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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 178, jueves 16 de septiembre de 2004


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Gernika-Lumo
4918

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 107/03 seguido sobre desahucio por falta de pago.

Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Gernika-Lumo (Bizkaia).

Juicio: Pro. ordinario L2 107/03.

Parte Demandante: Yon Zelaya Larrañaga y Comunidad de Bienes de B.Z.A. C.B.

Parte Demandada: Pesqueras Jerusalen S.L.

Sobre: Desahucio Falta de Pago y Reclamación de Rentas.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA N.° 171/03

En Gernika Lumo, a 10 de diciembre de 2003.

Vistos por mi, Dña. Maria Fernanda Lorite Chicharro Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de los de esta Villa, los autos con N.º 107/03 de Juicio Ordinario, instado por la Procuradora Sra. Celaya en nombre y representación de Yon Zelaya en su propio nombre y en beneficio de la Comunidad de Bienes integrada por Esther, Pedro José, Mikel y José María Zelaya Larrañaga asistido del letrado Sr. Zelaya contra Pesqueras Jerusalen S.L. en situación de rebeldía, sobre desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Yon Zelaya Larrañaga en su propio nombre y en beneficio de la Comunidad de Bienes integrada por Dña. Esther, D. Pedro José, D. Mikel y D. José Maria Zelaya Larrañaga contra Pesqueras Jerusalen S.L. en situación de rebeldía, sobre desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad debo declarar y declaro:

1.– Que ha lugar a la reclamación de 12.215,98 euros instada contra Pesqueras Jerusalen S.L. por impago de rentas y cantidades pendientes por el extinto arrendamiento del Local n.º 8 de Eguidazu Kaia n.º 13 de Ondarroa, condenando a dicha demandada al abono, a los hermanos Zelaya Larrañaga ("Sucesores de B.Z.A Comunidad de Bienes"), de tal cantidad más sus intereses legales hasta su completo pago.

2.– Que ha lugar a la resolución contractual y al desahucio, por falta de pago del local n.º 26 de Eguidazu Kaia n.º 13 de Ondarroa, arrendado por "Pesqueras Jerusalen S.L", el 1 de enero de 1996, condenando a la demandada así al abono de la cantidad de 6.194,01 euros a los arrendadores - Hermanos Zelaya Larrañaga (1 Sucesores de B.Z.A Comunidad de Bienes"), que adeuda hasta estos momentos, además de las que resulten hasta ejecución de sentencia como al abandono del referido local n.º 26, dejándolo libre y expedito con apercibimiento de que tendrá lugar su lanzamiento en el plazo legalmente establecido, si no procede a su desalojo.

Y todo ello con expresa imposición de las costas causadas en el procedimiento.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación en ambos efectos ante la A. Provincial de Bizkaia dentro del plazo de 5 días a contar desde el día siguiente a su notificación.

Publicación: Dada, leída y publicada el día de la fecha de lo que yo el Secretario Doy Fe

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 28 de julio de 2004 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de País Vasco para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

En Gernika-Lumo (Bizkaia), veintiocho de julio de dos mil cuatro.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental