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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 59, miércoles 30 de marzo de 2005


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Vitoria-Gasteiz
1494

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 221/04 seguido sobre reclamación de cantidad.

Juzgado de Primera Instancia N.° 2 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: Pro. ordinario L2 221/04.

Demandante: Conservas Hoya, S.A.

Abogado: D. Bezanilla Aguero, Luis Alberto.

Procurador: D. Jesús María de las Heras Miguel.

Demandado: Tomás Berenguer García y Embutidos las Encinas de la Puebla, S.L.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado Sentencia cuya parte dispositiva y fallo es la siguiente:

Don Javier Pegenaute Allo, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Vitoria y su partido ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA N.° 48/05

En la ciudad de Vitoria, a 1 de marzo de 2005; habiendo visto y oído los presentes autos de juicio declarativo ordinario, tramitado ante este Juzgado bajo el número 221/2004, y entre partes; como demandante la mercantil Conservas Hoya, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales don Jesús María de las Heras Miguel, y asistida por el Letrado don Luis Alberto Bezanilla Aguero, y como demandados la mercantil Embutidos las Encinas de la Puebla, S.L. y don Tomás Berenguer García, en situación procesal de rebeldía; sobre reclamación de cantidad, y

FALLO

Que estimando la demanda presentada el Procurador de los Tribunales don Jesús María de las Heras Miguel, en nombre y representación de la mercantil Conservas Hoya, S.A., debo condenar y condeno a la mercantil Embutidos las Encinas de la Puebla, S.L. y don Tomás Berenguer García a abonar solidariamente a la actora la suma de 22.442,06 euros, mas los intereses moratorios desde el 8 de marzo de 2004, con imposición a las demandadas de las costas procesales causadas.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación que se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Líbrese y únase certificación literal a las actuaciones, incluyéndose el original en el Libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Tomas Berenguer García y Embutidos las Encinas de la Puebla, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de marzo de 2005.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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