Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 226, jueves 25 de noviembre de 2004


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Agricultura y Pesca
6070

DECRETO 222/2004, de 16 de noviembre, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi a la suscripción de la ampliación de capital y a la modificación de los Estatutos Sociales de la Sociedad Publica NEIKER-Instituto Vasco de Investigación y Desarrollo Agrario, S.A.

El Consejo de Administración de la Sociedad Neiker, S.A. en su sesión de 28 de octubre de 2004 ha adoptado el Acuerdo de proponer a la Junta General de Accionistas la ampliación del capital social fijado actualmente en cinco millones quinientos once mil ciento sesenta y ocho con ocho (5.511.168,8) euros, totalmente suscrito y desembolsado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi como socio único, representado por 13.030 acciones nominativas de cuatrocientos veintidós con noventa y seis (422,96) euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 13.030 ambos inclusive, en la suma de doscientos cuarenta y tres mil doscientos dos (243.202) euros mediante la emisión de 575 nuevas acciones, de la misma clase y serie, de cuatrocientos veintidós con noventa y seis (422,96) euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 13.031 a la 13.605. El capital social final queda fijado en cinco millones setecientos cincuenta y cuatro mil trescientos setenta con ochenta (5.754.370, 80) euros. Las acciones serán íntegramente desembolsadas en el momento de la suscripción.

El artículo 44.1 de la Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, dispone que la creación de Sociedades de cualquier clase, así como la adquisición de participaciones de las mismas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, serán autorizadas por Decreto, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento del que la empresa haya de depender administrativamente.

En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Agricultura y Pesca, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 16 de noviembre de 2004,

DISPONGO:

Artículo 1.– Autorizar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la adquisición de la ampliación de capital social que, en su caso, acuerde la Junta General de Accionistas de la Sociedad Neiker, S.A. fijado actualmente en cinco millones quinientos once mil ciento sesenta y ocho con ocho (5.511.168,8) euros, totalmente suscrito y desembolsado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi como socio único, representado por 13.030 acciones nominativas de cuatrocientos veintidós con noventa y seis (422,96) euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 13.030 ambos inclusive, en la suma de doscientos cuarenta y tres mil doscientos dos (243.202) euros mediante la emisión de 575 nuevas acciones, de la misma clase y serie, de cuatrocientos veintidós con noventa y seis (422,96) euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 13.031 a la 13.605. El capital social final queda fijado en cinco millones setecientos cincuenta y cuatro mil trescientos setenta con ochenta (5.754.370,80) euros. Las acciones serán íntegramente desembolsadas en el momento de la suscripción.

Artículo 2.– Modificar el artículo 5 de los Estatutos Sociales que quedará redactado de la siguiente manera:

"El capital social de la compañía se fija en cinco millones setecientos cincuenta y cuatro mil trescientos setenta con ochenta (5.754.370, 80) euros, dividido en trece mil seiscientas cinco (13.605) acciones nominativas, de cuatrocientos veintidós con noventa y seis (422,96) euros de valor nominal cada una de ellas, acumulables e indivisibles, numeradas correlativamente desde la número 1 a la 13.605."

Artículo 3.– Facultar al Director de Patrimonio y Contratación para realizar cuantas actuaciones y suscribir cuantos documentos sean necesarios para la ejecución de lo dispuesto en el artículo anterior.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 16 de noviembre de 2004.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN.

El Consejero de Agricultura y Pesca,

GONZALO SÁENZ DE SAMANIEGO BERGANZO.


Análisis documental