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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 59, viernes 26 de marzo de 2004


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Disposiciones Generales

Hacienda y Administración Pública
1639

DECRETO 46/2004, de 16 de marzo, por el que se habilitan créditos en el Programa 4114 "Planificación y Ordenación Sanitaria" por ingresos obtenidos en el Programa 9211 "Relaciones financieras con el sector público español" del Presupuesto prorrogado de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2004, por importe de 342.132,81 euros.

Se han obtenido ingresos adicionales por importe de 342.132, 81 euros procedentes del Instituto de Salud Carlos III para el desarrollo del uso racional del medicamento en la CAPV, según el convenio suscrito por dicho Instituto y el Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco el 29 de diciembre de 2003.

A tal efecto, el Departamento de Sanidad va a firmar un Convenio de Colaboración con la Fundación Vasca de Innovación e Investigación Sanitarias para que ésta última gestione la concesión de las ayudas a proyectos de investigación en el área del uso racional del medicamento en la CAPV.

Por tal motivo se procede a su habilitación de conformidad con lo establecido en los artículos 82 y 83 del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de setiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Sanidad, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 16 de marzo de 2004,

DISPONGO:

Artículo único.– Aprobar en el Presupuesto prorrogado de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2004 una habilitación de créditos en el siguiente estado de gastos:

PROGRAMA	SUBCONCEPTO	EUROS

	 	

4114	454.01	342.132,81

Estos créditos se generan por la obtención de ingresos por el mismo importe en el siguiente estado de ingresos:

PROGRAMA	CONCEPTO	EUROS

	 	

9211	431.00	342.132,81

Los fondos se destinarán a financiar el Convenio de Colaboración entre el Departamento de Sanidad y la Fundación Vasca de Innovación e Investigación Sanitarias para el desarrollo de programas de uso racional de los medicamentos en la CAPV.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 16 de marzo de 2004.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN.

El Consejero de Sanidad,

GABRIEL M.ª INCLÁN IRIBAR.


Análisis documental