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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 214, jueves 10 de noviembre de 2005


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Bilbao
5585

EDICTO dimanante del juicio verbal L2 n.º 138/05 seguido sobre desahucio.

Juzgado de Primera Instancia n.° 1 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: J. verbal desh. L2 138/05.

Demandante: D.ª Felisa Goiri Lekarza y María del Carmen Uribarri Viteri.

Abogado: D.ª Ángela Sáez Carranza.

Procurador: D. Francisco Ramón Atela Arana.

Demandado: Técnicas de Fricción, S.A.

SOBRE: N11 juicio desahucio.

En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

1.– Estimar la demanda promovida por el Procurador Sr. Atela Arana, en nombre y representación de Felisa Goiri Lekarza y María del Carmen Uribarri Viteri, frente a Técnicas de Fricción, S.A. declarando resuelto el contrato de arrendamiento de la finca reseñada en los antecedentes de esta resolución, condenando a la parte demandada a su desalojo, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica en el plazo legal.

Así mismo, condeno a la parte demandada a que pague /a la demandante la cantidad de 54.700,80 euros, así como los intereses pactados del 12% desde el vencimiento de las rentas debidas.

2.– Se imponen a la parte demandada el pago de las costas causadas en este proceso.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

El escrito de preparación del recurso no se admitirá si no se acredita tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas (artículo 449.1 de la LECn).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Técnicas de Fricción, S.A. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 7 de octubre de 2005.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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