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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 74, miércoles 20 de abril de 2005


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Autoridades y Personal

Interior
1996

ACUERDO del Tribunal Calificador encargado de la determinación, desarrollo y evaluación de las pruebas de la oposición del procedimiento selectivo para ingreso en la categoría de Agente de la Escala Básica de la Ertzaintza convocado por Resolución de 15 de septiembre de 2004 (BOPV n.º 185, de 27 de septiembre).

El Secretario del Tribunal encargado de la determinación, desarrollo y evaluación de las pruebas de la oposición del procedimiento selectivo para ingreso en la categoría de Agente de la Escala Básica de la Ertzaintza, convocado por Resolución de 15 de septiembre de 2004 (BOPV n.º 185, de 27 de septiembre),

CERTIFICA:

Que en sesión celebrada el 13 de abril de 2005 el citado Tribunal, y de conformidad con lo establecido en el número 2 de la base octava de las de la convocatoria se han adoptado los siguientes acuerdos:

Primero.– Hacer pública la fecha de realización del primer ejercicio (test de personalidad) de la tercera prueba de la oposición, que tendrá lugar el día 25 de abril de 2005, a las 08:30 horas en las instalaciones de la Academia de Policía del País Vasco, en Arkaute.

Segundo.– En orden a salvaguardar los derechos lingüísticos de todos los aspirantes que siguen en el procedimiento selectivo de forma que los mismos puedan realizar la entrevista personal y la entrevista grupal, previstas en la tercera prueba, en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, los aspirantes deberán indicar durante la realización del primer ejercicio (test de personalidad), la lengua en que desean realizar las entrevistas mencionadas.

El mismo día, el 25 de abril de 2005, y atendiendo a las solicitudes referidas en el párrafo anterior, se notificarán individualmente a cada uno de los aspirantes los días y lugares en los que deberán realizar la entrevista personal y la entrevista grupal previstas en la tercera prueba.

Los presentes acuerdos tienen el carácter de actos de trámite, de conformidad con lo establecido en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

En Arkaute, a 13 de abril de 2005.

EL SECRETARIO DEL TRIBUNAL.

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL.


Análisis documental