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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 214, jueves 10 de noviembre de 2005


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 8 de Bilbao
5590

EDICTO dimanante del juicio ordinario n.º 1041/04.

Juzgado de Primera Instancia n.° 8 de Bilbao (Bizkaia)

Juicio: Pro. ordinario L2 1041/04.

Demandante: HBF Auto Renting, S.A.

Abogado: D. Fernández Castañeda, Jesús Javier.

Procurador: D.ª Elsa Pacheco Gurpegui.

Demandado: Román Madariaga García, José María Reyero García y Miresman, S.L.

Sobre: N01 juicio ordinario.

En el referido juicio se ha dictado sentencia en fecha 13-09-2005 cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

Estimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Dña. Elsa Pacheco Gurpegui en nombre y representación de HBF Auto Renting, S.A. contra Miresman, S.L., D. Román Madariaga García y D. José María Reyero García:

A) Declaro resuelto y extinguido el contrato de arrendamiento de vehículos a largo plazo n.° Z12A20020006704 suscrito entre HBF Auto Renting, S.A. y Miresman, S.L. y sus fiadores solidarios, D. Román Madariaga García y D. José María Reyero García.

B) Declaro la propiedad de "HBF Auto Renting, S.A. sobre la Furgoneta, Marca Ford, Modelo Transit FT 350 L MIX, n.° de bastidor WFOKXXGBFK1G85529, matrícula 2995 CCX.

C) Declaro definitiva adjudicación a la demandante de las rentas percibidas por razón de las rentas devengadas en el arrendamiento.

D) En consecuencia, condeno a los demandados solidariamente a restituir de forma inmediata a "HBF Auto-Renting, S.A."la posesión de la citada Furgoneta en perfecto estado, así como las llaves y la documentación correspondiente, corriendo por cuenta de los demandados los gastos que ocasione su entrega, debiéndose tener en cuenta en ejecución de sentencia que dicho vehículo ya fue entregado al Depositario designado por la parte demandante, D. Javier Fernández Castañeda, el 5 de mayo de 2005 por la Guardia Civil.

E) Condeno a los demandados a pagar solidariamente a "HBF Auto-Renting, S.A." la suma de 3.842,45 euros, correspondiente al importe de las rentas del contrato de arrendamiento vencidas e impagadas hasta la fecha de la presentación de la demanda, debiéndose tener en cuenta en ejecución de sentencia que dicha cantidad fue consignada por el demandado D. José María Reyero García, el 28 de febrero de 2005 y entregada a la demandante.

F) Condeno a los demandados a pagar solidariamente a "HBF Auto-Renting, S.A." los intereses de demora pactados de las rentas vencidas e impagadas a razón del 2% mensual, y que al 25 de octubre de 2004 ascendían a la cantidad de 227,99 euros mas los que se devenguen hasta el 28 de febrero de 2005, debiéndose tener en cuenta en ejecución de sentencia que D. José María Reyero consignó en la cuenta de este Juzgado en la indicada fecha la cantidad de 227,79 euros, entregada al demandante.

G) Condeno a los demandados a pagar solidariamente a "HBF Auto-Renting, S.A." la suma de dos mil quinientos noventa y siete con ochenta y tres euros (2.597,83 euros) importe correspondiente al 30% de las rentas pendientes de vencer en el contrato de arrendamiento (25-09-2005 a 25-11-2007) más un interés anual igual interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de esta resolución.

H) Condeno a los demandados a estar y pasar por dichas declaraciones condenándoles solidariamente a la entrega del bien y al pago de las obligaciones pecuniarias en los términos anteriormente señalados, sin imposición de costas.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Román Madariaga García y Miresman, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de Bizkaia.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 27 de septiembre de 2005.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental