente Orden.

2.– Para la realización de otras equivalencias no recogidas en el punto anterior, la Dirección competente en seguridad industrial o energía, según la materia, será el órgano competente para realizar dichas equivalencias, previo informe preceptivo de la Dirección de Formación Profesional del Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

Artículo 6.– Cursos de formación autorizados.

1.– La superación de un curso de formación con el contenido y duración mínimos recogidos en el anexo IV de esta Orden permitirá la obtención del carné de cualificación conforme a lo previsto en el artículo 10 del Decreto 63/2006, de 14 de marzo.

2.– En aquellos casos en que se acredite tener una formación previa parcial, se podrá excepcionalmente autorizar un curso con un contenido inferior al previsto en cada uno de los apartados del anexo IV de esta Orden.

Artículo 7.– Realización de exámenes de aptitud.

En el supuesto de cursos impartidos por entidades reconocidas, será necesario que el proceso selectivo sea supervisado por un técnico del Departamento competente en materia de industria, conforme a lo establecido en el artículo 27 del Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los Carnés de Cualificación Individual y las Empresa Autorizadas en materia de seguridad industrial. A estos efectos, será necesario que las Entidades de formación informen, al menos con un mes de antelación, a la Oficina Territorial de Industria correspondiente de las fechas previstas para la realización de las pruebas.

Artículo 8.– Formato y características de los Carnés de Cualificación Individual.

Los Carnés de Cualificación Individual tendrán el formato y las características indicadas en el anexo V de la presente Orden, debiendo figurar en el mismo todas las categorías para las que esté autorizado el titular.

CAPÍTULO III
EMPRESAS AUTORIZADAS

Artículo 9.– Certificado de Empresa Autorizada.

1.– El Certificado de Empresa Autorizada se obtendrá en la Oficina Territorial del Departamento competente en materia de Industria correspondiente a su domicilio social, previa acreditación del cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Estar inscrita en el Registro de Establecimientos Industriales, de acuerdo con lo que establecen las normas reguladoras de este Registro y estar en situación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

b) Disponer de los medios humanos adecuados para el desarrollo de sus actividades, incluyendo la obligación de disponer de un técnico titulado competente cuando así lo indique la reglamentación específica, todo ello de acuerdo con lo establecido en el anexo VII de la presente Orden.

c) Tener cubierta la responsabilidad civil ante terceros, que pueda derivarse de su actuación, mediante póliza de seguro, según lo previsto en el anexo VII.

d) Disponer de los medios materiales mínimos que, para cada especialidad, exija la reglamentación sectorial aplicable.

2.– Las categorías de empresas autorizadas serán las recogidas en el anexo VI de la presente Orden.

Artículo 10.– Control de las Empresas Autorizadas.

Las empresas autorizadas podrán ser objeto de control por parte de las Oficinas Territoriales pudiéndose comprobar aspectos tales como el cumplimiento de los requisitos como empresas autorizadas, elementos de actuación, comprobación de las instalaciones efectuadas y cuantos aspectos se refieran a su actividad relacionada con la seguridad industrial.

Artículo 11.– Formato y características del certificado de empresa autorizada.

Los Certificados de Empresa Autorizada tendrán el formato y las características indicadas en el anexo VIII de la presente Orden.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Requisitos para los carnés de cualificación individual de Baja Tensión.– Las personas que cuenten con un título de formación profesional de los exigidos para los carnés de cualificación individual de Baja Tensión (categoría básica o especialidades) que hayan sido otorgados con anterioridad a la finalización del curso académico 2006-2007, o con uno de los declarados equivalentes, además de realizar un examen de aptitud en una entidad reconocida, conforme a lo previsto en la Disposición Adicional Segunda del Decreto 63/2006, de 14 de marzo, deberán realizar, previamente, un curso de 40 ó 100 horas, de conformidad con lo que al respecto establece el Reglamento de Baja Tensión, con los contenidos recogidos en el anexo IV de la presente Orden.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– Desarrollo de la Orden.

Mediante resolución del Director competente en materia de seguridad industrial o energía se podrán adaptar los anexos de la presente norma a los avances tecnológicos y a los nuevos reglamentos de seguridad. Igualmente se habilita a los citados órganos para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de la presente Orden.

Segunda.– Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el 2 de junio de 2006.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de abril de 2006.

La Consejera de Industria, Comercio y Turismo,

ANA AGUIRRE ZURUTUZA.

ANEXO I
ESPECIALIDADES Y CATEGORÍAS DE CARNES PROFESIONALES

ESPECIALIDAD	CATEGORÍA

Instalaciones Interiores de Agua	– Carné de cualificación individual para fontanería.

Aparatos a Presión	– Carné de cualificación individual de operador industrial de calderas.

Instalaciones Térmicas en Edificios	– Carné de cualificación individual para instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria (Instalador A).

	– Carné de cualificación individual para instalaciones de climatización (Instalador B).

	– Carné de cualificación individual para mantenimiento de instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria (Mantenedor A).

	– Carné de cualificación individual para mantenimiento de instalaciones de climatización (Mantenedor B).

Baja Tensión	– Carné de cualificación individual de baja tensión. Categoría básica.

	– Carné de cualificación individual de baja tensión. Especialidades:

		a) Sistemas de automatización, gestión técnica de la energía y seguridad para viviendas y edificios.

		b) Sistemas de control distribuido.

		c) Sistemas de supervisión, control y adquisición de datos.

		d) Control de procesos.

		e) Líneas aéreas o subterráneas para distribución de energía.

		f) Locales con riesgo de incendio o explosión.

		g) Quirófanos y salas de intervención.

		h) Lámparas de descarga en alta tensión, rótulos luminosos y similares.

		i) Instalaciones generadoras de baja tensión.

Instalaciones frigoríficas	– Carné de cualificación individual para instalaciones frigoríficas.

	– Carné de cualificación individual para conservación o reparación de instalaciones frigoríficas.

Instalaciones de Gas	– Carné de cualificación individual para instalaciones de gas. Categoría IGI.

	– Carné de cualificación individual para instalaciones de gas. Categoría IG II.

	– Carné de cualificación individual para instalaciones de gas. Categoría IG III.

	– Carné de cualificación individual para instalaciones de gas. Categoría IG IV.

Productos Petrolíferos Líquidos	– Carné de cualificación individual para instalaciones de productos petrolíferos líquidos. Categoría I.

	– Carné de cualificación individual para instalaciones de productos petrolíferos líquidos. Categoría II.

	– Carné de cualificación individual para reparación de instalaciones de productos petrolíferos líquidos. Categoría III.

Grúas	– Carné de cualificación individual de operador de grúas torre.

	– Carné de cualificación individual de operador de grúas móviles autopropulsadas (Categoría A y B).

Minas	– Carné de cualificación individual de Maquinista Minero.

ANEXO II
ESPECIALIDADES Y CATEGORÍAS DE PROFESIONALES AUTORIZADOS. TITILACIÓN EXIGIDA PARA OBTENER LOS CARNES

II.1.– Carné de cualificación individual para Fontanería (instalaciones interiores de agua).

Titulación o certificado de superación de uno de los siguientes ciclos formativos o cursos:

– Ciclo Formativo de Grado Medio: montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor.

– Ciclo Formativo de Grado Superior: mantenimiento y montaje de instalaciones de edificio y proceso.

– Curso de formación con el contenido y duración que se determina en el anexo IV para esta especialidad.

II.2.– Carné de cualificación individual de operador industrial de calderas.

Acreditación de haber superado las pruebas de aptitud del curso con el contenido y duración que se determina en el anexo IV para esta especialidad.

II.3.– Carné de cualificación individual para instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria (Instalador A).

Titulación o certificado de superación de uno de los siguientes ciclos formativos o cursos:

– Ciclo Formativo de Grado Medio: montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor.

– Ciclo Formativo de Grado Superior: mantenimiento y montaje de instalaciones de edificio y proceso.

– Curso de formación con el contenido y duración que se determina en el anexo IV para esta especialidad.

II.4.– Carné de cualificación individual para instalaciones de climatización (Instalador B).

Titulación o certificado de superación de uno de los siguientes ciclos formativos o cursos:

– Ciclo Formativo de Grado Medio: montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor.

– Ciclo Formativo de Grado Superior: mantenimiento y montaje de instalaciones de edificio y proceso.

– Curso de formación con el contenido y duración que se determina en el anexo IV para esta especialidad.

II.5.– Carné de cualificación individual para mantenimiento de instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria (Mantenedor A).

Titulación o certificado de superación de uno de los siguientes ciclos formativos o cursos:

– Ciclo Formativo de Grado Medio: montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor.

– Ciclo Formativo de Grado Superior: mantenimiento y montaje de instalaciones de edificio y proceso.

– Curso de formación con el contenido y duración que se determina en el anexo IV para esta especialidad.

II.6.– Carné de cualificación individual para mantenimiento de instalaciones de climatización (Mantenedor B).

Titulación o certificado de superación de uno de los siguientes ciclos formativos o cursos de formación:

– Ciclo Formativo de Grado Medio: montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor.

– Ciclo Formativo de Grado Superior: mantenimiento y montaje de instalaciones de edificio y proceso.

– Curso de formación con el contenido y duración indicado en el anexo IV para esta especialidad.

II.7.– Carné de cualificación individual de baja tensión (categoría básica).

Titulación de uno de los siguientes ciclos formativos:

– Ciclo Formativo de Grado Medio: Equipos e Instalaciones Electrotécnicas.

– Ciclo Formativo de Grado Superior: Instalaciones Electrotécnicas.

II.8.– Carné de cualificación individual de baja tensión: especialidades.

a) Sistemas de automatización, gestión técnica de la energía y seguridad para viviendas y edificios.

b) Sistemas de control distribuido.

c) Sistemas de supervisión, control y adquisición de datos.

d) Control de procesos.

e) Líneas aéreas o subterráneas para distribución de energía.

f) Locales con riesgo de incendio o explosión.

g) Quirófanos y salas de intervención.

h) Lámparas de descarga en alta tensión, rótulos luminosos y similares.

i) Instalaciones generadoras de baja tensión.

Titulación de uno de los siguientes ciclos formativos:

– Ciclo Formativo de Grado Medio: Equipos e Instalaciones Electrotécnicas.

– Ciclo Formativo de Grado Superior: Instalaciones Electrotécnicas.

II.9.– Carné de cualificación individual para instalaciones frigoríficas.

Titulación o certificado de superación de uno de los siguientes ciclos formativos o cursos de formación:

– Ciclo formativo de Grado Medio: montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor.

– Ciclo Formativo de Grado Superior: mantenimiento y montaje de instalaciones de edificio y proceso.

– Curso de formación con el contenido y duración que se determina en el anexo IV para la especialidad.

II.10.– Carné de cualificación individual para conservación o reparación de instalaciones frigoríficas.

Titulación: igual a lo indicado en el punto I.9.

II.11.– Carné de cualificación individual para instalaciones de gas, Categoría IG I.

Curso de formación con el contenido y duración especificado en el anexo IV para la especialidad.

II.12.– Carné de cualificación individual para instalaciones de gas, Categoría IG II.

Titulación: igual a lo indicado en el punto I.11.

II.13.– Carné de cualificación individual para instalaciones de gas, Categoría IG III.

Requisitos de titulación o experiencia exigidos:

– Titulación universitaria de primer o segundo ciclo de especialidad técnica.

– O antigüedad mínima de 2 años en la posesión del carné IG II y superar el curso de formación previsto en el anexo IV para esta especialidad.

II.14.– Carné de cualificación individual para instalaciones de gas, Categoría IG IV.

Requisitos de titulación o experiencia exigidos:

– Titulación Media o Superior de especialidad técnica.

– O antigüedad mínima de dos años en la posesión de los carnés IG II o IG III y la superación del curso de formación previsto en el anexo IV para esta especialidad.

II.15.– Carné de cualificación individual para instalaciones de productos petrolíferos líquidos. Categoría I.

Acreditación de haber superado las pruebas de aptitud del curso con el contenido y duración que se determina en el anexo IV para esta especialidad.

II.16.– Carné de cualificación individual para instalaciones de productos petrolíferos líquidos. Categoría II.

Acreditación de haber superado las pruebas de aptitud del curso con el contenido y duración que se determina en el anexo IV para esta especialidad.

II.17.– Carné de cualificación individual para reparación de instalaciones de productos petrolíferos líquidos. Categoría III.

Acreditación de haber superado las pruebas de aptitud del curso con el contenido y duración que se determina en el anexo IV para esta especialidad.

II.18.– Carné de cualificación individual de operador de grúas torre.

Certificado de Estudios Primarios y superar las pruebas de aptitud del curso indicado en el anexo IV para esta especialidad, así como superar un examen médico sobre agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva y aptitudes psicológicas.

II.19.– Carné de cualificación individual de gruísta u operador de grúas móviles autopropulsadas: Categoría A y Categoría B.

Certificado de Estudios Primarios y superar las pruebas de aptitud del curso indicado en el anexo IV para esta especialidad, así como la superación de un examen médico, psicotécnico y físico específico para este tipo de actividades que incluye examen sobre agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva.

II.20.– Carné de cualificación individual de maquinista minero.

Posesión del permiso de conducción correspondiente en su caso, y superación de pruebas sobre la aptitud en el manejo de la maquinaria correspondiente. Las pruebas se realizarán de acuerdo con su propia reglamentación.

ANEXO III
EQUIVALENCIAS

ESPECIALIDAD: INSTALACIONES INTERIORES DE AGUA

Categoría	Titulación exigida	Equivalencia

Carné de cualificación individual para fontanería	C.F. Grado Medio: montaje y mantenimiento 	Fontanería (Construcción y Obras). FP I

	de instalaciones de frío, climatización y producción de calor

	C.F. Grado Superior: mantenimiento y montaje de 	 Instalaciones (Construcción y Obras). FP II

	instalaciones de edificio y proceso

ESPECIALIDAD: APARATOS A PRESIÓN

Categoría	Titulación exigida	Equivalencia

Operador Industrial de calderas	Curso	(No)

ESPECIALIDAD: INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS

Categoría	Titulación exigida	Equivalencia

Carné de cualificación individual para instalaciones 	 C.F. Grado Medio: montaje y mantenimiento de 	Instalación y Mantenimiento de Equipos de Frío

calefacción y agua caliente sanitaria (Instalador A)	 instalaciones de frío, climatización y 	y Calor (Electricidad y Electrónica). Módulo II

	producción de calor

	C.F. Grado Superior: mantenimiento y montaje 	 Instalaciones (Construcción y Obras). FP II

	de instalaciones de edificio y proceso

Carné de cualificación individual para instalaciones 	 Igual que el anterior	Igual que el anterior

de climatización (Instalador B)

Carné de cualificación individual para mantenimiento 	 Igual que el anterior	Igual que el anterior

de instalaciones de calefacción y agua caliente

sanitaria (Mantenedor A)

Carné de cualificación individual para mantenimiento 	 Igual que el anterior	Igual que el anterior

de instalaciones de climatización (Mantenedor B)

ESPECIALIDAD: BAJA TENSIÓN

Categoría	Titulación exigida	Equivalencia

Carné de cualificación individual de baja tensión 	C.F. Grado Medio: Equipos e Instalaciones Electrotécnicas	Electricidad (FP I Electricidad y Electrónica)

(categoría básica)		Instalador y Mantenedor eléctrico (MOD II

		Electricidad y Electrónica)

	C.F. Grado Superior: Instalaciones Electrotécnicas	 Instalaciones y Líneas Eléctricas

		(Electricidad y Electrónica). FP II.

		Máquinas Eléctricas (Electricidad y Electrónica).

		FP II

Carné de cualificación individual de baja 	C.F. Grado Medio: Equipos e Instalaciones Electrotécnicas	Electricidad (FP I Electricidad y Electrónica)

tensión especialidades:		Instalador y Mantenedor eléctrico

a) Sistemas de automatización, gestión técnica de 		 (MOD II Electricidad y Electrónica)

la energía y seguridad para viviendas y edificios

b) Sistemas de control distribuido	Ciclo formativo de grado superior: Instalaciones 	Instalaciones y Líneas Eléctricas

c) Sistemas de supervisión, control y adquisición de datos	Electrotécnicas	(Electricidad y Electrónica). FP II

d) Control de procesos	FP II	Máquinas Eléctricas (Electricidad y Electrónica).

e) Líneas aéreas o subterráneas para distribución de energía

f) Locales con riesgo de incendio o explosión

g) Quirófanos y salas de intervención

h) Lámparas de descarga en alta tensión, rótu

los luminosos y similares

i) Instalaciones generadoras de baja tensión

ESPECIALIDAD: INSTALACIONES FRIGORÍFICAS

Categoría	Titulación exigida	Equivalencia

Carné de cualificación individual para instalaciones frigoríficas	C.F. Grado Medio: montaje y mantenimiento de 	Instalación y Mantenimiento de Equipos de Frío

	instalaciones de frío, climatización y producción de calor	y Calor MOD II

	C.F. Grado Superior: mantenimiento y montaje de 	 Instalaciones (Construcción y Obras). FP II.

	instalaciones de edificio y proceso

Carné de cualificación individual para conservación 	C.F. Grado Medio: montaje y mantenimiento de 	Instalación y Mantenimiento de Equipos de Frío

o reparación de instalaciones frigoristas	instalaciones de frío, climatización y producción de calor	y Calor MOD II

	C.F. Grado Superior: mantenimiento y montaje de 	 Instalaciones (Construcción y Obras). FP II.

	instalaciones de edificio y proceso

ESPECIALIDAD: INSTALACIONES DE GAS

Categoría	Titulación exigida	Equivalencia

Carné de cualificación individual para instalaciones 	 Curso.	No

de gas. Categoría IG I

Carné de cualificación individual para instalaciones 	 Curso	No

de gas. Categoría IG II

Carné de cualificación individual para instalaciones 	 Titulación media o superior de especialidad técnica o 	No

de gas. Categoría IG III	antigüedad mínima de 2 años en IG II y curso

Carné de cualificación individual para instalaciones 	 Titulación media o superior de especialidad técnica 	No

de Gas – Categoría IG IV	o antigüedad mínima de dos años en IG II o IG III y curso

ESPECIALIDAD: COMBUSTIBLE LÍQUIDOS

Categoría	Titulación exigida	Equivalencia

Carné de cualificación individual para instalaciones 	 Curso	No

de productos petrolíferos líquidos. Categoría I

Carnés de cualificación individual para instalaciones 	 Curso	No

de productos petrolíferos líquidos. Categoría II

Carné de cualificación individual para reparación 	 Curso	No

de instalaciones de productos petrolíferos líquidos.

Categoría III

ESPECIALIDAD: GRÚAS

Categoría	Titulación exigida	Equivalencia

Carné de cualificación individual de operador 	Curso	 No

de grúas torre

Carné de cualificación individual de operador 	Curso	 No

de grúas móviles autopropulsadas (Categoría A y B)

ESPECIALIDAD: MINAS

Categoría	Titulación exigida	Equivalencia

Carné de cualificación individual de maquinista minero	 Pruebas de aptitud sobe manejo de maquinaria	No

ANEXO IV
DURACIÓN Y PROGRAMAS MÍNIMOS DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN

IV.1.– Carné de cualificación individual para fontanería (instalaciones interiores de agua):

a) Duración mínima: 20 horas.

b) Programa mínimo:

1.– Generalidades:

1.1.– Unidades.

1.2.– Superficie.

1.3.– Volumen.

1.4.– Teorema de Pitágoras.

1.5.– Regla de tres.

2.– Normas sobre dibujo técnico:

2.1.– Simbología.

2.2.– Diseño de instalaciones.

3.– Instalaciones interiores:

3.1.– Partes de una instalación.

3.2.– Coeficientes de simultaneidad.

3.3.– Caudales mínimos de aparatos.

3.4.– Clasificación de suministros.

4.– Materiales de las instalaciones:

4.1.– Tuberías, válvulas y accesorios.

4.2.– Bombas y depósitos.

4.3.– Uniones.

5.– Dimensionamiento de las instalaciones:

5.1.– Diámetros de las diferentes partes.

6.– Grupos de elevación.

7.– Pruebas.

8.– Reglamentación.

Orden de 9 de diciembre de 1975 que aprueba la Norma Básica para instalaciones interiores de suministro de agua (BOE 13-01-1976) y cualquier otra reglamentación sobre la materia no incluida pero que haya sido publicada con posterioridad a esta Orden y con anterioridad superior a 5 meses a la fecha de celebración de las pruebas.

IV.2.– Carné de cualificación individual de operador industrial de calderas:

a) Duración mínima: 30 horas.

b) Programa mínimo:

1.– Conceptos básicos.

Matemática básica. Unidades. Presión. Temperatura. Cambios de estado: vaporización y condensación. Transmisión de calor: radiación, convección y conducción. Vapor de agua: saturado, sobrecalentado y recalentado. Volúmenes específicos de vapor. Calor específico. Relación entre presión y Temperatura del vapor.

2.– Generalidades sobre calderas.

Definiciones. Condiciones exigibles. Elementos de seguridad. Partes de una caldera. Superficie de calefacción: radiación y convección. Transmisión de calor en calderas según disposición y según circulación. Clasificación de calderas según sus características principales.

3.– Combustión.

Proceso de la combustión, volúmenes teóricos de aire y humos. Chimeneas. Tiro natural y forzado. Hogares en depresión y sobredepresión.

4.– Disposiciones generales constructivas en calderas pirotubulares.

Hogares lisos y ondulados. Cámaras de hogar, tubos, tirantes y pasadores. Fijación de tubos a las placas tubulares. Atirantado, barras tirantes, virotillos, cartelas. Cajas de humos. Puertas de registro; hombre, cabeza, mano y expansión de gases.

5.– Disposiciones generales constructivas en calderas acuotubulares.

Hogar. Haz vaporizador. Colectores. Tambores y domos. Fijación de tubos, tambores y colectores. Puertas de registro y expansión de gases. Economizadores. Calentadores de aire. Sobrecalentadores. Recalentadores. Calderas verticales, tubos field, tubos pantalla para llamas, calderas de vaporización instantánea, serpentines.

6.– Accesorios y elementos adicionales para calderas.

Válvulas de paso, asiento y compuerta. Válvulas de retención, asiento clapeta y disco. Válvulas de seguridad. Válvulas de descarga rápida. Válvulas de purga continua. Indicadores de nivel, grifos y columna. Controles de nivel por flotador y por electrodos. Limitadores de nivel termostático. Bombas de agua de alimentación. Inyectores de agua, caballetes y turbinas para agua de alimentación. Manómetros y termómetros. Presostatos y termostatos. Tipos de quemadores. Elementos del equipo de combustión.

7.– Tratamiento del agua por calderas.

Características del agua para calderas. Descalcificadores y desmineralizadores. Desgasificación térmica y por aditivos. Regularización del pH. Recuperación de condensados. Régimen de purgas a realizar.

8.– Conducción de calderas y su mantenimiento.

Primera puesta en marcha: inspecciones. Puesta en servicio. Puesta fuera de servicio. Causas que hacen aumentar la presión. Causas que hacen descender bruscamente el nivel. Comunicación o incomunicación de una caldera con otras. Mantenimiento de calderas. Conservación en paro prolongado.

9.– Reglamentación.

– Reglamento de Aparatos a Presión.

– Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril. Parte relativa a calderas, economizadores y sobrecalentadores. Realización de pruebas hidráulicas. Partes diarios de operación.

IV.3.– Carné de cualificación individual para instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria (Instalador A).

a) Duración mínima: 385 horas, de las cuales 225 versarán sobre conocimientos técnicos (150 de temas teóricos y 75 de prácticos) y 160 sobre conocimientos específicos (100 de temas teóricos y 60 de temas prácticos).

b) Programa mínimo:

• Temas de conocimientos técnicos:

1.– Generalidades sobre cálculo, equilibrado hidráulico y térmico, pruebas, funcionamiento y puesta en marcha de las instalaciones de calefacción y producción de agua caliente sanitaria.

2.– Tipos de uniones de tuberías, conductos, aparatos y accesorios y su ejecución.

3.– Generalidades sobre dilatación térmica. Sustentación y anclaje de equipos, aparatos y accesorios y su ejecución.

4.– Generalidades sobre corrosión y su tratamiento.

5.– Generalidades sobre los sistemas de regulación y control.

6.– Conocimientos específicos de montaje, utilización y funcionamiento de los siguientes equipos y elementos:

– Calderas.

– Bombas.

– Ventiladores.

– Válvulas.

– Unidades terminales.

– Equipos de medida.

7.– Conocimientos básicos de electricidad.

8.– Conocimientos básicos referentes a la alimentación de generadores con combustibles sólidos, líquidos y gaseosos.

• Temas de conocimientos específicos:

1.– Conocimientos básicos de ahorro de energía y protección del medio ambiente.

2.– Conocimientos del funcionamiento de las instalaciones y su mantenimiento.

3.– Conocimientos del reglaje de los equipos de regulación y control.

4.– Conocimientos básicos de tratamiento de agua.

5.– Conocimientos básicos del funcionamiento y reparación de los equipos, elementos y sistemas de regulación automática.

6.– Conocimientos del equipo de equilibrado hidráulico y término de las instalaciones.

7.– Conocimientos básicos sobre lubricación.

8.– Conocimientos básicos sobre la instalación eléctrica de las instalaciones.

9.– Conocimientos sobre prevención y control de la legionelosis en las instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria.

10.– Conocimientos sobre aplicaciones térmicas de la energía solar.

11.– Reglamentación:

Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprueba el reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) y sus instrucciones técnicas complementarias (ITC).

IV.4.– Carné de cualificación individual para instalaciones de climatización (Instalador B).

a) Duración mínima: 355 horas, de las cuales 225 versarán sobre conocimientos técnicos (150 de temas teóricos y 75 de prácticos) y 130 sobre conocimientos específicos (80 de temas teóricos y 50 de temas prácticos).

b) Programa mínimo:

• Temas de conocimientos técnicos:

1.– Generalidades sobre cálculo, equilibrado hidráulico y térmico, pruebas, funcionamiento y puesta en marcha de las instalaciones de climatización.

2.– Tipos de uniones de tuberías, conductos, aparatos y accesorios y su ejecución.

3.– Generalidades sobre dilatación térmica. Sustentación y anclaje de equipos, aparatos y accesorios y su ejecución.

4.– Generalidades sobre corrosión y su tratamiento.

5.– Generalidades sobre los sistemas de regulación y control.

6.– Conocimientos específicos de montaje, utilización y funcionamiento de los siguientes equipos y elementos:

– Máquinas frigoríficas.

– Bombas.

– Ventiladores.

– Válvulas.

– Unidades terminales.

– Equipos de medida.

7.– Conocimientos básicos de electricidad.

8.– Conocimientos básicos referentes a la alimentación de generadores con combustibles sólidos, líquidos y gaseosos.

• Temas de conocimientos específicos:

1.– Conocimientos básicos de ahorro de energía y protección del medio ambiente.

2.– Conocimientos del funcionamiento de las instalaciones y su mantenimiento.

3.– Conocimientos del reglaje de los equipos de regulación y control.

4.– Conocimientos básicos de tratamiento de agua.

5.– Conocimientos básicos del funcionamiento y reparación de los equipos, elementos y sistemas de regulación automática.

6.– Conocimientos del equipo de equilibrado hidráulico y término de las instalaciones.

7.– Conocimientos básicos sobre lubricación.

8.– Conocimientos básicos sobre la instalación eléctrica de las instalaciones.

9.– Conocimientos sobre prevención y control de la legionelosis en las instalaciones de climatización.

10.– Reglamentación:

Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprueba el reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) y sus instrucciones técnicas complementarias (ITC).

IV.5.– Carné de cualificación individual para mantenimiento de instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria (Mantenedor A).

a) Duración mínima: 385 horas, de las cuales 225 versarán sobre conocimientos técnicos (150 de temas teóricos y 75 de prácticos) y 160 sobre conocimientos específicos (100 de temas teóricos y 60 de temas prácticos).

b) Programa mínimo:

• Temas de conocimientos técnicos:

1.– Generalidades sobre cálculo, equilibrado hidráulico y térmico, pruebas, funcionamiento y puesta en marcha de las instalaciones de calefacción y producción de agua caliente sanitaria.

2.– Tipos de uniones de tuberías, conductos, aparatos y accesorios y su ejecución.

3.– Generalidades sobre dilatación térmica. Sustentación y anclaje de equipos, aparatos y accesorios y su ejecución.

4.– Generalidades sobre corrosión y su tratamiento.

5.– Generalidades sobre los sistemas de regulación y control.

6.– Conocimientos específicos de montaje, utilización y funcionamiento de los siguientes equipos y elementos:

– Calderas.

– Bombas.

– Ventiladores.

– Válvulas.

– Unidades terminales.

– Equipos de medida.

7.– Conocimientos básicos de electricidad.

8.– Conocimientos básicos referentes a la alimentación de generadores con combustibles sólidos, líquidos y gaseosos.

• Temas de conocimientos específicos:

1.– Conocimientos básicos de ahorro de energía y protección del medio ambiente.

2.– Conocimientos del funcionamiento de las instalaciones y su mantenimiento.

3.– Conocimientos del reglaje de los equipos de regulación y control.

4.– Conocimientos sobre el reglaje y la regulación de los distintos tipos de quemadores.

5.– Conocimientos de combustión.

6.– Conocimientos básicos de tratamiento de agua.

7.– Conocimientos básicos del funcionamiento y reparación de los equipos, elementos y sistemas de regulación automática.

8.– Conocimientos del equipo de equilibrado hidráulico y término de las instalaciones.

9.– Conocimientos básicos sobre lubricación.

10.– Conocimientos sobre control, regulación y seguridad del conjunto caldera-quemador.

11.– Conocimientos básicos sobre la instalación eléctrica de las instalaciones.

12.– Conocimientos sobre prevención y control de la legionelosis en las instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria.

13.– Mantenimiento de instalaciones de calefacción. Técnicas y criterios de mantenimiento preventivo y correctivo. Planteamiento y preparación de los trabajos de mantenimiento. Gestión del mantenimiento asistido por ordenador.

14.– Procedimientos de reparación. Causas principales del mal funcionamiento.

15.– Reglamentación:

Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprueba el reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) y sus instrucciones técnicas complementarias (ITC).

IV.6.– Carné de cualificación individual para mantenimiento de instalaciones de climatización (Mantenedor B).

a) Duración mínima: 355 horas, de las cuales 225 versarán sobre conocimientos técnicos (150 de temas teóricos y 75 de prácticos) y 130 sobre conocimientos específicos (80 de temas teóricos y 50 de temas prácticos).

b) Programa mínimo:

• Temas de conocimientos técnicos:

1.– Generalidades sobre cálculo, equilibrado hidráulico y térmico, pruebas, funcionamiento y puesta en marcha de las instalaciones de acondicionamiento de aire.

2.– Tipos de uniones de tuberías, conductos, aparatos y accesorios y su ejecución.

3.– Generalidades sobre dilatación térmica. Sustentación y anclaje de equipos, aparatos y accesorios y su ejecución.

4.– Generalidades sobre corrosión y su tratamiento.

5.– Generalidades sobre los sistemas de regulación y control.

6.– Conocimientos específicos de montaje, utilización y funcionamiento de los siguientes equipos y elementos:

– Máquinas frigoríficas.

– Bombas.

– Ventiladores.

– Válvulas.

– Unidades terminales.

– Equipos de medida.

7.– Conocimientos básicos de electricidad.

8.– Conocimientos básicos referentes a la alimentación de generadores con combustibles sólidos, líquidos y gaseosos.

• Temas de conocimientos específicos:

1.– Conocimientos básicos de ahorro de energía y protección del medio ambiente.

2.– Conocimientos del funcionamiento de las instalaciones y su mantenimiento.

3.– Conocimientos del reglaje de los equipos de regulación y control.

4.– Conocimientos básicos de tratamiento de agua.

5.– Conocimientos básicos del funcionamiento y reparación de los equipos, elementos y sistemas de regulación automática.

6.– Conocimientos del equipo de equilibrado hidráulico y término de las instalaciones.

7.– Conocimientos básicos sobre lubricación.

8.– Conocimientos sobre fluidos refrigerantes y su manipulación.

9.– Conocimientos básicos sobre la instalación eléctrica de las instalaciones.

10.– Conocimientos sobre prevención y control de la legionelosis en las instalaciones de climatización.

11.– Mantenimiento de instalaciones de climatización. Técnicas y criterios de mantenimiento preventivo y correctivo. Planteamiento y preparación de los trabajos de mantenimiento. Gestión del mantenimiento asistido por ordenador.

12.– Procedimientos de reparación. Causas principales del mal funcionamiento.

13.– Reglamentación.

Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprueba el reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) y sus instrucciones técnicas complementarias (ITC).

IV.7.– Carné de cualificación individual de baja tensión- Categoría básica.

a) Duración mínima: 40 horas para los técnicos de grado medio con experiencia mínima de un año y de 100 horas para los técnicos de grado medio sin experiencia en empresas de instalaciones eléctricas.

b) Programa mínimo:

– El riesgo eléctrico.

– Efectos de la corriente en el cuerpo humano.

– Norma UNE 20572-1.

– Seguridad y salud en los trabajos eléctricos. Trabajos en tensión.

– Instalaciones temporales y obras. ITC BT 33.

– Elección de los materiales eléctricos en función de las condiciones de servicio y las influencias externas.

– Norma UNE 20460-3.

– Clasificación de los materiales en función de su grado de protección.

– Norma UINE 20324.

– Norma UNE EN 50102.

– ITC BT 43.

– Centros de transformación. Tipos. Puestas a tierra.

– Sistemas de conexión de neutro y de masas. Tipos. Cómo condicionan a la elección de protecciones.

– ITC BT 08.

– Medidas de Protección contra contactos directos.

– Medidas de Protección contra contactos indirectos. Selectividad.

– Inmunidad.

– Medidas de Protección contra sobretenciones.

– Medidas de Protección contra sobreintensidades.

– Medidas de Protección contra cortocircuitos. Selectividad.

– El interruptor mangnetotérmico y el interruptor diferencial. Principios de funcionamiento. Sensibilidades. Curvas…

– Instalaciones de puesta a tierra en Baja Tensión.

– Conexiones equipotenciales.

– Verificación de las instalaciones. Puntos de control. Medidas eléctricas.

– Tramitación de instalaciones ante Industria y antes Compañías Suministradoras.

– Certificado de la Instalación.

– Memoria técnica de diseño.

– Proyectos.

– Dibujo e interpretación de esquemas eléctricos unificares, multifilares, maniobra.

– Cálculos de Intensidades de cortocircuito.

– Idem de conductores por densidad de corriente y por c.d.t.

– El RBT 2002 y sus ITC. Guía Técnica de Aplicación. Elementos esenciales.

– Normas UNE importantes de obligado cumplimiento.

– Directivas de BT, ATEX y Seguridad de Máquinas.

IV.8.– Carné de cualificación individual de baja tensión- Especialidades.

a) Duración mínima: 40 horas para los técnicos de grado medio con experiencia mínima de un año y de 100 horas para los técnicos de grado medio sin experiencia en empresas de instalaciones eléctricas.

b) Programa mínimo:

El mismo que para la categoría básica (IV.7), con el siguiente contenido añadido:

– Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE de 27 de diciembre de 2000, con rectificación en el BOE de 13 de marzo de 2001).

– Título III, Capítulo II "Acometidas eléctricas y demás actuaciones necesarias para atender el suministro".

– Título VI, Capítulo I, Sección 3.ª "Traspaso y subrogación de los contratos de suministro a tarifa y de acceso a las redes". Sección 6.ª "Medida y control" y Capítulo II "Calidad de servicio".

– Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, publicado en el BOE de 18 de septiembre de 2002.

– Instrucciones Técnicas Complementarias denominadas ITC-BT, que desarrollan el citado Reglamento, aprobadas por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y publicadas en el BOE de 18 de septiembre de 2002.

– Las Normas UNE siguientes: Normas UNE señaladas para la categoría básica y las siguientes; UNE 20615, UNE 20615/1C, UNE 20615/2C, UNE-EN 50015, UNE-EN 50018, UNE-EN 50020, UNE-EN 50039, UNE-EN 50107, UNE-EN 50281-1-2, UNE-EN 60079-10, UNE-EN 60079-14, UNE-EN 60079-17.

IV.9.– Carné de cualificación individual para instalaciones frigoríficas.

a) Duración mínima: 100 horas.

b) Programa mínimo:

1.– Generalidades sobre matemáticas y física. Unidades frigoríficas. Terminología.

2.– Fluidos frigorígenos. Características, clasificación, nomenclatura. Protección de la capa de ozono.

3.– Dibujo técnico: simbología y diseño de instalaciones. Esquemas de principio.

4.– Ciclo frigorífico. Diagrama de Mollier. Psicrometría. Diagrama entálpico.

5.– Cálculo de necesidades frigoríficas. Hoja de cálculo de una instalación.

6.– Descripción de instalaciones frigoríficas. Análisis de sus elementos y funciones.

7.– Materiales. Normas UNE. Dimensionamiento de tuberías. Tipos de soldaduras. Aislamiento.

8.– Compresor. Definición, comportamiento y tipos. Subenfriamiento. Lubricantes. Cálculo.

9.– Evaporador. Definición y comportamiento. Desescarche. Cálculo.

10.– Condensador. Definición y comportamiento. Cálculo.

11.– Válvula de expansión. Definición y comportamiento. Cálculo.

12.– Aparatos anexos al circuito. Filtros, separadores de aceite, recipientes de líquidos, manómetros...

13.– Protección de las instalaciones contra las sobrepresiones. Automatismos.

14.– Ubicación de equipos compactos y partidos. Salas de máquinas.

15.– Ventilación de compresores y condensadores.

16.– Ruido y vibraciones. Su absorción.

17.– Instalaciones eléctricas en cámaras y salas de máquinas.

18.– Ejecución y puesta en marcha de una instalación frigorífica. Carga de fluido frigorígeno. Ajustes y pruebas.

19.– Ahorro de energía.

20.– Seguridad en el montaje y mantenimiento de equipos e instalaciones frigoríficas. Planes y normas de seguridad e higiene.

21.– Legalización de instalaciones frigoríficas. Proyecto. Libro registro del usuario. Contrato de mantenimiento. Inspecciones periódicas.

22.– Reglamentación:

– Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas.

– Reglamento de Aparatos a Presión (ITC-MIE-AP-9).

– Directiva 1997/23/CE, sobre equipos a presión.

– Reglamento de Baja Tensión.

– Reglamento Europeo 2037/2000, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono.

– Normas UNE.

– Reglamento sobre Prevención y Control de la Legionelosis en Instalaciones de riesgo.

IV.10.– Carné de cualificación individual para conservación y reparación de instalaciones frigoríficas.

a) Duración mínima: 140 horas.

b) Programa mínimo: el curso será análogo al indicado para ejecutar instalaciones frigoríficas (II.9) completándolo con los siguientes temas:

1.– Mantenimiento de instalaciones frigoríficas. Técnicas y criterios de mantenimiento preventivo y correctivo. Mantenimiento higiénico-sanitario contra la legionelosis. Planteamiento y preparación de los trabajos de mantenimiento. Gestión del mantenimiento asistido por ordenador.

2.– Medición de las características de una instalación. Rendimiento volumétrico de una instalación. Potencia frigorífica. Medición de caudales. Búsqueda de averías en instalaciones frigoríficas.

3.– Procedimientos de reparación. Causas principales del mal funcionamiento. Intervención en el compresor. Lubricación. Refrigerantes: su manipulación y recuperación.

IV.11.– Carné de cualificación individual para instalaciones de gas, categoría IGI.

a) Duración mínima: 120 horas.

b) Programa mínimo:

A) Requerimientos teóricos:

1.– Matemáticas.

– Números enteros y decimales.

– Operaciones básicas con números enteros y decimales (máximo 4 enteros y 3 decimales).

– Números quebrados. Reducción de un número quebrado a un número decimal.

– Proporcionalidades.

– Regla de tres simple.

– Porcentajes.

– S. I. longitud (m, dm, cm y mm), superficies (m2, dm2, cm2 y mm2) y volúmenes (m3, dm3, litro, cm3 y mm3).

– Líneas: rectas y curvas, paralelas y perpendiculares, horizontales, verticales o inclinadas.

– Angulo: denominación. Unidades angulares (sistema sexagesimal). Angulo recto, agudo, obtuso. Concepto de pendiente.

– Polígonos: cuadrados, rectángulo y triángulo.

– Superficies: cuadrado, triángulo, rectángulo.

– Volúmenes: paralepípedos.

2.– Física.

– La materia: partícula, molécula, átomo, molécula simple, molécula compuesta. Sustancia simple y compuesta.

– Estados de la materia: estado sólido, estado líquido, estado gaseoso: movimiento de las moléculas. Forma y volumen. Choques entre moléculas.

– Fuerza, masa aceleración y peso: conceptos. Unidades SI.

– Presión: concepto de presión. Presión estática. Diferencia de presiones. Principio de Pascal. Unidades (Pa, bar). Presión atmosférica. Presión absoluta y presión relativa o efectiva. Manómetros: de líquido y metálicos. Otras unidades de presión (mca, nmHg, atm). Pérdida de carga.

– Energía, potencia y rendimiento:

– Concepto de Energía. Sus clases. Unidades SI y equivalencias.

– Concepto de potencia. Fórmula de la potencia. Unidades SI.

– Concepto de rendimiento. Su expresión.

– El calor:

– Concepto de calor. Unidades. Calor específico. Intercambio de calor. Cantidad de calor. PCS y PCI.

– Temperatura:

– Concepto; medidas; escala Celsius (centígrada).

– Efectos del calor:

– Dilatación; calor sensible; cambios de estado; fusión, solidificación, vaporización, condensación.

– Transmisión del calor:

– Por conducción; materiales conductores, aislantes y refractarios.

– Por convección.

– Por radiación.

– Caudal: concepto y unidades (m3/h, Kg/h).

– Tensión, resistencia, intensidad: concepto y unidades.

– Potencia y energía: concepto y unidades.

3.– Química.

– Elementos y cuerpos químicos presentes en los gases combustibles: nitrógeno, hidrógeno, oxígeno, compuestos del carbono (CO 2 y CO). Hidrocarburos (GLP), metano, etano, propano, butano.

– El aire como mezcla.

– Gases combustibles comerciales: familias, gas manufacturado, aire propanado, aire metanado, gases licuados del petróleo (butano y propano), gas natural: obtención y características (composición, PCS, densidad relativa, humedad).

– Combustión: combustible y comburente. Reacciones de combustión. Combustión completa e incompleta. Aire primario y aire secundario. Llama blanca y azul. Temperatura de ignición y de inflamación. Poder calorífico superior.

4.– Dibujo técnico: simbología y diseño de instalaciones.

5.– Materiales, uniones y accesorios.

5.1.– Tuberías:

5.1.1.– Tubería de plomo. Características técnicas y comerciales.

5.1.2.– Tubería de acero. Características técnicas y comerciales.

5.1.3.– Tubería de cobre. Características técnicas y comerciales.

5.1.4.– Tubería flexible. Características técnicas y comerciales.

5.2. Uniones:

5.2.1.– Uniones mecánicas:

5.2.1.1.– Bridas. Definición y utilización.

5.2.1.2.– Racores. Definición y utilización.

5.2.1.3.– Ermeto o similares. Definición y utilización.

5.2.2.– Tipos de soldadura.

5.2.2.1.– Soldadura plomoplomo:

– Desoxidantes.

– Aleaciones para soldar.

– Soplete de propanobutano.

– Lamparilla a gasolina.

5.2.2.2.– Soldadura por capilaridad: blanda y fuerte.

5.2.2.3.– Soldadura oxiacetilénica (botellas + manorreductores, soplete, llamas para soldar, material de aportación, sistemas de soldeo. Incidentes durante el soldeo).

5.2.2.4.– Soldadura eléctrica por arco. Grupos transformadores: tipos, electrodos: clases.

5.2.3.– Uniones soldadas:

5.2.3.1.– Plomo-plomo.

5.2.3.2.– Plomocobre, bronce o latón.

5.2.3.3.– Cobrecobre, latón, bronce.

5.2.3.4.– Aceroacero.

5.2.3.5.– Acerocobre, latón.

5.2.3.6.– Aceroplomo (con manguito).

5.2.3.7.– Latónlatón, bronce.

5.2.3.8.– Broncebronce.

5.3.– Accesorios:

5.3.1.– De tuberías.

5.3.2.– Para sujeción de tuberías (soporte y abrazaderas).

5.3.3.– Pasamuro de fachada, interiores a la vista, de techo.

5.3.4.– Fundas o vainas.

5.3.5.– Protecciones mecánicas de tuberías de plomo.

5.4.– Instalaciones de tuberías, pruebas y ensayos.

5.5.– Instalación de contadores.

5.6.– Ventilación de locales.

– Evacuación de gases quemados.

– Entrada de aire para la combustión.

– Ventilación.

5.7.– Quemadores.

– Generalidades.

– Quemadores atmosféricos: de llama blanca, de llama azul e infrarrojos.

– Descripción (inyector, órganos de regulación de aire primarios, mezclador o Venturi, cabeza del quemador).

– Funcionamiento (porcentaje de aireación primaria, estudio de las llamas. Desprendimiento. Retorno, estabilidad, puntas amarillas. Factores que influyen en la estabilidad y aspecto de las llamas.

5.8.– Dispositivos de protección y seguridad de aparatos.

– Definición.

– Tipos:

– Bimetálicos. Definición y funcionamiento.

– Termopares. Descripción y funcionamiento.

– Analizador de atmósferas. Definición y funcionamiento.

– Termostatos. Definición y funcionamiento.

5.9.– Dispositivos de encendido.

– Por efecto piezoeléctrico.

– Por chispa eléctrica.

– Por resistencia eléctrica.

– Encendido programado.

5.10.– Aparatos de utilización.

– Aparatos domésticos de cocción: tipos y características. Conexiones admisibles.

– Dispositivos de regulación. Dispositivos de protección y seguridad. Dispositivos de encendido.

– Aparatos domésticos para la producción de agua caliente sanitaria: aparatos de producción instantánea y acumuladores. Condiciones e instalación. Características de funcionamiento y dispositivos de regulación. Dispositivos de protección y seguridad. Dispositivos de encendido.

– Aparatos domésticos de calefacción fijos: calderas de calefacción y producción de agua caliente sanitaria. Radiadores murales. Generadores de aire caliente. Condiciones de instalación. Características de funcionamiento. Dispositivos de protección y seguridad. Recomendaciones para la puesta en marcha. Dispositivos de encendido.

– Estufas móviles: tipos y características. Dispositivos de protección y seguridad.

– Aparatos "populares": tipos y características.

– Presiones de funcionamiento de los aparatos de utilización doméstica.

– Comprobación del funcionamiento de los aparatos.

5.11.– Accesorios de las instalaciones de gas.

– Llaves: clasificación y características.

– Reguladores: misión y tipos.

– Contadores: misión y tipos.

– Deflectores: misión y tipos.

– Detectores de fugas.

5.12.– Botellas de GLP de contenido inferior a 15 kilogramos.

– Descripción y tipos.

– Funcionamiento.

– Válvulas y reguladores.

– Instalación (normativa).

5.13.– Esquema de instalaciones.

– Croquización.

– Uso de tablas gráficas.

– Simbología de gas.

– Planos y esquemas de instalaciones.

5.14.– Cálculo de instalaciones receptoras.

– Datos necesarios:

– Características del gas:

– PCS.

– Presión mínima de entrada.

– Pérdida de carga admisible.

– Consumo de gas:

– Recuento potencias de aparatos.

– Coeficiente de simultaneidad.

– Trazado conducción:

– Longitudes reales.

– Longitudes equivalentes del cálculo.

– Anexos:

– Tablas de consumo de gas por aparatos en m3/h o kg/h.

– Tablas de determinación de diámetros en función de:

– Caudal.

– Longitud de cálculo.

– Pérdida de carga admitida para cada tipo de gas.

– Ejemplo de cálculo. Forma de operar.

5.15.– Seguridad y emergencias.

– Riesgos específicos de la industria del gas.

– Incendios, deflagraciones y detonaciones: triángulo de fuego. Clases de fuego. Prevención, protección y extinción. Deflagraciones.

– Intoxicaciones: del gas en sí. De los productos de la combustión. Síntomas de intoxicación y medidas de emergencia.

– Recomendaciones generales. Ventilación y estanqueidad. Detección de fugas. Y subsanación de gas. Restablecimiento del servicio de gas. Reglaje de quemadores.

B) Requerimientos prácticos:

Instalaciones:

1.– Croquis, trazado y medición de tuberías.

2.– Curvado de tubos.

3.– Corte de tubos.

4.– Soldeo de tubos de cobre, plomo y accesorios.

5.– Injertos y derivaciones.

6.– Uniones mecánicas: racores, ermetos o similares, bridas.

7.– Fijación de tuberías y colocación de protecciones (tubos de plomo), pasamuros, vainas y sellado.

8.– Pruebas de estanqueidad.

9.– Evacuaciones y ventilaciones. Ejecución con tubos metálicos y rígidos, tubos flexibles y otros materiales. Montaje de deflectores y cortavientos. Colocación de rejillas.

Aparatos:

1.– Identificación de los elementos y dispositivos fundamentales de diferentes aparatos de utilización doméstica.

2.– Conexión y puesta en marcha de un aparato de cocción. Ajuste del aire primario de los quemadores. Comprobación del funcionamiento del dispositivo de seguridad.

3.– Montaje, conexión y puesta en marcha de un aparato de producción de agua caliente instantáneo. Comprobación del funcionamiento del dispositivo de seguridad.

4.– Comprobación de funcionamiento de aparatos de producción de agua caliente y calefacción individuales.

Práctica final:

Realización práctica de una instalación con:

a) Gas canalizado.

b) Botellas de GLP.

C) Reglamentación:

1.– Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles (Decreto de 26 de octubre de 1973) y modificaciones (Capítulos III y IV).

2.– Normas Básicas de Instalaciones de Gas en Edificios Habitados (Orden de 29 de marzo de 1974).

3.– Reglamento de Aparatos que utilizan Gas como Combustible (Real Decreto 494/1988, de 20 mayo) y sus disposiciones de desarrollo.

4.– Normas a las que deben someterse las instalaciones con botellas de GLP de competencia de la categoría.

5.– Cualquier otra disposición relativa a las instalaciones de competencia de la categoría del instalador, vigente en el momento de las pruebas de aptitud.

6.– Reglamento de Instalaciones de gas en locales destinados a usos domésticos colectivos, o comerciales (RD 1853/1993, de 22 de octubre).

7.– Real Decreto 1428/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la directiva 1990/396/CEE sobre aparatos a gas.

8.– Orden de 12 de julio de 2000, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula la evacuación de gases de la combustión en instalaciones individuales, procedentes de calderas y calentadores a gas.

9.– Decreto 28/2002, de 29 de enero, pro el que se regula la inspección y revisión de las instalaciones de gas en servicio destinadas a usos domésticos o comerciales y la Orden de 16 de abril de 2002 que lo desarrolla.

IV.12.– Carné de cualificación individual para instalaciones de gas, categoría IG II.

a) Duración mínima: 140 horas.

b) Programa mínimo:

A) Requerimientos teóricos:

Comprenderá las materias especificadas para IGI y las siguientes:

1.– Matemáticas.

– Operaciones básicas con números enteros y decimales.

– Números negativos: operaciones.

– Escalas.

– Potencias y raíces cuadradas. Potencias de base 10 y exponente negativo.

– Circunferencia. Círculo. Diámetro.

– Superficies irregulares: triangulización.

– Representación de gráficas.

2.– Física.

– Masa volumétrica y densidad relativa: conceptos. Unidades SI.

– Radiaciones infrarrojas, visibles y ultravioletas.

– Efecto Venturi: aplicaciones.

– Relaciones PVT en los gases. Ecuación de los gases perfectos. Transformación a temperatura constante. Transformaciones a volumen constante. Transformaciones a presión constante.

– Tensión de vapor (Botellas de GLP).

– Nociones de electricidad.

– Cuerpos aislantes y conductores.

– Ley de Ohm. Efecto Joule. Ejemplos aplicados a la soldadura.

3.– Química.

– Gases inertes. Inertización.

4.– Materiales, uniones y accesorios.

– Uniones. Uniones mecánicas roscadas. Definición y utilización.

5.– Quemadores.

– Quemadores automáticos con aire presurizado: tipos y descripción.

6.– Dispositivos de protección y seguridad de aparatos.

– Órganos detectores sensibles a la luz:

– Células fotoeléctricas.

– Células fotoconductoras. Descripción y funcionamiento.

– Tubos de descarga. Descripción y funcionamiento.

– Órganos detectores utilizando la conductibilidad de la llama.

7.– Adaptación de aparatos a otros tipos de gas.

– Requisitos necesarios.

– Operaciones fundamentales para la adaptación de aparatos de cocción.

– Operaciones fundamentales para la adaptación de aparatos de producción de agua caliente y calefacción.

– Adaptación de aparatos industriales.

– Comprobación del funcionamiento de los aparatos tras su adaptación.

8.– Accesorios de las instalaciones de gas.

– Limitadores de presión caudal.

– Inversores.

– Válvulas de solenoide.

– Juntas dieléctricas.

– Dispositivo de recogida de condensado.

– Racores de botellas.

– Liras.

– Indicadores visuales.

– Válvulas de exceso flujo.

– Válvulas de retención.

9.– Depósitos móviles de GLP superiores a 15 kg.

– Tipos: descripción.

– Funcionamiento.

– Instalación (normativa).

B) Requerimientos prácticos: los mismos que para el IG. I y los siguientes:

Instalaciones:

1.– Pruebas de resistencia y estanqueidad.

2.– Pruebas de inertización.

Aparatos:

1.– Desmontaje e identificación de los elementos y dispositivos fundamentales de diferentes aparatos de utilización doméstica.

2.– Montaje, conexión y puesta en marcha de un aparato de producción de agua caliente instantáneo. Determinación y ajuste del gasto. Comprobación del caudal de agua y potencia útil de aparato. Comprobación del funcionamiento del dispositivo de seguridad.

3.– Adaptación de aparatos de cocción a gases de distintas familias. Comprobación del funcionamiento de los aparatos con cada tipo de gas.

4.– Adaptación de aparatos de producción de agua caliente y calefacción a gases de distintas familias. Comprobación del funcionamiento de los aparatos con cada tipo de gas.

Práctica final:

Realización práctica de una instalación con:

a) Gas canalizado.

b) Botellas de GLP.

C) Reglamentación:

Lo mismo que lo indicado en II.11.

IV.13.– Carné de cualificación individual para instalaciones de gas, categoría IG III.

a) Duración mínima: 85 horas.

b) Temario mínimo:

A) Requerimientos teóricos diferenciales con respecto al IG II.

1.– Física.

– Corriente de fuga.

– Corrientes galvánicas.

– Bases y funcionamiento de la protección catódica (ánodos de sacrificio y circuitos de corriente impresa).

2.– Materiales, uniones y accesorios.

– Tuberías. Tubería de polietileno.

– Uniones. Tipos de soldaduras. Uniones de tubos de polietileno.

3.– Instalaciones de tuberías, pruebas de ensayos (Redes y acometidas).

4.– Accesorios de las instalaciones de gas. Cámaras de regulación.

B) Requerimientos prácticos diferenciales.

1.– Tubería de polietileno: corte, uniones, soldadura a tope "saddley" electrosoldadura.

2.– Colocación de tubería en zanja.

3.– Aplicación de las protección catódica; lectura de aparatos.

Práctica final:

Realización práctica de una tubería enterrada con protección catódica y de una instalación receptora de alta presión, incluyendo la estación de regulación.

C) Reglamentación:

– Lo mismo que lo indicado en II.11 y el Reglamento de Redes y acometidas de combustibles gaseosos y disposiciones de desarrollo.

– Norma UNE 60.620 y 60.621.

IV.14.– Carné de cualificación individual para instalaciones de gas, categoría IG IV.

a) Duración mínima: 110 horas.

b) Temario mínimo:

A) Requerimientos teóricos diferenciales con respecto al IG II.

1.– Física.

– Corrientes de fuga.

– Corrientes galvánicas.

– Bases y funcionamiento de la protección catódica (ánodos de sacrificio y circuitos de corriente impresa).

– Electricidad estática y su eliminación.

– Tomas de tierra y medición.

– Depósitos de GLP aéreos y enterrados. Depósitos enterrados con cubierta de PE.

2.– Química.

– Corrosión: clases y causas. Protecciones: activas y Pasivas.

3.– Materiales, uniones y accesorios.

– Tuberías. Tubería polietileno.

– Uniones. Tipos de soldadura. Uniones de tubos de polietileno.

4.– Instalaciones de tuberías, pruebas y ensayos.

– Redes y acometidas.

– Aplicación a GLP.

5.– Accesorios de las instalaciones de gas.

– Cámaras de regulación.

– Válvulas depósitos.

– Válvulas de tres vías.

– Válvulas de purga.

– Mangueras de trasvase. Acoplamientos. Normas UNE.

– Bombas de agua: conocimientos básicos.

– Compresores: principios de funcionamiento y utilización.

– Vaporizadores.

B) Requerimientos prácticos diferenciales.

1.– Tubería de polietileno: coste, uniones, soldadura a tope, "saddley" electrosoldadura.

2.– Colocación de tubería en zanja.

3.– Aplicación de las protecciones pasivas (desoxidante, pinturas, cintas, etc.)

4.– Control de la protección catódica, lectura de aparatos.

5.– Montaje de depósitos de GLP y sus accesorios.

6.– Pruebas y tarado de una válvula de seguridad.

7.– Pruebas hidráulicas.

Práctica final:

Realización práctica de una instalación de GLP mediante depósito fijo y red de tubería hasta la instalación receptora.

C) Reglamentación:

La misma que la indicada en II.13 y los Reglamentos de almacenamiento de GLP en depósitos fijos.

IV.15.– Carné de cualificación individual de instalador de productos petrolíferos líquidos. Categoría I.

a) Duración mínima: 175 horas, de las cuales 100 serán de clases teóricas y 75 de clases prácticas.

b) Programa mínimo:

A) Requerimientos teóricos:

A.1.– Matemáticas:

– Números enteros y decimales.

– Operaciones básicas con números enteros y decimales.

– Números quebrados.

– Proporcionalidades.

– Regla de tres simple.

– Porcentaje.

– Longitud, superficies y volúmenes.

– Líneas rectas, curvas, paralelas, etcétera.

– Ángulos.

– Polígonos.

– Círculo, diámetro y circunferencia.

– Superficies: cuadrado, triángulo y rectángulo.

– Volúmenes.

A.2.– Física:

– La materia.

– Estados de la materia.

– Fuerza, masa, aceleración y peso.

– Masa volumétrica y densidad relativa.

– Presión: concepto de presión, presión estática, principio de Pascal, presión atmosférica, etcétera.

– Energía, potencia y rendimiento.

– El calor: concepto, unidades, calor específico, etcétera.

– Temperatura: concepto, medidas, escala Celsius.

– Efectos del calor.

– Transmisión del calor.

– Caudal: concepto y unidades.

– Transmisión de vapor.

– Nociones de electricidad.

– Cuerpos aislantes y conductores.

– Ley de Ohm. Efecto Joule. Ejemplos aplicados a la soldadura.

– Corrientes de fugas, corrientes galvánicas.

– Bases y funcionamiento de la protección catódica.

– Viscosidad: tipos y unidades.

A.3.– Química:

– Elementos y compuestos presentes en los productos petrolíferos.

– El aire como mezcla.

– Clasificación de los PPL.

– Productos petrolíferos comerciales (hidrocarburos clases C y D).

– Combustión.

– Corrosión, clases y causas. Protecciones: activas y pasivas.

A.4.– Materiales, uniones y accesorios:

– Tuberías: características técnicas y comerciales de tuberías de acero, de cobre y flexibles.

– Uniones mecánicas y soldadas.

– Accesorios: de tuberías, para sujeción de tuberías, pasamuros, fundas o vainas, protecciones mecánicas.

– Tubería de material plástico.

– Uniones, tipos de soldadura, uniones de tubos de material plástico.

A.5.– Instalaciones mecánicas, pruebas, ensayos y verificación. Pruebas de estanqueidad y ensayos no destructivos:

– Pruebas reglamentarias.

– Ensayos no destructivos.

– Pruebas de estanqueidad.

A.6.– Ventilación de locales: evacuación de gases, entrada de aire para la combustión.

A.7.– Protección y seguridad en instalaciones: conocimientos generales sobre instalaciones de protección contra Incendios.

A.8.– Tanques fijos y móviles, equipos de bombeo, trasiego y accesorios:

– Tipos de tanques y características.

– Equipos de distribución.

– Válvulas en general.

– Válvulas de tres vías.

– Acoplamientos rígidos y flexibles.

– Normas de aplicación.

– Bombas, conocimientos básicos.

– Compresores de funcionamiento y utilización.

– Conocimientos y normativa sobre instalaciones eléctricas.

A.9.– Esquema de instalaciones: croquización, uso de tablas, simbología, planos y esquemas de instalaciones.

A.10.– Cálculo de instalaciones:

– Características de los productos petrolíferos.

– Consumos de tales productos y capacidad de almacenamiento.

– Trazado conducción.

– Tablas de consumo por aparatos.

– Tablas de determinación de diámetros en función de caudal, longitud de cálculo, pérdida de carga.

A.11.– Conocimiento de normativa técnica y legal:

– Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones petrolíferas e Instrucciones Técnicas Complementarias ITC - IP01 e ITC - IP02.

– Real Decreto 1523/1999, de 1 octubre por el que se modifica el Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por Real Decreto 2085/1994, de 20-10-1994 y las instrucciones técnicas complementarias MI-IP03, aprobada por Real Decreto 1427/1997, de 15-09-1997, y MI-IP04, aprobada por el Real Decreto 2201/1995, de 28-12-1995.

– Real Decreto 365/2005, de 8 de abril, por la que se aprueba la Instrucción Técnica complementaria MI-IP 05 "Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos".

– Normativa en materia de prevención de riesgos laborales.

A.12.– Protección medioambiental.

B) Requerimientos prácticos:

B.1.-Instalaciones:

– Croquis, trazado y medición de tuberías.

– Curvado de tubos.

– Corte de tubos.

– Soldeo de tubos de acero, cobre y materiales plásticos homologados para su uso.

– Injertos y derivaciones.

– Uniones mecánicas: racores, ermetos o similares, bridas.

– Fijación de tuberías y colocación de protecciones, pasamuros, vaina y sellado.

– Pruebas de estanqueidad.

– Tubería de materias plásticas. Corte, uniones.

– Colocación de tubería en zanja.

– Aplicación de las protecciones pasivas (desoxidantes, pinturas, cintas, etc.)

– Montaje de tanques. Sus accesorios.

– Pruebas y tarado de una válvula de seguridad.

– Pruebas hidráulicas o neumáticas.

B.2.– Aparatos:

– Grupos de trasiego.

– Aparatos de medida en general.

B.3.– Práctica final: realización práctica de una instalación con tanque, equipo de trasiego y equipo de medida.

IV.16.– Carné de cualificación individual de instalador de productos petrolíferos líquidos. Categoría II.

a) Duración mínima: 175 horas, de las cuales 100 serán de clases teóricas y 75 de clases prácticas.

b) Programa mínimo:

A) Requerimientos teóricos:

A.1.– Química:

– Elementos y compuestos presentes en los productos petrolíferos.

– El aire como mezcla.

– Productos petrolíferos comerciales (hidrocarburos clases B, C y D).

– Combustión.

– Corrosión, clases y causas. Protecciones: activas y pasivas.

A.2.– Materiales, uniones y accesorios:

– Tuberías: características técnicas y comerciales de tuberías de acero, de cobre y flexibles.

– Uniones mecánicas y soldadas.

– Accesorios: de tuberías, para sujeción de tuberías, pasamuros, fundas o vainas, protecciones mecánicas.

– Tubería de material plástico y otros materiales.

– Uniones, tipos de soldadura, uniones de tubos de material plástico.

A.3.– Nociones sobre mecánica de fluidos. Sistemas y procedimientos de detección de fugas.

A.4.– Instalaciones mecánicas, pruebas, ensayos y verificación.

A.5.– Acometidas e instalación de contadores.

A.6.– Ventilación de locales: evacuación de gases, entrada de aire para la combustión.

A.7.– Protección y seguridad en instalaciones:

– Protecciones pasivas.

– Protecciones activas.

– Protección contra incendios.

A.8.– Tanques fijos y móviles, equipos de bombeo, trasiego y accesorios:

– Tipos de tanques y características.

– Equipos de distribución.

– Válvulas en general.

– Válvulas de tres vías.

– Acoplamientos rígidos y flexibles.

– Normas de aplicación.

– Bombas.

– Compresores de funcionamiento y utilización.

– Conocimientos y normativa sobre instalaciones eléctricas aplicable.

A.9.– Esquema de instalaciones: croquización, uso de tablas, simbología, planos y esquemas de instalaciones.

A.10.– Cálculo de instalaciones:

– Características de los productos petrolíferos.

– Consumos de los mismos y capacidad de almacenamiento.

– Trazado conducción.

– Tablas de consumo por aparatos.

– Tablas de determinación de diámetros en función de caudal, longitud de cálculo, pérdida de carga.

A.11.– Conocimiento normativa vigente:

– Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones petrolíferas e Instrucciones Técnicas Complementarias ITC - IP01 e ITC - IP02.

– Real Decreto 1562/1998, que modifica la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP02 "Parques de almacenamiento de líquidos petrolíferos" del Reglamento aprobada por Real Decreto 2085/1994.

– Real Decreto 365/2005, de 8 de abril, por la que se aprueba la Instrucción Técnica complementaria MI-IP 05 "Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos".

– Normativa en materia de prevención de riesgos laborales.

A.12.– Medidas especiales en instalaciones de hidrocarburos clase B.

A.13.– Protección medioambiental:

– Recuperación de gases fase 1 y fase 2.

– Efluentes contaminantes.

A.14.– Conocimientos de procedimientos especiales de medida de volumen.

A.15.– Aparatos surtidores:

– Tipos.

– Conexiones mecánicas y eléctricas.

– Medida de volumen.

B) Requerimientos prácticos:

B.1.-Instalaciones:

– Croquis, trazado y medición de tuberías.

– Curvado de tubos.

– Corte de tubos.

– Soldeo de tubos de acero, cobre y materiales plásticos homologados para su uso.

– Injertos y derivaciones.

– Uniones mecánicas: racores, ermetos o similares, bridas.

– Fijación de tuberías y colocación de protecciones, pasamuros, vainas y sellados.

– Pruebas de estanquidad.

– Tubería de materias plásticas. Corte, uniones.

– Tendido y colocación de tuberías.

– Aplicación de las protecciones pasivas (desoxidantes, pinturas, cintas, etc.)

– Aplicación de las protecciones activas.

– Control de la protección catódica, lectura de aparatos.

– Montaje de tanques e instalación de sus accesorios.

– Pruebas y tarado de una válvula de seguridad.

– Pruebas hidráulicas y neumáticas.

– Puesta a tierra.

B.2.– Aparatos:

– Grupos de trasiego.

– Aparatos de medida en general. Surtidores.

B.3.– Práctica final: realización práctica de una instalación con tanque, equipo de trasiego y equipo de medida.

IV.17.– Carné de cualificación individual para reparación de instalaciones de productos petrolíferos líquidos. Categoría III.

a) Duración mínima: 175 horas, de las cuales 100 serán de clases teóricas y 75 de clases prácticas.

b) Programa mínimo:

A) Requerimientos teóricos:

A.1.– Matemáticas:

– Números enteros y decimales.

– Operaciones básicas.

– Quebrados.

– Regla de tres simple y proporciones.

– Porcentajes.

– Longitud, superficies y volúmenes.

– Unidades y equivalencias.

– Ángulos y pendientes.

– Polígonos.

– Círculo, circunferencia, radio y diámetro.

– Triángulo, cuadrado y rectángulo.

– Superficies y volúmenes: cilindros y paralelepípedos.

A.2.– Física:

– La materia: estados de la materia.

– Temperatura, calor, calor específico, conductividad térmica.

– Efecto del calor sobre los gases en atmósferas explosivas.

– Ultrasonidos: fundamentos de la medición de espesor de chapa.

– Elasticidad y plasticidad.

– Resistencia física.

– Adherencia: normal y tangencial.

– Velocidad, aceleración, masa, peso, fuerza, presión: concepto y unidades.

– Ley de Pascal, caudal: concepto y unidades.

– Corrientes galvánicas y de fugas.

– Protección catódica: fundamentos y tipología.

A.3.– Química:

– Tipos de combustible: propiedades.

– Concentración.

– Densidad.

– Viscosidad.

– Curado: elementos residuales.

– Dureza: ensayos y unidades.

– Resistencia química.

– Corrosión: clases y causas.

– Protecciones: activas y pasivas.

A.4.– Medio ambiente:

– Residuos peligrosos.

– Acuíferos.

– Contaminación.

– Causas y efectos de la propagación de la contaminación.

– Contaminación confinada.

– Sobrenadante.

– Concentraciones máximas permitidas: tabla danesa.

– Gestión de residuos.

A.5.– Seguridad:

– Clasificación de las zonas.

– Señalización de zonas de trabajo: criterios.

– Explosividad, LIE, inflamabilidad, punto de ignición.

– Puesta a tierra.

– Manejo del explosímetro.

– Extintores: clases y manejo.

– Desgasificación.

– Protección corporal: contra impactos, respiratoria.

– Ergonomía y esfuerzos.

– Primeros auxilios: nociones y aplicación.

A.6.– Instalaciones mecánicas:

– Tuberías normalizadas: metálicas y plásticas.

– Conexiones y uniones: mecánicas, soldadas, termofundidas.

– Accesorios: valvulería, medidores de nivel, cortallamas...

– Manómetros, manotermógrafos, equipos de precisión, fondo de escala, resolución.

– Ensayos no destructivos: espesor de chapa.

A.7.– Normativa:

– Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones petrolíferas e Instrucciones Técnicas Complementarias ITC - IP01 e ITC - IP02.

Real Decreto 1562/1998, que modifica la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP02 "Parques de almacenamiento de líquidos petrolíferos" del Reglamento aprobada por Real Decreto 2085/1994.

– Real Decreto 1523/1999, de 1 octubre por el que se modifica el Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por Real Decreto 2085/1994, de 20-10-1994 y las instrucciones técnicas complementarias MI-IP03, aprobada por Real Decreto 1427/1997, de 15-09-1997, y MI-IP04, aprobada por el Real Decreto 2201/1995, de 28-12-1995.

– Real Decreto 365/2005, de 8 de abril, por la que se aprueba la Instrucción Técnica complementaria MI-IP 05 "Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos". UNE 53 991.

– Normas de seguridad: trabajos en recintos confinados.

– Normas medioambientales: almacenamiento y gestión de residuos peligrosos.

– Normativa en materia de prevención de riesgos laborales.

B) Requerimientos prácticos:

– Manejo de medidor de espesores de chapa.

– Manejo de explosímetro.

– Manejo de extintores.

– Prácticas de primeros auxilios.

– Acceso y evacuación en recintos confinados (arquetas, depósitos...)

– Puesta a tierra. Instalación de una pica y conexiones.

– Corte y unión de tubos de acero, cobre y plástico. Medidas de seguridad.

– Uniones mecánicas: codos, tuercas de unión, racores, llaves de corte.

– Fijación de tuberías y colocación de protecciones, pasamuros, vainas y sellados.

– Aplicación de protecciones pasivas (antioxidantes, cintas, etcétera).

– Pruebas y tarado de válvulas de seguridad.

– Pruebas hidráulicas y neumáticas.

– Reparación y revestimiento de depósitos (se podrá elegir uno de los diferentes sistemas que prevé el informe UNE 53 991: Epoxi, Poliéster, Viniléster...)

IV.18.– Carné de cualificación individual de operador de grúas torre.

a) Duración mínima: 200 horas repartidas en un módulo teórico de 50 horas y en un módulo práctico de 150 horas.

b) Programa mínimo:

A) Formación teórica:

– Descripción de la grúa-torre y componentes (perfiles, cables, lastres, etc.)

– Definición de grúa torre desmontable. Clasificación. Composición estructural. Pluma.

– Lastres de estabilidad. Contrapesos de equilibrios. Condiciones que deben cumplir. Masa.

– Cables de hacer. Manipulación. Engrase. Inspecciones. Sustitución.

– Emplazamiento de la grúa. Desniveles de base. Vía. Proximidad de edificios y líneas eléctricas. Instalaciones con varias grúas. Zona de seguridad. Puesta a tierra.

– Elementos de seguridad en grúas. Limitadores. Seguridad de momento de par. Seguridad de carga máxima. Puesta en veleta.

– Condiciones de estabilidad en servicio y fuera de servicio.

– Arriostramientos rígidos. Arriostramientos elásticos.

– Operación y manipulación. Obligaciones y prohibiciones. Conocimiento y características. Diagrama de cargas. Cálculo de diagramas.

– Mantenimiento y conservación de la grúa torre.

– Regulación y puesta en servicio.

– Legislación básica: reglamentación y Normas UNE: (Real Decreto 2291/1985 de 8 de noviembre de 1985, Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba un nueva Instrucción Técnica complementaria "MIE-AEM- 2" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones).

B) Formación práctica:

– Normas de manejo (maniobras permitidas y prohibidas).

– Normas de seguridad en el trabajo.

– Realización de las comprobaciones diarias y semanales de seguridad y mantenimiento.

– Manejo de un grúa torre.

– Manejo de una grúa torre autodesplegable.

IV.19.– Carné de cualificación individual de operador de grúas móviles autopropulsadas. Categoría A.

a) Duración mínima: 300 horas repartidas de la siguiente manera, 75 horas de formación teórica y 225 horas de formación práctica.

b) Contenido mínimo:

A) Formación teórica:

– Reglamentación aplicable. Reglamento de aparatos de elevación y manutención, (Real Decreto 2291/1985 de 8 de noviembre de 1985), ITC "MIE-AEM-4" (Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria "MIE-AEM-4" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsada) y Normas UNE.

– Descripción de la grúa móvil autopropulsada y componentes (pluma, plumón, estabilizadores, cabina y accesos, ganchos, cables, etc.). Funcionamiento general.

– Tipos de grúa móvil autopropulsada. Clasificación. Diferencias entre grúas telescópicas y de celosía.

– Nociones de resistencia de materiales (fuerzas, momentos, estabilidad). Centro de gravedad. Momento de vuelco. Cálculo de pesos. Soldaduras. Perfiles (angulares, cuadrados, redondos).

– Nociones de electricidad (efectos, protecciones).

– Nociones de mantenimiento. Niveles de aceite y agua. Presión de los neumáticos. Equipos de inyección y bombas. Sistemas de funcionamiento mecánico, eléctrico o hidráulico. Sistemas de refrigeración, lubricación y frenos.

– Elementos de seguridad de las grúas móviles autopropulsadas (indicador y limitador de carga, indicador de radio, limitadores de movimientos, etc.). Coeficientes de seguridad.

– Montaje y desmontaje de las grúas móviles autopropulsadas. Mecanismos de extensión de la pluma. Procedimientos de montajes especiales (grúas de celosía, plumines, etc.)

– Emplazamiento de la grúa en la zona de trabajo (visión general del entorno, taludes, líneas eléctricas, conducciones subterráneas, resistencia del terreno, etc.)

– Útiles de enganche: elección del método más apropiado, conservación y mantenimiento (estrobos de acero, cadenas, eslingas de poliéster, grilletes). Revisiones y marcaje. Formas de estrobar la carga. Útiles especiales (balancines).

– Operaciones normales con al grúa (estrobaje, nivelación, interpretación de diagramas de cargas, señales, etc.). Maniobras prohibidas.

– Operaciones especiales con la grúa (pilotaje, elevación de una carga con más de una grúa, desplazamientos con la grúa totalmente montada y desplegada, elevación de una carga sin estabilizadores, derribo y demolición con bola) Precauciones interiores.

– Operaciones de grúas con peligro próximos (taludes, líneas eléctricas aéreas, aeropuertos, ferrocarril, carreteras, plantas de proceso industrial, etc.)

– Verificaciones diarias, semanales y semestrales. Mantenimiento y conservación de la grúa móvil autopropulsada (sistema de elevación y vehículo). Inspecciones de los cables de acero y sustitución. Comprobación del sistema hidráulico y válvulas anti-retorno.

– Deberes y responsabilidades del operador de grúa móvil autopropulsada, del enganchador o estrobador y del jefe de la maniobra.

– Prevención de riesgos laborales: seguridad en servicio. Seguridad con viento. Señalización. Desplazamiento con cargas. Control de las medidas de seguridad. Equipos de trabajo.

B) Formación práctica:

– Toma de contacto con la grúa. Explicar puesta en funcionamiento para operar desde la estructura. Movimientos desde la estructura giratoria en vacío y con carga.

– Normas de manejo (maniobras permitidas y prohibidas). Señales.

– Realización de las comprobaciones diarias y semanales de seguridad.

– Operaciones con los sistemas de seguridad. Utilización del sistema de control electrónico de la grúa ("ordenador de a bordo").

– Mantenimiento de la grúa: diferentes puntos de engrase, verificación de niveles de aceite, limpieza, etc.

– Ejercicios para estabilizar la grúa en diferentes tipos de terreno. Desplazamiento de grúa desplegada con carga y en vacío.

– Montaje de plumón y su utilización.

– Adiestramiento en el manejo con carga: simulación de montaje de grúa torre, tumbar o levantar silo de cemento, hormigonar con caldero, descarga de palés de ladrillo, etc.

– Prácticas de eslingaje: reconocimiento de los diferentes tipos de estrobos, eslinga, grilletes, cadeneas, ganchos, y su utilización correcta.

– Conducción en carretera: puertos de montaña, pendientes y rampas prolongadas, etc.

– Conducción "todoterreno": utilización de reductoras y bloqueos.

– Reconocimiento de diferentes tipos de terreno.

– Normas de seguridad en el trabajo.

IV.20.– Carné de cualificación individual de gruísta u operador de grúas móviles autopropulsadas. Categoría B.

a) Duración mínima: 450 horas repartidas de la siguiente manera: 150 horas de formación teórica y 300 de formación práctica.

A estos efectos, a los titulares del carné de operador de grúa móvil autopropulsada de categoría A, para acceder a un carné de categoría B, se les computará como tiempo efectuado en la formación teórica y práctica el señalado para la categoría A, debiendo realizar el período restante de formación práctica con grúas móviles autopropulsadas de carga nominal comprendida en la categoría B.

b) Programa mínimo: el mismo que para la categoría A pero con conocimientos ampliados.

V. ERANSKINA / ANEXO V
LANBIDE TXARTELAREN EREDUA / MODELO DE CARNÉ PROFESIONAL

&#9; &#9;<IMG SRC="Image14.gif" WIDTH=392 HEIGHT=43>

&#9;&#9;INDUSTRIA, MERKATARITZA&#9;DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA,

&#9;&#9;ETA TURISMO SAILA&#9;COMERCIO Y TURISMO

&#9;&#9;…………….ako Lurralde Ordezkaritza&#9;Oficina Territorial de………

&#9;&#9;TXARTELA/CARNÉ

&#9;&#9;IZENA / NOMBRE:

&#9;&#9;NAN / DNI:

&#9;

&#9; LURRALDE BULEGOKO BURUA

&#9;Noiz emana / Fecha de exped.:&#9;JEFE DE OFICINA TERRITORIAL

&#9;LANBIDEAN JARDUTEKO GAITZEN DU, BAINA &#9;HABILITA PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL

&#9;ENPRESA BAIMENDU BATEN PLANTILLAN &#9;SOLAMENTE SI ESTÁ EN PLANTILLA EN UNA

&#9;BADAGO SOILIK&#9;EMPRESA AUTORIZADA

&#9;EZ DA BERRITU BEHAR&#9;NO NECESITA RENOVACIÓN

&#9;ONARTUTAKO AKREDITAZIOAK&#9;ACREDITACIONES RECONOCIDAS

ANEXO VI
CATEGORÍAS DE EMPRESAS AUTORIZADAS

– Empresa Instaladora de Fontanería.

– Empresa Instaladora de calefacción y agua caliente sanitaria.

– Empresa Mantenedora de calefacción y agua caliente sanitaria.

– Empresa Instaladora de climatización.

– Empresa Mantenedora de climatización.

– Empresa Instaladora Electricista de Baja Tensión.

– Empresas Instaladora Electricista de Baja Tensión. Especialidades.

– Empresa Instaladora-mantenedora de Alta Tensión.

– Empresa Instaladora Frigorista.

– Empresa Conservadora-reparadora Frigorista.

– Empresa Instaladora de Gas. Categoría IG- I.

– Empresa Instaladora de Gas. Categoría EG-II.

– Empresa Instaladora de Gas. Categoría EG-III.

– Empresa Instaladora de Gas. Categoría EG-IV.

– Empresa Revisora de Instalaciones de gas.

– Empresa Instaladora de productos petrolíferos líquidos. Categoría I.

– Empresa Instaladora de productos petrolíferos líquidos. Categoría II.

– Empresa Reparadora de productos petrolíferos líquidos. Categoría III.

– Empresa Instaladora de aparatos elevadores.

– Empresa Conservadora de aparatos elevadores.

– Empresa Instaladora de grúas torre.

– Empresa Conservadora de grúas torre.

– Empresa Conservadora de grúas móviles autopropulsadas.

– Empresa Instaladora de equipos a presión. Categoría I.

– Empresa Instaladora de equipos a presión. Categoría II.

– Empresa Reparadora de equipos a presión. Categoría I.

– Empresa Reparadora de equipos a presión. Categoría II.

– Empresa para inspección y pruebas de gases (AP-7).

– Empresa recargadora de botellas de equipos de respiración autónoma (AP-18).

– Empresa para inspección periódica de botellas de equipos de respiración autónoma (AP-18).

– Empresa para inspección visual de botellas de equipos de botellas de equipos de respiración autónoma (AP-18).

– Empresa instaladora de Protecciones contra incendios.

– Empresa Mantenedora de Protecciones contra incendios.

– Empresa Instaladora de tacógrafos.

– Empresa autorizada para la revisión periódica de tacógrafos.

– Empresa Instaladora de limitadores de velocidad.

ANEXO VII

EXIGENCIAS POR ESPECIALIDAD Y CATEGORÍA PARA LAS EMPRESAS AUTORIZADAS

Tipo de empresa&#9;Necesidades mínimas de personal&#9;Necesidad de técnico titulado &#9;Cuantía mínima de la póliza

&#9;&#9;competente&#9;de seguro por siniestro

Instaladora de fontanería&#9;Un profesional autorizado&#9; No&#9;200.000 euros

Instaladora de calefacción y agua caliente sanitaria&#9;Un operario con carné por cada categoría y especialidad solicitada&#9;No&#9;300.000 euros

Mantenedora de calefacción y agua caliente sanitaria&#9;Un operario con carné por cada categoría y especialidad solicitada&#9;No&#9;200.000 euros

Instaladora de climatización&#9;Un operario con carné por cada categoría y especialidad solicitada&#9;No&#9;300.000 euros

Mantenedora de climatización&#9;Un operario con carné por cada categoría y especialidad solicitada&#9;No&#9;300.000 euros

Instaladora Electricista de Baja Tensión&#9;Un operario autorizado de categoría igual a cada una de las empresas. &#9;No&#9;600.000 euros

&#9;Un número máximo de 10 operarios por cada carné

Instaladora Electricista de Baja Tensión- Especialidades&#9; Un profesional autorizado de categoría igual a cada una de las empresas. &#9;No&#9;900.000 euros

&#9;Un número máximo de 10 operarios por cada carné

Instaladora- mantenedora de Alta Tensión&#9;&#9;Sí&#9; 600.000 euros

Instaladora Frigorista&#9;Un profesional autorizado, salvo que la empresa cuente con un técnico titulado competente&#9;No&#9;300.000 euros

Conservadora Reparadora Frigorista&#9;Un profesional autorizado, salvo que la empresa cuente con un técnico titulado competente&#9;No&#9;300.000 euros

Instaladora de Gas. Categoría EGI&#9;Un máximo de 5 operarios por carné&#9;No&#9;300.000 euros

Instaladora de Gas. Categoría EGII&#9;Un máximo de 10 operarios por carné&#9;Sí&#9;300.000 euros

Instaladora de Gas. Categoría EGIII&#9;Un máximo de 10 operarios por carné&#9;Sí&#9;500.000 euros

Instaladora de Gas. Categoría EGIV&#9;Un máximo de 10 operarios por carné&#9;Sí &#9;500.000 euros

Revisora de Instalaciones de gas&#9;Un máximo de 5 operarios por carné&#9;No&#9;300.000 euros

Instaladora de productos petrolíferos líquidos. Categoría I&#9;Un profesional autorizado. Un máximo de 5 operarios por carné&#9;No &#9;300.000 euros

Instaladora de productos petrolíferos líquidos. Categoría II&#9;Un profesional autorizado. Un máximo de 5 operarios por carné&#9;No&#9;600.000 euros

Reparadora de productos petrolíferos líquidos. Categoría III&#9;Un profesional autorizado. Un máximo de 5 operarios por carné&#9;No&#9;600.000 euros

Instaladora de aparatos elevadores&#9;Cinco operarios cualificados&#9;Sí&#9;500.000 euros, pudiendo incluir

&#9;&#9;&#9;las actividades de instalación

&#9;&#9;&#9;y conservación.

Conservadora de Aparatos elevadores&#9;Dos operarios cualificados&#9;Sí&#9;500.000 euros, pudiendo incluir

&#9;&#9;&#9;las actividades de instalación

&#9;&#9;&#9;y conservación.

Tipo de empresa&#9;Necesidades mínimas de personal&#9;Necesidad de técnico titulado &#9;Cuantía mínima de la póliza

&#9;&#9;competente&#9;de seguro por siniestro

Instaladora de grúas torre&#9;Tres montadores cualificados) dos mecánicos y un eléctrico)&#9;Sí&#9;600.000 euros

Conservadora de grúas torre&#9;Dos operarios cualificados&#9; No&#9;600.000 euros. En el caso

&#9;&#9;&#9;de que la empresa sea

&#9;&#9;&#9;instaladora-conservadora, no será

&#9;&#9;&#9;necesario más que una sola póliza.

Conservadora de grúas móviles autopropulsadas&#9;Un operario cualificado por cada 30 grúas o fracción a conservar, de los cuales &#9;No&#9;1.000.000 euros.

&#9;al menos uno dispondrá del carné de operador de grúa móvil autopropulsada

&#9;correspondiente a la categoría de las grúas a conservar

Instaladora de equipos a presión Categoría 1 &#9;Un soldador homologado&#9;Sí &#9;500.000 euros

(Cualquier tipo de aparatos)

Instaladora de equipos a presión de Categoría 2 &#9;Un soldador homologado si utiliza uniones soldadas&#9;No&#9;300.000 euros

(Sólo aparatos sin ITC o correspondientes

a las ITC AP13, 14 y 17)

Reparadora de equipos a presión. Categoría I&#9;Un soldador homologado&#9;Sí&#9;500.000 euros

Reparadora de equipos a presión. Categoría I.&#9;Un soldador homologado&#9;No&#9;300.000 euros

Empresa para inspección y pruebas de botellas &#9;&#9;&#9; 500.000 euros

de gases (AP-7)

Empresas recargadora de botellas de equipos &#9;Un especialista con conocimientos en la materia&#9;&#9;500.000 euros

de respiración autónoma (AP-18)

Empresa para inspección periódica de botellas&#9;Un especialista con conocimientos en la materia&#9;Sí&#9;500.000 euros

de equipos de respiración autónoma (AP-18)

Empresa para inspección visual de botellas de equipos &#9;Un especialista con conocimientos en la materia&#9;&#9;500.000 euros

de respiración autónoma (AP-18)

Instaladora de Protecciones contra incendios&#9;– Especialista con formación acreditada en Electrónica, si la empresa se inscribe en &#9;Sí&#9;900.000 euros

&#9;alguna actividad de detección, alarma o comunicación de alarma

&#9;– Especialista con formación acreditada en soldadura, si se inscribe en

&#9;alguna actividad de sistemas de extinción

Mantenedora de Protecciones contra incendios&#9;– Especialista con formación acreditada en electrónica, si la empresa se inscribe &#9;Sí&#9;900.000 euros

&#9;en alguna actividad de detección, alarma o comunicación de alarma

&#9;– Especialista con formación acreditada en soldadura, si se inscribe en alguna

&#9;actividad de sistemas de extinción

Tipo de empresa&#9;Necesidades mínimas de personal&#9;Necesidad de técnico titulado &#9;Cuantía mínima de la póliza

&#9;&#9;competente&#9;de seguro por siniestro

Instaladora de tacógrafos&#9;Un instalador de tacógrafo&#9; No&#9;60.000 euros

Empresa autorizada para la revisión periódica &#9;Un instalador de tacógrafo&#9;No&#9;60.000 euros

de tacógrafos

Instaladora de limitadores de velocidad&#9;Un instalador de limitadores de velocidad&#9;No&#9;60.000 euros

VIII. ERANSKINA / ANEXO VIII
BAIMENDUTAKO ENPRESAREN ZIURTAGIRI EREDUA
MODELO DE CERTIFICADO DE EMPRESA AUTORIZADA

BAIMENDUTAKO ENPRESA IZAERA ZIURTATZEKO AGIRIA&#9;CERTIFICADO DE EMPRESA AUTORIZADA

Zenbakia:&#9;Número:

Noiz arteko balioa:&#9;Válido hasta

ESPEZIALITATEA:

ESPECIALIDAD:

ENPRESA:

EMPRESA:

ENPRESAREN ORDEZKARIA:

REPRESENTADA POR:

HELBIDE SOZIALA:

CON DOMICILIO SOCIAL EN:

ENPRESAREN ALTA EGUNA:&#9;ESPEZIALITATEAN ZUZENEAN ENPLEGATUTAKO LANGILE KOPURUA:

FECHA DE ALTA DE LA EMPRESA:&#9;N.º DE PERSONAS EMPLEADAS DIRECTAMENTE EN LA ESPECIALIDAD

ESPEZIALITATEAN BAIMENDUTAKO INSTALATZAILE KOPURUA:&#9;ENPRESAKO LANGILEEN KOPURU OSOA:

N.º INSTALADORES AUTORIZADOS EN LA ESPECIALIDAD:&#9;PERSONAL TOTAL DE LA EMPRESA:

ERREFERENTZIAK/REFERENCIAS

IFZ edo NAN&#9;INDUSTRIA ERREGISTRO ZENBAKIA:

NIF ó DNI&#9;N.º REGISTRO INDUSTRIAL

JARDUERA EKONOMIKOEN GAINEKO ZERGAREN EPIGRAFEA:&#9;BAIMENDUTAKO INSTALATZAILEEN ERREGISTROAREN

EPÍGRAFE DEL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS:&#9;ALTA ZENBAKIA:

&#9;N.º DE ALTA EN EL REGISTRO DE INSTALADORES AUTORIZADOS

ASEGURU KONPAINIA&#9;ASEGURU POLIZAREN ZENBAKIA

COMPAÑÍA DE SEGUROS&#9;N.º PÓLIZA DE SEGURO

Lurralde Bulego honek aurkeztutako dokumentuak aztertu ditu, baita aurkeztutako txostenak eta aurrekariak aztertu ere. Horiek guztiak aintzat hartuta, enpresa baimenduko honako ziurtagiri hau ematea erabaki du, ziurtagiri hau arautzen duen martxoaren 14ko 63/2006 Dekretuak ematen dizkion eskumenen arabera.

Esta Oficina Territorial, examinada la documentación presentada y a la vista de los informes solicitados y antecedentes obrantes en la misma, ha resuelto otorgar el presente Certificado de empresa autorizada, de acuerdo con las facultades que le otorga el Decreto 63/2006, de 14 de marzo, que lo regula.

…………..………., …………....eko ……..…..…aren …..a / …………….., a …….de ……..……….de 20…

LURRALDE BULEGOKO BURUA / EL JEFE DE OFICINA TERRITORIAL
Sin./Fdo: ………………………………………………

Análisis documental